Considera como LESIONES
físico o psicológico” que
quince (15) hasta novent
con trabajos comunitario
lesionen física o psi
impedimento de 0 HA
denominativo de abuso
sexual. Incrementa los ti
libertad.
S GRAVES Y LEVES al “daño
e deje en incapacidad de
ta (90) días. Se sancionara
os de 1 a 3 años a los que
icológicamente con un
ASTA 14 días. Cambia el
o deshonesto por abuso
iempos de la privación de
Instaura el amparo a la
psicológica, sexual, los
económicos y labora
situación de violencia y
través de medidas de
para garantizar su prot
investigación.
vida, la integridad física,
s derechos patrimoniales,
ales de las mujeres en
y de sus dependientes a
e protección inmediatas
tección en tanto dura la
Ente otras medidas:
Ordenar al agresor la salid
al agresor de acercami
protección sobre el
gananciales, la disposició
ordenar terapias psicoló
anotación preventiva de
de cuentas bancarias de
da del hogar, la prohibición
iento o comunicación, la
patrimonio o bienes
ón de asistencia familiar, el
ógicas para el agresor, la
e bienes y congelamiento
la pareja.
LA LEY 348 GARANTIZA:
El acceso gratuito a l
protección, a la
especializada, a la or
jurídica gratuita y e
multidisciplinario, acceso
clara sobre los procesos
la protección contra
atención y tratamiento f
al tratamiento profiláct
transmisión sexual y VIH/
de emergencia (Arts. 43
instancias de atenció
diferentes niveles del
violencia hacia las muje
dentro el Ministerio Públic
medidas necesarias par
máxima protección y se
carga de la prueba.
la justicia, a servicios de
atención inmediata y
rientación, a la asistencia
especializada, al apoyo
o a información oportuna y
s y actuaciones judiciales, a
la revictimización, a la
físico y psicológico, también
ico contra infecciones de
/Sida y a la anticoncepción
3, 44 y 45) y para ello crea
ón especializada en los
Estado, que aborden la
eres; Fiscalías Especializadas
co que deberán adoptar las
ra garantizar a las victimas
eguridad y que asumen la
Una Dirección Especializada
las mujeres en el Institut
IDIF, donde los profesionale
especialidad en violencia
informes ser expeditos.
Cualquier profesional de sa
extender un certificado mé
como indicio, empero una
valor probatorio.
en casos de violencia contra
to de Investigación Forense
es forenses deben contar con
de género, debiendo sus
alud tiene la obligación de
édico que mientras servirá
a vez homologado, adquirirá
Crea la Fuerza de Luc
(FELCV) jerarquizando y
la estructura de la Policía
delitos de violencia c
instancia implementa p
para la recepción de
móviles de investiga
aprehensión de los resp
violencia hacia las mujer
cha Contra la Violencia,
especializando dentro de
a Boliviana, la atención de
contra las mujeres, esta
plataformas de atención,
e denuncias y unidades
ación, identificación y
ponsables de hechos de
res y la familia.
Establece instancias de de
denuncias pueden ser pr
por cualquier otra perso
ante la Policía o el Minist
promovidas por los Se
Municipales, Defensorí
Adolescencia, Servicios
Plurinacional, Servicio Plu
la Víctima (Art. 42). Y
Integral dependientes de
enuncia y de abordaje. Las
resentadas por la víctima o
ona que conozca el delito
terio Público, pudiendo ser
ervicios Legales Integrales
ías de la Niñez y
s Integrados de Justicia
urinacional de Defensa de
los Servicios de Atención
e las universidades.
Es así como se establec
universidades pública
SERVICIOS DE ATENCIÓN
en la creación de p
servicios gratuitos espec
destinados a la preve
rehabilitación de muj
violencia, que además d
académicos adecuado
propósitos (Art. 24).
ce la obligación en las
as para implementar
N INTEGRAL, facultándolos
programas, asesorías y
cializados e integrales ,
ención, la atención, la
jeres en situación de
deberán incluir programas
os para lograr estos
Crea los Juzgados de M
hacia las mujeres. Puest
violencia hacia las muje
juzgados contra la violen
convierten en materia
sentencia y tribunal
apelación se tramite a
Penal de los Tribunales De
Materia contra la violencia
to que todas las formas de
eres constituyen delito, los
ncia hacia las mujeres se
penal, de instrucción, de
les de sentencia, cuya
ante las Salas de materia
epartamentales.
