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REGLAMENTO INTERNO 2021 LOS CONEJITOS BLANCOS

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Published by Los Conejitos Blancos, 2021-09-02 09:03:09

REGLAMENTO INTERNO 2021 LOS CONEJITOS BLANCOS

REGLAMENTO INTERNO 2021 LOS CONEJITOS BLANCOS

REGLAMENTO INTERNO

Jardín Infantil
“Los Conejitos Blancos”

Junta Nacional de Jardines Infantiles

-2020-

Código: RI

Versión: 07

Fecha: 31/05/2021

Página 1 de 178

Este Reglamento Interno pertenece al Jardín Infantil
“Los Conejitos Blancos”

Aprobado por:

Cargo:

Fecha:

Firma:

Versión Fecha Tabla control de cambios
00 01/08/2016 Descripción del Cambio
01 01/08/2017
Versión Inicial
02 01/08/2018 Se incorpora "Política de Reconocimiento y
Trabajo con Familias de JUNJI"
03 22/08/2019 Actualización y Ajuste según Orientaciones para
elaborar RI de MINEDUC
04 15/05/2020 Actualización de acuerdo con el Modelo de
05 02/07/2020 Reglamento Interno Institucional, según Oficio
06 13/05/2021 Circular 015/0032 de fecha 17/04/2019
Actualización de datos
07 31/05/2021 Mejoras en propuesta de ROA
Actualización de información e incorporación
protocolos COVID-19
Integración y asesoramiento del plan de
convivencia 2021-2022

Código: RI

Versión: 07

Fecha: 31/05/2021

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Índice
1. Identificación del Jardín____________________________________________9
2. Introducción___________________________________________________10-11
3. Marco Regulatorio____________________________________________12-14
4. Principios___________________________________________________14-18
4.1. Principios orientadores___________________________________14-16
4.1.1. Dignidad del ser humano
4.1.2. interés superior del niño/a
4.1.3. Autonomía Progresiva
4.1.4. No discriminación arbitraria
4.1.5. Participación
4.1.6. Principio de autonomía y diversidad
4.1.7. Responsabilidad
4.1.8. Legalidad
4.1.9. Justo y racional procedimiento
4.1.10. Proporcionalidad
4.1.11. Transparencia
4.2. Principios pedagógicos, BCEPA_____________________________16-18
4.2.1. Principio de bienestar
4.2.2. Principio de unidad
4.2.3. Principio de singularidad
4.2.4. Principio de actividad
4.2.5. Principio del juego
4.2.6. Principio de relación
4.2.7. Principio de significado
4.2.8. Principio de potenciación

5. Contenido mínimo de los reglamentos internos__________________________18-74
5.1. Derechos y deberes de la comunidad_______________________19-33
5.1.1. Derechos y deberes del sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la

educación parvularia
5.1.2. Derechos de los niños y niñas
5.1.3. Derechos y deberes de los padres, madres y apoderados
5.1.4. Funciones de los padres y apoderados
5.1.5 Derechos y deberes de los profesionales de la educación
5.1.6. Deberes de las educadoras

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5.1.7 Derechos y deberes de las técnicas
5.1.7.1. Deberes de las técnicas

5.1.8. Deberes de las auxiliares de servicios menores
5.1.9. Deberes de las manipuladoras
5.1.10. Deberes de la directora
5.1.11. Deberes de los funcionarios
5.1.12. Derechos de los funcionarios
5.2. Regulaciones técnico-administrativas sobre estructura y funcionamiento general del
establecimiento___________________________________________33-35
5.2.1. Tramos curriculares
5.2.2. Horarios de funcionamiento del establecimiento
5.3 Procedimientos ante atraso o retiro anticipado del niño/a y registro de asistencia e
inasistencia______________________________________________________35-36
5.3.1. Inasistencia de párvulos
5.4. Lineamientos técnicos proceso de inscripción y matrícula_____________36-39
5.4.1. Convocatoria de la comunidad
5.4.2. inscripción de niños/as
5.4.3 Publicación de los resultados
5.4.4. Matrícula
5.5. Organigrama del establecimiento__________________________________40
5.6. Roles de los directivos, docentes y asistentes de la educación____________41
5.7. Mecanismos de comunicación formales y efectivos con familia_________42-44
5.7.1 Reuniones
5.7.2 Libreta de comunicaciones
5.7.3. Entrevistas
5.7.4. Trayectoria de aprendizajes
5.7.5. Paneles informativos
5.7.6. Visitas domiciliarias
5.7.7. Celular
5.7.8. Correo electrónico
5.7.9. Buzón SIAC
5.7.10. Blog
5.7.11. Diario
5.7.12. Personal educativo
5.7.13. Grupos de WhatsApp

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5.7.14. App “Mi jardín JUNJI”
5.8. Regulaciones referidas a los procesos de admisión__________________44-47

5.8.1. Prioridades institucionales en los procesos de matrícula
5.8.1.1. Prioridad N°1
5.8.1.2. Prioridad N°2
5.8.1.3. Prioridad N°3
5.8.1.4. Prioridad N°4
5.8.1.5. Prioridad N°5

5.8.2. Admisión y matrícula
5.9. Regulación sobre pagos o becas en el nivel transición___________________48
5.10. Regulación sobre uso de uniformes, ropa de cambio y pañales________48-49

5.10.1. Requerimiento de ropa de cambio
5.11. Regulaciones referidas al ámbito de seguridad, higiene y salud_______49-66

5.11.1. Plan de seguridad escolar
5.11.1.1 Modificaciones
5.11.1.2. Mecanismo de difusión
5.11.1.3. Comité de seguridad escolar
5.11.1.4. Alcance
5.11.1.5. Estructura organizativa
5.11.1.6. Procedimientos
5.11.1.7. Coordinación con JUNJI
5.11.1.8. Objetivos
5.11.1.9. Orientaciones para salidas pedagógicas con párvulos

5.11.2. Medidas orientadas a garantizar la higiene y resguardar la salud
5.11.2.1. Medidas de higiene del personal que atiende a los párvulos
5.11.2.2. Consideración sobre higiene al momento de la muda y uso de

baños
5.11.2.3. Higiene al momento de alimentación
5.11.2.4. Ventilación de recintos del establecimiento
5.11.2.5. Medidas de orden, higiene, desinfección y ventilación
5.11.2.6. Medidas que resguardan la higiene en el establecimiento
5.11.2.7. Información requerida
5.11.2.8. Medidas que resguardan la salud en el establecimiento

5.12. Regulaciones referidas a la gestión pedagógica___________________66-71
5.12.1. Regulaciones técnico-pedagógicas

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5.12.1.1 Planificación y organización curricular
5.12.1.2. Énfasis institucional
5.12.1.3. Currículo
5.12.1.4. Evaluación
5.12.2. Registro de documentos
5.12.2.1. Asistencia y RTD
5.12.2.2. Portafolios
5.12.2.3. Certificación raciones
5.12.2.4. Entrevistas
5.12.2.5. Informes
5.13. Regulaciones sobre estructura en niveles educativos y trayectoria de los
párvulos_________________________________________________________71-73
5.14. Regulación sobre salidas pedagógicas___________________________73-74
6. Regulación referida al ámbito de la convivencia y buen trato_______________75-86
6.1. Introducción__________________________________________________75
6.2. Objetivo___________________________________________________75
6.3. Objetivos estratégicos___________________________________________75-76
6.4. Sentidos y definiciones_______________________________________76-78
6.5. Regulaciones referidas al ámbito de la convivencia y buen trato________79-80
6.6. Composición y funcionamiento Consejo educación parvularia__________80-86
6.6.1. Composición consejo educación parvularia
6.6.2. Proceso de elección
6.6.3. Funcionamiento del consejo
6.6.4. Reglamento interno del consejo
6.6.5. Medios de verificación
6.6.6. Materia que la directora debe informar
6.6.7. Materia que la directora debe consultar
6.6.8. Regulación relativa
7. Plan de gestión de convivencia_____________________________________86-97
7.1. Estrategias de información y capacitación sobre derechos de niños/as___86-87
7.2. Estrategias de información y capacitación para detectar y prevenir situaciones de riesgo de
vulneración de derechos___________________________________87-88
7.3. Acciones que atenten a la buena convivencia_____________________88-89
7.4. Definición de conductas que constituyen una infracción a la sana
convivencia_____________________________________________________89-94

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7.5. Procedimientos de gestión colaborativa de conflictos_______________94-97

8. Protocolos de actuación__________________________________________97-111

8.1. Protocolo de actuación frente a la detección de situaciones de vulneración de derecho de los

párvulos____________________________________________98-99

8.2. Flujograma__________________________________________________100

8.3. Protocolo de actuación frente a hechos de maltrato infantil, connotación o agresiones

sexuales______________________________________________101-103

8.4. Protocolo de actuación frente a situaciones de maltrato entre miembros adultos de la

comunidad educativa, seguridad y clima laboral_____________________103-104

8.5. Protocolo de actuación frente accidentes de los párvulos____________104-110

8.5.1 Flujograma de accidentes

8.5.2 Medidas preventivas según tipo de accidente

8.6. Protocolo de actuación frente a situación de maltrato entre miembros adultos de la

comunidad educativa JUNJI________________________________________110-111

9. Aprobación, modificación, actualización y difusión del R.I.___________________111

10. Protocolo marco preventivo y sanitario para el retorno a las unidades educativas COVID-

19______________________________________________________112-115

10.1 Medidas de prevención obligatorias_______________________________112

10.2 Recomendaciones de autocuidado________________________________113

10.3 Medidas de prevención_________________________________________113

10.3.1 Previo a la reapertura de las unidades educativas______________113

10.3.2 Higiene_______________________________________________114

10.4 Equipos e insumos básicos dispuestos en la unidad educativa en tiempos de COVID-

19______________________________________________________114-115

11. Glosario________________________________________________________116

12. Fuentes informativas___________________________________________117-118

13. Bibliografía______________________________________________________118

14. Anexos_____________________________________________________119-177

14.1 Plan de gestión de convivencia ____________________________120-136

14.2 Plan de organización para el funcionamiento seguro de la U.E_______136-177

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1. IDENTIFICACIÓN DEL JARDÍN INFANTIL

Nombre del Establecimiento Los Conejitos Blancos

Código 02.2.01.025

Número Resolución RO Nuestra Unidad Educativa no cuenta con R.O

Región Antofagasta

Comuna Calama

Dirección Cesáreo Castillo S/N

Teléfono fijo y móvil Sin teléfono fijo 942255879

Nombre Directora Maddelin Miranda Salinas
Nombre directora subrogante
Subrogante Mes Subrogante Mes
Romané F. Marzo Piare D. Agosto
Angelica C. Abril Romané F. Septiembre
Piare D. Mayo Angelica C. Octubre
Romané F. Junio Piare D. Noviembre
Angelica C. Julio Romané F. Diciembre
Angelica C. Enero

Correo electrónico del establecimiento [email protected]

