The words you are searching are inside this book. To get more targeted content, please make full-text search by clicking here.

Libro - Seguridad e Higiene Industrial - M. Mancera Fernández

Discover the best professional documents and content resources in AnyFlip Document Base.
Search
Published by elaeducate, 2021-04-24 21:27:57

Libro - Seguridad e Higiene Industrial - M. Mancera Fernández

Libro - Seguridad e Higiene Industrial - M. Mancera Fernández

serán un “requisito” para recibir la capacitación. Es responsabilidad del médico del
trabajo, emitir la declaración de aptitud del trabajador para realizar la tarea de alto
riesgo en particular.
Asignación de responsabilidades: en el programa de tarea de alto riesgo deben quedar
definidas las responsabilidades del empleador, de los trabajadores, de los supervisores,
los ingenieros, de las áreas de compras y de capacitación, del médico del trabajo, de la
autoridad de área, de quien ordena el trabajo, del responsable de Higiene y Seguridad,
el contratista, entre otros.
Plan de emergencias y rescate: toda tarea de alto riesgo debe contar con un plan de emer-
gencias y rescate que involucre al personal capacitado, la dotación y equipo para aten-
der un rescate y un procedimiento a seguir en caso de emergencia.
Programa de tarea de alto riesgo: todo empleador, contratista, contratante o persona inde-
pendiente que realice directa o indirectamente tareas de alto riesgo, debe contar con
un programa de seguridad particular a la tarea de alto riesgo de acuerdo a su respon-
sabilidad como partícipe de la tarea, bien sea con los requisitos para la contratación
o directamente para la ejecución. El programa debe contener los aspectos generales y
los particulares específicos del lugar y de las condiciones donde se realizará el trabajo.
Se debe involucrar la administración de lecciones aprendidas, para que de manera
conjunta con la investigación de accidentes, se garantice que no se repitan accidentes
iguales.
Estos conceptos son válidos para la creación del programa de trabajo seguro en zonas de
alto riesgo; ahora se detallará su implementación para cada uno de los riesgos descritos
anteriormente.

Espacios confinados
Los trabajos en espacios confinados, implican la potencialidad de riesgos adicionales a
la tarea como son atmósferas peligrosas por falta o exceso de oxígeno, concentración de
contaminantes superior a los valores límites permisibles y/o presencia de sustancias ex-
plosivas dentro de los límites de inflamabilidad.
Ingresar a un espacio confinado sin aplicar un procedimiento seguro y normatizado,
puede ocasionar asfixia, afecciones de las vías respiratorias, desmayos, muerte y/o explosión.

Sistema de gestión para la administración de
las labores en espacios confinados1

Al hablar de un sistema de gestión de riesgos aplicado a las labores en espacios confina-
dos, se hace referencia al análisis e identificación de las características de los espacios

1 Este ítem es una versión actualizada del artículo publicado por los autores de este libro en:
<http://www.manceras.com.co/publicaciones.htm>

( 1 3 0 )     Espacios confinados

laborales confinados y los riesgos relacionados al trabajar en dicho espacio y que pue-
dan ocurrir a los trabajadores que allí laboran; el análisis contempla la valoración de los
espacios confinados y el control de los riesgos para minimizar los efectos al entrar en
contacto con ellos.

El análisis incluye los siguientes puntos:
1. Identificación de los peligros.
2. Estimación o evaluación de los riesgos correspondientes.
3. Control.
4. Comprobación o verificación.

Identificado el peligro la evaluación consiste en emitir el juicio de valor sobre la
tolerancia o no del riesgo estimado. El control constituye la toma de decisiones res-
pecto a las medidas preventivas a adoptar para la eliminación o reducción de riesgo y
la comprobación consiste en verificar su ejecución y reevaluación del riesgo residual si
permanece.

En forma general, debe integrarse dentro de las siguientes acciones todos los ele-
mentos que permitan que el trabajo en los espacios confinados se ejecute con la mayor
seguridad.
Planificación: en el concepto de planificación es necesario acordar una política y una pro-

gramación en un término definido para poder establecer los “procedimientos, méto-
dos y acciones preventivas, correctivas y de atención de urgencias” necesarias para los
trabajos en espacios confinados.
Organización: debe estar claramente definido el nivel de responsabilidad dentro de la es-
tructura de la empresa, a quién le compete el diseño, verificación y control de todos los
procedimientos que se involucran en el trabajo de los espacios confinados. Igualmente,
asignar las funciones y la competencia al nivel de autoridad para el desarrollo de estas
labores.
Aplicación: consiste en la implantación de los mecanismos y acciones requeridas para
poder desarrollar en forma organizada las labores en los espacios confinados. En esta
aplicación se debe tener en cuenta el flujo de información para la toma de decisiones,
el entrenamiento, la comunicación con los trabajadores, la motivación adecuada para
el cumplimiento de la seguridad paralelamente con el desarrollo de las labores en los
espacios confinados.
Control y seguimiento: consiste en la aplicación del sistema que permite el establecimiento
de las condiciones de riesgos que ofrecen los sitios confinados, la verificación de los
procedimientos aplicados y la evaluación de los riesgos presentes en ellos, con el objeto
de hacer correcciones y mejorar todos estos elementos para ofrecer cada vez una ma-
yor seguridad en la labor que se desarrolla en los espacios confinados.

