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REGLAMENTO INTERNO 2020 LOS CONEJITOS BLANCOS

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Published by Los Conejitos Blancos, 2021-09-29 12:06:11

REGLAMENTO INTERNO 2020 LOS CONEJITOS BLANCOS

REGLAMENTO INTERNO 2020 LOS CONEJITOS BLANCOS

REGLAMENTO INTERNO

Jardín Infantil
“Los Conejitos Blancos”

Junta Nacional de Jardines Infantiles

-2020-

Código: RI

Versión: 04

Fecha: 15/05/2020

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Este Reglamento Interno pertenece al Jardín Infantil
“Los Conejitos Blancos”

Aprobado por:
Cargo:
Fecha:
Firma:

Versión Fecha Tabla control de cambios
00 01/08/2016 Descripción del Cambio
01 01/08/2017
Versión Inicial
02 01/08/2018 Se incorpora "Política de Reconocimiento y
Trabajo con Familias de JUNJI"
03 22/08/2019 Actualización y Ajuste según Orientaciones para
elaborar RI de MINEDUC
04 15/05/2020 Actualización de acuerdo al Modelo de
05 02/07/2020 Reglamento Interno Institucional, según Oficio
Circular 015/0032 de fecha 17/04/2019
Actualización de datos
Mejoras en propuesta de ROA

Índice

Código: RI

Versión: 04

Fecha: 15/05/2020

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1. Identificación del Jardín____________________________________________7
2. Introducción___________________________________________________8-9
3. Marco Regulatorio____________________________________________10-12
4. Principios___________________________________________________13-17

4.1. Principios orientadores___________________________________13-15
4.1.1. Dignidad del ser humano
4.1.2. interés superior del niño/a
4.1.3. Autonomía Progresiva
4.1.4. No discriminación arbitraria
4.1.5. Participación
4.1.6. Principio de autonomía y diversidad
4.1.7. Responsabilidad
4.1.8. Legalidad
4.1.9. Justo y racional procedimiento
4.1.10. Proporcionalidad
4.1.11. Transparencia

4.2. Principios pedagógicos, BCEPA_____________________________15-17
4.2.1. Principio de bienestar
4.2.2. Principio de unidad
4.2.3. Principio de singularidad
4.2.4. Principio de actividad
4.2.5. Principio del juego
4.2.6. Principio de relación
4.2.7. Principio de significado
4.2.8. Principio de potenciación

5. Contenido mínimo de los reglamentos internos__________________________18-80
5.1. Derechos y deberes de la comunidad_______________________18-34
5.1.1. Derechos y deberes del sistema nacional de aseguramiento de la

calidad de la educación parvularia
5.1.2. Derechos de los niños y niñas
5.1.3. Derechos y deberes de los padres, madres y apoderados
5.1.4. Funciones de los padres y apoderados
5.1.5 Derechos y deberes de los profesionales de la educación
5.1.6. Deberes de las educadoras
5.1.7 Derechos y deberes de las técnicas

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Versión: 04

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5.1.7.1. Deberes de las técnicas
5.1.8. Deberes de las auxiliares de servicios menores
5.1.9. Deberes de las manipuladoras
5.1.10. Deberes de la directora
5.1.11. Deberes de los funcionarios
5.1.12. Derechos de los funcionarios
5.2. Regulaciones técnico-administrativas sobre estructura y funcionamiento
general del establecimiento___________________________________________35-36
5.2.1. Tramos curriculares
5.2.2. Horarios de funcionamiento del establecimiento
5.3 Procedimientos ante atraso o retiro anticipado del niño/a y registro de asistencia
e inasistencia______________________________________________________37-38
5.3.1. Inasistencia de párvulos
5.4. Lineamientos técnicos proceso de inscripción y matrícula_____________38-41
5.4.1. Convocatoria de la comunidad
5.4.2. inscripción de niños/as
5.4.3 Publicación de los resultados
5.4.4. Matrícula
5.5. Organigrama del establecimiento__________________________________42
5.6. Roles de los directivos, docentes y asistentes de la educación____________43
5.7. Mecanismos de comunicación formales y efectivos con familia_________44-46
5.7.1 Reuniones
5.7.2 Libreta de comunicaciones
5.7.3. Entrevistas
5.7.4. Trayectoria de aprendizajes
5.7.5. Paneles informativos
5.7.6. Visitas domiciliarias
5.7.7. Celular
5.7.8. Correo electrónico
5.7.9. Buzón SIAC
5.7.10. Blog
5.7.11. Diario
5.7.12. Personal educativo
5.8. Regulaciones referidas a los procesos de admisión__________________47-50
5.8.1. Prioridades institucionales en los procesos de matrícula

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5.8.1.1. Prioridad N°1
5.8.1.2. Prioridad N°2
5.8.1.3. Prioridad N°3
5.8.1.4. Prioridad N°4
5.8.1.5. Prioridad N°5
5.8.2. Admisión y matrícula
5.9. Regulación sobre pagos o becas en el nivel transición___________________50
5.10. Regulación sobre uso de uniformes, ropa de cambio y pañales________50-51
5.10.1. Requerimiento de ropa de cambio
5.11. Regulaciones referidas al ámbito de seguridad, higiene y salud_______52-70
5.11.1. Plan de seguridad escolar
5.11.1.1 Modificaciones
5.11.1.2. Mecanismo de difusión
5.11.1.3. Comité de seguridad escolar
5.11.1.4. Alcance
5.11.1.5. Estructura organizativa
5.11.1.6. Procedimientos
5.11.1.7. Coordinación con JUNJI
5.11.1.8. Objetivos
5.11.1.9. Orientaciones para salidas pedagógicas con párvulos
5.11.2. Medidas orientadas a garantizar la higiene y resguardar la salud
5.11.2.1. Medidas de higiene del personal que atiende a los párvulos
5.11.2.2. Consideración sobre higiene al momento de la muda y uso de
baños
5.11.2.3. Higiene al momento de alimentación
5.11.2.4. Ventilación de recintos del establecimiento
5.11.2.5. Medidas de orden, higiene, desinfección y ventilación
5.11.2.6. Medidas que resguardan la higiene en el establecimiento
5.11.2.7. Información requerida
5.11.2.8. Medidas que resguardan la salud en el establecimiento
5.12. Regulaciones referidas a la gestión pedagógica___________________70-75
5.12.1. Regulaciones técnico-pedagógicas
5.12.1.1 Planificación y organización curricular
5.12.1.2. Énfasis institucional
5.12.1.3. Currículo

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5.12.1.4. Evaluación
5.12.2. Registro de documentos

5.12.2.1. Asistencia y RTD
5.12.2.2. Portafolios
5.12.2.3. Certificación raciones
5.12.2.4. Entrevistas
5.12.2.5. Informes
5.13. Regulaciones sobre estructura en niveles educativos y trayectoria de los
párvulos_________________________________________________________76-77
5.14. Regulación sobre salidas pedagógicas___________________________77-80
6. Regulación referida al ámbito de la convivencia y buen trato_______________80-92
6.1. Introducción__________________________________________________80
6.2. Objetivo___________________________________________________80-81
6.3. Objetivos estratégicos___________________________________________81
6.4. Sentidos y definiciones_______________________________________81-84
6.5. Regulaciones referidas al ámbito de la convivencia y buen trato________84-85
6.6. Composición y funcionamiento Consejo educación parvularia__________85-92
6.6.1. Composición consejo educación parvularia
6.6.2. Proceso de elección
6.6.3. Funcionamiento del consejo
6.6.4. Reglamento interno del consejo
6.6.5. Medios de verificación
6.6.6. Materia que la directora debe informar
6.6.7. Materia que la directora debe consultar
6.6.8. Regulación relativa
7. Plan de gestión de convivencia_____________________________________93-125
7.1. Estrategias de información y capacitación sobre derechos de niños/as___93-96
7.2. Estrategias de información y capacitación para detectar y prevenir situaciones
de riesgo de vulneración de derechos___________________________________97-98
7.3. Estrategias de información y capacitación para detectar y prevenir situaciones
de maltrato físico y psicológico, agresiones sexuales y hechos de connotación
sexual__________________________________________________________98-100
7.4. Calendario de actividades___________________________________100-114
7.5. Restricción en la aplicación de medidas disciplinarias en educación
parvularia__________________________________________________________114

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7.6. Descripción de los hechos que constituyen falta a la buena
convivencia_____________________________________________________114-116

7.7. Acciones que atenten a la buena convivencia_____________________116-117
7.8. Definición de conductas que constituyen una infracción a la sana
convivencia_____________________________________________________117-122
7.9. Procedimientos de gestión colaborativa de conflictos_______________122-125
8. Protocolos de actuación__________________________________________126-139
8.1. Protocolo de actuación frente a la detección de situaciones de vulneración de
derecho de los párvulos____________________________________________126-127
8.2. Flujograma__________________________________________________128
8.3. Protocolo de actuación frente a hechos de maltrato infantil, connotación o
agresiones sexuales______________________________________________129-131
8.4. Protocolo de actuación frente a situaciones de maltrato entre miembros adultos
de la comunidad educativa, seguridad y clima laboral_____________________131-132
8.5. Protocolo de actuación frente accidentes de los párvulos____________132-138

8.5.1 Flujograma de accidentes
8.5.2 Medidas preventivas según tipo de accidente
8.6. Protocolo de actuación frente a situación de maltrato entre miembros adultos
de la comunidad educativa JUNJI________________________________________139
9. Aprobación, modificación, actualización y difusión del R.I.___________________140
10. Glosario________________________________________________________141
11. Fuentes informativas___________________________________________141-143
12. Bibliografía______________________________________________________143

1. IDENTIFICACIÓN DEL JARDÍN INFANTIL

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Nombre del Establecimiento Los Conejitos Blancos

Código 02.2.01.025

Número Resolución RO Nuestra Unidad Educativa no cuenta con R.O

Región Antofagasta

Comuna Calama
Dirección
Teléfono fijo y móvil Cesáreo Castillo S/N

Sin teléfono fijo 932698818

Nombre Directora Maddelin Miranda Salinas

Nombre directora subrogante Subrogante Mes Subrogante Mes
Angelica C. Marzo Angelica C. Agosto
Piare D. Abril Romane F. Septiembre
Romane F. Mayo Angelica C. Octubre
Angelica C. Junio Romane F. Noviembre
Romane F. Julio Angelica C. Diciembre
Romane F. Enero