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2. INTRODUCCIÓN

En el marco de la Reforma Educacional se espera dar un salto significativo en las oportunidades de
aprendizaje de niños y niñas que asisten a la Educación Parvularia. En el contexto de una mayor
calidad, la Ley N° 20.832, que crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de
Educación Parvularia, señala en su Artículo 2 que todos los establecimientos de este tipo deberán
contar con la autorización del Ministerio de Educación para funcionar como tales o con el
Reconocimiento Oficial (RO) que otorga el Estado, siendo obligatorio para aquellos que reciben
aportes regulares de éste. Entre los requisitos para obtener el Reconocimiento Oficial, todos los
jardines infantiles deben contar con un Reglamento Interno en el que se consignen particularidades
y obligaciones que permitan regular el funcionamiento, seguridad y convivencia de los
establecimientos y de toda su comunidad educativa.1
En el contexto de la Reforma Educacional, todo los Jardines Infantiles deben contar con la
autorización del Ministerio de Educación para funcionar como tales o con Reconocimiento Oficial del
Estado y para estos efectos los establecimientos deben cumplir con algunos requisitos, entre ellos;
poseer un Reglamento Interno en el que se consignen particularidades y obligaciones que permiten
regular el funcionamiento, seguridad y convivencia de los establecimientos y la comunidad educativa,
respetando de esta forma los derechos garantizados por la Constitución Política de la República.2

1 Decreto N° 315, del 29 de junio de 2011, del Ministerio de Educación, que reglamenta los requisitos de adquisición,
mantención y pérdida del reconocimiento oficial del Estado a los establecimientos educacionales de Educación Parvularia,
Básica y Media, refiere en su Artículo 8: El sostenedor deberá acompañar a la solicitud de reconocimiento oficial una copia
del reglamento interno. Dicho reglamento deberá regular las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la
comunidad educativa y garantizar un justo procedimiento en el caso que se contemplen sanciones. Este reglamento deberá
respetar los derechos garantizados por la Constitución Política de la República y no podrá contravenir la normativa
educacional vigente. El reglamento deberá señalar las normas de convivencia en el establecimiento, los protocolos de
actuación en casos de abuso sexual, acoso, maltrato y violencia escolar; embarazo adolescente e incluir un plan integral de
seguridad y accidentes escolares, las sanciones y reconocimientos que origina su infracción o destacado cumplimiento, los
procedimientos por los cuales se determinarán las conductas que las ameritan y las instancias de revisión correspondientes.
El reglamento y sus modificaciones deberá estar publicado en el sitio web del establecimiento educacional o estar disponible
en dicho recinto para los estudiantes, padres y apoderados. Sólo podrán aplicarse sanciones o medidas disciplinarias
contenidas en el reglamento interno. No obstante, lo anterior, dicho reglamento no podrá establecer sanciones a los niños y
niñas que cursen niveles de Educación Parvularia por infracciones a la convivencia, lo que no impedirá la adopción de medidas
pedagógicas o formativas orientadas a desarrollar progresivamente en éstos empatía para la resolución de conflictos y
comprensión de normas. Las disposiciones de los reglamentos internos que contravengan normas legales, se tendrán por no
escritas y no podrán servir de fundamento para la aplicación de medidas por parte del establecimiento a conductas de los
miembros de la comunidad educativa.

2 MINEDUC (2010) Decreto 315.

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El primer reglamento interno del Jardín infantil "Los Conejitos Blancos" se construyó el año 2016 con
las agentes educativas y algunos representantes de familias, el cual se difundió en “cuenta pública”,
entrega de dípticos y algunas reuniones. El año 2017 se actualizó de acuerdo a nuevos
requerimientos de la Comunidad Educativa y orientaciones institucionales (Políticas regionales de
reconocimiento y participación de las familias) difundiéndolo a través de masivas y nuevas
estrategias.
Durante el año 2018 el documento RI se restructura ajustándose a las orientaciones para la
elaboración de RI emanadas de MINEDUC.
La presente versión de Reglamento interno se lleva a cabo en el año 2019 y contiene un Marco
Regulatorio, Principios Orientadores, Antecedentes y funcionamiento del Jardín Infantil "Los Conejitos
Blancos", Normas de Convivencia, de Higiene y Seguridad. Es por esto que nuestro sostenedor
determina que este instrumento debe ser actualizado por la unidad educativa y revisado
anualmente por la subdirección de calidad educativa, se actualizarán datos, normativas vigentes,
verificación de responsables, actualización de protocolos y procedimientos.

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3. MARCO REGULATORIO

La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito en la
historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo
con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, dicha declaración fue proclamada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en París el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III),
como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración Universal de los Derechos
Humanos establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse
en el mundo entero.
La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “la maternidad y la infancia tienen
derechos a cuidados especiales y asistencia” y describe la familia como “la unidad grupal natural y
fundamental de la sociedad”.
La Constitución Política de la República de Chile reconoce y ratifica en su Artículo 5 esta
declaración y establece que “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los
derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado
respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados
internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”
Asimismo, la Declaración de los Derechos del Niño y la Niña fue redactada por Naciones Unidas
en 1959, constituyéndose en un manifiesto ético y en un reconocimiento de niños y niñas como
sujetos de derecho.
En Chile, donde se ratificó la Declaración de los Derechos del Niño y la Niña en 1990, ésta se rige
por cuatro principios fundamentales: la no discriminación; el interés superior del niño; su
supervivencia, desarrollo y protección; y su participación en las decisiones que lo afecten.
Es en sintonía con lo señalado, existió la necesidad de actualización, reorientación y enriquecimiento
de los objetivos y contextos de aprendizaje que se ofrecen a niñas y niños. Estos se derivan de
importantes cambios que se han dado en la sociedad y en la cultura, que a su vez implican nuevas
oportunidades y necesidades formativas. El desarrollo social, político y económico del país demanda,
cada vez más, que el nivel de Educación Parvularia promueva, a partir del nacimiento y de manera
inclusiva, una educación de calidad, oportuna y pertinente, cuyo currículo responda a la necesidad
de propiciar una formación integral y favorecer aprendizajes relevantes y significativos.
En este contexto, fue necesario actualizar los instrumentos curriculares de acuerdo a la Ley General
de Educación (LGE), la que establece una nueva definición de objetivos generales para todos los
niveles educativos y, por primera vez, para la Educación Parvularia.
Conforme al procedimiento establecido en el DFL N° 2 de 2009 del Ministerio de Educación, con
fecha 18 de octubre de 2017 y a través del Oficio N° 670, la Ministra de Educación envió al Consejo

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Nacional de Educación la propuesta de Bases Curriculares para la Educación Parvularia que
incluyó objetivos de aprendizaje para los tres niveles en que ésta se estructura –Sala Cuna, Nivel
Medio y Transición–, relacionados a los ámbitos de desarrollo personal y social, comunicación integral
e interacción y comprensión del entorno.
En sesión ordinaria del 22 de noviembre de 2017, el Consejo Nacional de Educación adoptó el acuerdo
N° 080/2017, mediante el cual acordó aprobar la propuesta de Bases Curriculares de la Educación
Parvularia presentada por el Ministerio de Educación.
A través de la resolución exenta N° 333 del 27 de noviembre de 2017, el Consejo Nacional de
Educación ejecutó el acuerdo N° 80/2017 que aprobó las Bases Curriculares de la Educación
Parvularia.
Por su parte, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 31 del DFL N° 2 de 2009 del Ministerio
de Educación, fue necesaria la dictación del Decreto Supremo N°481 de 2018 para establecer las
Bases Curriculares para la Educación Parvularia.
Asimismo, el DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda fijó el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, que estableció la relación del
Estado con su personal en base a la función pública.
La Política de Reconocimiento y Participación de las Familias3 es un documento
descentralizado que contiene un conjunto de definiciones y líneas de acción pertinentes a cada región
que guía la implementación de uno de los principios fundamentales de la Educación Parvularia: la
participación de la familia y de la comunidad en el proceso educativo.
El Protocolo de actuación frente a hechos de maltrato infantil, connotación sexual o
agresiones sexuales; protocolo de actuación frente a la detección de situaciones de
vulneración de derechos de los párvulos4 corresponde al referente técnico que la Junta Nacional
de Jardines Infantiles (JUNJI) establece para la promoción de entornos favorables para el desarrollo
integral de niños y niñas, prevención de situaciones de maltrato a través de estrategias de
intervención educativas y/o sociales que eviten la vulneración de derechos e intervención en casos
de vulneración de derechos a través de las competencias internas de la JUNJI y en coordinación con
las redes institucionales existentes.
También pueden mencionarse diversos protocolos de actuación frente a situaciones de vulneración
de derechos y de hechos de maltrato infantil, connotación o agresiones sexuales. Asimismo, la
Resolución Exenta N° 29 del 15 de enero de 2016 que aprueba el procedimiento de denuncia,

3 Subsecretaría de Educación Parvularia, Mineduc, 2016.
4 Aprobado por Resolución Exenta N°015/ 0314 28 de mayo del 2019, de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de
Jardines Infantiles.

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investigación y sanción de acoso laboral y sexual al interior de la Junta Nacional de Jardines infantiles,
formulario de registro de primera acogida y formulario de denuncia de acoso laboral y/o sexual, y
otros.
De igual manera, es posible mencionar la Resolución Exenta N°015/301 del 10 de junio del
2020 que aprueba el nuevo Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.
Y finalmente cabe mencionar, la resolución 73 “Protocolo marco preventivo y sanitario para
el retorno a las unidades educativas COVID-19”

4. PRINCIPIOS

4.1. PRINCIPIOS ORIENTADORES5

Para que el Reglamento Interno sea un material que oriente el trabajo con la comunidad y permita
el ejercicio de ciudadanía, es importante considera algunos principios orientadores:

4.1.1. Dignidad del ser humano
El sistema educativo debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del
sentido de su dignidad y debe fortalecer el respeto, protección y promoción de los derechos humanos.

4.1.2. Interés superior de niños y niñas
Tiene como objeto garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la
Convención de Derechos del Niño para el desarrollo físico, mental, espiritual, moral, sicológico y
social de niñas y niños.

4.1.3. Autonomía progresiva
Los Artículos 5 y 12 de la Convención de Derechos del Niño disponen que la evolución progresiva de
las facultades o competencias de los niños permiten el ejercicio gradual de sus derechos en total
autonomía. Los establecimientos junto con las familias deben apoyar y proteger el desarrollo de los
párvulos y favorecer sus aprendizajes para que alcancen gradualmente su autonomía.

5 Superintendencia de Educación, Instrucciones sobre Reglamento Interno de Establecimientos de Educación Parvularia,
Santiago, 2018.

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4.1.4. No discriminación arbitraria
Este principio apunta a eliminar toda forma de discriminación arbitraria que impida el aprendizaje y
la participación de los niños y niñas, así como respetar las distintas realidades culturales, religiosas
y sociales de las familias que integran la comunidad educativa.