Espacios confinados   ( 1 3 1 )

En el desarrollo de las funciones y responsabilidades que permitan la aplicación del sis-
tema de gestión, para la seguridad en las labores en los espacios confinados, se deben
identificar claramente tres niveles de competencia a saber:

1. Estratégico: constituye el nivel donde se establecen los objetivos, se planifica y se
determinan los recursos necesarios en estos sitios de trabajo.

2. Administrativo: proporciona la información y el soporte para la motivación y
dirección del personal que va a desarrollar las actividades en espacios confinados,
ya sea el de supervisión vigilancia u operación.

3. Operativo: asegura la realización de los trabajos específicos en forma eficiente.

Es bien importante identificar que la implementación de un sistema de gestión para
trabajos en espacios confinados, debe estar integrada dentro del programa de salud ocu-
pacional o sistema de control de pérdidas, o de seguridad integral que la empresa haya
definido asumir, puesto que necesita apoyarse en otros elementos que la organización
provee como los siguientes:
Políticas y principios de la organización: que contemplen la búsqueda del bienestar de los

trabajadores, el control de los riesgos que puedan impactar desfavorablemente en las
personas, la producción, los activos de la empresa y el medio ambiente.
Organización clara: que permita, mediante responsabilidades y autoridad definidas, iden-
tificar el direccionamiento para la aplicación del sistema de gestión de riesgos para las
labores en espacios confinados.

Ha de contar, igualmente, con un sistema para la estandarización normalización y
generación de procedimientos que puedan ser aplicados en la realización de trabajos
seguros en espacios confinados, aplicación de medidas correctivas para un mejora-
miento continuo y un sistema de auditorías.
La política: es importante verificar la existencia de una política general en la empresa, que
sea el reflejo real de lo que la compañía quiere ser con relación a la seguridad como
medio para proteger la integridad y la salud de las personas, las instalaciones, el medio
ambiente y la producción; si la misma contempla todos estos objetivos, no es necesa-
rio diseñar políticas especificas para los trabajos en espacios confinados, pero sí es
importante su revisión para que en el marco de ella se pueda aplicar todo el programa
y el sistema de gestión para el trabajo seguro en espacios confinados. La misma debe
ser utilizada, divulgada y apoyada en la realización de las actividades de prevención y
protección para las labores en los espacios confinados.
Principios: el desarrollo de la política de prevención de riesgos, entre los cuales se encuentra
las labores en sitios o espacios confinados, debe apoyarse en unos principios como son:
1. Principio de la seguridad integrada: es concebir la seguridad intrínseca e inhe-

rente a todas las modalidades de trabajo, cuya aplicación se asume como respon-
sabilidad para su aplicación por todo el personal, por lo tanto, aplica en todos los
niveles de la organización.

( 1 3 2 )     Espacios confinados

2. Principio de participación: la colaboración solidaria de todo el personal en el
cumplimiento de los procedimientos y normas, garantiza el trabajo seguro en los
espacios confinados.

3. Principio de reconocimiento: consiste en resaltar, por parte de la Dirección de la
empresa, la contribución que realizan los operarios para el mejoramiento de la
seguridad en las labores en espacios confinados.

4. Principio de la comunicación: todos aquellos que intervengan en las labores en
espacios confinados deben obtener y emitir toda la información necesaria a tra-
vés de los medios de comunicación establecidos en la empresa para asegurar su
aplicación correcta.

5. Principio de la reiteración: la motivación y la información se debe dar por todos
los medios posibles para mantener presente la aplicación de los procedimientos y
actitudes protectoras en las labores en los espacios confinados.

6. Principio del control de riesgo: en la medida de lo posible siempre se aplicarán las
técnicas, los procesos y los programas que permitan la reducción de los riesgos
que puedan generar perdidas de todo tipo, o accidentes en las labores realizadas
en los espacios confinados.

Cultura de prevención

Es el producto del compromiso individual, de forma que la seguridad de protección de la
salud y el medio ambiente sean consideradas como prioritarias por todo el personal en el
desempeño de sus funciones, de acuerdo con los principios del desarrollo sostenible. Es
un compromiso voluntario, puesto que es adoptado libremente por cada uno de los traba-
jadores y se efectúa en todas las labores que desarrolle la empresa.

