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13-4 reglamento internado rotatorio qmc farmaceutica

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Published by ninoska elizabeth tumiri lopez, 2019-11-25 00:06:34

13-4 reglamento internado rotatorio qmc farmaceutica

13-4 reglamento internado rotatorio qmc farmaceutica

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

FACULTAD DE CIENCIAS FARMACEUTICAS Y BIOQUIMICAS

LA PAZ – BOLIVIA

REGLAMENTO DEL
INTERNADO ROTATORIO
CARRERA QUIMICA FARMACÉUTICA

REGLAMENTO DEL INTERNADO ROTATORIO
CARRERA QUIMICA FARMACÉUTICA

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- DE LOS ANTECEDENTES

El presente reglamento del internado rotatorio de la carrera de Química Farmacéutica esta en concordancia
con los artículos 64, 65, 66 y 67 Cap. IX de las modalidades de graduación del XI Congreso Nacional de
Universidades y el reglamento de modalidades de graduación de la Facultad de Ciencias Farmacéuticas y
Bioquímicas.

ARTÍCULO 2.- DEL OBJETO

El presente reglamento tiene como objeto normar el mecanismo de realización del Internado Rotatorio para
obtener el título académico de Licenciado (a) en Química Farmacéutica.

CAPÍTULO II
INTERNADO ROTATORIO

ARTÍCULO 3.- DE LA DEFINICIÓN

El Internado Rotatorio es aquel trabajo realizado por el estudiante en una institución ligada al campo
profesional del Químico Farmacéutico, donde el postulante al grado de licenciatura aplicará conocimientos
teórico-prácticos, insertándose a la actividad laboral, en diferentes áreas y con evaluación continua.

ARTÍCULO 4.- OBJETIVOS

a) Objetivos Generales
 Aplicar y complementar los conocimientos adquiridos por los estudiantes en el desarrollo del
pregrado de la Carrera de Química Farmacéutica, para desarrollar con idoneidad la práctica
profesional.

 Lograr la participación de la facultad en las instituciones públicas o privadas, que plantean soluciones
a los diversos problemas de interés social.

b) Objetivos específicos

 Fortalecer la formación del pregrado a través de la actividad laboral en diferentes áreas.
 Manejar adecuadamente las fuentes de información científica, acorde al desarrollo tecnológico de

nuestro país.
 Participar en todas las actividades de la institución donde se desarrolla el internado rotatorio, con la

finalidad de incorporarse al ambiente de trabajo como un ente social.

CAPÍTULO III
ROTES DEL INTERNADO ROTATORIO

ARTÍCULO 5.- DEFINICIÓN

Los rotes del internado rotatorio son las secciones de la institución donde el estudiante debe permanecer
hasta dos meses consecutivos para practicar y ser evaluado. Al cabo del internado rotatorio deben efectuar
por lo menos tres rotes.

ARTICULO 6.- DEL ÁREA DE ELECCIÓN:

El estudiante podrá elegir el área según su capacidad y destrezas adquiridas en el pre grado en primera
instancia, posteriormente se acomodara en función a los espacios y solicitudes.
Los estudiantes tienen la posibilidad de realizar su internado rotatorio en las siguientes áreas: tecnología
farmacéutica, farmacia clínica, gestión farmacéutica, toxicología, bromatología, investigación, productos
naturales, alimentos, cosméticos y regulación farmacéutica.

ARTÍCULO 7.- ÁREA TECNOLOGÍA FARMACÉUTICA

o Esta área está constituida principalmente por los laboratorios de las industrias farmacéuticas,
industrias de productos naturales y de laboratorios del estado.

o Estás áreas mínimamente deben ofrecer espacios en los laboratorios de control de calidad,
producción y aseguramiento de calidad.

ARTÍCULO 8.- ÁREA FARMACIA CLÍNICA

El área de Farmacia Clínica deberá mínimamente desarrollar sus actividades en relación a: Dosis unitaria o
diaria, seguimiento farmacoterapéutico, centros de información, atención farmacéutica y asesoramiento a los
pacientes sobre su medicación, servicios farmacéuticos, hospitalarios y comunitarios.

ARTÍCULO 9.- GESTIÓN FARMACÉUTICA

El área de gestión farmacéutica deberá desarrollar sus actividades en relación a: Buenas prácticas de
dispensación, buenas prácticas de almacenamiento, gestión de aprovisionamiento, análisis del stock muerto,
control de stocks óptimos, etc.

