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Published by ACODECO, 2018-11-29 15:21:48

Boletín No. 18 - Libre Competencia

Boletín No. 18 - Libre Competencia

BOLETÍN










de Libre Competencia



PANAMÁ










Defendiendo tu Libertad de Competir





















Mes de la Patria!




Edición Nº 18
Noviembre, 2018






De Nuestros colaboradores 2
Foro Centroamericano de Competencia


Actualidad 3

Investigación por posible Práctica Monopolística
Relativa en la Venta de Uniformes con el logo
de UDELAS



En números 7

Tarjetas de Crédito, Análisis de Costos, Tasa de
Interés Anual Nominal (%) y Anualidad a
noviembre de 2018

BOLETÍN de Libre Competencia PANAMÁ Por: Oscar García Cardoze – Administrador de ACODECO
Involucrando al sector privado en el proceso de modernización de la defensa y
promoción de la libre competencia






En el marco del XII Foro Centroamericano de Competencia, de la Red Centroamericana de Autoridades Nacionales Encargadas del Tema
de Competencia celebrado en la ciudad de San Salvador, El Salvador, el día veinticuatro (24) de octubre del presente año, compartí con
colegas de la región, acontecimientos relevantes en materia de política de competencia en Panamá durante el año 2018.

En materia de diagnóstico institucional el esquema de niveles (investigaciones en sede administrativa –ACODECO- y decisiones en sede
judicial) no ha tenido la efectividad deseada para promover entorno competitivo en el país, las decisiones dilatadas en sede judicial, no son
eficientes al no restaurar oportunamente las condiciones de competencia en los mercados.

Las sanciones por incumplimiento tienen escaso poder disuasorio (“pago por violar la ley”), ha motivado a la realización de transacciones en
varios procesos que permita restauración efectiva de la competencia.

La Ley 45 de 2007 para disuadir la comisión de infracciones a la libre competencia, se doto de un instrumento de detección para aumentar
el riesgo de ser detectado, la delación compensada, sin embargo, a la fecha no se han presentado delaciones. Ser un país pequeño es un
factor (sin ser el único) que consideramos disminuye los incentivos a delatar, por los riesgos futuros de represalias, al tener que convivir en
el mercado con el delatado.

Dado lo anterior, las propuestas de reforma contemplan pasar de un esquema judicial a uno administrativo donde la ACODECO, pasaría a
decidir las prácticas monopolísticas en única instancia, con lo cual se crea el procedimiento administrativo correspondiente. La resolución
sería recurrible ante la Sala Tercera de la Corte Suprema.

Dada la baja capacidad natural de detección de conductas anticompetitivas, se plantea la necesidad de aumentar las sanciones para elevar
la esperanza matemática de los riesgos de coludirse.


En lo sustantivo se propone adoptar y adaptar las Best Recommended Practices en materia de conductas anticompetitivas y control de
concentraciones.


El Boicot que actualmente es una práctica relativa pasa a las prácticas absolutas, dada que su configuración nace de una concertación entre
agentes económicos.

Las asociaciones empresariales que instiguen o participen en prácticas monopolísticas podrán ser sancionadas.


En materia de concentraciones económicas se propone pasar de un sistema voluntario a un sistema de notificación obligatoria para las
operaciones de concentración económica que superen determinado umbral.

En este proceso de procurar hacer viable la aprobación de las propuestas de reforma, hemos explicado al sector privado las razones y
alcance de los cambios a la Ley propuestos, a través de reuniones con distintos gremios empresariales.


Desde una perspectiva de promover la cultura de libre competencia a lo interno de los agentes económicos que desarrollan sus actividades
en la República de Panamá y en función de lo establecido en el numeral 6 del artículo 86 de la Ley 45 de 2007, hemos lanzado el programa
corporativo de conformidad (aprobado mediante resolución No. A-008-18 de 18 de enero de 2018) de la normativa de libre competencia,
poniendo a disposición de los agentes económicos interesados en autorregularse voluntariamente para cumplir con la normativa de
competencia.


La guía contiene los lineamientos generales que la ACODECO estima puede contener un PCC que implemente voluntariamente un agente
económico comprometido en cumplir con la normativa de libre competencia. El PCC contiene la política adoptada por un agente económico,
a través de la cual da a conocer, tanto a sus empleados como a terceros, qué conductas deben ser seguidas y cuáles son cuestionadas bajo
la normativa de la libre competencia.

En resumen, consideramos que la participación del sector privado durante todo el proceso de modernización de la defensa y promoción de
la libre competencia es de vital importancia.