Correo electrónico del establecimiento [email protected]

2. INTRODUCCIÓN

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En el marco de la Reforma Educacional se espera dar un salto significativo en las
oportunidades de aprendizaje de niños y niñas que asisten a la Educación Parvularia. En
el contexto de una mayor calidad, la Ley N° 20.832, que crea la autorización de
funcionamiento de establecimientos de Educación Parvularia, señala en su Artículo 2 que
todos los establecimientos de este tipo deberán contar con la autorización del Ministerio
de Educación para funcionar como tales o con el Reconocimiento Oficial (RO) que otorga
el Estado, siendo obligatorio para aquellos que reciben aportes regulares de éste. Entre
los requisitos para obtener el Reconocimiento Oficial, todos los jardines infantiles deben
contar con un Reglamento Interno en el que se consignen particularidades y obligaciones
que permitan regular el funcionamiento, seguridad y convivencia de los establecimientos
y de toda su comunidad educativa.1
En el contexto de la Reforma Educacional, todo los Jardines Infantiles deben contar con
la autorización del Ministerio de Educación para funcionar como tales o con
Reconocimiento Oficial del Estado y para estos efectos los establecimientos deben
cumplir con algunos requisitos, entre ellos; poseer un Reglamento Interno en el que se
consignen particularidades y obligaciones que permiten regular el funcionamiento,
seguridad y convivencia de los establecimientos y la comunidad educativa, respetando
de esta forma los derechos garantizados por la Constitución Política de la República.2

1 Decreto N° 315, del 29 de junio de 2011, del Ministerio de Educación, que reglamenta los requisitos de
adquisición, mantención y pérdida del reconocimiento oficial del Estado a los establecimientos educacionales
de Educación Parvularia, Básica y Media, refiere en su Artículo 8: El sostenedor deberá acompañar a la solicitud
de reconocimiento oficial una copia del reglamento interno. Dicho reglamento deberá regular las relaciones
entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad educativa y garantizar un justo procedimiento
en el caso que se contemplen sanciones. Este reglamento deberá respetar los derechos garantizados por la
Constitución Política de la República y no podrá contravenir la normativa educacional vigente. El reglamento
deberá señalar las normas de convivencia en el establecimiento, los protocolos de actuación en casos de abuso
sexual, acoso, maltrato y violencia escolar; embarazo adolescente e incluir un plan integral de seguridad y
accidentes escolares, las sanciones y reconocimientos que origina su infracción o destacado cumplimiento, los
procedimientos por los cuales se determinarán las conductas que las ameritan y las instancias de revisión
correspondientes. El reglamento y sus modificaciones deberá estar publicado en el sitio web del
establecimiento educacional o estar disponible en dicho recinto para los estudiantes, padres y apoderados.
Sólo podrán aplicarse sanciones o medidas disciplinarias contenidas en el reglamento interno. No obstante, lo
anterior, dicho reglamento no podrá establecer sanciones a los niños y niñas que cursen niveles de Educación
Parvularia por infracciones a la convivencia, lo que no impedirá la adopción de medidas pedagógicas o
formativas orientadas a desarrollar progresivamente en éstos empatía para la resolución de conflictos y
comprensión de normas. Las disposiciones de los reglamentos internos que contravengan normas legales, se
tendrán por no escritas y no podrán servir de fundamento para la aplicación de medidas por parte del
establecimiento a conductas de los miembros de la comunidad educativa.

2 MINEDUC (2010) Decreto 315.

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El primer reglamento interno del Jardín infantil "Los Conejitos Blancos" se construyó el
año 2016 con las agentes educativas y algunos representantes de familias, el cual se
difundió en “cuenta pública”, entrega de dípticos y algunas reuniones. El año 2017 se
actualizó de acuerdo a nuevos requerimientos de la Comunidad Educativa y
orientaciones institucionales (Políticas regionales de reconocimiento y participación de
las familias) difundiéndolo a través de masivas y nuevas estrategias.
Durante el año 2018 el documento RI se restructura ajustándose a las orientaciones
para la elaboración de RI emanadas de MINEDUC.
La presente versión de Reglamento interno se lleva a cabo en el año 2019 y contiene un
Marco Regulatorio, Principios Orientadores, Antecedentes y funcionamiento del Jardín
Infantil "Los Conejitos Blancos", Normas de Convivencia, de Higiene y Seguridad. Es por
esto que nuestro sostenedor determina que este instrumento debe ser actualizado por
la unidad educativa y revisado anualmente por la subdirección de calidad educativa, se
actualizarán datos, normativas vigentes, verificación de responsables, actualización de
protocolos y procedimientos.

3. MARCO REGULATORIO

La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca
un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas
las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, dicha

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declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París el
10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), como un ideal común para todos
los pueblos y naciones. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece,
por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el
mundo entero.
La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “la maternidad y la
infancia tienen derechos a cuidados especiales y asistencia” y describe la familia como
“la unidad grupal natural y fundamental de la sociedad”.
La Constitución Política de la República de Chile reconoce y ratifica en su Artículo
5 esta declaración y establece que “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación
el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de
los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta
Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se
encuentren vigentes.”
Asimismo, la Declaración de los Derechos del Niño y la Niña fue redactada por
Naciones Unidas en 1959, constituyéndose en un manifiesto ético y en un reconocimiento
de niños y niñas como sujetos de derecho.
En Chile, donde se ratificó la Declaración de los Derechos del Niño y la Niña en 1990,
ésta se rige por cuatro principios fundamentales: la no discriminación; el interés superior
del niño; su supervivencia, desarrollo y protección; y su participación en las decisiones
que lo afecten.
Es en sintonía con lo señalado, existió la necesidad de actualización, reorientación y
enriquecimiento de los objetivos y contextos de aprendizaje que se ofrecen a niñas y
niños. Estos se derivan de importantes cambios que se han dado en la sociedad y en la
cultura, que a su vez implican nuevas oportunidades y necesidades formativas. El
desarrollo social, político y económico del país demanda, cada vez más, que el nivel de
Educación Parvularia promueva, a partir del nacimiento y de manera inclusiva, una
educación de calidad, oportuna y pertinente, cuyo currículo responda a la necesidad de
propiciar una formación integral y favorecer aprendizajes relevantes y significativos.
En este contexto, fue necesario actualizar los instrumentos curriculares de acuerdo a la
Ley General de Educación (LGE), la que establece una nueva definición de objetivos
generales para todos los niveles educativos y, por primera vez, para la Educación
Parvularia.
Conforme al procedimiento establecido en el DFL N° 2 de 2009 del Ministerio de
Educación, con fecha 18 de octubre de 2017 y a través del Oficio N° 670, la Ministra de

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Educación envió al Consejo Nacional de Educación la propuesta de Bases Curriculares
para la Educación Parvularia que incluyó objetivos de aprendizaje para los tres
niveles en que ésta se estructura –Sala Cuna, Nivel Medio y Transición–, relacionados a
los ámbitos de desarrollo personal y social, comunicación integral e interacción y
comprensión del entorno.
En sesión ordinaria del 22 de noviembre de 2017, el Consejo Nacional de Educación
adoptó el acuerdo N° 080/2017, mediante el cual acordó aprobar la propuesta de Bases
Curriculares de la Educación Parvularia presentada por el Ministerio de Educación.
A través de la resolución exenta N° 333 del 27 de noviembre de 2017, el Consejo
Nacional de Educación ejecutó el acuerdo N° 80/2017 que aprobó las Bases Curriculares
de la Educación Parvularia.
Por su parte, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 31 del DFL N° 2 de 2009
del Ministerio de Educación, fue necesaria la dictación del Decreto Supremo N°481 de
2018 para establecer las Bases Curriculares para la Educación Parvularia.
Asimismo, el DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda fijó el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, que
estableció la relación del Estado con su personal en base a la función pública.
La Política de Reconocimiento y Participación de las Familias3 es un documento
descentralizado que contiene un conjunto de definiciones y líneas de acción pertinentes
a cada región que guía la implementación de uno de los principios fundamentales de la
Educación Parvularia: la participación de la familia y de la comunidad en el proceso
educativo.
El Protocolo de actuación frente a hechos de maltrato infantil, connotación
sexual o agresiones sexuales; protocolo de actuación frente a la detección de
situaciones de vulneración de derechos de los párvulos4 corresponde al referente
técnico que la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) establece para la promoción
de entornos favorables para el desarrollo integral de niños y niñas, prevención de
situaciones de maltrato a través de estrategias de intervención educativas y/o sociales
que eviten la vulneración de derechos e intervención en casos de vulneración de
derechos a través de las competencias internas de la JUNJI y en coordinación con las
redes institucionales existentes.

3 Subsecretaría de Educación Parvularia, Mineduc, 2016.
4 Aprobado por Resolución Exenta N°015/ 0314 28 de mayo del 2019, de la Vicepresidenta Ejecutiva de la
Junta Nacional de Jardines Infantiles.

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También pueden mencionarse diversos protocolos de actuación frente a situaciones de
vulneración de derechos y de hechos de maltrato infantil, connotación sexual o
agresiones sexuales. Asimismo, la Resolución Exenta N° 29 del 15 de enero de
2016 que aprueba el procedimiento de denuncia, investigación y sanción de acoso
laboral y sexual al interior de la Junta Nacional de Jardines infantiles, formulario de
registro de primera acogida y formulario de denuncia de acoso laboral y/o sexual, y
otros.
Finalmente, es posible mencionar la Resolución Exenta N°015/301 del 10 de junio
del 2020 que aprueba el nuevo Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.

4. PRINCIPIOS
4.1. PRINCIPIOS ORIENTADORES5

5 Superintendencia de Educación, Instrucciones sobre Reglamento Interno de Establecimientos de Educación
Parvularia, Santiago, 2018.

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Para que el Reglamento Interno sea un material que oriente el trabajo con la comunidad
y permita el ejercicio de ciudadanía, es importante considera algunos principios
orientadores:

4.1.1. Dignidad del ser humano
El sistema educativo debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana
y del sentido de su dignidad y debe fortalecer el respeto, protección y promoción de los
derechos humanos.