4.1.5. Participación
Este principio garantiza a todos los miembros de la comunidad educativa el derecho a ser informados
y a participar en el proceso educativo en conformidad a la normativa vigente.6 La participación de la
comunidad educativa se manifiesta a través de Consejo de Educación Parvularia. Los párvulos tienen
derecho a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento y a expresar su
opinión. A su vez, madres, padres y apoderados gozan del derecho a ser escuchados, a participar
del proceso educativo y aportar al desarrollo del proyecto educativo.

4.1.6. Principio de autonomía y diversidad
El sistema educacional chileno se basa en el respeto y fomento de la autonomía, principio que se
expresa en la libre elección y adhesión al proyecto educativo del establecimiento y a sus normas de
convivencia y funcionamiento establecidas en el reglamento interno.

4.1.7. Responsabilidad
Toda la comunidad educativa debe cumplir con las normas establecidas en el reglamento,
resguardando la calidad en los procesos educativos y la seguridad de niños y niñas.

4.1.8. Legalidad
Este principio se refiere a la obligación de los establecimientos educacionales de actuar de
conformidad a lo señalado en la legislación vigente.

4.1.9. Justo y racional procedimiento
Este principio es manifestación de la garantía constitucional consagrada en el Artículo 19, N° 3, inciso
6 de la Constitución Política de la República. Conforme a este artículo, las medidas disciplinarias
que determinen los establecimientos educacionales deben ser aplicadas mediante un procedimiento
racional y justo establecido en el reglamento interno.

6 Ley N° 20.370 que establece la Ley General de Educación (LGE) de 2009, Artículo 3, letra H.

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4.1.10. Proporcionalidad
El principio de proporcionalidad en el ámbito educacional se plantea como un límite a la
discrecionalidad de las autoridades del establecimiento para determinar las sanciones aplicables a
las faltas establecidas en el Reglamento Interno.
En consecuencia, la calificación de las infracciones (leve, menos grave, grave) contenidas en el
reglamento debe ser proporcional a la gravedad de los hechos o conductas que las constituyan.
Asimismo, las medidas disciplinarias que se establezcan deben ser proporcional a la gravedad de las
infracciones.

4.1.11. Transparencia
La Ley General de Educación consagra el derecho de los padres, madres y/o apoderados a ser
informados sobre el funcionamiento general y los distintos procesos del establecimiento. Igualmente
sucede respecto de los procesos de aprendizajes y desarrollo de sus hijos e hijas.

4.2. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS BASES CURRICULARES DE LA EDUCACIÓN
PARVULARIA (BCEP)

4.2.1. Principio de bienestar
Busca garantizar en todo momento la integridad física, psicológica, moral y espiritual del niño y la
niña, así como el respeto de su dignidad humana. En virtud de ello, toda situación educativa debe
propiciar que niñas y niños se sientan plenamente considerados en sus necesidades e intereses y
avancen paulatina y conscientemente en la identificación de aquellas situaciones que les permiten
sentirse integralmente bien. Con todo, serán activos en la creación de condiciones para su propio
bienestar, desarrollando sentimientos de aceptación, plenitud, confortabilidad y seguridad, que los
lleven a gozar del proceso de aprender.

4.2.2. Principio de unidad
Cada niña y niño es una persona esencialmente indivisible, por lo que enfrenta todo aprendizaje en
forma integral, participando con todo su ser en cada experiencia. Construye sus aprendizajes desde
sus sentidos, su emoción, su pensamiento, su corporalidad, su espiritualidad, sus experiencias
anteriores, sus deseos. A partir de este principio se considera la integralidad y completitud de los
párvulos en todo momento. Por ello, desde la perspectiva del currículum, es necesario establecer el

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aprendizaje en diálogo con los objetivos del Ámbito de Desarrollo Personal y Social, aunque para
efectos evaluativos, se definan ciertos énfasis.

4.2.3. Principio de singularidad
Cada niño y niña, independientemente de la etapa de vida y nivel de desarrollo en que se encuentre,
es un ser único con características, necesidades, intereses y fortalezas que se deben conocer,
respetar y considerar efectivamente en toda situación de aprendizaje. Esta diversidad implica, entre
otros, que cada niña y niño aprende a través de diversas formas y ritmos que le son propios, y
también que posee formas de interpretar el mundo a partir de su cultura, situando el aprendizaje en
contexto. De allí el desafío, de responder de manera inclusiva y con equidad, a la diversidad de niños
y niñas en el proceso educativo que se desarrolla.

4.2.4. Principio de actividad
La niña y el niño deben ser protagonistas de sus aprendizajes, a través de procesos de apropiación,
construcción y comunicación. Por tanto, resulta fundamental que el equipo pedagógico potencie este
rol en las interacciones y experiencias de las que participa, disponiendo de ambientes enriquecidos
y lúdicos, que activen su creatividad, favorezcan su expresión y les permitan generar cambios en su
entorno, creando su propia perspectiva de la realidad en la que se desenvuelven.

4.2.5. Principio del juego
El juego es, en la Educación Parvularia, un concepto central. Se refiere tanto a una actividad natural
del niño o niña como a una estrategia pedagógica privilegiada. De acuerdo con autores clásicos del
desarrollo y el aprendizaje, el juego cumple un rol impulsor del desarrollo de las funciones cognitivas
superiores, de la afectividad, de la socialización, de la adaptación creativa a la realidad. El juego es,
a la vez, expresión de desarrollo y aprendizaje y condición para ello. Son innumerables las actividades
que pueden llamarse juego en los párvulos a diferentes edades, desde tocar, golpear, manipular,
llevarse todo a la boca, juntar hojas o piedras, amontonar, insertar anillos, cabalgar en un palo de
escoba, imitar a la mamá, hasta participar en una dramatización, en juegos y actividades con
determinadas reglas.
Hay algunas diferencias sutiles entre actividades lúdicas y juego. Cualquier actividad de aprendizaje
puede y debe ser lúdica, en el sentido de entretenida, motivante, con un enmarcamiento flexible.
Por ejemplo, recoger hojas, pintar piedras, danzar al ritmo de una melodía, entre otros. Sin embargo,
los juegos a diferencia de las actividades lúdicas como las anteriores, tienen una estructura interna
creada espontáneamente por los propios niños y niñas, que los hace muy valiosos para la Educación

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Parvularia, por cuanto responden plena y singularmente no solo a sus motivaciones internas, sino a
sus requerimientos de desarrollo.

4.2.6. Principio de relación
La interacción positiva de la niña y el niño con pares y adultos permite la integración y la vinculación
afectiva y actúa como fuente de aprendizaje e inicio de su contribución social. Reconocer la dimensión
social del aprendizaje en la infancia temprana, es asumir que las experiencias educativas que se
propicien deben favorecer que los párvulos interactúen significativa y respetuosamente con otros, y
asuman en forma progresiva la responsabilidad de crear espacios colectivos inclusivos y armónicos,
y aportar al bien común, como inicio de su formación ciudadana.

4.2.7. Principio de significado
El niño y la niña construyen significativamente sus aprendizajes, cuando éstos se conectan con sus
conocimientos y experiencias previas, responden a sus intereses y tienen algún tipo de sentido para
ellos y ellas. Esto implica que las experiencias cumplen alguna función que puede ser lúdica, gozosa,
sensitiva o práctica, entre otras. El equipo pedagógico desempeña un rol sustantivo identificando y
vinculando estos elementos con oportunidades de exploración, creación, interacción y juego, que
propicie la conexión con su vida cotidiana.

4.2.8. Principio de potenciación
Cuando el niño y la niña participan de ambientes enriquecidos para el aprendizaje, desarrolla
progresivamente un sentimiento de confianza en sus propias fortalezas y talentos para afrontar
mayores y nuevos desafíos y aprender de sus errores, tomando conciencia progresiva de sus
potencialidades. La confianza que el equipo pedagógico transmite al párvulo acerca de sus
posibilidades de aprendizaje y desarrollo integral, deben constituir un aspecto central de las
oportunidades de aprendizaje que se generan cotidianamente.

5. CONTENIDOS MÍNIMOS DE LOS REGLAMENTOS INTERNOS

El Jardín Infantil Los Conejitos Blancos cuenta con un Reglamento Interno que incorpora contenidos
mínimos que deben satisfacer las obligaciones legales que resguardan la seguridad de niños y niñas,
como asimismo a las funcionarias y su relación con las familias.

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5.1. Derechos y deberes de la comunidad
Según lo establece el Artículo 10 de la Ley General de Educación, a considerar sólo en lo pertinente
a Educación Parvularia, se precisa:
Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los integrantes de la
comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes.
Ley N°20.835 se crea la Intendencia de Educación Parvularia, encargada de proponer los criterios
técnicos para el ejercicio de las funciones de la Superintendencia de Educación con relación a todos
los establecimientos que impartan educación parvularia, tanto públicos como privados.
En este ordenamiento también se encuentra la Agencia de la calidad, cuya obligación de evaluar el
desempeño de los establecimientos de educación parvularia, y sus sostenedores, basándose en
estándares indicativos elaborados de conformidad a la ley 20.529 (Art. 12).
Por lo anterior, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se transforma en el principal sostenedor de
educación parvularia a nivel nacional, con la Misión de entregar Educación Parvularia de calidad y
bienestar integral a niños y niñas preferentemente entre 0 y 4 años de edad, priorizando las familias
con mayor vulnerabilidad socioeconómica, a través de una oferta programática diversa y pertinente
a los contextos territoriales.
De esta forma, la JUNJI asume un rol eminentemente educativo, lo que permite potenciar su misión
(separando la función de fiscalización).

5.1.1. Derechos y deberes del sistema nacional de aseguramiento de la calidad de
la educación parvularia JUNJI, de acuerdo a ley 20.529

Es deber del Estado propender a asegurar una educación de calidad en sus distintos niveles. Para
dar cumplimiento a dicha responsabilidad créase y regúlese un Sistema Nacional de Aseguramiento
de la Calidad de la Educación Parvularia. Propender a asegurar la equidad, entendida como que todos
los párvulos tengan las mismas oportunidades de recibir una educación de calidad.

La educación se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de la identidad nacional y local.

El Sistema actuará sobre la educación formal, de acuerdo a los objetivos generales y sus respectivas
bases curriculares.

El Sistema comprenderá, entre otros, procesos de autoevaluación, evaluación externa, inspección,
pruebas externas de carácter censal y, cuando corresponda, apoyo técnico pedagógico en la

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elaboración e implementación de planes de mejora educativa a nivel de establecimientos que
permitan desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades.

El sistema de igual manera debe considerar:

Estándares de aprendizaje de los alumnos, referidos a los objetivos generales señalados en la ley y
sus respectivas bases curriculares; otros indicadores de calidad educativa y estándares indicativos
de desempeño de los establecimientos educacionales y sus sostenedores.
Requisitos del reconocimiento oficial que deben cumplir los sostenedores y los establecimientos
educacionales para ingresar y mantenerse en el sistema educacional, según lo establecido en la ley.