2
DE NUESTROS COLABORADORES

Investigación por posible Práctica Monopolística Relativa en la Venta de
Uniformes con el Logo de UDELAS de Libre Competencia

Américas (FUNDAMÉRICAS) para decide quién puede comercializar su PANAMÁ BOLETÍN
desarrollar el proyecto Tiendita logo.
Universitaria, para la venta de artículos
y servicios de interés para la comunidad Por lo anterior, la DNLC recomendó
universitaria. mediante informe preliminar la no
apertura de la investigación y el archivo
En base a la documentación obtenida del expediente administrativo por la
de la investigación preliminar pudimos presunta comisión de práctica

La Dirección Nacional de Libre constatar que Grupo Rosmar, se monopolística relativa contra UDELAS y
FUNDAMÉRICAS, por no existir
Competencia (DNLC) recibió denuncia dedicaba a la confección y venta de
de Grupo Rosmar, S.A., con uniformes con el logo de UDELAS. elementos que acrediten la violación del
Universidad Especializada de las numeral 9 del artículo 16 de la Ley 45
Américas (UDELAS) concerniente a la FUNDAMERICAS no confecciona que expresa: “En general, todo acto que
venta de uniformes de los estudiantes. uniformes y UDELAS no participa en el irrazonablemente dañe o impida el
Se procedió a investigar la existencia de mercado pertinente del que forma parte proceso de libre competencia
una presunta práctica monopolística Grupo Rosmar y FUNDAMERICAS, es económica y la libre concurrencia en la
relativa y la investigación arrojó que decir, no participa en la venta de producción, el procesamiento, la
distribución, el suministro o la
UDELAS autorizó a la Fundación uniformes con el logo de UDELAS. Solo comercialización de bienes o servicios.”
Universidad Especializada de las define las características de los
uniformes y del logo de la universidad, y


Prácticas Monopolísticas y Competencia Desleal en la Comercialización de Combustible.

La Dirección Nacional de Libre con las normativas y aquellos que solo económicos denunciados, con el objeto
Competencia (DLNC) de la Autoridad de las cumplen parcialmente, en términos de desplazar irrazonablemente al
Protección al Consumidor y Defensa de prácticos, se genera una ventaja denunciante, o impedirle su acceso, tal
la Competencia (ACODECO), adquirió competitiva de manera artificial de los cual lo establece la Ley 45 de 2007. Los
conocimiento e investigó una denuncia agentes económicos que no cumplen, escenarios presentados en la denuncia,
por irregularidades que ocurren en la en relación a los que si cumplen con las son situaciones correspondientes a la
costa arriba de la provincia de Colón, en normativas establecidas. operatividad en dicho mercado en las
relación a la comercialización de que el regulador de la materia ha
gasolina y diésel por parte de las Posterior al análisis, se recalcó que si adoptado las medidas que la ley le
empresas Súper Centro Palenque bien los denunciados al ejercer una permite.
(SCP), ubicada en el corregimiento de actividad económica privada en la
Palenque, y la distribuidora Ocean King, República de Panamá, están bajo el Con respecto al tema de competencia
S.A. (DOK), ubicada en el corregimiento alcance de la Ley 45 de 2007, para que desleal, se recalcó que ACODECO no
de Miramar, ambas del distrito de Santa se configure una posible práctica es la instancia competente para ventilar
Isabel, provincia de Colón. La denuncia monopolística absoluta o relativa este tipo de denuncias. Como resultado
establece que se da una competencia demandable ante los juzgados de la investigación, se ordenó el cierre y
desleal y práctica monopolística por especializados de Libre Competencia, archivo del expediente administrativo.
parte de las empresas señaladas, ya deben cumplirse determinados
que no cumplen con las normas requisitos. Como resultado de la
investigación, la DNLC no logró
establecidas, causándole serias observar que se cumpliesen los
afectaciones al momento de cumplir sus requisitos establecidos en los artículos
compromisos con el banco y la petrolera 13 o 16 de la Ley 45 de 2007.
que le vende el combustible.
No se observaron indicios de que se
Durante el análisis de la denuncia, se esté configurando una práctica
pudo determinar un desequilibrio entre monopolística absoluta o relativa por
los agentes económicos que cumplen parte de uno o ambos agentes


ACTUALIDAD 3

BOLETÍN de Libre Competencia PANAMÁ Investigación sobre posible Práctica Monopolística Relativa por parte de La Escuela Internacional de