4.1.2. Interés superior de niños y niñas
Tiene como objeto garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos
reconocidos por la Convención de Derechos del Niño para el desarrollo físico, mental,
espiritual, moral, sicológico y social de niñas y niños.

4.1.3. Autonomía progresiva
Los Artículos 5 y 12 de la Convención de Derechos del Niño disponen que la evolución
progresiva de las facultades o competencias de los niños permiten el ejercicio gradual
de sus derechos en total autonomía. Los establecimientos junto con las familias deben
apoyar y proteger el desarrollo de los párvulos y favorecer sus aprendizajes para que
alcancen gradualmente su autonomía.

4.1.4. No discriminación arbitraria
Este principio apunta a eliminar toda forma de discriminación arbitraria que impida el
aprendizaje y la participación de los niños y niñas, así como respetar las distintas
realidades culturales, religiosas y sociales de las familias que integran la comunidad
educativa.

4.1.5. Participación
Este principio garantiza a todos los miembros de la comunidad educativa el derecho a
ser informados y a participar en el proceso educativo en conformidad a la normativa

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vigente.6 La participación de la comunidad educativa se manifiesta a través de Consejo
de Educación Parvularia. Los párvulos tienen derecho a participar en la vida cultural,
deportiva y recreativa del establecimiento y a expresar su opinión. A su vez, madres,
padres y apoderados gozan del derecho a ser escuchados, a participar del proceso
educativo y aportar al desarrollo del proyecto educativo.

4.1.6. Principio de autonomía y diversidad
El sistema educacional chileno se basa en el respeto y fomento de la autonomía, principio
que se expresa en la libre elección y adhesión al proyecto educativo del establecimiento
y a sus normas de convivencia y funcionamiento establecidas en el reglamento interno.

4.1.7. Responsabilidad
Toda la comunidad educativa debe cumplir con las normas establecidas en el
reglamento, resguardando la calidad en los procesos educativos y la seguridad de niños
y niñas.

4.1.8. Legalidad
Este principio se refiere a la obligación de los establecimientos educacionales de actuar
de conformidad a lo señalado en la legislación vigente.

4.1.9. Justo y racional procedimiento
Este principio es manifestación de la garantía constitucional consagrada en el Artículo
19, N° 3, inciso 6 de la Constitución Política de la República. Conforme a este artículo,
las medidas disciplinarias que determinen los establecimientos educacionales deben ser
aplicadas mediante un procedimiento racional y justo establecido en el reglamento
interno.

4.1.10. Proporcionalidad

6 Ley N° 20.370 que establece la Ley General de Educación (LGE) de 2009, Artículo 3, letra H.

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El principio de proporcionalidad en el ámbito educacional se plantea como un límite a la
discrecionalidad de las autoridades del establecimiento para determinar las sanciones
aplicables a las faltas establecidas en el Reglamento Interno.
En consecuencia, la calificación de las infracciones (leve, menos grave, grave) contenidas
en el reglamento debe ser proporcional a la gravedad de los hechos o conductas que las
constituyan. Asimismo, las medidas disciplinarias que se establezcan deben ser
proporcionales a la gravedad de las infracciones.

4.1.11. Transparencia
La Ley General de Educación consagra el derecho de los padres, madres y/o apoderados
a ser informados sobre el funcionamiento general y los distintos procesos del
establecimiento. Igualmente sucede respecto de los procesos de aprendizajes y
desarrollo de sus hijos e hijas.

4.2. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS BASES CURRICULARES DE LA
EDUCACIÓN PARVULARIA (BCEP)

4.2.1. Principio de bienestar
Busca garantizar en todo momento la integridad física, psicológica, moral y espiritual del
niño y la niña, así como el respeto de su dignidad humana. En virtud de ello, toda
situación educativa debe propiciar que niñas y niños se sientan plenamente considerados
en sus necesidades e intereses y avancen paulatina y conscientemente en la
identificación de aquellas situaciones que les permiten sentirse integralmente bien. Con
todo, serán activos en la creación de condiciones para su propio bienestar, desarrollando
sentimientos de aceptación, plenitud, confortabilidad y seguridad, que los lleven a gozar
del proceso de aprender.

4.2.2. Principio de unidad
Cada niña y niño es una persona esencialmente indivisible, por lo que enfrenta todo
aprendizaje en forma integral, participando con todo su ser en cada experiencia.
Construye sus aprendizajes desde sus sentidos, su emoción, su pensamiento, su
corporalidad, su espiritualidad, sus experiencias anteriores, sus deseos. A partir de este
principio se considera la integralidad y completitud de los párvulos en todo momento.
Por ello, desde la perspectiva del currículum, es necesario establecer el aprendizaje en

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diálogo con los objetivos del Ámbito de Desarrollo Personal y Social, aunque para efectos
evaluativos, se definan ciertos énfasis.

4.2.3. Principio de singularidad
Cada niño y niña, independientemente de la etapa de vida y nivel de desarrollo en que
se encuentre, es un ser único con características, necesidades, intereses y fortalezas
que se deben conocer, respetar y considerar efectivamente en toda situación de
aprendizaje. Esta diversidad implica, entre otros, que cada niña y niño aprende a través
de diversas formas y ritmos que le son propios, y también que posee formas de
interpretar el mundo a partir de su cultura, situando el aprendizaje en contexto. De allí
el desafío, de responder de manera inclusiva y con equidad, a la diversidad de niños y
niñas en el proceso educativo que se desarrolla.

4.2.4. Principio de actividad
La niña y el niño deben ser protagonistas de sus aprendizajes, a través de procesos de
apropiación, construcción y comunicación. Por tanto, resulta fundamental que el equipo
pedagógico potencie este rol en las interacciones y experiencias de las que participa,
disponiendo de ambientes enriquecidos y lúdicos, que activen su creatividad, favorezcan
su expresión y les permitan generar cambios en su entorno, creando su propia
perspectiva de la realidad en la que se desenvuelven.

4.2.5. Principio del juego
El juego es, en la Educación Parvularia, un concepto central. Se refiere tanto a una
actividad natural del niño o niña como a una estrategia pedagógica privilegiada. De
acuerdo con autores clásicos del desarrollo y el aprendizaje, el juego cumple un rol
impulsor del desarrollo de las funciones cognitivas superiores, de la afectividad, de la
socialización, de la adaptación creativa a la realidad. El juego es, a la vez, expresión de
desarrollo y aprendizaje y condición para ello. Son innumerables las actividades que
pueden llamarse juego en los párvulos a diferentes edades, desde tocar, golpear,
manipular, llevarse todo a la boca, juntar hojas o piedras, amontonar, insertar anillos,
cabalgar en un palo de escoba, imitar a la mamá, hasta participar en una dramatización,
en juegos y actividades con determinadas reglas.
Hay algunas diferencias sutiles entre actividades lúdicas y juego. Cualquier actividad de
aprendizaje puede y debe ser lúdica, en el sentido de entretenida, motivante, con un
enmarcamiento flexible. Por ejemplo, recoger hojas, pintar piedras, danzar al ritmo de

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una melodía, entre otros. Sin embargo, los juegos a diferencia de las actividades lúdicas
como las anteriores, tienen una estructura interna creada espontáneamente por los
propios niños y niñas, que los hace muy valiosos para la Educación Parvularia, por cuanto
responden plena y singularmente no solo a sus motivaciones internas, sino a sus
requerimientos de desarrollo.

4.2.6. Principio de relación
La interacción positiva de la niña y el niño con pares y adultos permite la integración y
la vinculación afectiva y actúa como fuente de aprendizaje e inicio de su contribución
social. Reconocer la dimensión social del aprendizaje en la infancia temprana, es asumir
que las experiencias educativas que se propicien, deben favorecer que los párvulos
interactúen significativa y respetuosamente con otros, y asuman en forma progresiva la
responsabilidad de crear espacios colectivos inclusivos y armónicos, y aportar al bien
común, como inicio de su formación ciudadana.

4.2.7. Principio de significado
El niño y la niña construyen significativamente sus aprendizajes, cuando éstos se
conectan con sus conocimientos y experiencias previas, responden a sus intereses y
tienen algún tipo de sentido para ellos y ellas. Esto implica que las experiencias cumplen
alguna función que puede ser lúdica, gozosa, sensitiva o práctica, entre otras. El equipo
pedagógico desempeña un rol sustantivo identificando y vinculando estos elementos con
oportunidades de exploración, creación, interacción y juego, que propicie la conexión
con su vida cotidiana.

4.2.8. Principio de potenciación
Cuando el niño y la niña participan de ambientes enriquecidos para el aprendizaje,
desarrolla progresivamente un sentimiento de confianza en sus propias fortalezas y
talentos para afrontar mayores y nuevos desafíos y aprender de sus errores, tomando
conciencia progresiva de sus potencialidades. La confianza que el equipo pedagógico
transmite al párvulo acerca de sus posibilidades de aprendizaje y desarrollo integral,
deben constituir un aspecto central de las oportunidades de aprendizaje que se generan
cotidianamente.

5. CONTENIDOS MÍNIMOS DE LOS REGLAMENTOS INTERNOS

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El Jardín Infantil Los Conejitos Blancos cuenta con un Reglamento Interno que incorpora
contenidos mínimos que deben satisfacer las obligaciones legales que resguardan la
seguridad de niños y niñas, como asimismo a las funcionarias y su relación con las
familias.

5.1. Derechos y deberes de la comunidad
Según lo establece el Artículo 10 de la Ley General de Educación, a considerar sólo en
lo pertinente a Educación Parvularia, se precisa:
Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los
integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán
sujetos a los siguientes deberes.
Ley N°20.835 se crea la Intendencia de Educación Parvularia, encargada de proponer
los criterios técnicos para el ejercicio de las funciones de la Superintendencia de
Educación con relación a todos los establecimientos que impartan educación parvularia,
tanto públicos como privados.
En este ordenamiento también se encuentra la Agencia de la calidad, cuya obligación de
evaluar el desempeño de los establecimientos de educación parvularia, y sus
sostenedores, basándose en estándares indicativos elaborados de conformidad a la ley
20.529 (Art. 12).
Por lo anterior, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se transforma en el principal
sostenedor de educación parvularia a nivel nacional, con la Misión de entregar Educación
Parvularia de calidad y bienestar integral a niños y niñas preferentemente entre 0 y 4
años de edad, priorizando las familias con mayor vulnerabilidad socioeconómica, a través
de una oferta programática diversa y pertinente a los contextos territoriales.
De esta forma, la JUNJI asume un rol eminentemente educativo, lo que permite potenciar
su misión (separando la función de fiscalización).