Entre los principales efectos, se consideran el de incendio y explosión por presencia
de atmósferas explosivas; los riesgos mecánicos por caídas y golpes; los riesgos químicos
por intoxicaciones, reacciones alérgicas y demás manifestaciones producidas por la exis-
tencia de materiales o residuos tóxicos, irritantes, narcóticos, patógenos, entre otros; y
temperaturas anormales. Así mismo, se puede presentar asfixia por carencias de oxígeno
y la muerte del trabajador. La tabla 6.1 presenta una categorización de los factores de ries-
go en áreas confinadas, describiéndolos y enumerando los métodos de control para cada
uno de los riesgos.

Espacios confinados   ( 1 3 3 )

T a b la 6 . 1 Tip o de De sc ripc i ó n Consecuencias M é to do de Co ntrol
Factores riesgos para R ie sgo
áreas confinadas. Explosión Acumulación de gases Explosión ante una Realizar mediciones de los niveles de oxígeno con un
Químico y/o vapores dentro de los fuente de ignición capaz Oxímetro; de los niveles de toxicidad, mediante métodos
Químico rangos de inflamabilidad de generar el calor de lectura directa; y de los niveles de inflamabilidad
superior e inferior. necesario. con un explosímetro. Solo ingresar equipos que sean a
Químico Acumulación de gases, De acuerdo a la sustancia: aprueba de explosión (seguridad intrínseca).
vapores, material irritación de vías Dotar con un sistema de monitoreo personal
particulado, por encima respiratorias, alergias,
de los valores límites somnolencia, pérdida del permanente a los trabajadores (si es necesario).
permisibles. equilibrio, muerte. Dependiendo de los resultados anteriores establecer
Mareo, malestar,
Deficiencia de oxígeno: confusión, inconsciencia, alguno de los sistemas de control que a continuación
por debajo de 19,5%. muerte. Hipoxia. se aconsejan, o una combinación de los mismos:
Establecer un sistema de ventilación de suministro de
Exceso de oxígeno: por Mareo, malestar, aire forzado, que garantice una atmósfera segura
encima de 23,5%. confusión, inconsciencia, desde el punto de vista de inflamabilidad, toxicidad y
hiperoxia. niveles de oxígeno.
Mejora las condiciones de Suministrar y supervisar el correcto uso y mantenimiento
explosividad. de elementos de protección respiratoria, el cual debe
ser certificado y específico para cada caso.
El EPP únicamente cuando el O2 se encuentra entre
19,5% y 23,5% y el contaminante es de baja
concentración y baja toxicidad, sin peligro de
atmósferas explosivas; en caso contrario, o si se
desconoce la concentración o toxicidad se debe
contar con un sistema independiente del medio
ambiente como una línea de aire o un equipo
autocontenido, así como personal entrenado y
calificado.

Físico Aplicar T.L.V de estress Estrés térmico, colapso Realizar mediciones de temperatura y de acuerdo
térmico de la A.C.G.I.H circulatorio, muerte. a resultados, establecer sistemas de ventilación y/o
enfriamiento del aire. Limitar la exposición dentro de los
rangos de los valores límites permisibles.

Mecánicos Trabajos en altura o Caídas de distinto nivel, Procedimientos de trabajo con sistemas de prevención y
Eléctricos ambientes de difícil golpes, traumas. protección frente al riesgo y EPP (Equipo de Protección
acceso o movimiento. Personal) adecuados.
Electrocución.
Es un riesgo que obedece Fuente de ignición para Puestas a tierra en los equipos. Uso de equipos
a la naturaleza de la labor explosión o incendio. antichispa.
que se realice.

Valoración del riesgo para los trabajos en espacios confinados

La identificación de los espacios confinados debe hacerse a través de una inspección
orientada hacia este fin.

Una vez se han identificado los espacios confinados, se deberán establecer procedi-
mientos o permisos de trabajo para la realización de labores dentro de los mismos.

Los instrumentos utilizados para la medición son detectores de gases nocivos, provis-
tos de sensores de acuerdo con los gases que se espera encontrar, indicadores de oxígeno,
termómetros, explosímetro. Los instrumentos deben estar provistos de la respectiva son-
da a efecto de poder medir estos valores antes del ingreso del trabajador.

Se debe medir ubicando la captación del instrumento de acuerdo con la densidad
relativa de los contaminantes en todas las áreas del espacio confinado. Elementos pesados
se deben buscar cerca del piso, los más livianos que el aire cerca del techo, teniendo en
cuenta que si están calientes, son menos densos.

Los resultados de las mediciones deben contrastarse con los valores límites permisi-
bles para cada caso.

( 1 3 4 )     Espacios confinados

El ingreso sólo se podrá autorizar cuando existan condiciones que garanticen el bien-
estar del trabajador y de las instalaciones de acuerdo con las normas técnicas y legales.