Panamá


La Dirección Nacional de Libre
inclusive participaron también las
Competencia de la ACODECO, inicia expediente, toma la decisión de citar a de participación de proveedores,
miembros directivos de La ISP, con el fin
una investigación por denuncia de recabar mayor información que empresas denunciantes y que a su vez
presentada por la Cámara Nacional de permita determinar si La ISP realiza fueron adjudicadas.
Transportistas Colegiales tipos de conductas ilícitas e
(CANATRACOL), en relación a la irrazonables con la intención de impedir La participación de varios proveedores
posible comisión de una práctica restric- el proceso de libre competencia interesados en ofertar sus servicios,
tiva de la competencia, tipificada en el económica y libre concurrencia en el deja claro la existencia de una libre
artículo 16 de la Ley 45 de 31 de acto de licitación privada. concurrencia económica en el acto,
octubre de 2007, sobre un proceso de siendo razonable el proceso de libre
licitación privada para la prestación de En base a la información presentada competencia y no un acto que pudiese
servicios de transporte escolar por parte por La ISP, la ACODECO visualizó con considerarse discriminatorio.
de La Escuela Internacional de Panamá mayor profundidad, aspectos
(La ISP). adicionales sobre el acto de licitación En este sentido, se recomendó el cierre
privada para el servicio de transporte y de la investigación, ya que no puede
La ACODECO, en base a la información su adjudicación, por parte de La ISP, en considerarse que el acto denunciado
administrativa contenida en el la que participaron como oferentes 11 para la prestación de servicios de
empresas, situación que nos evidencia transportes escolares mediante un
con mayor precisión la existencia de proceso de licitación, haya tenido el
una mayor concurrencia de empresas, objeto o el efecto de discriminar, impedir
interesadas en dicho acto. el acceso o establecer ventajas a otros
agentes, limitando la competencia en el
De igual manera, no se observa que La transporte de estudiantes de La Escuela
ISP haya realizado actuaciones que Internacional de Panamá, en la ciudad
limiten o disminuyan las posibilidades de Panamá.






VIII Reunión Anual del Grupo de Trabajo Sobre Comercio y Competencia de América Latina y el
Caribe, Brasilia 10-11 Octubre 2018


En la reunión se abordaron diferentes garantizar su conexión con otros actividad portuaria para minimizar
tópicos relacionados al transporte puertos al igual que con otros sistemas comportamientos oportunista, cuando
marítimo, entre los temas presentados de transporte, sin dejar a un lado la así se requiera.
estuvo un estudio relacionado a la facilidad de acceso y la proximidad a
competencia en el sector de servicios e centros productivos. En otras sesiones se vio el tema de
infraestructura portuaria en América competitividad y gestión de puertos, al
Latina y el Caribe, donde se analizó la En atención a esto, los temas de igual que temas relacionados a
competitividad portuaria, principalmente competencia son aún más relevantes, prácticas anticompetitivas donde varias
en la verificación de como diferentes partiendo de la base que son las restricciones a la competencia
países manejan aspectos de concentraciones en cualquier parte de que pueden surgir en un momento
competencia, los puertos no pueden ser la cadena logística pueden afectar dado, en atención a las características
observados de manera separada, directamente el sector portuario, ya sea propias en cada puerto, elementos
especialmente cuando el objeto de generando un trato preferencial o como la posición geográfica, la
análisis es la competitividad, los puertos limitando las opciones a usuarios en necesidad de equipos especializados,
son un aparte efectiva de la cadena beneficios de otros, en ese sentido se al igual que la capacidad instalada son
logística productiva, estos tienen que hace relevante la regulación de la algunos de los elementos que pueden



4
ACTUALIDAD

jugar un rol importante, en la restricción transporte marítimo sea clave para el la licitación de una nueva concesión de
de la competencia. comercio y el desarrollo de los pueblos, un puerto en la rivera pacifica de Libre Competencia BOLETÍN
el estudio abordó el marco regulatorio panameña (entrada al canal de PANAMÁ
Otro de los estudios presentado en el del sector transporte de línea y las Panamá), que restringía la
evento fue el elaborado por UNCTAD en cuestiones conexas de la competencia participación de actores que ya
lo relativo a los “Desafíos que enfrentan de manera general, haciendo énfasis en contaran con una concesión previa, lo
los países de América Latina y el Caribe la estructura de los mercados y las que pudiera ser visto como una limitante
en materia de competencia y regulación últimas novedades con respecto a la a la competencia. Después de analizar
en el sector del transporte marítimo”; en competencia y la concentración en el las condiciones del mercado,
éste estudio se menciona que más del sector. ACODECO participó como ACODECO concluyó que la restricción
80% del comercio mundial de panelista en con el tema “Opinión sobre de participación en el pliego, no limitaba
mercancías en volumen y más del 70% la decisión estatal de asegurar la la competencia, básicamente porque lo
en valor, se transporta por mar y se participación de una nuevo operador que estaría limitando la restricción era
manejan en puertos marítimos de todo portuario de gestión de contenedores un posible monopolio portuario en la
el mundo, más de la mitad del comercio en el pacífico panameño, 2006”, donde entrada del océano pacifico del canal de
marítimo mundial se maneja en se abordó una consulta a la restricción Panamá.
contenedores, lo que hace que el que presentaba el pliego de cargos para
