5.1.1. Derechos y deberes del sistema nacional de aseguramiento de la
calidad de la educación parvularia JUNJI, de acuerdo a ley 20.529

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Es deber del Estado propender a asegurar una educación de calidad en sus distintos
niveles. Para dar cumplimiento a dicha responsabilidad créase y regúlese un Sistema
Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia. Propender a
asegurar la equidad, entendida como que todos los párvulos tengan las mismas
oportunidades de recibir una educación de calidad.

La educación se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las
libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de la identidad
nacional y local.

El Sistema actuará sobre la educación formal, de acuerdo a los objetivos generales y sus
respectivas bases curriculares.

El Sistema comprenderá, entre otros, procesos de autoevaluación, evaluación externa,
inspección, pruebas externas de carácter censal y, cuando corresponda, apoyo técnico
pedagógico en la elaboración e implementación de planes de mejora educativa a nivel
de establecimientos que permitan desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades.

El sistema de igual manera debe considerar:

Estándares de aprendizaje de los alumnos, referidos a los objetivos generales señalados
en la ley y sus respectivas bases curriculares; otros indicadores de calidad educativa y
estándares indicativos de desempeño de los establecimientos educacionales y sus
sostenedores.
Requisitos del reconocimiento oficial que deben cumplir los sostenedores y los
establecimientos educacionales para ingresar y mantenerse en el sistema educacional,
según lo establecido en la ley.

Políticas, mecanismos e instrumentos para apoyar a los integrantes de la comunidad
educativa y a los establecimientos educacionales en el logro de los estándares de
aprendizaje y los otros indicadores de calidad educativa, fomentando el fortalecimiento
de las capacidades institucionales y de autoevaluación de los establecimientos a fin de
promover la mejora continua de la calidad de la educación que ofrecen.

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Estándares de desempeño de docentes, docentes directivos y docentes técnico-
pedagógicos que servirán de orientación para la elaboración de las evaluaciones

Evaluaciones de desempeño de los establecimientos y sostenedores y evaluación del
logro de los estándares de aprendizaje y de los otros indicadores de calidad educativa.

Tendrán derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo con la participación de la
comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley.

También tendrán derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la
ley y a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la
legislación vigente.

Deber del sostenedor cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial
del establecimiento educacional que representan; además, están obligados a entregar a
los padres y apoderados la información que determine la ley y a someter a sus
establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

5.1.2. Derechos de los niños y niñas

Tienen derecho a recibir una educación parvularia, que les ofrezca oportunidades para
su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el
caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados
arbitrariamente; a desenvolverse en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a
expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser
objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos sicológicos. Tienen derecho,
además, a que se respeten su libertad personal, sus convicciones religiosas e ideológicas
y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen
derecho a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.

Derecho de los párvulos

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• Recibir una educación de calidad, gratuita y que brinde una alimentación
equilibrada

• Recibir un buen trato.
• Contar con la presencia de una persona adulta que les brinde seguridad.
• Contar con espacio físico adecuado, en buenas condiciones de higiene y seguridad
• Que el proceso educativo se constituya en una experiencia entretenida

5.1.3. Derechos y deberes de los padres, madres y apoderados

Tienen derecho a ser informados por la directora y equipo educativo a cargo de la
educación de sus hijos respecto del proceso educativo de éstos, así como del
funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del proceso
educativo en los ámbitos que les corresponda, aportando al desarrollo del proyecto
educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de
estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y
Apoderados.
Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e
informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento
que elijan para éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos
asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna; y brindar
un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.

Con relación al proceso educativo de sus hijos e hijas

• Derecho de los niños y niñas a recibir una educación integral de calidad y gratuita.

• Derecho de los párvulos a recibir Buen Trato.

• Derecho de los párvulos a contar en con la presencia permanente de una persona
adulta que les brinde seguridad.

• Derecho de los párvulos a que el espacio educativo se constituya en una
experiencia de aprendizaje.

Con relación a sí mismas/os

• Derecho de las Madres, Padres y/o Apoderadas/os a recibir un trato igualitario,
respetuoso, que considere sus opiniones.

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• Derecho a ser informados acerca del progreso y comportamiento de sus hijos e
hijas.

• Derecho a ser acogidas/os y recibir ayuda de la Unidad Educativa, respecto de la
educación de sus hijos e hijas.

• Derecho a compartir con sus hijos/as en la Unidad Educativa en la cual participan.
• Derecho a contar con un Plan de Trabajo que considere sus necesidades e

inquietudes.
• Derecho a que se cumplan los acuerdos tomados y los planes de trabajo

pedagógico con los párvulos.
• Derecho a integrarse al Centro de Padres, Madres y/o Apoderadas/os con derecho

a voz y voto.
• Derecho a tener una organización con personalidad jurídica.
• Derecho a contar con un espacio físico adecuado para desarrollar actividades

entre adultos/as.
• Derecho a contar con la participación de profesionales que entreguen, a las

familias, orientación respecto de su rol educativo.

Deberes de los padres, madres y/o apoderadas/os:

• Deber de participar en la educación de sus hijos e hijas.

• Deber de educar en valores, derechos y brindar protección a sus hijos e hijas.

• Deber de escuchar y respetar las opiniones de los párvulos.

• Deber de ocuparse de la higiene, salud y presentación personal de sus hijos e
hijas.

• Deber de apoyar la labor educativa, en el hogar y en el jardín infantil.

• Deber de mantener un trato respetuoso con los agentes educativos
institucionales.

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• Deber de cumplir con los acuerdos tomados respecto del apoyo a la labor
educativa y en las actividades del Centro de Padres, Madres y/o apoderados.

• Deber de respetar las normas de la Unidad Educativa, relacionadas con:
asistencia de los(as) párvulos, cumplimiento de horarios, asistencia a reuniones
de apoderadas/os, informar sobre problemas de salud de los niños y niñas.

• Deber de compartir con otros Padres, Madres, Apoderadas/os e integrarse en las
actividades y/o espacios de participación ofrecidos.

• Ser partícipe del proceso educativo de su hijo e hija

5.1.4. Funciones de los padres y apoderados

• Reuniones de Apoderados: Se efectuarán todos los meses y tendrán carácter
obligatorio.

• En caso de no poder asistir, deberán justificar su inasistencia y ponerse al día con
la educadora del nivel sobre los temas tratados en ésta.

• Diariamente los padres y/o apoderados pueden comunicarse con la educadora o
asistentes cuando llegan a dejar o retirar a su hijo del establecimiento.

• Es deber de los padres avisar la inasistencia del niño por enfermedad u otro
motivo, un retiro parcial o definitivo del establecimiento; ya sea por escrito o
verbalmente.

• Los lactantes y párvulos no deberán traer objetos de valor, juguetes o dinero, ya
que el jardín no se responsabiliza por la pérdida o destrozo de ellos.

• Los apoderados podrán entrevistarse con la directora o la educadora del nivel
cuando lo desee, previo acuerdo de fecha y horario.

• Cualquier inquietud con respecto al funcionamiento del jardín Infantil podrá ser
consultado a la directora o encargada.

• Los apoderados deberán avisar cambios de domicilio o teléfono, como también
informar oportunamente sobre acontecimientos que ocurren en el hogar, tales
como: cambio de persona que cuida a su hijo o hija, viajes, fallecimiento de algún
familiar o mascota, etc.

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• Los apoderados y/o familiares deberán participar de las actividades
extraprogramáticas organizados por el Jardín. En el caso de que no pudiesen
concurrir deben avisar a la educadora, y acordar otras posibilidades.

• Se deberá respetar y cumplir las normativas de la Sala Cuna y Jardín Infantil Los
Conejitos Blancos.

• El Centro General de Padres y Apoderados serán elegidos entre los propios

apoderados. Este fijará una cuota mensual para recaudar fondos, los cuales se
utilizarán para diversas actividades o recursos que necesite el establecimiento.
• Educar en valores, derechos y brindar protección a sus hijos e hijas.
• Informarse periódicamente sobre el proyecto educativo y normas de
funcionamiento del establecimiento.
• Escuchar y respetar las opiniones de sus hijos e hijas.
• Velar por la higiene, salud y presentación personal de sus hijos e hijas, enviando
adecuada y oportunamente mudas y artículos de aseo personal.
• Mantener un trato respetuoso con los agentes educativos institucionales.
• Apoyar la labor educativa en el hogar.
• Compartir entre familias e integrarse en las actividades y/o espacios de
participación ofrecidos.
• Cumplir con los acuerdos tomados respecto del apoyo a la labor educativa.
• Cumplir con las actividades del Centro General de Padres, Madres y Apoderados.
• Respetar las normas de la unidad educativa relacionadas con la asistencia de los
párvulos, cumplimiento de horarios, asistencia a reuniones de apoderados,
participar en talleres y charlas, informar problemas de salud de los niños y niñas.
• En el caso de inasistencias de los niños o niñas, la familia debe comunicar el
motivo de la ausencia, dentro de 5 días, evitando la deserción de la vacante por
el sistema.
• En caso de enfermedad deberá presentar certificado médico, y dar aviso oportuno
de la inasistencia del párvulo, de lo contrario frente a ausencias reiteradas, el
jardín puede disponer de su vacante.
• Dar aviso a la unidad educativa personal o telefónicamente de la inasistencia de
su hijo o hija.
• Mantener comunicación con el personal del nivel en forma frecuente, brindando
un trato respetuoso.
• Retirar oportunamente a sus hijos en caso de catástrofe.