Es conveniente inventariar los espacios confinados existentes de acuerdo con la si-
guiente clasificación:
Clase A: corresponde a aquellos donde existe un inminente peligro para la vida, general-

mente riesgos atmosféricos (gases inflamables o tóxicos, deficiencia o enriquecimiento
de oxígeno).
Clase B: en esta clase los peligros potenciales dentro del espacio confinado pueden ser
de lesiones y enfermedades que no comprometen la vida y la salud y pueden contro-
larse mediante los elementos de protección personal. Por ejemplo, se clasifican como
espacios confinados clase B aquellos cuyo contenido de oxígeno, gases inflamables o
tóxicos y su carga térmica están dentro de los límites permisibles. Además, el riesgo de
derrumbe, de existir, fue controlado o eliminado.
Clase C: esta clase corresponde a los espacios confinados donde las situaciones de peligro
no exigen modificaciones especiales a los procedimientos normales de trabajo o el uso
de EPP adicionales. Por ejemplo, tanques nuevos y limpios, fosos abiertos al aire libre,
cañerías nuevas y limpias, etc.
Dentro de la evaluación es necesario determinar los riesgos eléctricos y mecánicos
que puedan presentarse; para esto se contará con el apoyo de personal idóneo con el fin
de determinar:
1. Características de los equipos y herramientas que vayan a ingresar dentro del

espacio confinado.
2. Tipo y características de los elementos de protección personal a utilizar.
3. Equipos para suministro y succión de aire.
4. Equipos de rescate.

Controles para el riesgo de trabajos en espacios confinados

Capacitación: tanto el personal directamente involucrado en la realización de la tarea,
como todo aquel que intervenga directa o indirectamente, debe ser objeto de una capa-
citación para asegurar que tienen las competencias requeridas para la labor a realizar.
Igualmente, aquellos que deben asumir la responsabilidad legal (penal, civil y laboral),
para autorizar los permisos de capacitación, cumplimiento de especificaciones técni-
cas para las compras, inspecciones planeadas, etc.
Los contenidos de la capacitación deben garantizar el conocimiento y desarrollo de
destrezas y habilidades para identificar riesgos y tomar las medidas de control necesa-
rias para desarrollar tareas de alto riesgo. El reentrenamiento, que puede ser de menor
intensidad, se recomienda que como mínimo sea anual.

Balizamiento, bloqueo y tarjetas: cuando se adelantan tareas de alto riesgo conviene hacer,
siempre que aplique, un cerramiento del área y la debida señalización para advertir
sobre el trabajo que se está realizando. Es imperativo aislar y bloquear todas las fuentes

Espacios confinados   ( 1 3 5 )

de energía, colocar candados que impidan el accionamiento accidental y poner en los
controles tarjetas personalizadas con foto, fecha, hora y responsable, para describir el
trabajo que se adelanta, el ejecutante conserva en su poder las llaves de los bloqueos.
Control de energía almacenada: corresponde este apartado a la necesidad de verificar que
el nivel de energía sea cero, en razón a que algunos elementos cuentan con la capa-
cidad de almacenar energía tales como resortes, volantes de inercia, condensadores
eléctricos, energía potencial, baterías, arranque automático de equipos como plantas
eléctricas o generadores, programas de ciclo completo de algunos equipos, arranques
o continuidad del ciclo al restituir la energía, etc.

Es muy importante que se analicen en conjunto con todas las áreas que intervienen,
los riesgos que una tarea le puede generar a otra cuando comparten espacio y coinci-
den en el tiempo. Es imperativo hacer una reunión preoperacional de seguridad con
todos los contratistas que participan en una obra, para identificar operaciones concu-
rrentes e incompatibles, como por ejemplo, pintura con solvente y soldadura eléctrica.
Monitoreo de la atmósfera dentro del espacio confinado: se realizará de acuerdo con el
ítem de valoración y se repetirán las mediciones periódicamente durante la jornada.
Se recomienda disponer de detectores personales que mediante una alarma indiquen
la presencia de una atmósfera peligrosa a fin de proceder a la evacuación.
Sistemas de inyección y extracción de aire: de acuerdo con los resultados de las medicio-
nes de atmósferas nocivas y/o inflamables y de no ser suficiente la ventilación natural, se
requerirá la instalación de un sistema de extracción e inyección de aire que garantice la
calidad del aire durante el trabajo. El procedimiento de trabajo ubicará al trabajador de
manera conveniente de acuerdo a la ventilación para alejar de sus vías respiratorias, los
tóxicos.
Equipos a prueba de explosión: es importante que los equipos y las herramientas utilizadas
y sistemas de iluminación sean a prueba de explosión dentro del espacio confinado. De-
pendiendo del caso puede ser necesario que la herramienta utilizada no genere chispas al
ser golpeada. Se ampliará en el apartado de “Áreas clasificadas”.
Plan de emergencia: se debe contar con un plan de emergencias para atender cualquier
condición no programada que se presente, ventilación forzada de emergencia, control
de incendios, rescate de las víctimas, primeros auxilios, traslado a centros asistencia-
les, entre otros (ver Capítulo 21 Plan de emergencias).
Permiso de trabajo en espacios confinados: se debe diseñar un permiso de trabajo y este debe-
rá ser diligenciado tanto por la persona responsable del trabajo, quien autoriza el permiso y
por las personas que ingresarán al espacio confinado. Es importante aclarar que el permiso
se debe llenar en el sitio de trabajo, con la verificación personal de quienes firman.
Elementos de protección personal y equipos de seguridad: los procedimientos de protección
personal son una medida necesaria para los trabajos en espacios confinados. La tabla
6.2 presenta la justificación para el uso de los sistemas de protección personal, infor-
mación que se amplía en el Capítulo 18 Equipos de protección personal.