Décima Sexta Reunión Anual del Foro Latinoamericano y del Caribe de Competencia (FLACC) y el
Foro Iberoamericano de Competencia, realizados en Buenos Aires, Argentina del 18 al 20 de

septiembre de 2018

La ACODECO, participó en la Décima aspecto sensible para estas economías.
Sexta Reunión Anual del Foro
Latinoamericano y del Caribe de Sin embargo, las perspectivas y
Competencia (FLACC) y en el Foro enfoque de cada agencia de
Iberoamericano de Competencia, que competencia sobre el dilema de la
fueron realizados en Buenos Aires, economía informal y la manera en la
Argentina del 18 al 20 de septiembre de que se pueden formalizar, es decir, ir de
2018, permitiendo ampliar los conoci- lo informal a lo formal, conlleva una
mientos y la importancia de la serie de pasos, debido a que los
Economía Informal, la Política problemas de informalidad conllevan un
Industrial, y el Programa de Clemencia. detonante autocrítico hacia el Estado
por la poca capacidad de formalizarlos,
El enfoque de la Economía Informal en de tener una carga impositiva que no les
América Latina y el Caribe, fue permite formalizarse, así como también
fundamental, contando con muestras de el aspecto de baja productividad en el
países en la región, cuyo porcentaje de mercado informal.
economía informal superan el 59%,


ACTUALIDAD 5

BOLETÍN de Libre Competencia PANAMÁ Otros críticos en el Foro, establecen una industria que requiere políticas de mejoras que pueden servir de apoyo

para
que la informalidad, es un tema que se
competencia, que ayuden a su
las
de
agencias
demás
fortalecimiento y apoyo a lo producido
competencia y el poder implementarlos,
escapa del ramo de investigación de las
agencias de competencia en cada país,
parte del cartel, brindar información,
ya que se investigan prácticas localmente. permitiendo a la empresa que forma
anticompetitivas, de empresas formales Por otra parte, en el Foro obteniendo una disminución o
y/o carteles, aspecto que es ajeno de Iberoamericano de Competencia, eliminación de su multa, siempre y
llevado a cabo el 20 de septiembre, se
las empresas informales. cuando dicha información que
profundizó en el Programa de suministren referente al cartel formado,
También se analizó el rol de la Clemencia, mediante mesas de sea contundente y eficaz, eliminando la
con
las
contando
discusión,
competencia, dentro de la política experiencias de las diferentes agencias conducta anticompetitiva.
industrial y promoción de la industria de competencia y los aportes en sus
nacional, confrontando la realidad de
Procedimiento de Acciones Colectivas en el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) en Chile y
exposición sobre los procedimientos de fiscalización de ACODECO




fijó de forma coordinada el precio de encargado de hacer los informes
venta de medicamentos. A través de las técnicos (económico-jurídico) sobre los
gestiones de SERNAC, se interpuso montos de dinero a compensar. Se
una acción colectiva indemnizatoria, busca con las compensaciones, que los
para reparar el daño causado a los consumidores sean reparados e
consumidores por el sobreprecio a los indemnizados por todos los perjuicios
medicamentos. económicos producto del
incumplimiento de la ley por parte de los
Otro caso interesante fue la colusión proveedores que han realizado actos
entre las tres principales empresas anticompetitivos.
Los temas tratados estuvieron productoras de pollo, después de
relacionados principalmente a los emitido el fallo del Tribunal de Defensa
procesos judiciales y mediaciones de la Competencia, SERNAC interpuso
colectivas de clase por ilícitos proceso colectivo de clase a fin de
anticompetitivos, a través de los cuales resarcir a los consumidores por el daño
SERNAC ha recuperado importantes causado, al pagar el sobreprecio del
sumas de dinero a los consumidores en pollo producto de la colusión o la
concepto de daño. afectación al no acceder a la compra del
pollo producto del sobreprecio.
Las compensaciones a los
consumidores estaban relacionadas a Algunos de los casos llevados a cabo ACODECO, por su parte, compartió la
actos de colusión, como la fijación de por SERNAC, se encuentran en experiencia institucional en los
precios de medicamentos por parte de procesos judiciales y otros han sido procedimientos de fiscalización,
las principales cadenas de farmacias de atendidos a través de la figura de verificación y sanción que se tramitan
Chile; acuerdo entre competidores que mediación colectiva, gestión que se en las diferentes áreas administrativas
fue sentenciado por el Tribunal de lleva a cabo internamente por SERNAC. tanto de la Dirección Nacional de
Defensa de la Libre Competencia de Para calcular el daño a los Protección al Consumidor como en la
ese país, que confirmó la existencia del consumidores, cuentan con la División Dirección Nacional de Libre
acto anticompetitivo a través del cual se de Consumo Financiero, departamento Competencia.