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• Los padres, madres, apoderados o cuidadores que no retiren a sus hijos en los
horarios establecidos, deberán someterse al Lineamiento de No Retiro de los
Párvulos. Oficio Circular Nº 015/120 de fecha 10 de junio 2012. Vigente
a la fecha.

5.1.5. Derechos y Deberes de los profesionales de la educación

Tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo
modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, sicológica y moral, no
pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos sicológicos por parte
de los demás integrantes de la comunidad educativa. Además, tienen derecho a
proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los
términos previstos por la normativa interna, procurando, además, disponer de los
espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.
Por su parte, son deberes de los profesionales de la educación ejercer la función
educativa en forma idónea y responsable; actualizar sus conocimientos y evaluarse
periódicamente; investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares
correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares; respetar
tanto las normas del establecimiento, como los derechos de los niños y niñas, y tener
un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con ellos y otros miembros de la
comunidad educativa.

5.1.6. Deberes de la Educadora de Párvulos

• Favorecer el aprendizaje de niños y niñas en sus primeros años de vida,
desarrollando aspectos trascendentales como la confianza, la identidad, el
lenguaje, los vínculos afectivos, la sensomotricidad, el pensamiento concreto, y
la representación simbólica, por medio de la planificación de aprendizajes y
actividades motivadoras, manteniendo un ambiente de equipo adecuado,
integrando a las familias y a la comunidad; desde la implementación de las
políticas, programas y proyectos institucionales de la Educación Parvularia
integral de calidad.

• Planificar, desarrollar y evaluar actividades de aprendizaje y estimulación a los
párvulos enmarcadas en el Referente Curricular, como apoyo técnico para el

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desarrollo de los procesos educativos en las Unidades Educativas
correspondientes.
• Planificar, ejecutar y evaluar el plan específico de sala teniendo como marco los
objetivos de cada uno de los programas y niveles a su cargo.
• Coordinarse con organismos de la comunidad con el objetivo de difundir el
programa educativo, proyectando una buena imagen del establecimiento y
gestionar el apoyo de esta al establecimiento.
• Confeccionar y mantener informes técnicos y administrativos, entregándolos en
los plazos establecidos.
• Implementar en las planificaciones la Política Institucional de Trabajo con madres,
padres, apoderados y comunidad en sus ejes temáticos.
• Hacer cumplir el protocolo de protección de ambientes bien tratantes de la
institución.
• Atender a los párvulos en sus necesidades de alimentación, higiene y aprendizaje,
manteniendo orden y ambiente grato con iluminación y ventilación adecuada.
• Apoyar la gestión de la directora en necesidades según requerimientos
emergentes.
• Cumplir oportunamente su programación en pos de no afectar los procesos
pedagógicos y de protección, velando por el cumplimiento de metas
institucionales.
• Comprometerse con el cumplimiento de la Política institucional.
• Velar por la adecuada ejecución de los diferentes Programas Educativos
existentes en la Institución.
• Velar por el cumplimiento del buen trato hacia los niños(as), familias y personal.
• Velar por el cumplimiento de la Política de Trabajo con Familia.
• Comprometerse con el autocuidado de los equipos regionales y de Jardines.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcada en el respeto
con el (la) director(a) Regional, Coordinación Provincial JUNJI El Loa,
subdirectores(as), personal de la dirección regional, educadoras, técnicos,
auxiliares de aseo, apoderados y niños(as), favoreciendo un clima de confianza
de las personas.
• No tomar decisiones sin contar con la debida autorización para hacerlo.
• Comunicar a la directora del jardín infantil los incidentes que ocurran en el
transcurso de sus labores.
• Cumplir con la normativa del estatuto administrativo e institucional.

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• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna la programación establecida por la dirección

nacional y regional de la Institución.
• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus

superiores.

5.1.7. Derechos y deberes de las técnicas de párvulos

Tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se
respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o las
iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos
previstos por la normativa interna.
Por su parte, son deberes de los asistentes de la educación ejercer su función en forma
idónea y responsable; respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan;
y brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.

5.1.7.1. Deberes de la Técnicos de Párvulos
• La Técnico en Educación Parvularia debe apoyar el proceso de educación y

desarrollo de niños y niñas por medio de la atención, aprendizaje y actividades
motivadoras, manteniendo un ambiente de equipo adecuado, integrando a las
familias y a la comunidad.
• Apoyar en la recepción y despedida de párvulos y apoderados.
• Mantener al día los registros técnicos.
• Ejecutar las actividades planificadas con los párvulos, tales como actividades
curriculares pedagógicas variables y regulares.
• Seleccionar actividades de acuerdo a las características de cada grupo.
• Desarrollar actividades de acuerdo a las características grupales antes
mencionadas.
• Participar en la planificación y evaluación de la acción educativa con los niños(as)
para elaborar el plan general considerando los criterios de calidad de la
institución.
• Desarrollar acciones que favorecen la permanencia de los niños(as) en el
programa a través de acciones como visitas domiciliarias, y flexibilización de
atención.

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• Apoyar en la coordinación con organismos de la comunidad con el objetivo de
difundir el programa proyectando una buena imagen del establecimiento.

• Participar y apoyar en programa de alimentación de párvulos, ejecutando las
acciones que esta contiene (desayuno, almuerzo y colación).

• Proporcionar la ingesta de alimentos dependiendo del horario que tenga
(desayuno, almuerzo y colación).

• Apoyar en el desarrollo de actividades pedagógicas dirigidas a los párvulos.
• Participar en la ejecución de actividades anteriormente por el equipo pedagógico.
• Reforzar y desarrollar hábitos, responsabilidad y valores a los párvulos.
• Desarrollar actividades de estimulación.
• Brindar apoyo técnico en las planificaciones, preparando y proponiendo

diariamente material de apoyo para el desarrollo de niños y niñas.
• Participar activamente en la evaluación pedagógica de párvulos.
• Atender necesidades básicas como mudas, alimentos, etc., de párvulos.
• Apoyar en el cuidado de párvulos en actividades dentro y fuera del

establecimiento educativo.
• Controlar, utilizar y custodiar materiales equipamiento implementado y

manteniendo los registros correspondientes de uso de éstos.
• Ejecutar las actividades planificadas con los párvulos tales como recepción,

despedida y actividades curriculares pedagógicas variables y regulares.
• Seleccionar, adecuar y desarrollar actividades, aplicando pautas de observación

definidas en la guía curricular de acuerdo a las características de su grupo.
• Organizar y controlar los materiales que se utilizan en las diferentes actividades

velando por su conservación.
• Crear y mantener un ambiente físico para el aprendizaje, decorando de acuerdo

a los recursos existentes, procurando un trabajo en conjunto con los niños y niñas
y sus familias.
• Participar en la planificación y evaluación de la acción ejecutiva con los niños y
niñas para elaborar el plan general, considerando los criterios de calidad.
• Favorecer la asistencia de los párvulos en el programa, flexibilizando su ingreso
y atención en situaciones especiales (enfermedad, atraso, trabajo de la madre,
etc.).
• Desarrollar acciones que favorecen la permanencia de los niños(as) en el
programa, a través de acciones como visitas domiciliarias, flexibilización de

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atención, etc., en la medida que existan las condiciones de infraestructura
adecuada.
• Velar por integridad física y psíquica de los niños(as).
• Propiciar la autonomía y respetar la individualidad de los niños y niñas.
• Contribuir y crear un ambiente educativo hacia los párvulos de su grupo,
estableciendo una relación cálida y motivadora.
• Coordinarse con organismos de la comunidad, con el objeto de difundir el
programa, proyectando así una buena imagen del establecimiento.
• Controlar, utilizar y custodiar los materiales y equipamiento implementando y
manteniendo los registros correspondientes.
• No tomar decisiones sin contar con la debida autorización para hacerlo.
• Comunicar a la directora del jardín infantil los incidentes que ocurran en el
transcurso de sus labores.
• Cumplir con la normativa del estatuto administrativo e institucional.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna la programación establecida por la dirección
nacional y regional de la Institución.
• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus
superiores.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcada en el respeto
con el (la) director(a) Regional, Coordinación Provincial JUNJI El Loa,
subdirectores(as), personal de la dirección regional, educadoras, técnicos,
auxiliares de aseo, apoderados y niños(as), favoreciendo un clima de confianza
de las personas.

5.1.8. Deberes de la Auxiliar de Servicios Menores

• Mantener dependencias de unidad educativa en buen estado, cumpliendo las
reglas de higiene y seguridad de cada sala velando por el bienestar de la
comunidad educativa de la JUNJI.

• Mantener las dependencias, interiores y exteriores del acceso principal, en
condiciones óptimas de aseo e higiene.

• Mantener limpias, higiénicas y ordenadas todas las dependencias relacionadas
con la atención de los párvulos.

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• Preparar las salas y otras dependencias a su cargo para las actividades de los
párvulos y toda la comunidad perteneciente a la unidad educativa.

• Colaborar en las funciones de entrega y recepción de documentos.
• Realizar mantención y limpieza de las áreas verdes de las dependencias a la cual

pertenece.
• Controlar ingreso de personas al recinto educativo.
• Cumplir oportunamente su programación en pos de no afectar los procesos

pedagógicos y de seguridad en los párvulos y personal de aula.
• Velar por el uso de materiales y equipos a su cargo informando contingencias,

estado y previniendo las necesidades de materiales para desarrollar su función.
• Velar por el despacho de la correspondencia tanto interna como externa

asegurándose que esta llegue a su destino el tiempo y la ora que corresponda.
• Respetar las normas de higiene y seguridad comprometiéndose con la protección

de sí misma y de los demás en el cumplimiento de su función.
• Comprometerse con el bienestar de la comunidad por el medio del control de

ingreso, aseo e higiene de la dependencia del jardín.
• Cumplir con el tiempo de entrega del servicio de aseo y ornato de la dependencia.
• No tomar decisiones sin contar con la debida autorización para hacerlo.
• Comunicar a la directora los incidentes que ocurran en el transcurso de sus

labores.
• Cumplir con la normativa del estatuto administrativo e institucional.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna la programación establecida por la dirección

nacional y regional de la Institución.
• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus

superiores.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcada en el respeto

con el (la) director(a) Regional, Coordinación Provincial JUNJI El Loa,
subdirectores(as), personal de la dirección regional, educadoras, técnicos,
auxiliares de aseo, apoderados y niños(as), favoreciendo un clima de confianza
de las personas.