Políticas, mecanismos e instrumentos para apoyar a los integrantes de la comunidad educativa y a
los establecimientos educacionales en el logro de los estándares de aprendizaje y los otros
indicadores de calidad educativa, fomentando el fortalecimiento de las capacidades institucionales y
de autoevaluación de los establecimientos a fin de promover la mejora continua de la calidad de la
educación que ofrecen.

Estándares de desempeño de docentes, docentes directivos y docentes técnico-pedagógicos que
servirán de orientación para la elaboración de las evaluaciones

Evaluaciones de desempeño de los establecimientos y sostenedores y evaluación del logro de los
estándares de aprendizaje y de los otros indicadores de calidad educativa.

Tendrán derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo con la participación de la comunidad
educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley.

También tendrán derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley y a
solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente.

Deber del sostenedor cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del
establecimiento educacional que representan; además, están obligados a entregar a los padres y
apoderados la información que determine la ley y a someter a sus establecimientos a los procesos
de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

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5.1.2. Derechos de los niños y niñas

Tienen derecho a recibir una educación parvularia, que les ofrezca oportunidades para su formación
y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades
educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente; a desenvolverse en un ambiente
tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral,
no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos sicológicos. Tienen derecho,
además, a que se respeten su libertad personal, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales,
conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a participar en
la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.

Derecho de los párvulos

• Recibir una educación de calidad, gratuita y que brinde una alimentación equilibrada
• Recibir un buen trato.
• Contar con la presencia de una persona adulta que les brinde seguridad.
• Contar con espacio físico adecuado, en buenas condiciones de higiene y seguridad
• Que el proceso educativo se constituya en una experiencia entretenida

5.1.3. Derechos y deberes de los padres, madres y apoderados

Tienen derecho a ser informados por la directora y equipo educativo a cargo de la educación de sus
hijos respecto del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a
ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda, aportando
al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El
ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y
Apoderados.
Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre
el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos; apoyar
su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional;
respetar su normativa interna; y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad
educativa.

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Con relación al proceso educativo de sus hijos e hijas
• Derecho de los niños y niñas a recibir una educación integral de calidad y gratuita.
• Derecho de los párvulos a recibir Buen Trato.
• Derecho de los párvulos a contar en con la presencia permanente de una persona adulta que
les brinde seguridad.
• Derecho de los párvulos a que el espacio educativo se constituya en una experiencia de
aprendizaje.

Con relación a sí mismas/os
• Derecho de las Madres, Padres y/o Apoderadas/os a recibir un trato igualitario, respetuoso,
que considere sus opiniones.
• Derecho a ser informados acerca del progreso y comportamiento de sus hijos e hijas.
• Derecho a ser acogidas/os y recibir ayuda de la Unidad Educativa, respecto de la educación
de sus hijos e hijas.
• Derecho a compartir con sus hijos/as en la Unidad Educativa en la cual participan.
• Derecho a contar con un Plan de Trabajo que considere sus necesidades e inquietudes.
• Derecho a que se cumplan los acuerdos tomados y los planes de trabajo pedagógico con los
párvulos.
• Derecho a integrarse al Centro de Padres, Madres y/o Apoderadas/os con derecho a voz y
voto.
• Derecho a tener una organización con personalidad jurídica.
• Derecho a contar con un espacio físico adecuado para desarrollar actividades entre adultos/as.
• Derecho a contar con la participación de profesionales que entreguen, a las familias,
orientación respecto de su rol educativo.

Deberes de los padres, madres y/o apoderadas/os:

• Deber de participar en la educación de sus hijos e hijas.

• Deber de educar en valores, derechos y brindar protección a sus hijos e hijas.

• Deber de escuchar y respetar las opiniones de los párvulos.

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• Deber de ocuparse de la higiene, salud y presentación personal de sus hijos e hijas.

• Deber de apoyar la labor educativa, en el hogar y en el jardín infantil.

• Deber de mantener un trato respetuoso con los agentes educativos institucionales.

• Deber de cumplir con los acuerdos tomados respecto del apoyo a la labor educativa y en las
actividades del Centro de Padres, Madres y/o apoderados.

• Deber de respetar las normas de la Unidad Educativa, relacionadas con: asistencia de los(as)
párvulos, cumplimiento de horarios, asistencia a reuniones de apoderadas/os, informar sobre
problemas de salud de los niños y niñas.

• Deber de compartir con otros Padres, Madres, Apoderadas/os e integrarse en las actividades
y/o espacios de participación ofrecidos.

• Ser partícipe del proceso educativo de su hijo e hija

5.1.4. Funciones de los padres y apoderados

• Reuniones de Apoderados: Se efectuarán todos los meses y tendrán carácter obligatorio.
• En caso de no poder asistir, deberán justificar su inasistencia y ponerse al día con la educadora

del nivel sobre los temas tratados en ésta.
• Diariamente los padres y/o apoderados pueden comunicarse con la educadora o asistentes

cuando llegan a dejar o retirar a su hijo del establecimiento.
• Es deber de los padres avisar la inasistencia del niño por enfermedad u otro motivo, un retiro

parcial o definitivo del establecimiento; ya sea por escrito o verbalmente.
• Los lactantes y párvulos no deberán traer objetos de valor, juguetes o dinero, ya que el jardín

no se responsabiliza por la pérdida o destrozo de ellos.
• Los apoderados podrán entrevistarse con la directora o la educadora del nivel cuando lo desee,

previo acuerdo de fecha y horario.
• Cualquier inquietud con respecto al funcionamiento del jardín Infantil podrá ser consultado a

la directora o encargada.

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• Los apoderados deberán avisar cambios de domicilio o teléfono, como también informar
oportunamente sobre acontecimientos que ocurren en el hogar, tales como: cambio de
persona que cuida a su hijo o hija, viajes, fallecimiento de algún familiar o mascota, etc.

• Los apoderados y/o familiares deberán participar de las actividades extraprogramáticas
organizados por el Jardín. En el caso de que no pudiesen concurrir deben avisar a la
educadora, y acordar otras posibilidades.

• Se deberá respetar y cumplir las normativas de la Sala Cuna y Jardín Infantil Los Conejitos
Blancos.

• El Centro General de Padres y Apoderados serán elegidos entre los propios apoderados. Este

fijará una cuota mensual para recaudar fondos, los cuales se utilizarán para diversas
actividades o recursos que necesite el establecimiento.
• Educar en valores, derechos y brindar protección a sus hijos e hijas.
• Informarse periódicamente sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del
establecimiento.
• Escuchar y respetar las opiniones de sus hijos e hijas.
• Velar por la higiene, salud y presentación personal de sus hijos e hijas, enviando adecuada y
oportunamente mudas y artículos de aseo personal.
• Mantener un trato respetuoso con los agentes educativos institucionales.
• Apoyar la labor educativa en el hogar.
• Compartir entre familias e integrarse en las actividades y/o espacios de participación
ofrecidos.
• Cumplir con los acuerdos tomados respecto del apoyo a la labor educativa.
• Cumplir con las actividades del Centro General de Padres, Madres y Apoderados.
• Respetar las normas de la unidad educativa relacionadas con la asistencia de los párvulos,
cumplimiento de horarios, asistencia a reuniones de apoderados, participar en talleres y
charlas, informar problemas de salud de los niños y niñas.
• En el caso de inasistencias de los niños o niñas, la familia debe comunicar el motivo de la
ausencia, dentro de 5 días, evitando la deserción de la vacante por el sistema.
• En caso de enfermedad deberá presentar certificado médico, y dar aviso oportuno de la
inasistencia del párvulo, de lo contrario frente a ausencias reiteradas, el jardín puede disponer
de su vacante.
• Dar aviso a la unidad educativa personal o telefónicamente de la inasistencia de su hijo o hija.
• Mantener comunicación con el personal del nivel en forma frecuente, brindando un trato
respetuoso.
• Retirar oportunamente a sus hijos en caso de catástrofe.

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• Los padres, madres, apoderados o cuidadores que no retiren a sus hijos en los horarios
establecidos, deberán someterse al Lineamiento de No Retiro de los Párvulos. Oficio
Circular Nº 015/120 de fecha 10 de junio 2012. Vigente a la fecha.

5.1.5. Derechos y Deberes de los profesionales de la educación

Tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, tienen
derecho a que se respete su integridad física, sicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios, degradantes o maltratos sicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad
educativa. Además, tienen derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso
del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando, además,
disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.
Por su parte, son deberes de los profesionales de la educación ejercer la función educativa en forma
idónea y responsable; actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente; investigar, exponer
y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las
bases curriculares; respetar tanto las normas del establecimiento, como los derechos de los niños y
niñas, y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con ellos y otros miembros de la
comunidad educativa.

5.1.6. Deberes de la Educadora de Párvulos

• Favorecer el aprendizaje de niños y niñas en sus primeros años de vida, desarrollando
aspectos trascendentales como la confianza, la identidad, el lenguaje, los vínculos afectivos,
la sensomotricidad, el pensamiento concreto, y la representación simbólica, por medio de la
planificación de aprendizajes y actividades motivadoras, manteniendo un ambiente de equipo
adecuado, integrando a las familias y a la comunidad; desde la implementación de las
políticas, programas y proyectos institucionales de la Educación Parvularia integral de calidad.

• Planificar, desarrollar y evaluar actividades de aprendizaje y estimulación a los párvulos
enmarcadas en el Referente Curricular, como apoyo técnico para el desarrollo de los procesos
educativos en las Unidades Educativas correspondientes.

• Planificar, ejecutar y evaluar el plan específico de sala teniendo como marco los objetivos de
cada uno de los programas y niveles a su cargo.

• Coordinarse con organismos de la comunidad con el objetivo de difundir el programa
educativo, proyectando una buena imagen del establecimiento y gestionar el apoyo de esta
al establecimiento.

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• Confeccionar y mantener informes técnicos y administrativos, entregándolos en los plazos
establecidos.

• Implementar en las planificaciones la Política Institucional de Trabajo con madres, padres,
apoderados y comunidad en sus ejes temáticos.

• Hacer cumplir el protocolo de protección de ambientes bien tratantes de la institución.
• Atender a los párvulos en sus necesidades de alimentación, higiene y aprendizaje,

manteniendo orden y ambiente grato con iluminación y ventilación adecuada.
• Apoyar la gestión de la directora en necesidades según requerimientos emergentes.
• Cumplir oportunamente su programación en pos de no afectar los procesos pedagógicos y de

protección, velando por el cumplimiento de metas institucionales.
• Comprometerse con el cumplimiento de la Política institucional.
• Velar por la adecuada ejecución de los diferentes Programas Educativos existentes en la

Institución.
• Velar por el cumplimiento del buen trato hacia los niños(as), familias y personal.
• Velar por el cumplimiento de la Política de Trabajo con Familia.
• Comprometerse con el autocuidado de los equipos regionales y de Jardines.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcada en el respeto con el (la)

director(a) Regional, Coordinación Provincial JUNJI El Loa, subdirectores(as), personal de la
dirección regional, educadoras, técnicos, auxiliares de aseo, apoderados y niños(as),
favoreciendo un clima de confianza de las personas.
• No tomar decisiones sin contar con la debida autorización para hacerlo.
• Comunicar a la directora del jardín infantil los incidentes que ocurran en el transcurso de sus
labores.
• Cumplir con la normativa del estatuto administrativo e institucional.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna la programación establecida por la dirección nacional y regional
de la Institución.
• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus superiores.