( 1 3 6 )     Espacios confinados

E leme nto de protecc i ó n per so nal o Ju s tific ac i ó n T a b la 6 . 2
e qu ip o
Para determinar si la atmósfera es segura para autorizar la Elementos de protección
Equipo para determinar si la atmósfera es entrada de los trabajadores al espacio confinado: personal y equipos de seguridad
explosiva (con seguridad intrínseca). Los niveles de oxígeno recomendados están entre 19,5 y en espacios confinados.

Sistema de medición de toxicidad de la atmósfera 23,5%.
(con seguridad intrínseca). El nivel de inflamabilidad de la atmósfera debe ser menor

Sistema de ventilación. que el 10% del límite inferior de inflamabilidad LEL,
tomando la muestra permanentemente donde va a
Equipo de línea de aire – Full Face. ubicarse la fuente de ignición y donde se espera que se
Autocontenido. ubique el gas inflamable.
Respirador con cartucho químico. Los niveles de toxicidad deben ajustarse a la dosis vs. los
valores límites permisibles.
Sistema de sujeción: arnés, cuerda, mosquetones, Los niveles anteriores deben ser medidos en la parte
jumar, trípode. El sistema debe permitir la superior, media e inferior del espacio confinado.
evacuación rápida del trabajador por otro Garantizar una entrada y salida de aire, que permitan renovar
compañero desde afuera, mediante un sistema la atmósfera, para que el ítem anterior se cumpla.
mecánico. Para garantizar el suministro de aire puro, dentro de una
Procedimiento para evacuar a un trabajador de atmósfera cuyo nivel de toxicidad y oxígeno no pudo
un espacio confinado a nivel del piso (manhole controlarse. Pero siempre debe ser una atmósfera “NO
inferior). explosiva”.
Overol con cremalleras plásticas, herramienta y El autocontenido debe tener aire tipo D y el personal
accesorios antichispas. entrenado.
Sistema de iluminación con seguridad intrínseca El respirador con cartucho químico se puede utilizar cuando
y tensión de seguridad (ver Capítulo 1 Riesgo se garantiza que el contaminante es de baja toxicidad, baja
eléctrico). contaminación y no representa una amenaza inminente para
Los elementos de protección personal deben la vida y la salud y se cuenta con oxígeno suficiente.
estar acordes con la labor a realizar y las
características de las sustancias. En general En caso de sufrir mareo, desmayo, golpes, etc., el centinela
deben ser: overol, arnes con argollas en los que se encuentra afuera observando la labor, debe activar
hombros, casco, botas, guantes, gafas, careta un sistema de rescate que saque al trabajador del lugar
facial, E.P.P. auditiva, sensor de quietud con confinado.
alarma luminosa y acústica.
En caso de sufrir mareo, desmayo, golpes, etc., el vigía no
Alarma de quietud debe ingresar a hacer el rescate.

En espacios con potencial explosivo.

En caso de necesitar iluminación artificial dentro de una
atmósfera con potencial explosivo.

Proteger la integridad del trabajador dentro del espacio
confinado.

La alarma de quietud se la coloca el trabajador y se activa
con señal vibratoria, sonora y luminosa cuando la persona se
queda quieta por 40 segundos.

Procedimiento a seguir para trabajos en espacios confinados

Antes de la entrada al espacio confinado

Siempre que sea necesario, se limpiará el espacio para eliminar todos los contaminantes
residuales, como son los solventes y los productos orgánicos; luego se medirá la atmósfera
del interior del espacio confinado para determinar la existencia de contaminantes atmos-
féricos tóxicos y la concentración de oxígeno.