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5.1.9. Deberes de la Manipuladora de Alimentos

• Mantener orden y limpieza en la cocina, sedile y bodegas de alimentos.
• Elaborar diariamente la minuta correspondiente (desayuno, almuerzo,

colación), estipulada por el o la nutricionista de la empresa SAVISA.
• Preparar la alimentación diaria (desayuno, almuerzo, colación) de los niños y

niñas, posteriormente lavando los respectivos utensilios.
• Preparar la alimentación diaria (almuerzo) de las funcionarias.
• Disponer los utensilios del almuerzo para las tías y posteriormente lavarlos.
• Disponer de los abarrotes, verduras y frutas en la respectiva cocina.
• Realizar una vez a la semana el pedido a SAVISA de abarrotes, frutas y

verduras necesarios para preparar la minuta de la semana siguiente.
• Informar oportunamente a su superior del stock de ingredientes de abarrotes,

verduras y frutas necesarios para preparar la minuta.
• Informar a directora del establecimiento si se realizan cambio de minuta,

explicando el por qué se realizó dicho cambio.
• Informar a equipo de asesor de Empresa de Concesionaria, las contingencias,

estado o requerimientos para prevenir las necesidades de materiales para el
buen desarrollo de su función.
• Respetar las normas de higiene y seguridad comprometiéndose con la
protección de sí misma y de los demás en el cumplimiento de su función.
• Cumplir con el tiempo de entrega del servicio de alimentación en el
establecimiento.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcado en el
respeto con la directora, educadoras, técnicos, auxiliar de aseo, apoderados
y niño (as), y equipo asesor, favoreciendo un clima de confianza entre las
personas.
• No tomar decisiones sin contar con la debida autorización de la directora del
establecimiento, para hacerlo.
• Comunicar a la directora los incidentes que ocurran en el transcurso de sus
labores.
• Cumplir con deberes contractuales de su empleador; Servicio de alimentación
SAVISA.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.

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• Cumplir de manera oportuna según la programación establecida y
calendarizada en las fechas de CAUE y CEA.

• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por
sus superiores; Servicio de alimentación SAVISA.

5.1.10. Deberes de la directora del establecimiento

• Tiene el deber de conducir la realización del proyecto educativo del
establecimiento que dirige.

• Por su parte, es deber de la directora liderar el establecimiento a su cargo, sobre
la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éste;
desarrollarse profesionalmente; promover en su equipo docente el desarrollo
profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y
respetar todas las normas del establecimiento que conduce.

• Para el mejor cumplimiento de estos objetivos deberá realizar supervisión
pedagógica en el aula.

• Los derechos y deberes anteriormente mencionados se ejercerán en el marco de
la ley y en virtud de las funciones y responsabilidades delegadas por la institución,
según corresponda.

• Dirigir y apoyar en la gestión y control de los procesos pedagógicos y
administrativos de la Unidad Educativa, a través de la coordinación y apoyo en
los niveles educativos y correspondientes, velando por el cumplimiento de la
política de Calidad Institucional y de Gestión de Personas.

• Asesorar a su personal en materias y procedimientos pedagógicos y
administrativos propios de la Institución.

• Atender público y entregar información referida a situaciones de su Unidad
Educativa.

• Despachar informes mensuales y periódicos, referidos a diversos aspectos en
gestión de su cargo.

• Coordinar la administración eficiente de los recursos en su Unidad Educativa.
• Apoyar en proceso de reclutamiento y selección de personal.
• Dirigir y coordinar el cumplimiento del Modelo de Calidad de la Educación

Parvularia.
• Cumplir oportunamente su programación en pos de no afectar los procesos

administrativos institucionales.

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• Comprometerse con el cumplimiento de la política de gestión d personas.
• Velar por el cumplimiento de relaciones bien tratantes hacia los niños, niñas,

familias y funcionarias.
• Conocer a cabalidad el estatuto administrativo, normativas y protocolos

existentes en la institución en pos de brindar asesoría oportuna ante los diversos
requerimientos.
• Construir colectivamente el PEI con su Comunidad Educativa.
• Coordinar actividades extraprogramáticas con la comunidad interno o externa.
• Planificar en conjunto con las Educadoras y Técnicas actividades recreativas.
• Desarrollar reuniones de carácter técnico, informativo o emergentes con la
Comunidad Educativa, según sea el requerimiento.
• Comunicar a Dirección Regional los incidentes que ocurran en el transcurso de
sus labores.
• Cumplir con la normativa del estatuto administrativo e institucional.
• Cumplir con la asistencia, permanencia y puntualidad en su lugar de trabajo.
• Cumplir de manera oportuna la programación establecida por la dirección
nacional y regional de la Institución.
• Cumplir con los tiempos establecidos en la entrega de tareas asignadas por sus
superiores.
• Procurar una comunicación efectiva en su desempeño enmarcada en el respeto
con el (la) director(a) Regional, Coordinación Provincial JUNJI El Loa,
subdirectores(as), personal de la dirección regional, educadoras, técnicos,
auxiliares de aseo, apoderados y niños(as), favoreciendo un clima de confianza
de las personas.

5.1.11. Deberes de los funcionarios:

• Desempeñar personalmente las funciones del cargo en forma regular y continua.
• Orientar el desarrollo de sus funciones al cumplimiento de los objetivos de la

institución y a la mejor prestación de los servicios.
• Realizar las labores con esmero, cortesía, dedicación y eficiencia, contribuyendo

a materializar los objetivos de la institución.
• Cumplir la jornada de trabajo y realizar los trabajos extraordinarios que ordene

el superior jerárquico.

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• Cumplir las destinaciones y comisiones de servicio que disponga la autoridad
competente.

• Obedecer las órdenes impartidas por el superior jerárquico.
• Observar, estrictamente, el principio de probidad administrativa.
• Guardar secreto en los asuntos que revistan carácter reservado.
• Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo.
• Proporcionar con fidelidad y precisión los datos relativos a situaciones personales

o de familia.
• Denunciar a la justicia, con la debida prontitud, los crímenes o simples delitos y

a la autoridad los hechos de carácter irregular.

5.1.12. Derechos funcionarios

• Hacer uso de los feriados, permisos, licencias y a participar en las acciones de
capacitación.

• Gozar de todas las prestaciones y beneficios que contemplen los sistemas de
previsión y bienestar social.

• Ser defendidos y a exigir que la institución a que pertenezcan persiga la
responsabilidad civil y criminal de las personas que atenten contra su vida o su
integridad corporal, con motivo del desempeño de sus funciones o que, por dicho
motivo, los injurien o calumnien en cualquier forma.

• Percibir por sus servicios las remuneraciones y demás asignaciones adicionales.
• Percibir las siguientes asignaciones: a) movilización, b) horas extraordinarias y/o

compensatorias c) viático, pasajes u otros análogos y d) otras asignaciones
contempladas en leyes especiales.

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5.2. Regulaciones técnico-administrativas sobre estructura y
funcionamiento general del establecimiento educacional

5.2.1. Tramos curriculares

Nuestra unidad educativa cuenta con tres tramos de educación parvularia:

1° nivel: Sala Cuna Heterogénea

2° nivel: Medio Heterogéneo

3° nivel: Transición Heterogénea

NIVEL EDADES

Sala cuna heterogénea 3 meses a 1 año 11 meses a marzo

Medio heterogéneo 2 años y 3 años 11 meses a marzo

Transición heterogénea 4 años y 5 años 11 meses a marzo

5.2.2. Horarios de funcionamiento del establecimiento (inicio y término
de la jornada ordinaria y extraordinaria, ingreso de familias
durante la jornada al establecimiento)

Lunes a viernes:
Ingreso: 08.30 a 09.30
Salida: lunes a viernes 16:30
3° viernes de cada mes salida: 12.45/13.00 (PA-CEA)
Ultimo viernes de cada mes suspensión de actividades (CAUE y CAA)

Observación: si la familia tiene problemas para llegar al horario de ingreso y/o salida
es deber de ellos comunicar al equipo de sala y/o dirección de la unidad educativa
Si el párvulo presenta problemas de salud y presenta orden médica la unidad
educativa le otorga el ingreso más tarde (si fuera en lo posible con desayuno del
hogar). Cabe mencionar que se debe presentar la orden médica, la cual se debe
adjuntar a la ficha del menor y se genera un compromiso en la ficha con la familia del
horario de ingreso del niño/a

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C.A.U.E y C.A. A C.E. A

MES DÍA MES DÍA
MAYO -
MARZO 28 JUNIO -
JULIO 24
ABRIL 24 AGOSTO 21
SEPTIEMBRE 11
MAYO 29 OCTUBRE 23
NOVIEMBRE 20
JUNIO 26 DICIEMBRE 11

JULIO 31

AGOSTO 28

SEPTIEMBRE 25

OCTUBRE 30

NOVIEMBRE 27

DICIEMBRE 18

ENERO 15

• Horario de Atención de Educadoras de Párvulos: Desde 14:45 a 17:00
horas, existiendo flexibilidad para los/as apoderados/as que no pueden o
requieren atención con urgencia y/o en la mañana

• Horario de Atención de Directora: 08:30 a 12:30 y 14:45 a 16:30 horas.
Existiendo flexibilidad para los/as apoderados/as que no pueden o requieren
atención con urgencia

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5.3. Procedimientos ante el atraso o retiro anticipado del niño o niña y
registros de asistencia e inasistencias.

