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Published by ACODECO, 2018-05-28 11:02:39

Boletín No. 16 - Libre Competencia

Boletín No. 16 - Libre Competencia

Edición Nº 16
Mayo, 2018












































BOLETÍN





de Libre Competencia


PANAMÁ










De Nuestros colaboradores 2
Diligencias Probatorias

Actualidad 3
Fallo a favor de ACODECO

Proyecto 6 Defendiendo tu Libertad de Competir
Difusión sobre Validación de Incrementos
de Costos en Ferias de Viviendas

En números 7
Monitoreo de precios: Materiales de Construcción

BOLETÍN
de Libre Competencia Diligencias Probatorias
PANAMÁ


Por: Joancy Chávez
Jefa del Departamento de Investigación de la Competencia







La Dirección Nacional de Libre Competencia (DNLC) de acuerdo a lo establecido en el
artículo 98, numeral 3 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007 (Ley 45) tiene la función de
solicitar a los organismos jurisdiccionales la adopción de medidas cautelares, el
aseguramiento de pruebas y los allanamientos dentro de las investigaciones
administrativas que adelante.

En ese sentido, la normativa permite que se practiquen las diligencias probatorias por
parte de la autoridad de competencia, es decir, una vez obtenida la autorización judicial, es
la institución quien, a través del equipo técnico conformado por abogados y economistas,
procede con los exámenes de documentos privados de los agentes económicos
investigados, así como la toma de declaraciones, allanamientos de ser necesario y la
realización de cualquier otra medida que se solicite y apruebe el juez, siempre que se
investigue una conducta ilícita tipificada en la Ley 45 ya sea una práctica monopolística absoluta o relativa en
detrimento de la libre competencia.



El auto judicial que autoriza la práctica de diligencia probatorias es confidencial y solo se da a conocer a los investigados una vez el
equipo técnico de ACODECO ingrese a las instalaciones del agente económico investigado esto con la finalidad de preservar la
eficacia de la diligencia.

El personal de las empresas debe colaborar en todo momento y permitir que la entidad ingrese a las instalaciones de manera
inmediata, sin ningún tipo de dilación, y así evitar se decrete el allanamiento que puede generar mayores inconvenientes en el
funcionamiento del agente económico investigado, esto no quita la posibilidad que puedan asistirse de un abogado sin interrumpir el
curso normal de la recopilación de documentos, toma de declaraciones o inspección que se realicen.

Los elementos de pruebas recopilados en una diligencia probatoria, así como cualquier incidencia son levantados a través de un acta
que es firmada por todos los que intervienen y se le suministra una copia al representante de la empresa. Todas las pruebas
obtenidas son tratadas con carácter de confidencialidad y se mantendrán en cuadernillos separados por agente económico
investigado.

Del análisis económico-legal de las pruebas obtenidas se determinará la interposición o no de un proceso judicial. Es por ello que,
para la DNLC el aseguramiento de pruebas a través de las diligencias probatorias es una de las herramientas más importantes para
obtener evidencias de la presunta comisión de conductas ilícitas contempladas en la Ley 45.
















2 DE NUESTROS COLABORADORES

BOLETÍN
de Libre Competencia
PANAMÁ
Fallo a favor de ACODECO en contra de LAVANDERÍA Y LAVAMÁTICO VICTOR, LAVANDERÍA
Corredores de Aduana y la Asociación: HERMANOS DE LA CRUZ, LAVANDERÍA Y LAVAMÁTICO
KINGWA, LAVAMÁTICO CASA FU, MINI SUPER KARINA,
Unión Nacional de Corredores de Aduana SUPER Y LAVAMÁTICO LA FORTUNA, LAVANDERÍA Y