5.1.7. Derechos y deberes de las técnicas de párvulos

Tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su
integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o las iniciativas que estimaren
útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.

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Por su parte, son deberes de los asistentes de la educación ejercer su función en forma idónea y
responsable; respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan; y brindar un trato
respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.

5.1.7.1. Deberes de la Técnicos de Párvulos
• La Técnico en Educación Parvularia debe apoyar el proceso de educación y desarrollo de niños

y niñas por medio de la atención, aprendizaje y actividades motivadoras, manteniendo un
ambiente de equipo adecuado, integrando a las familias y a la comunidad.
• Apoyar en la recepción y despedida de párvulos y apoderados.
• Mantener al día los registros técnicos.
• Ejecutar las actividades planificadas con los párvulos, tales como actividades curriculares
pedagógicas variables y regulares.
• Seleccionar actividades de acuerdo a las características de cada grupo.
• Desarrollar actividades de acuerdo a las características grupales antes mencionadas.
• Participar en la planificación y evaluación de la acción educativa con los niños(as) para
elaborar el plan general considerando los criterios de calidad de la institución.
• Desarrollar acciones que favorecen la permanencia de los niños(as) en el programa a través
de acciones como visitas domiciliarias, y flexibilización de atención.
• Apoyar en la coordinación con organismos de la comunidad con el objetivo de difundir el
programa proyectando una buena imagen del establecimiento.
• Participar y apoyar en programa de alimentación de párvulos, ejecutando las acciones que
esta contiene (desayuno, almuerzo y colación).
• Proporcionar la ingesta de alimentos dependiendo del horario que tenga (desayuno, almuerzo
y colación).
• Apoyar en el desarrollo de actividades pedagógicas dirigidas a los párvulos.
• Participar en la ejecución de actividades anteriormente por el equipo pedagógico.
• Reforzar y desarrollar hábitos, responsabilidad y valores a los párvulos.
• Desarrollar actividades de estimulación.
• Brindar apoyo técnico en las planificaciones, preparando y proponiendo diariamente material
de apoyo para el desarrollo de niños y niñas.
• Participar activamente en la evaluación pedagógica de párvulos.
• Atender necesidades básicas como mudas, alimentos, etc., de párvulos.
• Apoyar en el cuidado de párvulos en actividades dentro y fuera del establecimiento educativo.
• Controlar, utilizar y custodiar materiales equipamiento implementado y manteniendo los
registros correspondientes de uso de éstos.

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• Ejecutar las actividades planificadas con los párvulos tales como recepción, despedida y
actividades curriculares pedagógicas variables y regulares.

• Seleccionar, adecuar y desarrollar actividades, aplicando pautas de observación definidas en
la guía curricular de acuerdo a las características de su grupo.

• Organizar y controlar los materiales que se utilizan en las diferentes actividades velando por
su conservación.

• Crear y mantener un ambiente físico para el aprendizaje, decorando de acuerdo a los recursos
existentes, procurando un trabajo en conjunto con los niños y niñas y sus familias.

• Participar en la planificación y evaluación de la acción ejecutiva con los niños y niñas para
elaborar el plan general, considerando los criterios de calidad.

• Favorecer la asistencia de los párvulos en el programa, flexibilizando su ingreso y atención en
situaciones especiales (enfermedad, atraso, trabajo de la madre, etc.).

• Desarrollar acciones que favorecen la permanencia de los niños(as) en el programa, a través
de acciones como visitas domiciliarias, flexibilización de atención, etc., en la medida que
existan las condiciones de infraestructura adecuada.

• Velar por integridad física y psíquica de los niños(as).
• Propiciar la autonomía y respetar la individualidad de los niños y niñas.
• Contribuir y crear un ambiente educativo hacia los párvulos de su grupo, estableciendo una

relación cálida y motivadora.
• Coordinarse con organismos de la comunidad, con el objeto de difundir el programa,

proyectando así una buena imagen del establecimiento.
• Controlar, utilizar y custodiar los materiales y equipamiento implementando y manteniendo

los registros correspondientes.
• No tomar decisiones sin contar con la debida autorización para hacerlo.
• Comunicar a la directora del jardín infantil los incidentes que ocurran en el transcurso de sus

labores.
• Cumplir con la normativa del estatuto administrativo e institucional.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna la programación establecida por la dirección nacional y regional

de la Institución.
• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus superiores.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcada en el respeto con el (la)

director(a) Regional, Coordinación Provincial JUNJI El Loa, subdirectores(as), personal de la
dirección regional, educadoras, técnicos, auxiliares de aseo, apoderados y niños(as),
favoreciendo un clima de confianza de las personas.

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5.1.8. Deberes de la Auxiliar de Servicios Menores

• Mantener dependencias de unidad educativa en buen estado, cumpliendo las reglas de higiene
y seguridad de cada sala velando por el bienestar de la comunidad educativa de la JUNJI.

• Mantener las dependencias, interiores y exteriores del acceso principal, en condiciones
óptimas de aseo e higiene.

• Mantener limpias, higiénicas y ordenadas todas las dependencias relacionadas con la atención
de los párvulos.

• Preparar las salas y otras dependencias a su cargo para las actividades de los párvulos y toda
la comunidad perteneciente a la unidad educativa.

• Colaborar en las funciones de entrega y recepción de documentos.
• Realizar mantención y limpieza de las áreas verdes de las dependencias a la cual pertenece.
• Controlar ingreso de personas al recinto educativo.
• Cumplir oportunamente su programación en pos de no afectar los procesos pedagógicos y de

seguridad en los párvulos y personal de aula.
• Velar por el uso de materiales y equipos a su cargo informando contingencias, estado y

previniendo las necesidades de materiales para desarrollar su función.
• Velar por el despacho de la correspondencia tanto interna como externa asegurándose que

esta llegue a su destino el tiempo y la ora que corresponda.
• Respetar las normas de higiene y seguridad comprometiéndose con la protección de sí misma

y de los demás en el cumplimiento de su función.
• Comprometerse con el bienestar de la comunidad por el medio del control de ingreso, aseo e

higiene de la dependencia del jardín.
• Cumplir con el tiempo de entrega del servicio de aseo y ornato de la dependencia.
• No tomar decisiones sin contar con la debida autorización para hacerlo.
• Comunicar a la directora los incidentes que ocurran en el transcurso de sus labores.
• Cumplir con la normativa del estatuto administrativo e institucional.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna la programación establecida por la dirección nacional y regional

de la Institución.
• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus superiores.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcada en el respeto con el (la)

director(a) Regional, Coordinación Provincial JUNJI El Loa, subdirectores(as), personal de la
dirección regional, educadoras, técnicos, auxiliares de aseo, apoderados y niños(as),
favoreciendo un clima de confianza de las personas.

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5.1.9. Deberes de la Manipuladora de Alimentos

• Mantener orden y limpieza en la cocina, sedile y bodegas de alimentos.
• Elaborar diariamente la minuta correspondiente (desayuno, almuerzo, colación),

estipulada por el o la nutricionista de la empresa SAVISA.
• Preparar la alimentación diaria (desayuno, almuerzo, colación) de los niños y niñas,

posteriormente lavando los respectivos utensilios.
• Preparar la alimentación diaria (almuerzo) de las funcionarias.
• Disponer los utensilios del almuerzo para las tías y posteriormente lavarlos.
• Disponer de los abarrotes, verduras y frutas en la respectiva cocina.
• Realizar una vez a la semana el pedido a SAVISA de abarrotes, frutas y verduras

necesarios para preparar la minuta de la semana siguiente.
• Informar oportunamente a su superior del stock de ingredientes de abarrotes, verduras y

frutas necesarios para preparar la minuta.
• Informar a directora del establecimiento si se realizan cambio de minuta, explicando el

por qué se realizó dicho cambio.
• Informar a equipo de asesor de Empresa de Concesionaria, las contingencias, estado o

requerimientos para prevenir las necesidades de materiales para el buen desarrollo de su
función.
• Respetar las normas de higiene y seguridad comprometiéndose con la protección de sí
misma y de los demás en el cumplimiento de su función.
• Cumplir con el tiempo de entrega del servicio de alimentación en el establecimiento.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcado en el respeto con la
directora, educadoras, técnicos, auxiliar de aseo, apoderados y niño (as), y equipo asesor,
favoreciendo un clima de confianza entre las personas.
• No tomar decisiones sin contar con la debida autorización de la directora del
establecimiento, para hacerlo.
• Comunicar a la directora los incidentes que ocurran en el transcurso de sus labores.
• Cumplir con deberes contractuales de su empleador; Servicio de alimentación SAVISA.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna según la programación establecida y calendarizada en las
fechas de CAUE y CEA.

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• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus superiores;
Servicio de alimentación SAVISA.

5.1.10. Deberes de la directora del establecimiento

• Tiene el deber de conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirige.
• Por su parte, es deber de la directora liderar el establecimiento a su cargo, sobre la base de

sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éste; desarrollarse
profesionalmente; promover en su equipo docente el desarrollo profesional necesario para el
cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas del
establecimiento que conduce.
• Para el mejor cumplimiento de estos objetivos deberá realizar supervisión pedagógica en el
aula.
• Los derechos y deberes anteriormente mencionados se ejercerán en el marco de la ley y en
virtud de las funciones y responsabilidades delegadas por la institución, según corresponda.
• Dirigir y apoyar en la gestión y control de los procesos pedagógicos y administrativos de la
Unidad Educativa, a través de la coordinación y apoyo en los niveles educativos y
correspondientes, velando por el cumplimiento de la política de Calidad Institucional y de
Gestión de Personas.
• Asesorar a su personal en materias y procedimientos pedagógicos y administrativos propios
de la Institución.
• Atender público y entregar información referida a situaciones de su Unidad Educativa.
• Despachar informes mensuales y periódicos, referidos a diversos aspectos en gestión de su
cargo.
• Coordinar la administración eficiente de los recursos en su Unidad Educativa.
• Apoyar en proceso de reclutamiento y selección de personal.
• Dirigir y coordinar el cumplimiento del Modelo de Calidad de la Educación Parvularia.
• Cumplir oportunamente su programación en pos de no afectar los procesos administrativos
institucionales.
• Comprometerse con el cumplimiento de la política de gestión d personas.
• Velar por el cumplimiento de relaciones bien tratantes hacia los niños, niñas, familias y
funcionarias.
• Conocer a cabalidad el estatuto administrativo, normativas y protocolos existentes en la
institución en pos de brindar asesoría oportuna ante los diversos requerimientos.
• Construir colectivamente el PEI con su Comunidad Educativa.