ARTÍCULO 10.- ÁREA ALIMENTOS

Esta área está constituida principalmente por los laboratorios de toxicología, bromatología y microbiología
(INDUSTRIAS ALIMENTICIAS, INLASA, SELADIS y LABORATORIO MUNICIPAL).

ARTICULO 11.- ÁREA DE PRODUCTOS NATURALES E INVESTIGACIÓN

Esta área se realizaran rotes en las diferentes unidades de los institutos de investigación IIFB, SELADIS,
institutos de la UMSA, industrias farmacéuticas e industrias cosméticas.

CAPITULO IV
COORDINADOR DEL INTERNADO ROTATORIO

ARTÍCULO 12.- DEFINICIÓN

Es el docente encargado de coordinar, organizar y verificar el cumplimiento de la planificación de las
actividades académicas y administrativas del Internado Rotatorio de la carrera.

ARTÍCULO 13.- REQUISITOS PARA SU ELECCIÓN

a) Ser docente titular A de la respectiva carrera, con una antigüedad mínima de dos años.
b) No hallarse bajo proceso universitario, ni juicio penal alguno.
c) Presentar plan de actividades para una gestión del internado rotatorio.

ARTÍCULO 14.- ATRIBUCIONES

a) Participar en las reuniones convocadas por la Comisión de modalidades de graduación Facultativa.
b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente Reglamento.
c) Planificar la realización del Internado Rotatorio.
d) Programar y ejecutar actividades Académicas y Científicas de acuerdo al perfil del profesional.
e) Coordinar las actividades con los coordinadores de enseñanza o responsables de internado de las diferentes

organizaciones donde los estudiantes de la Carrera realizaran el Internado.
f) Presentar el listado de docentes instructores por una gestión, de las diferentes instituciones donde se realiza el Internado

Rotatorio, para la emisión de certificados como Docentes instructores de internado por parte de la Carrera de Bioquímica.
g) Solicitar informes trimestrales a los Coordinadores de Internado o Enseñanza de los diferentes centros donde se realiza el

internado.
h) Gestionar nuevos convenios de cooperación con otros centros asistenciales.
i) Realizar un proceso de evaluación y seguimiento permanente de internado rotatorio.
j) Presentar informes trimestral y anual al Consejo de Carrera sobre el desarrollo de las actividades académicas y

administrativas del Internado Rotatorio.
k) Establecer relaciones a través de las autoridades respectivas con organismos e instituciones que permitan el fortalecimiento

del Internado Rotatorio.
l) Realizar las actas finales de los estudiantes del internado.
m) Supervisar el desarrollo y el cumplimiento de las actividades del Internado Rotatorio.
n) Realizar el seguimiento de la vigencia a convenios institucionales.
o) Realizar el Seguimiento permanente a los internos.
p) Visitar, monitorear y controlar el desempeño de los internos en la institución verificando el cumplimiento de las actividades

académicas del internado rotatorio.

CAPÍTULO V
DOCENTES INSTRUCTORES

ARTÍCULO 15.- DEFINICIÓN
Los docentes instructores, son aquellos profesionales con grado de licenciatura o superior encargados de
orientar, guiar, enseñar, transmitir y evaluar las actividades del o los internos a su cargo, de la institución
correspondiente.

ARTÍCULO 16.- ATRIBUCIONES

a) Supervisar y evaluar el desenvolvimiento del interno de la carrera.
b) Acordar las actividades académicas con el coordinador del internado rotatorio.

ARTÍCULO 17.- DERECHOS

Los docentes instructores recibirán al finalizar la gestión académica un certificado, otorgado por la Facultad,
firmado por el Vicedecano, Director de carrera y Coordinador del internado rotatorio.

CAPÍTULO VI
POSTULANTES AL INTERNADO ROTATORIO

ARTÍCULO 18.- REQUISITOS

a) Solicitud de inscripción mediante nota dirigida Director de la carrera de acuerdo al área de su
elección.

b) Conclusión del plan de estudios de la carrera certificada por el seguimiento académico otorgado por
la oficina de registro y archivo facultativo.

c) Fotocopia de la cédula de identidad (dos)
d) Fotocopia de la matrícula universitaria vigente (dos)
e) Hoja de vida del postulante

ARTÍCULO 19.- OBLIGACIONES

a ) Cumplir y respetar las disposiciones que establece el presente reglamento.
b) Cumplir el Internado Rotatorio a dedicación exclusiva no pudiendo realizar actividades ajenas al

mismo. Excepto los Auxiliares de Docencia de último curso, si el centro donde realiza su internado lo
permite.
c) Realizar con responsabilidad y eficiencia las tareas que le fueran encomendadas.
d) Cumplir estrictamente el horario establecido de ingreso y salida por institución donde realiza el
internado Rotatorio, registrándose en la tarjeta de control con el 100% de asistencia para su
evaluación.