Espacios confinados   ( 1 3 7 )

Existen muchos tipos de aparatos con lectura directa para medir los contaminantes
que se encuentran con mayor frecuencia, para todos los demás contaminantes existen
métodos especiales de control. Se monitorea inicialmente la concentración de oxígeno,
porque si no está entre 19% y 21 %, las demás lecturas se pueden ver alteradas; es muy
importante la capacitación del personal que utiliza los monitores para que sea consciente
de que está tomando una pequeña muestra del espacio confinado y que no puede sacar
conclusiones apresuradas. Debe tener conocimiento de los gases que se pueden encontrar
y las variables que los afectan (temperatura, peso relativo, reactividad, etc.).

Para que un espacio confinado no sea inflamable se debe “inertizar” la atmósfera
para retirar el oxígeno, desplazándolo con gases inertes como el nitrógeno, el argón, entre
otros. El ingreso del personal debe hacerse con línea de aire o con autocontenido.

Siempre que se precise trabajar en calderas u hornos, habrá que esperar el tiempo
necesario para que se enfríen, cerrar y desconectar todas las válvulas, colocar bridas en
la tubería y abrir los circuitos con los interruptores relacionados con la operación del
espacio confinado para prevenir la introducción accidental de contaminantes, vapor de
agua, agua caliente o que se ponga en marcha el equipo del interior cuando esté ocupado;
también habrá que purgar el espacio mediante ventilación todo el tiempo que sea preciso
con el fin de reducir cualquier contaminante hasta que alcance el nivel de seguridad.
Habrá que eliminar todas las posibles fuentes de ignición, siempre que existan o puedan
generarse productos inflamables o combustibles.

El volumen que capta la sonda del monitor recoge una pequeña muestra del espacio
confinado, por eso es necesario conocer la atmósfera, el tipo de gas y la clase de trabajo
que se va a adelantar. Un sitio de 2 x 2 x 2 metros tiene 8m3 de aire; la bomba capta a lo
sumo 2 l.p.m. (litros por minuto), de modo que en 5 minutos habrá tomado una muestra
de 10 litros, que de un universo de 8.000 litros es una cantidad realmente pequeña para
sacar conclusiones sobre la explosividad o la toxicidad. Es muy importante saber ubicar
los puntos de muestreo; se debe considerar el peso del gas, el sentido del flujo del aire, la
ubicación del trabajador y la temperatura.

Se proveerá al personal de toda la indumentaria protectora que sea necesaria, también,
de los equipos de protección respiratoria siempre que sean necesarios o puedan llegar a serlo
durante el trabajo. Tales equipos serán del tipo de aparatos de respiración con suministro de
aire, para que protejan al trabajador en la atmósfera deficitaria de oxígeno o frecuentemente
contaminada.

Se debe haber diligenciado el permiso para trabajar en espacio confinado y obtenido su
aprobación; se debe aclarar que el permiso aprobado implica que se están cumpliendo todas
las normas y condiciones para realizar el trabajo en forma segura.

Un permiso para trabajar es esencialmente un documento que explica la tarea a desem-
peñar, lo peligros implicados y las precauciones a tomar, predetermina unas instrucciones
seguras y es un informe claro de que se han tenido en cuenta de antemano, todos los peligros
previsibles y que se definen y toman las precauciones adecuadas en el debido orden.

( 1 3 8 )     Espacios confinados

Dependiendo del grado de riesgo y de la complejidad de la tarea, se decidirá si
se debe adoptar o no el sistema de permisos para trabajar. Por ejemplo, en refinerías
de petróleo y fábricas de productos químicos donde existe un alto nivel de riesgo, es
habitual que todo trabajo de mantenimiento se lleve a cabo por medio de sistemas de
permisos para trabajar, exceptuando algunas tareas mínimas. La forma en que funcio-
na un sistema de permisos dependerá de la organización y de los procesos implicados.
El sistema debe establecer principios generales para el funcionamiento de los permisos,
pero ser lo bastante flexible como para atender a una serie de circunstancias y condi-
ciones diferentes.

Una vez autorizada la ejecución de un trabajo en espacio confinado, se deberán esta-
blecer los pasos a seguir para ingresar al mismo:

1. Identificar con precisión el espacio confinado.
2. Establecer las áreas que se vean afectadas al inhabilitar la función del espacio

confinado e informar a dichas áreas sobre la fecha y tiempo de ejecución de la
labor en el espacio confinado, a fin de obtener los permisos administrativos para
el trabajo.
3. Determinar la clase de trabajo a realizar.
4. Analizar las características del espacio confinado en cuanto a acceso y calidad de
la atmósfera (contaminantes, sustancias explosivas, niveles de oxígeno).
5. Conformar el equipo de trabajo (previamente entrenado), acorde con las caracte-
rísticas del espacio confinado y el trabajo en sí.
6. Determinar las características de los equipos de monitoreo, verificar calibración.
7. Determinar las características de los equipos, máquinas y herramientas que se
van a utilizar.
8. Determinar elementos de protección personal.
9. Diligenciar el formato de permiso para trabajar dentro de un espacio confinado
y obtener su aprobación.