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• Coordinar actividades extraprogramáticas con la comunidad interno o externa.
• Planificar en conjunto con las Educadoras y Técnicas actividades recreativas.
• Desarrollar reuniones de carácter técnico, informativo o emergentes con la Comunidad

Educativa, según sea el requerimiento.
• Comunicar a Dirección Regional los incidentes que ocurran en el transcurso de sus labores.
• Cumplir con la normativa del estatuto administrativo e institucional.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna la programación establecida por la dirección nacional y regional

de la Institución.
• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus superiores.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcada en el respeto con el (la)

director(a) Regional, Coordinación Provincial JUNJI El Loa, subdirectores(as), personal de la
dirección regional, educadoras, técnicos, auxiliares de aseo, apoderados y niños(as),
favoreciendo un clima de confianza de las personas.

5.1.11. Deberes de los funcionarios:

• Desempeñar personalmente las funciones del cargo en forma regular y continua.
• Orientar el desarrollo de sus funciones al cumplimiento de los objetivos de la institución y a

la mejor prestación de los servicios.
• Realizar las labores con esmero, cortesía, dedicación y eficiencia, contribuyendo a materializar

los objetivos de la institución.
• Cumplir la jornada de trabajo y realizar los trabajos extraordinarios que ordene el superior

jerárquico.
• Cumplir las destinaciones y comisiones de servicio que disponga la autoridad competente.
• Obedecer las órdenes impartidas por el superior jerárquico.
• Observar, estrictamente, el principio de probidad administrativa.
• Guardar secreto en los asuntos que revistan carácter reservado.
• Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo.
• Proporcionar con fidelidad y precisión los datos relativos a situaciones personales o de familia.
• Denunciar a la justicia, con la debida prontitud, los crímenes o simples delitos y a la autoridad

los hechos de carácter irregular.

5.1.12. Derechos funcionarios

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• Hacer uso de los feriados, permisos, licencias y a participar en las acciones de capacitación.
• Gozar de todas las prestaciones y beneficios que contemplen los sistemas de previsión y

bienestar social.
• Ser defendidos y a exigir que la institución a que pertenezcan persiga la responsabilidad civil

y criminal de las personas que atenten contra su vida o su integridad corporal, con motivo del
desempeño de sus funciones o que, por dicho motivo, los injurien o calumnien en cualquier
forma.
• Percibir por sus servicios las remuneraciones y demás asignaciones adicionales.
• Percibir las siguientes asignaciones: a) movilización, b) horas extraordinarias y/o
compensatorias c) viático, pasajes u otros análogos y d) otras asignaciones contempladas en
leyes especiales.

5.2. Regulaciones técnico-administrativas sobre estructura y funcionamiento general
del establecimiento educacional

5.2.1. Tramos curriculares

Nuestra unidad educativa cuenta con tres tramos de educación parvularia:

1° nivel: Sala Cuna Heterogénea

2° nivel: Medio Heterogéneo

3° nivel: Transición Heterogénea

NIVEL EDADES

Sala cuna heterogénea 3 meses a 1 año 11 meses a marzo

Medio heterogéneo 2 años y 3 años 11 meses a marzo

Transición heterogénea 4 años y 5 años 11 meses a marzo

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5.2.2. Horarios de funcionamiento del establecimiento (inicio y término de la
jornada ordinaria y extraordinaria, ingreso de familias durante la jornada al
establecimiento)

Lunes a viernes:
Ingreso: 08.30 a 09.30
Salida: lunes a viernes 16:30
3° viernes de cada mes salida: 12.45/13.00 (PA-CEA)
Ultimo viernes de cada mes suspensión de actividades (CAUE y CAA)
Ingresos diferidos COVID-19
Medio y transición convencional 2: 09.00/ 09.15
Medio y transición convencional 1: 09.15/ 09.30
Sala Cuna Heterogénea: 09.30/ 09.45

Observación: si la familia tiene problemas para llegar al horario de ingreso y/o salida
es deber de ellos comunicar al equipo de sala y/o dirección de la unidad educativa
Si el párvulo presenta problemas de salud y presenta orden médica la unidad
educativa le otorga el ingreso más tarde (si fuera en lo posible con desayuno del
hogar). Cabe mencionar que se debe presentar la orden médica, la cual se debe
adjuntar a la ficha del menor y se genera un compromiso en la ficha con la familia del
horario de ingreso del niño/a

C.A.U.E y C.A.A C.E. A

MES DÍA MES DÍA
MAYO
MARZO 26 JUNIO 18
JULIO 24
ABRIL 30 AGOSTO 21
SEPTIEMBRE 11
MAYO 28 OCTUBRE 23
NOVIEMBRE 20
JUNIO 25 DICIEMBRE 11

JULIO 30

AGOSTO 27

SEPTIEMBRE 24

OCTUBRE 29

NOVIEMBRE 26

DICIEMBRE 17

ENERO 14

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• Horario de Atención de Educadoras de Párvulos: Desde 14:45 a 17:00 horas, existiendo
flexibilidad para los/as apoderados/as que no pueden o requieren atención con urgencia y/o
en la mañana (esto se

• realizara de manera remota y/o presencial)

• Horario de Atención de Directora: 08:30 a 12:30 y 14:45 a 16:30 horas. Existiendo
flexibilidad para los/as apoderados/as que no pueden o requieren atención con urgencia (esto
ser realizara de manera remota y/o presencial)

5.3. Procedimientos ante el atraso o retiro anticipado del niño o niña y registros de
asistencia e inasistencias.

Registro de asistencia e inasistencia: Este registro se lleva a cabo en la hoja de asistencia diaria
(GESPARVU), en la cual si el niño/a asiste a la unidad educativa se coloca . , niño/a inexistente se
coloca / y si el niño/a llega atrasado el / se convierte en A. La asistencia debe estar pasada y cerrada
antes de las 10 am. Por lo cual si llega un niño/a atrasado se debe agregar un anexo a la sumatoria
final (ejemplo: cerrada la asistencia total: 10+1=11).
Retiro anticipado: El equipo de sala y/o la familia debe registrar en la misma bitácora de atrasos
el retiro del párvulo y el motivo por el cual está retirando al menor. De igual manera si lo retira por
hora médica y lo volverá a traer a la unidad educativa es responsabilidad de la familia avisar al
equipo de sala (protocolo N° 13: acciones del personal frente a dificultades en el retiro del niño o
niña).
Atrasos: Se registra en bitácora de ingreso y salida del párvulo, el atraso el cual la familia debe
colocar el motivo del por qué llego atrasado con su hijo/a. Por 5 atrasos consecutivos se realiza una
entrevista con el equipo del nivel, en el cual se deben generar acuerdos y compromisos por parte de
la familia. Luego si la familia sigue llegando atrasados la encargada y/o directora de la unidad
educativa le realiza una entrevista y de seguir con atrasos se realiza la derivación a la trabajadora
social del equipo técnico territorial.
Si no llega el adulto responsable a retirar al niño o niña (JUNJI oficio circular 0/15/120 10 de junio
de 2012)

• El personal del jardín infantil no debe trasladar a los niños o niñas a sus hogares, así como
tampoco trasladarlos a su propia residencia.

• Si la funcionaria responsable no ha podido ubicar a las personas autorizadas del retiro del
párvulo y ha transcurrido una hora, se debe solicitar presencia de Carabineros, y efectuar
ante ellos la respectiva denuncia.

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• Es obligación que la funcionaria solicite a Carabineros copia de esta denuncia, la que debe
enviarse a la Directora Regional antes de 24 horas

5.3.1. Inasistencia de Párvulos
• El ingreso de los párvulos es de 08:30 a 09:30 (a esta hora se cierra el portón)
• Es deber de las familias informar si su hijo/a llegara más tarde al jardín
• Se le otorgara un permiso de 3 días a los párvulos que necesiten viajar, si se llegara alargar

la estadía es deber de las familias informar si esta situación no se realiza automáticamente
se deserta al párvulo
• Es deber de las familias informar cuando su hijo/a no asistirá al jardín
• Si un párvulo se ausenta 3 días y no se da aviso el equipo de sala llamara para ver su situación
y se deberá registrar en el formato de llamas al hogar
• Si un párvulo se ausenta por más de 5 días se deberá volver a llamar y realizar visita
domiciliaria, para conocer su situación, se realizará con la familia entrevistas y acuerdos y
compromisos para que el párvulo siga asistiendo al jardín infantil.
• Los párvulos que se vallan enfermos del jardín al momento de ser retirados se les debe dar
el certificado para que lo presente en la posta y una vez que vuelva a ingresar al jardín debe
traer el certificado completado por los funcionarios de la posta, en el caso que exista reposo
medico deben traer el papel de alta médica para poder ingresar al jardín.

5.4. Lineamientos técnicos proceso de inscripción y matricula resolución exenta N°
015/1895 del 02/08/2011

5.4.1. Convocatoria de la comunidad

• Responsables: El proceso de convocatoria es de responsabilidad de la unidad educativa en
colaboración con las directoras regionales, unidad de comunicación y equipos técnicos.

• Fecha: El periodo masivo de este proceso se inicia en el mes de octubre y finaliza en el mes
de enero, no obstante, estas orientaciones serán aplicadas durante todo el año lectivo.

Se debe llevar a cabo un proceso de convocatoria a nivel de la comunidad educativa realizando
difusiones, a través de afiches ubicado en lugares visibles para las familias. Y también realizar la
difusión del sistema online.

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5.4.2. inscripción de niños y niñas

• En esta etapa del proceso es inscribir a los niños y niñas de familias que deseen ingresar
a la unidad educativa

• Responsable: directoras y encargadas de jardines
• Fechas: A comienzos de noviembre y términos a la quincena de enero, esto se debe

realizar a través del SIM (la inscripción de niños y niñas debe mantenerse durante todo el
año lectivo a fin de las necesidades de las familias, cubrir vacantes o gestionar los
traslados).

“Las familias deben tomar conocimiento que la inscripción no significa matricula automática, solo una
vez ejecutado el proceso de priorización hacia los segmentos más vulnerables se inicia el proceso de
matrícula en la unidad educativa”.

5.4.3. Publicación de los resultados

• Esta fase tiene como propósito dar a conocer a las familias los resultados del proceso de
priorización masiva, entregando las nóminas de los niños y niñas inscritos priorizados en
primera nómina y lista de segunda priorización (lista de espera)

• Procedimiento: Las directoras y/o encargadas de jardín deben descargar el listado del SIM de
los párvulos priorizados

• Fecha: A partir de la quincena de enero hasta la primera semana de marzo

5.4.4. Matrícula

• Comienza en la quincena de enero y la primera semana de marzo

Los párvulos o lactantes que vengan trasladados de otro establecimiento JUNJI, tienen prioridad de
ingreso, si hubiese cupo, en caso de no existir cupo de matrícula, se traspasará en primer lugar de
lista de espera.
Los párvulos derivados de tribunales tendrán prioridad de ingreso, si no existiese cupo se entenderá
una sobre matrícula.

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Los hijos o hijas de funcionarias que sean menores de dos años tienen ingreso inmediato, con dos o
más años postularán de acuerdo a normativa vigente.