Registro de asistencia e inasistencia: Este registro se lleva a cabo en la hoja de
asistencia diaria (GESPARVU), en la cual si el niño/a asiste a la unidad educativa se
coloca . , niño/a inexistente se coloca / y si el niño/a llega atrasado el / se convierte
en A. La asistencia debe estar pasada y cerrada antes de las 10 am. Por lo cual si
llega un niño/a atrasado se debe agregar un anexo a la sumatoria final (ejemplo:
cerrada la asistencia total: 10+1=11).
Retiro anticipado: El equipo de sala y/o la familia debe registrar en la misma
bitácora de atrasos el retiro del párvulo y el motivo por el cual está retirando al menor.
De igual manera si lo retira por hora médica y lo volverá a traer a la unidad educativa
es responsabilidad de la familia avisar al equipo de sala (protocolo N° 13: acciones
del personal frente a dificultades en el retiro del niño o niña).
Atrasos: Se registra en bitácora de ingreso y salida del párvulo, el atraso el cual la
familia debe colocar el motivo del por qué llego atrasado con su hijo/a. Por 5 atrasos
consecutivos se realiza una entrevista con el equipo del nivel, en el cual se deben
generar acuerdos y compromisos por parte de la familia. Luego si la familia sigue
llegando atrasados la encargada y/o directora de la unidad educativa le realiza una
entrevista y de seguir con atrasos se realiza la derivación a la trabajadora social del
equipo técnico territorial.
Si no llega el adulto responsable a retirar al niño o niña (JUNJI oficio circular 0/15/120
10 de junio de 2012)

• El personal del jardín infantil no debe trasladar a los niños o niñas a sus
hogares, así como tampoco trasladarlos a su propia residencia.

• Si la funcionaria responsable no ha podido ubicar a las personas autorizadas
del retiro del párvulo y ha transcurrido una hora, se debe solicitar presencia
de Carabineros, y efectuar ante ellos la respectiva denuncia.

• Es obligación que la funcionaria solicite a Carabineros copia de esta denuncia,
la que debe enviarse a la Directora Regional antes de 24 horas

5.3.1. Inasistencia de Párvulos

• El ingreso de los párvulos es de 08:30 a 09:30 (a esta hora se cierra el portón)
• Es deber de las familias informar si su hijo/a llegara más tarde al jardín

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• Se le otorgara un permiso de 3 días a los párvulos que necesiten viajar, si se
llegara alargar la estadía es deber de las familias informar si esta situación no se
realiza automáticamente se deserta al párvulo

• Es deber de las familias informar cuando su hijo/a no asistirá al jardín
• Si un párvulo se ausenta 3 días y no se da aviso el equipo de sala llamara para

ver su situación y se deberá registrar en el formato de llamas al hogar
• Si un párvulo se ausenta por más de 5 días se deberá volver a llamar y realizar

visita domiciliaria, para conocer su situación, se realizará con la familia
entrevistas y acuerdos y compromisos para que el párvulo siga asistiendo al
jardín infantil.
• Los párvulos que se vallan enfermos del jardín al momento de ser retirados se
les debe dar el certificado para que lo presente en la posta y una vez que vuelva
a ingresar al jardín debe traer el certificado completado por los funcionarios de la
posta, en el caso que exista reposo medico deben traer el papel de alta médica
para poder ingresar al jardín.

5.4. Lineamientos técnicos proceso de inscripción y matricula resolución
exenta N° 015/1895 del 02/08/2011

5.4.1. Convocatoria de la comunidad

• Responsables: El proceso de convocatoria es de responsabilidad de la unidad
educativa en colaboración con las directoras regionales, unidad de comunicación
y equipos técnicos.

• Fecha: El periodo masivo de este proceso se inicia en el mes de octubre y finaliza
en el mes de enero, no obstante, estas orientaciones serán aplicadas durante
todo el año lectivo.

Se debe llevar a cabo un proceso de convocatoria a nivel de la comunidad educativa
realizando difusiones, a través de afiches ubicado en lugares visibles para las familias.
Y también realizar la difusión del sistema online.

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5.4.2. inscripción de niños y niñas

• En esta etapa del proceso es inscribir a los niños y niñas de familias que
deseen ingresar a la unidad educativa

• Responsable: directoras y encargadas de jardines
• Fechas: A comienzos de noviembre y términos a la quincena de enero, esto

se debe realizar a través del SIM (la inscripción de niños y niñas debe
mantenerse durante todo el año lectivo a fin de las necesidades de las
familias, cubrir vacantes o gestionar los traslados).

“Las familias deben tomar conocimiento que la inscripción no significa matricula
automática, solo una vez ejecutado el proceso de priorización hacia los segmentos más
vulnerables se inicia el proceso de matrícula en la unidad educativa”.

5.4.3. Publicación de los resultados

• Esta fase tiene como propósito dar a conocer a las familias los resultados del
proceso de priorización masiva, entregando las nóminas de los niños y niñas
inscritos priorizados en primera nómina y lista de segunda priorización (lista de
espera)

• Procedimiento: Las directoras y/o encargadas de jardín deben descargar el listado
del SIM de los párvulos priorizados

• Fecha: A partir de la quincena de enero hasta la primera semana de marzo

5.4.4. Matrícula

• Comienza en la quincena de enero y la primera semana de marzo

Los párvulos o lactantes que vengan trasladados de otro establecimiento JUNJI, tienen
prioridad de ingreso, si hubiese cupo, en caso de no existir cupo de matrícula, se
traspasará en primer lugar de lista de espera.
Los párvulos derivados de tribunales tendrán prioridad de ingreso, si no existiese cupo
se entenderá una sobre matrícula.
Los hijos o hijas de funcionarias que sean menores de dos años tienen ingreso inmediato,
con dos o más años postularán de acuerdo a normativa vigente.

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La madre, padre y/o apoderado al momento de confirmar matricula con Directora del
jardín infantil debe presentar los siguientes documentos:

• Certificado de nacimiento
• Certificado o fotocopia de las vacunas
• Certificado laboral y/o certificado de estudios (si estudia o trabaja)
• Diagnóstico médico si el niño o niña tiene una necesidad educativa especial
• Fotocopia cedula de identidad de personas autorizadas a retirar al párvulo (mayor

de 18 años)
• Acta de audiencia si el niño o niña ha sido vulnerado en sus derechos.
• Carnet de salud

“Las matrículas se realizan una vez que se publican las listas (mes de enero) y los
primeros días del mes de marzo”

• La Unidad Educativa contará con un registro general de matrícula, cuya
elaboración será responsabilidad de la Directora y/o subrogante.

• Este registro será elaborado con los antecedentes registrados en la ficha de
matrícula del párvulo.

• Será responsabilidad de cada educadora de nivel informar a la dirección cuando
exista alguna deserción y los ingresos será la responsable la directora y/o
subrogante

• La actualización de antecedentes será llevada a cabo de manera sistemática,
dicha información deberá ser proporcionada por las encargadas de cada nivel.

• Este registro se llevará de manera digitalizada y permanecerá en Dirección

5.4.5. Proceso de adaptación

• Es importante tener presente que la Sala Cuna y el Jardín Infantil es un lugar
desconocido para los lactantes, niños y niñas, por ello deben adaptarse al nuevo
ambiente y comenzar a familiarizarse con los rostros de las Agentes Educativas.

• El ingreso de un lactante, niño o niña al establecimiento deberá durar según el

requerimiento de cada lactante, niño o niña. La unidad educativa le recomienda
los padres que mínimo debería ser una semana de adaptación en lo cual consta

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que los menores se retiran a medio día y ya adaptándose el menor se puede
quedar todo el día esta adaptación puede durar más en algunos menores y serán
los equipos educativos quienes les indicaran a las familias cunado su hijo o hija
esté preparada para quedarse todo el día.

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5.5. Organigrama del establecimiento

E.L.C.I Encargada de Empresa Manipuladora
Sandra Unidad Educativa externa Sala Cuna
Gómez Maddelin Miranda SAVISA Leticia
Esquivel

Manipuladora
Jardín
Valeria
Mamani

Educadora Educadora Educadora
Sala Cuna H. Medios H. Transición H.
Piare Dorador Romane
Fuenzalida Angelica
Chelme

Técnica Técnica Técnico
Rosa Álvarez Johana Berna Erika Godoy

Técnica Técnica
Raquel Salinas Tayna Gómez

Auxiliares
servicios
menores Ana
Inostroza y
Mónica Panire

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5.6. Roles de los directivos, docentes y asistentes de la educación.

Roles de la Directora, educadoras y técnicos en atención de párvulos y auxiliar de
servicios menores.

PERFILES DEL EQUIPO EDUCATIVO

DIRECCION EDUCADORA DE Liderar y administrar la gestión del jardín infantil

JARDIN PARVULOS para ofrecer una educación integral de calidad a

INFANTIL los párvulos en colaboración con sus familias

EQUIPOS DE EDUCADORAS Liderar los procesos de atención integral de los

SALA PEDAGOGICAS párvulos y sus familias, generando aprendizajes

de calidad, relevantes y significativos en los niños

y niñas atendidos

TECNICAS EN Aportar al desarrollo integral de los párvulos del

ATENCION DE nivel asignado en el jardín infantil, brindando una

PARVULOS atención de calidad, colaborando activamente en

la planificación y ejecución de los programas

pedagógicos, en el marco de las orientaciones

técnicas fijadas por la institución

AUXILIARES DE Mantener las dependencias en buen estado, a

SERVICIO través del aseo, ornato y mantención de

MENOR equipamiento, mobiliario y dependencias internas

y externas de las unidades educativas

cumpliendo con el reglamento de higiene y

seguridad de la junta nacional de jardines

infantiles

FAMILIA AGENTES Participar y apoyar trabajo pedagógico

EDUCATIVOS

REDES DE AGENTES Participar y apoyar trabajo pedagógico

APOYO EDUCATIVOS

CONSESIONARIA MANIPULADORA Administrar y entregar el servicio de alimentación

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5.7. Los mecanismos de comunicación formales y efectivos con madres,
padres y/o apoderados

Nuestros canales de comunicación con nuestros padres, madres y apoderados son a
través de un celular, ya que el jardín no cuenta con una red fija de telefonía. También
contamos con paneles de fotografías de actividades fuera de cada sala, un panel de
comunicación grande que se encuentra en el hall con todos los temas transversales y
como trabajamos cada uno de ellos, y cada equipo de sala coloca información relevante
fuera de cada sala en sus paneles informativos.

5.7.1. Reuniones: Estas son instancias lideradas por las educadoras de cada
nivel donde los padres, madres y familia que asisten se reúnen de forma
mensual para reflexionar y debatir entorno a las prácticas educativas y la
evaluar el aprendizaje de sus hijos e hijas, aquí pueden conocer las
experiencias que se llevan a cabo durante un tiempo determinado y
proponer nuevas actividades. Además, las familias evalúan estos
encuentros, donde pueden sugerir temáticas de su interés para ser
abordadas durante la reunión del mes siguiente. Estas reuniones se
realizan 1 vez al mes, durante la jornada de la tarde de 14:45 a 16:15
horas.