6
ACTUALIDAD

Tarjetas de Crédito, Análisis de Costos, Tasa de Interés Anual Nominal (%) y

Anualidad a noviembre 2018 PANAMÁ de Libre Competencia BOLETÍN






La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia,
(ACODECO), en cumplimiento con lo establecido en la Ley 81 de 2009,
recopila de manera directa y a través de la Superintendencia de Bancos, las
declaraciones juradas de aquellas entidades dedicadas a la emisión de
tarjetas de crédito y otras tarjetas de financiamiento en la República de
Panamá. La presente recopilación de datos tiene como objetivo informar al
consumidor y/o cuentahabiente sobre la tasa de interés nominal anual (%) y
otros cargos adicionales de las tarjetas de crédito y financiamiento que
actualmente se ofrecen en el mercado local.


Tarjetas de Crédito
En este mercado hay gran variedad de productos, con características adecuadas al perfil del tarjetahabiente, por lo que
recomendamos a los consumidores que desean adquirir tarjeta de crédito o que ya poseen alguna, evaluar la que se ajuste a
sus necesidades, le brinde mayores beneficios y procurar siempre mantener un buen manejo de su cuenta (capacidad de
pago, acumulación de millas si usted necesita viajar, programa de puntos, devolución de un porcentaje de sus compras o cash
back, costo de la anualidad, seguros, entre otras variables a considerar).

En cuanto al rango de los valores extremos, las tasas de interés se han mantenido estables en su mayoría, en comparación al
trimestre pasado.


Tarjetas de Financiamiento
Las Tarjetas de Financiamiento son productos (instrumentos financieros) que emiten algunas empresas para brindar
facilidades de crédito a sus clientes, en las compras realizadas en los establecimientos de éstas. Presentan características
particulares que el consumidor debe evaluar al momento de adquirirlas.


Para este período declararon información al respecto los siguientes agentes económicos: Banco Azteca (Almacenes
ELEKTRA), GRAN MORRISON, RODELAG, Importadora Maduro, S.A. (FELIX), Supermercados REY, Supermercados
ROMERO y la Empresa Financiera FINANCIA CREDIT, S.A. (Ver cuadro a continuación).

El informe completo lo pueden consultar en www.acodeco.gob.pa




























NÚMEROS 7

BOLETÍN de Libre Competencia PANAMÁ





Tasas Promedio de Interés Nominal Anual más Bajas y más Altas, de Algunas

Tarjetas de Crédito, según Tipo de Tarjeta y Entidad Emisora: noviembre 2018


















































































8 EN NÚMEROS

Boletín de Libre Competencia de Panamá llega a su edición No. 18





BOLETÍN







de Libre Competencia

PANAMÁ





La Dirección Nacional de Libre Competencia de la ACODECO, desde septiembre de 2015 a la fecha, da a
conocer cada tres meses el Boletín de Libre Competencia de Panamá, con la finalidad de dar a conocer a la
población en general las metas, logros, investigaciones, demandas, abogacía de la competencia, seminarios y

demás actividades dentro de su competencia.


El objetivo principal del boletín es promover y divulgar a nivel nacional e internacional las acciones de la
Dirección en la defensa de la competencia, tal como lo resalta su lema, “Defendiendo tu Libertad de Competir”.


Por otro lado, un aspecto importante a resaltar es que el equipo de edición y redacción de los artículos
publicados en los boletines, son realizados por abogados y economistas que trabajan activamente día a día
dentro de la Dirección.



Les agradecemos de antemano ser parte de nuestros lectores.


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