La madre, padre y/o apoderado al momento de confirmar matricula con Directora del jardín infantil
debe presentar los siguientes documentos:

• Certificado de nacimiento
• Certificado o fotocopia de las vacunas
• Certificado laboral y/o certificado de estudios (si estudia o trabaja)
• Diagnóstico médico si el niño o niña tiene una necesidad educativa especial
• Fotocopia cedula de identidad de personas autorizadas a retirar al párvulo (mayor de 18 años)
• Acta de audiencia si el niño o niña ha sido vulnerado en sus derechos.
• Carnet de salud

“Las matrículas se realizan una vez que se publican las listas (mes de enero) y los primeros días del
mes de marzo”

• La Unidad Educativa contará con un registro general de matrícula, cuya elaboración será
responsabilidad de la Directora y/o subrogante.

• Este registro será elaborado con los antecedentes registrados en la ficha de matrícula del
párvulo.

• Será responsabilidad de cada educadora de nivel informar a la dirección cuando exista
alguna deserción y los ingresos será la responsable la directora y/o subrogante

• La actualización de antecedentes será llevada a cabo de manera sistemática, dicha
información deberá ser proporcionada por las encargadas de cada nivel.

• Este registro se llevará de manera digitalizada y permanecerá en Dirección

5.4.5. Proceso de adaptación

• Es importante tener presente que la Sala Cuna y el Jardín Infantil es un lugar desconocido
para los lactantes, niños y niñas, por ello deben adaptarse al nuevo ambiente y comenzar a
familiarizarse con los rostros de las Agentes Educativas.

• El ingreso de un lactante, niño o niña al establecimiento deberá durar según el requerimiento

de cada lactante, niño o niña. La unidad educativa le recomienda los padres que mínimo
debería ser una semana de adaptación en lo cual consta que los menores se retiran a medio
día y ya adaptándose el menor se puede quedar todo el día esta adaptación puede durar más

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en algunos menores y serán los equipos educativos quienes les indicaran a las familias
cunado su hijo o hija esté preparada para quedarse todo el día.

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5.5. Organigrama del establecimiento

E.L.C.I Encargada de Empresa Manipuladora
Sandra Unidad Educativa externa Sala Cuna
Gómez Maddelin Miranda SAVISA Leticia
Esquivel

Manipuladora
Jardín
Valeria
Mamani

Educadora Educadora Educadora
Sala Cuna H. Medios H. Transición H.
Piare Dorador Romane
Fuenzalida Angelica
Chelme

Técnica Técnica Técnico
Raquel Salinas Erika Godoy Veronica Anza

Técnica Técnica
Tayna Gómez

Auxiliares
servicios
menores Ana
Inostroza y
Mónica Panire

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5.6. Roles de los directivos, docentes y asistentes de la educación.

Roles de la Directora, educadoras y técnicos en atención de párvulos y auxiliar de
servicios menores.

PERFILES DEL EQUIPO EDUCATIVO

DIRECCION EDUCADORA DE Liderar y administrar la gestión del jardín infantil

JARDIN PARVULOS para ofrecer una educación integral de calidad a

INFANTIL los párvulos en colaboración con sus familias

EQUIPOS DE EDUCADORAS Liderar los procesos de atención integral de los

SALA PEDAGOGICAS párvulos y sus familias, generando aprendizajes

de calidad, relevantes y significativos en los niños

y niñas atendidos

TECNICAS EN Aportar al desarrollo integral de los párvulos del

ATENCION DE nivel asignado en el jardín infantil, brindando una

PARVULOS atención de calidad, colaborando activamente en

la planificación y ejecución de los programas

pedagógicos, en el marco de las orientaciones

técnicas fijadas por la institución

AUXILIARES DE Mantener las dependencias en buen estado, a

SERVICIO través del aseo, ornato y mantención de

MENOR equipamiento, mobiliario y dependencias internas

y externas de las unidades educativas

cumpliendo con el reglamento de higiene y

seguridad de la junta nacional de jardines

infantiles

FAMILIA AGENTES Participar y apoyar trabajo pedagógico

EDUCATIVOS

REDES DE AGENTES Participar y apoyar trabajo pedagógico

APOYO EDUCATIVOS

CONSESIONARIA MANIPULADORA Administrar y entregar el servicio de alimentación

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5.7. Los mecanismos de comunicación formales y efectivos con madres, padres y/o
apoderados

Nuestros canales de comunicación con nuestros padres, madres y apoderados son a través de un
celular, ya que el jardín no cuenta con una red fija de telefonía. También contamos con paneles de
fotografías de actividades fuera de cada sala, un panel de comunicación grande que se encuentra en
el hall con todos los temas transversales y como trabajamos cada uno de ellos, y cada equipo de
sala coloca información relevante fuera de cada sala en sus paneles informativos.

5.7.1. Reuniones: Estas son instancias lideradas por las educadoras de cada nivel donde los
padres, madres y familia que asisten se reúnen de forma mensual para reflexionar y
debatir entorno a las prácticas educativas y la evaluar el aprendizaje de sus hijos e
hijas, aquí pueden conocer las experiencias que se llevan a cabo durante un tiempo
determinado y proponer nuevas actividades. Además, las familias evalúan estos
encuentros, donde pueden sugerir temáticas de su interés para ser abordadas durante
la reunión del mes siguiente. Estas reuniones se realizan 1 vez al mes, durante la
jornada de la tarde de 14:45 a 16:15 horas. Durante el periodo de pandemia nuestra
reuniones serán de manera remota

5.7.2. Libreta de comunicación: Este es un medio por el cual se puede establecer una
comunicación constante con las familias sobre las actividades pedagógicas que se
están realizando y las que vendrán. Además, aquí se entregan informativos
relacionados con salud, efemérides, prevención y cuidado, como también algunos
materiales o apoyo que se requieran para realizar positivamente las experiencias
educativas, es por esto que se recomienda leer de forma permanente la información
que aquí se envía, será obligación del adulto responsable devolverla al jardín infantil
con una firma para verificar la lectura de lo enviado o comunicado.

5.7.3. Entrevistas: Esta es una conversación directa y formal que se genera entre la
educadora y/o técnica del nivel y el adulto significativo a cargo del párvulo. Donde se
pueden abordar temáticas vinculadas al proceso educativo, tales como aspectos
generales, logros de aprendizajes, nutrición y salud, relaciones interpersonales,
situaciones que afecten en el proceso, como también puede ser planificada, emergente
o por solicitud de la familia. Estas entrevistas también pueden ser realizadas y
solicitadas por la directora del jardín infantil, y pueden ser agendadas a través de vía

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telefónica, de forma verbal o por escrito. Están se llevaran a cabo durante la pandemia
vía remota

5.7.4. Trayectoria del aprendizaje: Instrumento de evaluación de los aprendizajes en el
cual participan las familias, niños (as) y agentes educativas, es un proceso de
retroalimentación en el cual se establecen compromisos para ir mejorando de forma
colaborativa el proceso educativo. En este se fijan tres momentos claves en el proceso
pedagógico: inicio (aprendizajes iniciales), al término del primer y segundo semestre.
La entrega de este instrumento se realiza a través de una entrevista formal, asistiendo
un adulto significativo por niño o niña, previa citación agendada por educadora de
párvulos de cada nivel educativo. Se hará llegar a las familias de manera digital

5.7.5. Paneles informativos: Cada nivel educativo cuenta con este panel, con el cual se
informa a las familias sobre diversas actividades relevantes, se publican las minutas
del programa alimentación y otras informaciones generales; cabe señalar que acá se
incorporan las mismas informaciones entregadas en la libreta de comunicación para
así respaldarnos de que todas las familias reciban la misma información, la cual se irá
actualizando permanentemente.

5.7.6. Visitas domiciliarias: instancia en que el personal educativo se acerca al domicilio
de un párvulo, con el objetivo de conocer los motivos de inasistencia, casos de
vulneración de derechos o situaciones particulares de algún niño o niña. Donde se
registra en el documento personal de cada niño y niña, solicitando la firma de
apoderado como respaldo de dicha acción. Esta herramienta nos permite conocer la
realidad y entorno sociocultural en el cual se desarrolla cada niño (a), identificando
antecedentes que nos permitan ampliar nuestro conocimiento de ese niño/a. Si luego
de la visita domiciliaria el párvulo no se reintegra al jardín infantil y/o no se comunica
este será desertado.

5.7.7. Celular: canal de comunicación donde la madre, padre o apoderado comunica alguna
situación relevante como: atrasos, enfermedades, inasistencias, retiro, entre otras. Y
el personal educativo lo utiliza para consultar por inasistencias, coordinar entrevistas,
comunicar enfermedad y/o accidente del párvulo

5.7.8. Correo electrónico: este canal de comunicación se utiliza para enviar algún
documento como: Proyecto educativo institucional (PEI), reglamento interno o

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material bibliográfico de apoyo a la labor educativa. Además, es el canal de
comunicación que más se utiliza con redes de apoyo.

5.7.9. Buzón SIAC: Nuestro establecimiento cuenta con un buzón del SIAC (Sistema integral
de información y atención ciudadana), el cual es reconocido por toda nuestra
comunidad educativa, es ahí donde las familias pueden exponer cualquier situación
que se les pueda presentar ya sea en relación a inquietudes, sugerencias o dudas
relacionadas con el niño o niña en el Jardín Infantil o felicitaciones, estas entrevistas
son realizadas por la directora del establecimiento, por la subrogante en caso de que
esta no se encuentre o por administrativa.

5.7.10. Blog: En donde les damos a conocer a la comunidad nuestra labor educativa y el que
nos visite puede dejar libremente su comentario.

5.7.11. Diario: Con este medio damos a conocer a nuestras familias y comunidad el trabajo
que realizamos en el jardín infantil (trimensual)

5.7.12. Personal Educativo: Junto al personal educativo, con el fin de mantener y potenciar
5.7.13. la positiva comunicación en nuestro lugar de trabajo, se validaron los siguientes
5.7.14. canales de comunicación: Panel informativo, entrevista al personal y reuniones
Grupos de WhatsApp: Este medio se implemento en el periodo 2020, ya que es un
medio rápido y efectivo con las familias, en donde podemos enviar encuestas,
actividades, información entre otros y la familia tiene mas libre acceso a este medio
App mi jardín Junji: Medio tecnológico implementado en el periodo 2020 por la
institución para llegar a las familias, en esta app podemos encontrar diversas
actividades, comunicaciones por nivel, entre otras.

5.8. Regulaciones referidas a los procesos de admisión

Este proceso se articula a través del Sistema Informático de Inscripción y Matrícula (SIM) que permite
el ingreso de niños y niñas y sus familias para realizar la priorización social, considerando los
antecedentes que proporciona el instrumento de caracterización socioeconómica de las familias
(Registro Social de Hogares, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social) y, por otro lado, los
criterios institucionales.