Los procedimientos de trabajo deben surgir como el resultado del análisis de las condi-
ciones del espacio confinado y del tipo de labor que se va a realizar dentro del mismo. Se
deben establecer dos procedimientos de trabajo así:

1. Establecimiento de procedimiento, para la realización del trabajo que se va a eje-
cutar dentro del espacio confinado (soldadura, limpieza, mantenimiento general,
etc.)

2. Establecimiento de procedimiento, para preparar el espacio confinado: se busca
establecer los pasos que hagan segura la labor dentro del área confinada, y per-
mitir que las áreas no involucradas directamente, pero si indirectamente con el
trabajo (corte de suministro de agua, corriente eléctrica, gas, etc.), puedan pre-
pararse para enfrentar adecuadamente las limitaciones que la labor confinada
pueda generar y atender una emergencia en caso de presentarse.

Espacios confinados   ( 1 3 9 )

Realización del trabajo

Durante todo el tiempo de trabajo en el espacio confinado, se debe velar porque las condi-
ciones bajo las cuales se autorizó su ejecución se mantengan; para ello es necesario tener
en cuenta las funciones de los involucrados.

Funciones del centinela:
1. Conocer claramente los riesgos escritos en el permiso de trabajo y la forma de

control establecida.
2. Ser capaz de reconocer dichos riesgos, dentro de la ejecución de la labor.
3. El centinela debe mantener contacto visual o auditivo permanente con el trabaja-

dor que ingresa al espacio confinado.
4. Llevará un sistema de registro de la forma en que se desarrolla la labor en el espa-

cio confinado y monitoreará las condiciones al interior, pero desde afuera.
5. Dentro de las funciones indispensables del centinela, está la de definir la peli-

grosidad de un riesgo y dar la orden de una evacuación, en caso de ser necesario.
6. Estar en capacidad de atender una emergencia y contar con los recursos necesarios.

Funciones del personal entrante:
1. Verificar y firmar el permiso del trabajo.
2. Identificar los riesgos y su control.
3. Verificar las condiciones de operación y evaluar las condiciones monitorizadas de

los riesgos presentes.
4. Conocer el uso adecuado de los equipos de protección personal y rescate.
5. Ejecutar la labor en forma estricta, acorde como se encuentre en los procedi-

mientos.

Funciones del supervisor:
El supervisor debe constatar que las condiciones establecidas en el permiso de tra-

bajo son ciertas; debe, además, supervisar permanentemente que los parámetros bajo los
cuales se otorgó el permiso no cambien y en caso de ser necesario suspender la labor y
ordenar el retiro de todo el personal de considerarlo pertinente. De igual manera, como lo
hace el centinela, podrá ordenar la operación de rescate si lo considera necesario.

Cuando se requiera, el operario entrante deberá estar equipado con un arnés de segu-
ridad unido a un cabo salvavidas, constantemente vigilado por su centinela; este sistema
permitirá, en caso de emergencia, sacar rápidamente a la víctima; debe existir un medio de
comunicación intrínsecamente seguro entre el operario del interior del espacio confinado
y el exterior; en los casos de alto riesgo es estrictamente necesario, ya que podría ocurrir
que el individuo empiece a sentirse indispuesto repentinamente y no pueda solicitar ayuda.

Las personas que permanezcan en el exterior vigilando los trabajos, deberán estar
entrenadas en las técnicas de rescate de accidentados, primeros auxilios y reanimación
cardiopulmonar y disponer de los equipos necesarios.

( 1 4 0 )     Espacios confinados

Deberá disponerse de aparatos de suministro de aire o autónomos, para que puedan
ser utilizados de inmediato por los socorristas, estos equipos se mantendrán siempre en
buenas condiciones y disponibles para su uso.

El operario que esté trabajando en el interior deberá ser rescatado tan pronto como
se observe el menor signo de indisposición; se quitarán los vestidos contaminados y se
comenzará inmediatamente a practicar los primeros auxilios, incluso las técnicas de resu-
citación cuando fueran precisas; todo ello siempre por personal calificado hasta la llegada
del médico o traslado a un centro de atención inmediata para el tratamiento adecuado.

Si todo marcha bien, se realiza el trabajo bajo los parámetros dados y una vez finaliza-
do, se informa a las áreas de influencia sobre la puesta en marcha nuevamente del espacio
confinado.