5.7.2. Libreta de comunicación: Este es un medio por el cual se puede
establecer una comunicación constante con las familias sobre las
actividades pedagógicas que se están realizando y las que vendrán.
Además, aquí se entregan informativos relacionados con salud,
efemérides, prevención y cuidado, como también algunos materiales o
apoyo que se requieran para realizar positivamente las experiencias
educativas, es por esto que se recomienda leer de forma permanente la
información que aquí se envía, será obligación del adulto responsable
devolverla al jardín infantil con una firma para verificar la lectura de lo
enviado o comunicado.

5.7.3. Entrevistas: Esta es una conversación directa y formal que se genera
entre la educadora y/o técnica del nivel y el adulto significativo a cargo

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del párvulo. Donde se pueden abordar temáticas vinculadas al proceso
educativo, tales como aspectos generales, logros de aprendizajes,
nutrición y salud, relaciones interpersonales, situaciones que afecten en
el proceso, como también puede ser planificada, emergente o por solicitud
de la familia. Estas entrevistas también pueden ser realizadas y solicitadas
por la directora del jardín infantil, y pueden ser agendadas a través de vía
telefónica, de forma verbal o por escrito.

5.7.4. Trayectoria del aprendizaje: Instrumento de evaluación de los
aprendizajes en el cual participan las familias, niños (as) y agentes
educativas, es un proceso de retroalimentación en el cual se establecen
compromisos para ir mejorando de forma colaborativa el proceso
educativo. En este se fijan tres momentos claves en el proceso
pedagógico: inicio (aprendizajes iniciales), al término del primer y
segundo semestre. La entrega de este instrumento se realiza a través de
una entrevista formal, asistiendo un adulto significativo por niño o niña,
previa citación agendada por educadora de párvulos de cada nivel
educativo.

5.7.5. Paneles informativos: Cada nivel educativo cuenta con este panel, con
el cual se informa a las familias sobre diversas actividades relevantes, se
publican las minutas del programa alimentación y otras informaciones
generales; cabe señalar que acá se incorporan las mismas informaciones
entregadas en la libreta de comunicación para así respaldarnos de que
todas las familias reciban la misma información, la cual se irá actualizando
permanentemente.

5.7.6. Visitas domiciliarias: instancia en que el personal educativo se acerca
al domicilio de un párvulo, con el objetivo de conocer los motivos de
inasistencia, casos de vulneración de derechos o situaciones particulares
de algún niño o niña. Donde se registra en el documento personal de cada
niño y niña, solicitando la firma de apoderado como respaldo de dicha
acción. Esta herramienta nos permite conocer la realidad y entorno
sociocultural en el cual se desarrolla cada niño (a), identificando
antecedentes que nos permitan ampliar nuestro conocimiento de ese

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niño/a. Si luego de la visita domiciliaria el párvulo no se reintegra al jardín
infantil y/o no se comunica este será desertado.

5.7.7. Celular: canal de comunicación donde la madre, padre o apoderado
comunica alguna situación relevante como: atrasos, enfermedades,
inasistencias, retiro, entre otras. Y el personal educativo lo utiliza para
consultar por inasistencias, coordinar entrevistas, comunicar enfermedad
y/o accidente del párvulo

5.7.8. Correo electrónico: este canal de comunicación se utiliza para enviar
algún documento como: Proyecto educativo institucional (PEI),
reglamento interno o material bibliográfico de apoyo a la labor educativa.
Además, es el canal de comunicación que más se utiliza con redes de
apoyo.

5.7.9. Buzón SIAC: Nuestro establecimiento cuenta con un buzón del SIAC
(Sistema integral de información y atención ciudadana), el cual es
reconocido por toda nuestra comunidad educativa, es ahí donde las
familias pueden exponer cualquier situación que se les pueda presentar
ya sea en relación a inquietudes, sugerencias o dudas relacionadas con el
niño o niña en el Jardín Infantil o felicitaciones, estas entrevistas son
realizadas por la directora del establecimiento, por la subrogante en caso
de que esta no se encuentre o por administrativa.

5.7.10. Blog: En donde les damos a conocer a la comunidad nuestra labor
educativa y el que nos visite puede dejar libremente su comentario.

5.7.11. Diario: Con este medio damos a conocer a nuestras familias y comunidad
el trabajo que realizamos en el jardín infantil (trimensual)

5.7.12. Personal Educativo: Junto al personal educativo, con el fin de mantener
y potenciar la positiva comunicación en nuestro lugar de trabajo, se
validaron los siguientes canales de comunicación: Panel informativo,
entrevista al personal y reuniones

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5.8. Regulaciones referidas a los procesos de admisión

Este proceso se articula a través del Sistema Informático de Inscripción y Matrícula (SIM)
que permite el ingreso de niños y niñas y sus familias para realizar la priorización social,
considerando los antecedentes que proporciona el instrumento de caracterización
socioeconómica de las familias (Registro Social de Hogares, perteneciente al Ministerio
de Desarrollo Social) y, por otro lado, los criterios institucionales.
Para estos efectos, se envían Lineamientos Técnicos del Proceso de Admisión 2019
mediante Oficio Circular. Estos lineamientos son revisados, actualizados y/o reformulado
año a año, siendo válidos los del año vigente.
Los resultados de la priorización de niños y niñas se obtienen a través del Sistema
Informático de Inscripción y Matrícula, desde el cual se emiten las nóminas de niños y
niñas seleccionados y en lista de espera. Desde la Dirección Regional de JUNJI, se envían
dichas nóminas a la directora y/o Encargadas de la Unidad Educativas, quién las publica
en un lugar visible de la unidad educativa y estará visible para las familias.

5.8.1. Prioridades Institucionales en el proceso de matricula

5.8.1.1. Prioridad Nº1: Ingreso automático:

• Niña/o perteneciente al sistema Intersectorial de Protección Social, se incluyen
los siguientes Subsistemas; Subsistema de Seguridad y Oportunidades y
Subsistema Chile Crece Contigo

• Niña/o vulnerado en sus derechos, bajo protección del Servicio Nacional de
Menores (SENAME)

• Niña/o vulnerado de sus derechos, en casa de acogida del Servicio Nacional de la
Mujer (SERNAMEG)

• Niña/o vulnerado en sus derechos con Medida de Protección (situación de calle,
que reside con madre privada de libertad u otro)

• Niña/o en situación irregular de inmigración o familias refugiadas
• Hijo/a de madre, padre o alumno/a con el cuidado personal del niño/a, estudiante

de Enseñanza básica o medica que se inscribe en una sala cuna P.E.C
• Hermano/a de párvulo matriculado en la unidad educativa

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• Hijo/a de madre, padre o alumno/a con el cuidado personal del niño/a, que
estudie en Universidad en convenio con la JUNJI

• Hijo/a de funcionarias/os inscritos en la misma unidad educativa donde
desempeña sus funciones

5.8.1.2. Prioridad N°2

• Hija/o de madre o adulta responsable que trabaja remunerada mente
• Hija/o de madre, padre o alumna/o con el cuidado personal del niño/a, que

estudia en algún establecimiento educacional formal
• Hija/o de madre adolescente (menor de 18 años)
• Hija/o de padre adolescentes (menor de 18 años)
• Hija/o de madre o adulta responsable con jefatura de hogar
• Niña/o en situación de discapacidad
• Hija/o de madre, padre o adulta/o responsable con problemas graves de salud
• Hija/o de madre o padre privado de libertad

5.8.1.3. Prioridad N°3

• Hogar monoparental
• Niña/o de familia perteneciente a pueblos originarios

5.8.1.4. Prioridad N°4

• Todas aquellas familias que no cuentan con prioridades institucionales, y que se
encuentren dentro del tramo de corte del 60% del registro social de hogares

5.8.1.5. Prioridad N°5

• Si aún existen vacantes, a fines de marzo se podrá matricular a los niños/as
cuyas familias estén sobre el tramo de corte de la caracterización socio económica
que entregará el MDMS o no cuenten con este dato y que presenten el mayor
número de prioridades institucionales

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5.8.2. Admisión y Matrícula:

JUNJI establece anualmente un proceso de inscripción y matricula INFORMATIZADA de
los párvulos que deseen ingresar al jardín infantil y que contiene lineamientos técnicos
mediante una circular que anualmente se renueva. El personal educativo realiza difusión
a la comunidad.

Sistema informático de inscripción y matricula (SIM) actualmente en sus
versiones:

• SIM interno (plataforma utilizada por los jardines infantiles)
• SIM ONLINE (plataforma WEB pública)

En el SIM interno la inscripción la realiza la directora donde completa una ficha de
inscripción cuyos datos se ingresan AL SISTEMA INFORMÁTICO DE INSCRIPCIÓN
Y MATRÍCULA DE PÁRVULOS quienes realizan priorización y envían nóminas al jardín
infantil. Las nóminas de 1era priorización se publican, y si es necesario se realizan
llamados telefónicos a las madres, padres y apoderados para que asistan a confirmar
matrícula con la directora o administrativa (se completa la “Ficha de matrícula”).

Para la confirmación de matrícula de los párvulos antiguos se debe consignar por
escrito el interés del apoderado la continuidad de su hijo en ficha individual y/o en
registro de firma otorgado desde la dirección del jardín infantil de cada nivel para el
próximo año en la unidad educativa.
En el mes de noviembre se debe realizar la confirmación de matrícula de los párvulos
antiguos para así conformar los grupos de atención y conocer las vacantes disponibles
para el nuevo año lectivo.

Para la matrícula de los párvulos nuevos y de acuerdo a la nómina de párvulos
priorizados y de segunda priorización, se debe proceder a efectuar las matriculas de
todos los niños nuevos que hayan sido priorizados o seleccionados, en cada uno de los
niveles y de acuerdo a las vacantes disponibles. En caso de que exista una vacante, se
respetará la lista de espera para completar el nivel correspondiente.

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