Deberán contar con un eq
áreas social y psicológica
humanos y de las mujeres
la atención de violencia,
de carácter integral (Art. 7
Bastará que una mujer en
una relación sentimenta
agresor para calificar com
homicidio o intento por em
quipo interdisciplinario de las
a especializados en derechos
s o con experiencia laboral en
, emitiendo peritajes técnicos
71).
situación de violencia tuviera
al o la haya tenido con su
mo feminicidio o intento y no
moción violenta.
Se sancionará penalme
hubieran producido el
como consecuencia de
Se sancionará penalmen
violencia de cualquier t
sexual) haga que una m
ente a los agresores que
l suicidio de una mujer
e una situación violenta.
nte a quien empleando
tipo (física, psicológica o
mujer aborte.
Se incrementó la pena
Gravísimas, considerán
este tipo penal no solo
deformación perman
también en cualquier p
en los delitos de Lesiones
ndose también dentro de
o las marcas indelebles o
nente en el rostro sino
parte del cuerpo.
En el delito de VI
elementos tales com
consentidos con acce
penetración del miem
parte del cuerpo, u o
anal u oral, con fine
que, aunque no exis
intimidación pero q
insuficiencia de la inte
de cualquier condic
incapacidad para resis
IOLACIÓN se incluyen
mo: actos sexuales no
eso carnal, ya sea por
mbro viril, cualquier otra
objetos, por vía vaginal,
es libidinosos. Considera
stiese violencia física o
que valiéndose de la
eligencia de la víctima o
ción que le ocasione
stir.
FEMINICIDIO
Incorpora al Código
FEMINICIDIO
(Art. 84), “ARTÍCULO 25
30 años de prisión sin
mate a una mujer, est
o Penal el delito de
52 BIS.”, que sanciona con
derecho a indulto a quien
tableciendo 9 causales:
1. El autor sea o h
conviviente de la víctima,
ligada a esta por una
afectividad o intimidad, au
2. Por haberse negado
con el autor, una
enamoramiento, afectivida
haya sido cónyuge o
, este o no haya estado
a análoga relación de
un sin convivencia;
o la víctima a establecer
relación de pareja,
ad o intimidad;
3. Por estar la víc
embarazo;
4. La victima que
situación o relación
dependencia respect
este una relación de
compañerismo;
ctima en situación de
se encuentre en una
n de subordinación o
to del autor, o tenga con
e amistad, laboral o de
5. La victima que
situación de vulnerabil
6. Cuando con ant
la muerte, la mujer h
violencia física, ps
económica, cometida
se encuentre en una
lidad;
terioridad al hecho de
haya sido víctima de
sicológica, sexual o
a por el mismo agresor;
7. Cuando el hecho h
un delito contra la li
libertad sexual;
8. Cuando la muerte
trata o tráfico de person
9. Cuando la muerte
desafíos grupales o prác
haya sido precedido por
ibertad individual o la
e sea conexa al delito de
nas;
e sea resultado de ritos,
cticas culturales.
La Violencia Familiar o D
sancionada penalmente.
El Acoso Sexual (Art. 3
contemplado como delit
que estén siendo hos
amenazadas, por quien
poder o jerarquía y la
relación sexual o sopo
índole sexual en su
contra.
Doméstica (Art. 272 bis) es
.
312 quater), es también
to y ampara a las mujeres
stigadas, perseguidas, o
se vale de su relación de
as obligan a realizar una
ortar comportamientos de
En el Articulo 85 se conte
contra la Familia; entre e
Económica (Art. 250 bis),
utilicen el poder económ
ingresos como medios par
la mujer.
emplan también los Delitos
ellos, el delito de Violencia
, que sancionara a quienes
mico o el control sobre los
ra someter, limitar o agredir a
Se simplifica el procedim
violencia y se establece
celeridad, oralidad, legitim
economía procesal, acc
gratuidad, e inmediatez q
en situación de violencia
valores, legalizaciones,
testimonios, certificacione
remisión, exhortos, ordene
en todas las reparticiones p
miento penal para delitos de
en principios procesales de
midad de la prueba, publicidad,
cesibilidad, verdad material
que establece que las mujeres
estarán exentas del pago de
notificaciones, formularios,
es, mandamientos, costos de
es instruidas, peritajes y otros,
públicas.
Se establecen medidas
protección para sa
integridad física, ps
derechos patrimonia
laborales de las mu
violencia, que debe
inmediata una vez cono
s en base al principio de
alvaguardar la vida,
sicológica, sexual, los
ales, económicos y
ujeres en situación de
en ser de aplicación
ocida la causa.
Conforme al Código Proce
protección y seguridad
investigación, hasta la rea
formal. Estableciendo me
inmediatamente.
esal Penal, se privilegia la
de la mujer durante la
alización de la acusación
edidas cautelares dictadas