e) Cumplir con disposiciones a reglamentación del internado y específica ala institución donde realiza su
internado.

f) Asistir correctamente uniformados y con la debida identificación según lo dispuesto por la jefatura de
Carrera y coordinador del internado.

g) Asistir a todas las actividades académicas programadas por la Facultad o la Institución donde realiza el
Internado Rotatorio.

h) No abandonar el servicio, sin previa autorización de los profesionales instructores.
i) Mantener un comportamiento dentro de las normas de ética y de relaciones humanas.
j) No aceptar remuneración alguna que sea ofrecida por particulares.
k) Cumplir turnos de acuerdo a rol y horario establecido por la institución supervisado por el docente

instructor a cargo.

CAPÍTULO VII
LICENCIAS

ARTÍCULO 20.- Son motivo de licencia los siguientes casos:
a) Viajes académicos, previa presentación de boleta de inscripción y autorización de la carrera.
b) Viajes por enfermedad, previa presentación de pasajes y certificado médico correspondiente.
c) Viajes por representación estudiantil, previa presentación de memorándum de nombramiento de la
carrera o facultad.
d) Fallecimiento de familiares en primer grado.
e) Enfermedad o intervención quirúrgica con la certificación correspondiente.
f) Maternidad.

La licencia será otorgada:
a) Hasta 24 horas, mediante papeleta o carta de solicitud de licencia al docente instructor.
b) Hasta 48 horas, mediante papeleta o carta de solicitud de licencia al docente instructor, previa
autorización del representante de la institución.
c) Licencia de 72 horas hasta 15 días, deberá ser solicitada por escrito, acompañada por la justificación
pertinente y autorizada por el coordinador del internado rotatorio, previa autorización del
representante de la institución, debiendo quedar una copia en el expediente del estudiante.
d) El estudiante tendrá derecho a medio día de permiso al mes para cobrar su estipendio de beca
trabajo.

La licencia autorizada no interrumpe el internado si es menor a 48 horas. Licencias de 72 horas a 15 días,
deberán ser compensadas a la finalización del internado rotatorio. Licencia mayor a 15 días se considera
abandono del internado rotatorio, debiendo iniciarlo nuevamente en la próxima gestión.

CAPÍTULO VIII
EVALUACIÓN

ARTÍCULO 21.- DEFINICIÓN

El internado rotatorio de la carrera de química farmacéutica, como modalidad de graduación, tiene carácter
evaluativo.

ARTÍCULO 22.- La evaluación del estudiante será única en cada rote programado.

ARTÍCULO 23.- El docente instructor es el encargado de evaluar y proporcionar la calificación de acuerdo al
Acta de Internado Rotatorio, otorgado por el coordinador.

ARTÍCULO 24.- La nota mínima de aprobación es de 56% (cincuenta y seis por ciento).

ARTÍCULO 25.- El Acta de Internado Rotatorio (3 ejemplares), a través de la cual se emite la calificación del
estudiante, contempla los siguientes datos y parámetros:

 Datos personales del estudiante.
 Parámetros de evaluación.
 Nota final numeral y literal.
 Firmas del instructor responsable, coordinador del internado rotatorio, director de la carrera

correspondiente y vicedecano.
 Fecha.

Este documento es válido cuando lleva el sello de la institución donde se realiza el internado, sello de la
carrera y sello del vicedecanato.

ARTÍCULO 26.-
El estudiante que desarrolla su internado rotatorio, debe ser evaluado mínimamente en tres rotes, debiendo
aprobar todos. La nota final será el promedio de todos los rotes. En caso de reprobar un rote se permitirá la

recuperación del mismo al finalizar el internado (sin remuneración). De reprobar más de un rote deberá repetir
todo el internado.

CAPÍTULO IX
RÉGIMEN DISCIPLINARIO

ARTÍCULO 27.-
El incumplimiento al Reglamento del Internado Rotatorio, Reglamento de la Institución, disposiciones
superiores y disciplinarias serán motivo de sanción según la gravedad del caso. Se aplicarán sanciones como:

a) Amonestación verbal (la primera vez)
b) Amonestación escrita (con copia al expediente personal)
c) Suspensión temporal
d) Suspensión definitiva


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