de Panamá (UNCAP) LAVAMÁTICO SAN FRANCISCO, LAVAMÁTICO Y
LAVANDERÍA ESTELA, LAVAMÁTICO BENITO,
LAVAMÁTICO LAS MELLAS, LAVANDERÍA Y BUHONERÍA
El Juzgado Noveno de Circuito del Primer Circuito Judicial de ANDY, LAVAMÁTICO JIANSI CAI, LAVAMÁTICO VICTOR,
Panamá, mediante Sentencia No. 31-18 de 9 de abril de 2018 LAVAMÁTICO Y LAVANDERÍA ORIENTE y LAVANDERÍA Y
declara que los demandados: UNCAP y 8 agentes corredores LAVAMÁTICO MARIBEL, por la supuesta comisión de práctica
de aduana han infringido el artículo 13 numeral 1 de la Ley 45 de monopolística absoluta establecida en el numeral 1 del artículo
31 de octubre de 2007, al incurrir en la comisión de práctica 13, de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007 (en adelante Ley 45),
monopolística absoluta consistente en el acto, combinación, consistente en la concertación con el objeto y/o efecto de fijar,
arreglo o convenio con el objeto de concertar, acordar o manipular o imponer los precios por los servicios de lavado de
intercambiar información tendiente a la fijación del precio ropa en agua fría, agua caliente y secado de ropa en el distrito
mínimo del servicio de corretaje de aduana en la República de de La Chorrera.
Panamá.
Mediante Sentencia No. 60 de 21 de agosto de 2014, el
Juzgado Primero del Circuito de lo Civil del Tercer Circuito
Judicial de Panamá declara que los agentes económicos antes
mencionados, incumplieron con el numeral 1 del artículo 13 de
la Ley 45. Por consiguiente, la precitada sentencia del juzgado
de primera instancia fue a su vez confirmada en el trámite de la
alzada de dicha resolución, por el Tercer Tribunal Superior de
Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, mediante Fallo
de 8 de noviembre de 2017.

Por lo tanto, ACODECO en cumplimiento del artículo 104 de la
ACODECO, el 18 de diciembre de 2014 demandó a raíz de un Ley 45, mediante Resoluciones administrativas, sanciona a las
comunicado de la Asamblea General de la UNCAP que fijaba la lavanderías y lavamáticos de Chorrera con una suma de Dos Mil
tarifa mínima para el cobro de honorarios de los agentes Balboas Con 00/100 (B/. 2, 000.00), cada una, por la realización
corredores de Aduana el cual fue publicado en algunos diarios de prácticas monopolísticas absolutas al tenor de lo dispuesto
de circulación nacional. Además, porque mediante diligencia en el numeral 1 del artículo 13 de la Ley 45.
probatoria autorizada por el Juzgado Octavo a la UNCAP y
empresas de algunos miembros de la junta directiva se
obtuvieron elementos de prueba que mostraron la comisión de
la práctica.

Esta sentencia demostró que profesionales y asociaciones, no
están excluidos de la aplicación de la Ley 45 de 2007.



ACODECO sanciona a Lavanderías y

Lavamáticos de Chorrera



Mediante Resolución No. DNLC-OGC-010-10 de 1 de junio de
2010, se ordenó iniciar de oficio el procedimiento de
investigación administrativo en contra de:

ACTUALIDAD 3

BOLETÍN
de Libre Competencia
PANAMÁ
ACODECO sanciona a Cervecería Diligencia Probatoria en el Mercado de
Nacional, S.A. y sus Subsidiarias Venta de Equipo Pesado Liviano



Mediante Acuerdo N°
PC-517-02 de 13 de La Dirección Nacional de Libre Competencia (DNLC) solicitó
diciembre de 2002 se ante las instancias judiciales correspondientes, la autorización
ordenó iniciar de oficio el para la ejecución de una diligencia probatoria a dos agentes
procedimiento de económicos que participaron en la licitación por convenio
inve stig ac ión marco No. 2015-1-27-0-99-LM-00138, para el suministro de
administrativo en contra
de: CERVECERÍA vehículos, buses, camiones y equipo pesado liviano.
NACIONAL, S.A. (Ahora CERVECERÍA NACIONAL HOLDING,
S.A.), y sus subsidiarias, DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. Luego del reparto judicial, la solicitud quedó adjudicada al
(Ahora DISTRIBUIDORA COMERCIAL GROUP, S DE R.L.), Juzgado Noveno de Circuito de lo Civil del Primer Circuito
REFRESCOS NACIONALES, S.A. (Fusionada con
CERVECERÍA NACIONAL, S.A., sobreviviendo esta última), y Judicial de la Provincia de Panamá, que mediante Auto Nº
FINANCIERA PASADENA S.A (Fusionada con 254-18 de 19 de marzo de 2018, concedió la autorización de la
DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A., sobreviviendo esta diligencia probatoria para asegurar pruebas con la finalidad de
última.), tendiente a confirmar la supuesta comisión de práctica acreditar la existencia de una posible práctica monopolística
monopolística relativa establecida en los artículo 5 y 14 absoluta ilícita, conforme lo dispuesto en el numeral 4 del
(numeral 4) de la Ley 29 de 1 de febrero de 1996 (en adelante,
Ley 29), consistente en levantar barreras de acceso en el canal Artículo 13 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007.
de distribución del producto denominado cerveza e impidiendo
la permanencia y entrada de su única competidora directa la Posteriormente, la DNLC procedió a realizar el aseguramiento
CERVECERÍA BARÚ PANAMÁ, S.A. y sus subsidiarias, al igual de pruebas en las oficinas principales de los Agentes
que cualquier otra futura empresa en el mercado pertinente. Económicos. Actualmente, la DNLC se encuentra analizando la