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Para estos efectos, se envían Lineamientos Técnicos del Proceso de Admisión 2019 mediante Oficio
Circular. Estos lineamientos son revisados, actualizados y/o reformulado año a año, siendo válidos
los del año vigente.
Los resultados de la priorización de niños y niñas se obtienen a través del Sistema Informático de
Inscripción y Matrícula, desde el cual se emiten las nóminas de niños y niñas seleccionados y en lista
de espera. Desde la Dirección Regional de JUNJI, se envían dichas nóminas a la directora y/o
Encargadas de la Unidad Educativas, quién las publica en un lugar visible de la unidad educativa y
estará visible para las familias.

5.8.1. Prioridades Institucionales en el proceso de matricula

5.8.1.1. Prioridad Nº1: Ingreso automático:

• Niña/o perteneciente al sistema Intersectorial de Protección Social, se incluyen los siguientes
Subsistemas; Subsistema de Seguridad y Oportunidades y Subsistema Chile Crece Contigo

• Niña/o vulnerado en sus derechos, bajo protección del Servicio Nacional de Menores
(SENAME)

• Niña/o vulnerado de sus derechos, en casa de acogida del Servicio Nacional de la Mujer
(SERNAMEG)

• Niña/o vulnerado en sus derechos con Medida de Protección (situación de calle, que reside
con madre privada de libertad u otro)

• Niña/o en situación irregular de inmigración o familias refugiadas
• Hijo/a de madre, padre o alumno/a con el cuidado personal del niño/a, estudiante de

Enseñanza básica o medica que se inscribe en una sala cuna P.E.C
• Hermano/a de párvulo matriculado en la unidad educativa
• Hijo/a de madre, padre o alumno/a con el cuidado personal del niño/a, que estudie en

Universidad en convenio con la JUNJI
• Hijo/a de funcionarias/os inscritos en la misma unidad educativa donde desempeña sus

funciones

5.8.1.2. Prioridad N°2

• Hija/o de madre o adulta responsable que trabaja remunerada mente
• Hija/o de madre, padre o alumna/o con el cuidado personal del niño/a, que estudia en algún

establecimiento educacional formal

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• Hija/o de madre adolescente (menor de 18 años)
• Hija/o de padre adolescentes (menor de 18 años)
• Hija/o de madre o adulta responsable con jefatura de hogar
• Niña/o en situación de discapacidad
• Hija/o de madre, padre o adulta/o responsable con problemas graves de salud
• Hija/o de madre o padre privado de libertad

5.8.1.3. Prioridad N°3

• Hogar monoparental
• Niña/o de familia perteneciente a pueblos originarios

5.8.1.4. Prioridad N°4

• Todas aquellas familias que no cuentan con prioridades institucionales, y que se encuentren
dentro del tramo de corte del 60% del registro social de hogares

5.8.1.5. Prioridad N°5

• Si aún existen vacantes, a fines de marzo se podrá matricular a los niños/as cuyas familias
estén sobre el tramo de corte de la caracterización socio económica que entregará el MDMS
o no cuenten con este dato y que presenten el mayor número de prioridades institucionales

5.8.2. Admisión y Matrícula:

JUNJI establece anualmente un proceso de inscripción y matricula INFORMATIZADA de los párvulos
que deseen ingresar al jardín infantil y que contiene lineamientos técnicos mediante una circular que
anualmente se renueva. El personal educativo realiza difusión a la comunidad.

Sistema informático de inscripción y matricula (SIM) actualmente en sus versiones:

• SIM interno (plataforma utilizada por los jardines infantiles)
• SIM ONLINE (plataforma WEB pública)

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En el SIM interno la inscripción la realiza la directora donde completa una ficha de inscripción cuyos
datos se ingresan AL SISTEMA INFORMÁTICO DE INSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA DE PÁRVULOS
quienes realizan priorización y envían nóminas al jardín infantil. Las nóminas de 1era priorización se
publican, y si es necesario se realizan llamados telefónicos a las madres, padres y apoderados para
que asistan a confirmar matrícula con la directora o administrativa (se completa la “Ficha de
matrícula”).

Para la confirmación de matrícula de los párvulos antiguos se debe consignar por escrito el
interés del apoderado la continuidad de su hijo en ficha individual y/o en registro de firma otorgado
desde la dirección del jardín infantil de cada nivel para el próximo año en la unidad educativa.
En el mes de noviembre se debe realizar la confirmación de matrícula de los párvulos antiguos para
así conformar los grupos de atención y conocer las vacantes disponibles para el nuevo año lectivo.

Para la matrícula de los párvulos nuevos y de acuerdo con la nómina de párvulos priorizados y
de segunda priorización, se debe proceder a efectuar las matrículas de todos los niños nuevos que
hayan sido priorizados o seleccionados, en cada uno de los niveles y de acuerdo a las vacantes
disponibles. En caso de que exista una vacante, se respetará la lista de espera para completar el
nivel correspondiente.

Se tendrá un plazo máximo de 5 días para contactar a las familias para proceder a
matricular y se debe solicitar la documentación de respaldo.
La matrícula en SIM es el acto oficial que valida la calidad de matrícula del párvulo y las fichas
impresas desde el SIM.
Los padres y apoderados tendrán derecho de solicitar traslado de sus hijos e hijas, esto está sujeto
al procedimiento de postulación institucional.

• Todo párvulo matriculado deberá tener la Ficha de Inscripción y Matrícula con todos los
antecedentes.

• La confirmación de matrícula no podrá estar condicionada al pago de cuotas de Centro de
Padres, Madres y/o Apoderados/as o cumplimiento de exigencias de asistencia u otras.

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5.9. Regulaciones sobre pagos o becas en Nivel Transición de establecimientos
subvencionados o que reciben aportes del Estado y que continúan con régimen
de financiamiento compartido

Nuestra unidad educativa cuenta con el nivel de transición, pero no se recibe ningún aporte del
estado.

5.10. Regulaciones sobre uso de uniformes, ropa de cambio y pañales

En relación con las regulaciones sobre uso de uniformes, esto no aplica para JUNJI, dado que los
niños y niñas asisten vestidos según definición de sus familias y considerando que el vestuario sea
cómodo, adecuado al clima y que no presente riesgo. Ante cualquier tipo de organización de las
familias, a través de su Centro de Padres, de otorgar vestimenta uniformada a los párvulos, se debe
resguardar que no se constituya como obligatoriedad o se incurra en algún tipo de menoscabo para
las familias.

En el caso de los niños y niñas que utilizan pañales, estos son provistos por las familias considerando
la jornada de permanencia en el establecimiento y su condición de salud. En cuanto a la ropa de
recambio, se debe constatar que los niños traigan en sus mochilas vestuario de recambio, para ser
utilizada según se requiera. En nuestra unidad educativa en sala cuna heterogénea se les solicita a
las familias pañales, ropa de cambio (2 mudas completa), toalla para mudador (para colocar bajo la
sabanilla de papel) y en caso de irritación se les solicita a las familias pomada para esto, más una
crema para cuerpo y cara, colonia y cepillo dental para el uso personal.
En el nivel medio heterogéneo se solicita una muda en caso de emergencia y para los párvulos que
utilizan pañal se les solicita 2 muda de cambio, pañales y toalla, de igual manera se les solicita una
colonia, crema, cepillo y pasta dentales, para el uso personal
Y en el nivel de transición se les solicita una muda de cambio en caso de emergencia, de igual manera
se les solicita una colonia, crema, cepillo y pasta dentales, para el uso personal.
En el caso que algún niño o niña utilice una crema especial es deber de las familias avisar al equipo
de sala y traer la crema

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5.10.1. Requerimiento de ropa de cambio

La ropa de cambio y pañales siempre debe considerar la necesidad de cada niño y niña, y el
incumplimiento de estos requerimientos por parte del adulto no puede afectar en el derecho a la
educación de los párvulos.

Sala Cuna (3 meses a 2 años)

• 3 mudas de ropa completas (si el niño o niña esta con control de esfínter se debe incorporar
otro par de zapatos y ropa interior)

• 3 pañales
• 3 baberos

Medios y Transición (2 a 5 años)
• Una muda de ropa (si el niño o niña no controla bien esfínter agregar 2 mudas más, incluyendo
zapatos y ropa interior)

5.11. Regulaciones referidas al ámbito de seguridad, higiene y salud

5.11.1. Plan de seguridad escolar (PISE)

El Jardín infantil cuenta con el Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE), cuya elaboración estuvo a
cargo de “Comité de Seguridad Escolar y Parvularia de nuestra unidad educativa Los Conejitos
Blancos” y fue apoyada a través de las áreas de Clima y Seguridad Laboral regional, revisado y
aprobado por: Andrés Pizarro encargado regional de la UPRYS (Unidad de Prevención de Riesgos y
Seguridad), en y este año fue revisado y aprobado por: Andrés Pizarro, encargado regional de la
UPRYS, en abril del 2020.
Este plan se constituye en un documento estandarizado para garantizar el cumplimiento de lo
dispuesto en la Resolución Exenta N° 381 de la Subsecretaría de Educación Parvularia, la cual dispone
que en cada establecimiento de Educación Parvularia se debe contar con un Plan de Seguridad. El
citado plan PISE para sala cuna y jardines infantiles también cumple con las orientaciones de ONEMI,
dispuestas bajo Resolución N° 51/2001 del Ministerio de Educación.

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5.11.1.1. Modificaciones

Como lo establece la Circular Normativa para Establecimientos de Educación Parvularia, Resolución
Exenta N°0381, del 19 de mayo 2017, el Plan Integral de Seguridad Escolar y Parvularia (PISE) junto
con los planos de las instalaciones detallados según necesidad, será actualizado anualmente por la
Unidad de Prevención de Riesgos y Seguridad JUNJI.

5.11.1.2. Mecanismo de difusión

Los mecanismos de difusión del PISE año 2020, se realizarán por medios de pendrive los cuales se
solicitarán a cada apoderado, a las funcionarias del jardín se les darán los protocolos impresos y se
socializaran en reuniones, para el comité de seguridad se realizara reuniones dando a conocer más
detallada la información. Socializando, analizando y planteando dudas y requerimientos de acuerdo
al PISE.
El organigrama de la unidad educativa se organiza de acuerdo a la dotación de personal y agentes
que se encuentren en el establecimiento.

5.11.1.3. Comité De Seguridad Escolar

Directora del Jardín Infantil: Maddelin Miranda
Representantes de las Educadoras: Romane Fuenzalida
Representantes de los niños y las niñas: no aplica
Representantes de organismos de protección (posta): Ricardo Milla
Representantes del centro general de padres y apoderados: Ana Cuela
Representante del Comité Paritario de Higiene y Seguridad o Comité de Seguridad Infantil:
Ana Inostroza
Coordinación con Junji: Andrés Pizarro

5.11.1.4. Alcance

Nuestro Plan Integral de Seguridad Escolar y Parvularia (PISE) será ordenado por el Coordinador de
Emergencias del Jardín Infantil, es decir directora del mismo o su subrogante, cuando la magnitud
del hecho producido sea incontrolable y/o conlleve serio riesgo para la vida de los funcionarios/as o
niños o niñas, siendo obligatorio seguir los procedimientos e instrucciones para todos los
colaboradores de la Institución.

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