La antigua CLICAC (Ahora ACODECO), presentó formal información recabada durante la diligencia probatoria.
demanda, el día 10 de marzo de 2003 en contra de los agentes
económicos antes mencionados, por la supuesta comisión de
una práctica monopolística relativa al tenor de lo dispuesto en
los artículos 5 y 14 (numeral 4) de la Ley 29.

El Tercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito
Judicial de Panamá, mediante Fallo del 30 de noviembre de
2017, confirma la Sentencia No. 109-15 de 22 de diciembre de
2015, emitida por el Juzgado Noveno de Circuito, Ramo Civil,
del Primer Circuito Judicial de la Provincia de Panamá, en la
cual declara que los agentes económicos incurrieron en una
práctica monopolística relativa.

Por lo anterior, ACODECO, mediante la Resolución No. DNLC-
HCE-023-18 de 4 de mayo de 2018 procede a la imposición de
sanción administrativa con una suma máxima de cincuenta mil
Balboas con 00/100 (B/. 50,000.00), establecida en el artículo
112 de la Ley 29, vigente al momento de la comisión de la
conducta acreditada. El 14 de mayo de 2018 la cervecería
presentó recurso de Apelación ante el Administrador el cual fue
confirmado en todas sus partes por esta instancia superior.

4 4 ACTUALIDAD

BOLETÍN
de Libre Competencia
PANAMÁ

Capacitación sobre la Importancia del Mejorando el Impacto de los Estudios

Programa de Clemencia en Panamá de Mercado



El 24 de abril del presente año, el Instituto Superior de la Este fue uno de los temas debatidos en las sesiones de la
Judicatura de Panamá organizó una jornada de capacitación Conferencia anual del International Competition Network (ICN),
sobre temas relacionados a la libre competencia y protección al que se realizó del 21 al 23 de marzo de 2018 en Nueva Delhi,
consumidor dirigido a jueces, abogados, académicos, con el India
propósito de actualizarlos en dichos temas. La Lcda. Mitzila
Rodríguez abogada del Departamento de Investigación de la La sesión se centró en cuestiones relacionadas con los
Competencia de la ACODECO participó como expositora con estudios de mercado, que son proyectos de investigación
el tema “Importancia del Programa de Clemencia en la realizados para obtener una comprensión profunda de cómo
erradicación de prácticas monopolísticas absolutas”, donde los sectores, mercados o prácticas de mercado funcionan o no
explicó que en nuestro país se denomina Programa de funcionan. Sin embargo, los estudios de mercado pueden
Beneficio de Dispensación o Disminución de Sanciones que demandar muchos recursos de la agencia y pueden imponer
ofrece exonerar o disminuir el pago de la multa que puede ser costos a los actores de la industria, que por ejemplo, tienen que
hasta (B/.1,000.000.00), al agente económico (que no sea el pagarle a un abogado externo para que los ayude con la
líder del mercado y no sea el instigador de la práctica) que recopilación de información.
participe en una práctica monopolística absoluta y aporte
información de primero a la Autoridad de Competencia. Se convino en que tener un proceso estandarizado para llevar
a cabo e implementar estudios de mercado puede garantizar
Además, mencionó los requisitos, beneficios, confidencialidad que se lleven adelante de manera eficiente y transparente, y
del programa y expresó que es una herramienta que contribuye que los recursos públicos invertidos en ellos se utilicen con
a la detección de carteles y erradicación de prácticas mayor eficacia.
monopolísticas absolutas y que los abogados pueden
aconsejar a sus clientes que estén siendo investigados por La discusión también señaló que el proceso de estudios de
estas prácticas a utilizar esta útil herramienta para obtener una mercado puede incluir algunos o todos los siguientes pasos:
reducción de la multa o la exoneración si aportan elementos de
pruebas que ayuden a la Autoridad a accionar ante los • Identificar y seleccionar un mercado para estudiar (sobre la
tribunales. base de parámetros selectos, como los avances tecnológicos
que puedan afectar la competencia, los cambios recientes en
las regulaciones y/o los cambios en el comportamiento
empresarial en un mercado específico, los comentarios de los
consumidores, los estudios de mercado en otros países, etc.)


• El alcance y la planificación de un estudio de mercado
(establecer un equipo central que trabajará en un estudio de
mercado o una autoridad tiene la intención de contratar el
trabajo con proveedores externos)


• Planificación de la participación de los interesados (buscar
aportaciones de todos los interesados sobre el alcance del
estudio y los tipos de posibles resultados, mediante consultas
ex ante, ayuda a la autoridad a decidir el alcance del estudio)







ACTUALIDAD 5 5

BOLETÍN
de Libre Competencia
PANAMÁ

• Recopilación y análisis de información (considerando qué Este proyecto inició en enero del presente año y lo lleva a cabo
información está disponible y qué se necesita para los el equipo de abogados y economistas de la UAAC con el apoyo
propósitos del estudio de mercado, considerando posibles del Departamento de Educación de la ACODECO, que posee la
fuentes de información, considerando el tiempo que se logística y la infraestructura para brindar un servicio de primera
requerirá para recopilar y analizar información, llegar al público a todos los consumidores que se aproximen al stand de la
y partes interesadas a través de talleres públicos, convocatoria ACODECO en ferias.
de comentarios públicos sobre libros blancos, etc.)
Este año la UAAC ha participado en concurridas ferias de
• Desarrollo y obtención de resultados. Práctica importante viviendas, tales como Expo-Vivienda organizada por la Cámara
para que las autoridades desarrollen cualquier resultado en el Panameña de la Construcción (CAPAC) y Expo- Inmobiliaria de
contexto del propósito y los hallazgos de cada estudio de la Asociación Panameña de Corredores y Promotores de
mercado. Bienes Raíces (ACOBIR).


• Evaluación de un estudio de mercado. Esto puede ayudar a
las autoridades a demostrar que los estudios individuales
cumplieron sus objetivos de una manera rentable y con un alto
valor monetario.














Nuestra presencia en las ferias ha sido un complemento
positivo a todo el trabajo que se ha realizado, previamente,
mediante la distribución de insumos informativos a consumido-
res y agentes económicos, así como también, mediante la parti-
cipación activa en diversos medios de comunicación del país.






Difusión sobre Validación de Incrementos

de Costos en Ferias de Viviendas



Desde que inició la Unidad de Análisis de Aumento de Costos
(en adelante UAAC) de la Dirección Nacional de Libre
Competencia de la ACODECO, se pensó en acercarnos más a
los consumidores por medio de las ferias de viviendas para dar
a conocer los servicios que ofrece la UAAC sobre validación de
incrementos de costos y explicar la cláusula de incremento de
costos que generalmente viene establecida en los contratos de
promesa de compraventa de viviendas nuevas en Panamá.




6 6 ACTUALIDAD/PROYECTO

BOLETÍN
de Libre Competencia
PANAMÁ
Monitoreo de Precios:

Materiales de El monitoreo más reciente y que está Otros productos como la piedra, los
disponible en la página web de
bloques ornamentales, clavos de acero,
Construcción ACODECO (www.acodeco.gob.pa), se alambre dulce y puerta de plywood
realizó en marzo 2018 y estos precios reflejaron una estabilización en sus
fueron comparados con los de precios en 4 meses transcurridos.
En Panamá el sector construcción es noviembre 2017.
un sector de la economía que está en Los aumentos más significativos en este
constante actividad por la gran cantidad En el caso del cemento gris, se observó período y que superaron un 15% se
de obras que se llevan a cabo tanto a una disminución en el precio del saco de dieron en las barras de acero en tramos
nivel macro, como aquellas obras que 94 libras de -0.52%. Así mismo, la arena de 30’ de distintos calibres tal como se
realizan los ciudadanos ya sea en una tanto en bolsa como en yarda cúbica puede observar en el siguiente cuadro.
vivienda nueva o al realizar anexos y/o tuvo una disminución de 5% en el mismo
mejoras a las ya existentes. Por lo período analizado.
anterior, y con el fin de dar a conocer
información de precios a los
consumidores, ACODECO realiza,
periódicamente, monitoreos de precios AUTORIDAD DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA
de materiales de construcción en Departamento de Información de Precios y Verificación
distintos sectores de la ciudad capital PRECIO PROMEDIO DE ALGUNOS MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN,
para que los consumidores puedan OBTENIDOS EN ALGUNOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN EL SECTOR
comparar precios entre los distintos DE SAN MIGUELITO, EN LA CIUDAD DE PANAMÁ: MARZO 2018
agentes económicos que se dedican a la Rango de Precios Variación
venta de materiales de construcción, y Promedio
de paso les sirva como base para Producto Unidad de venta
establecer un presupuesto al momento mar-18 nov-17 B/. %
de decidir dar inicio a la obra de
construcción. Cemento gris ARGOS Saco de 94 Lbs. 9.58 9.63 -0.05 -0.52
Cemento gris suelto Libra 0.27 0.27 0.00 0.00
4.65
0.02
Entre los principales productos que se le Cemento blanco suelto Libra 0.45 0.43 -0.05 -5.21
0.96
Bolsa
0.91
da seguimiento en el monitoreo de Arena Yarda cúbica 43.98 46.65 -2.67 -5.72
precios de materiales de construcción Piedra No. 4 Bolsa 0.83 0.83 0.00 0.00
están: el cemento gris, cemento blanco, Yarda cúbica 40.42 40.48 -0.06 -0.15
1.03
Bolsa
1.07
-3.74
-0.04
arena, piedra, bloques, barras de acero, Capa base Yarda cúbica 50.15 51.73 -1.58 -3.05
alambre dulce, capa base, clavos, etc. Bloque No. 4 Cada uno 0.78 0.82 -0.04 -4.88
Bloque No. 6 Cada uno 0.94 0.92 0.02 2.17
Bloque ornamental Cada uno 1.03 1.03 0.00 0.00
Tina para lavar doble Cada una 34.06 32.96 1.10 3.34
Tina para lavar sencilla Cada una 22.40 20.10 2.30 11.44
Tornillo No. 2 para zinc Cada uno 0.07 0.07 0.00 0.00
Clavos de alambre No. 2, 3, 4 Libra 0.93 0.88 0.05 5.68
Clavos de acero No. 2, 3, 4 Libra 1.26 1.26 0.00 0.00
Barra de acero Tramo de 20' 1.43 1.47 -0.04 -2.72
Barra de acero (corrugada) Tramo de 30' 4.77 4.12 0.65 15.78
Barra de acero (deformada) Tramo de 30' 8.21 7.06 1.15 16.29
Barra de acero (corrugada) Tramo de 30' 13.25 11.30 1.95 17.26
Alambre dulce Libra 0.75 0.75 0.00 0.00
Puerta de plywood 2 x 7 Cada una 25.97 25.97 0.00 0.00
Puerta de plywood 3 x 7 Cada una 28.33 28.33 0.00 0.00
FUENTE: ACODECO
Miembro de CONCADECO (Consejo Centroamericano de Protección al Consumidor)


EN NÚMEROS 7 7

Boletín de Libre Competencia de Panamá llega a su edición No. 16



















La Dirección Nacional de Libre Competencia de la ACODECO, desde septiembre de 2015 a la fecha, da a
conocer cada dos meses el Boletín de Libre Competencia de Panamá, con la finalidad de dar a conocer a la
población en general las metas, logros, investigaciones, demandas, abogacía de la competencia, seminarios y
demás actividades dentro de su competencia.


El objetivo principal del boletín es promover y divulgar a nivel nacional e internacional las acciones de la

Dirección en la defensa de la competencia, tal como lo resalta su lema, “Defendiendo tu Libertad de Competir”.


Por otro lado, un aspecto importante a resaltar es que el equipo de edición y redacción de los artículos
publicados en los boletines, son realizados por abogados y economistas que trabajan activamente día a día
dentro de la Dirección.


Les agradecemos de antemano ser parte de nuestros lectores.


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