Finalización del trabajo

Debe registrarse la finalización del trabajo diario, especificando:
1. Culminación total o parcial y si se requiere diligenciar otro permiso de trabajo.
2. Destino de los equipos, aparatos, materias primas y herramientas utilizadas y
descripción del estado en que quedaron.
3. Informar sobre cualquier cambio que se haya generado con el trabajo.
4. Establecer si se pueden o no continuar con las operaciones normales.
5. Observaciones generales.

Normatividad

Existen normas nacionales aplicables a cada país, no obstante, es un importante elemento
de consulta de espacios confinados las siguientes normas:

OSHA 29, CFR, parte 1910.146.
NTP223 Trabajos en espacios confinados.
NTP 560 Instrucciones de trabajo para tareas en espacios confinados.

Trabajo en altura
El trabajo en altura es aquel que se realiza en un sitio donde existe una posibilidad de caí-
da a diferente nivel, por lo cual, podríamos pensar que si estamos realizando un trabajo
a 50 centímetros del piso, este es un trabajo en altura. Para determinar específicamente
cuándo vamos a considerar el trabajo como una labor en altura los países adoptan o le-
gislan sobre este particular y se determinan alturas sobre las cuales se define el trabajo
en altura. Se toma en algunos países la altura que sobrepase un metro con cincuenta
centímetros, otros la que sobrepase un metro con ochenta centímetros para el sector de la
construcción y de 1,2 m para la industria en general, etc.
Es claro que al realizar labores por debajo de las alturas determinadas por cada país
como trabajo en altura, se deben tomar medidas preventivas para la labor, pero éstas no
estarán dentro de las normas y procedimientos determinados para el trabajo en alturas.

Trabajo en altura    ( 1 4 1 )

La caída de distinto nivel, aún es una de las mayores causas de accidentalidad y muer-
te en el trabajo2; los sistemas de protección contra caída han sido desarrollados y se cuenta
con las técnicas y equipos que minimizan los riesgos con eficiencia.

Prácticamente todas las actividades económicas demandan, directa o indirectamen-
te, trabajo en alturas, porque el mantenimiento de las instalaciones locativas lo involucra
en el cambio de luminarias, mantenimiento de cubiertas, limpieza y cambio de vidrios,
pintura y aseo de paredes y cielo rasos, lavado de tanques, entre otros.

El control de este tipo de riesgos debe concebirse desde que se construye una edifi-
cación, el diseñador debe considerar aspectos de protección contra caídas cuando dise-
ña una cubierta, una fachada flotante, u otros elementos a los cuales hay que prestarle
servicios de construcción y mantenimiento, durante esa etapa los costos para dotar una
edificación de los sistemas de anclaje resultan muy económicos, pero cuando ya está cons-
truida pueden ser varias veces más altos. Es necesario que los arquitectos consideren el
mantenimiento como parte integral de su diseño y construcción.

El trabajador debe contar con las condiciones fisiológicas y de salud con relación a la
tarea, debe capacitarse en técnicas de progresión vertical y de desplazamientos horizon-
tales y de descenso para que se familiarice con los movimientos con mínimo tres puntos
de apoyo (dos manos y un pie, dos pies una mano) que minimizan el riesgo de caer. El
trabajador debe desarrollar destrezas de equilibrio, fuerza, sentido de orientación, reco-
nocimiento del riesgo y debe comprender con suficiencia las limitaciones de los sistemas
de protección contra caídas. Normalmente el trabajo en alturas se asocia con el izaje de
cargas, para el cual el operario debe estar capacitado. En condiciones con dificultad para
que accedan cuerpos de socorro, el trabajador debe estar dotado con equipos y capacitado
para aplicar técnicas de rescate y autorrescate.

El trabajo en alturas, cuando se realiza sin tomar las medidas de prevención y de
protección necesarias, puede terminar en accidentes fatales. Cuando se está realizando
un trabajo a 10 metros de altura y se sufre una caída sin disponer de éstas medidas no es
necesario ser un experto para imaginar sus consecuencias.

Aún en los casos en que se estén aplicando las medidas de prevención y de protección
necesarias, las caídas tendrán otros efectos menos severos pero que pueden llegar a ser
graves como son golpes, raspaduras, fracturas. Caerse no es agradable aún cuando se
quede suspendido en el mejor arnés del mundo.

La utilización inadecuada de los sistemas de prevención y de protección serán indu-
dablemente factores que aumenten las lesiones en caso de caída como son por ejemplo
colocarse un arnés flojo, llevar objetos que puedan herirnos en la caída, utilizar equipo de
protección defectuoso, por no hacer la inspección requerida o no disponer de las hojas de
vida de los equipos y elementos, o anclarse sin conocer la resistencia del punto de anclaje.

2 Según cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Colombia. 2006.

( 1 4 2 )     Trabajo en altura

Riesgos presentes en el trabajo en altura

El principal riesgo al realizar una labor en altura es, por supuesto, la caída, la cual puede
presentarse por alguna de estas causas:

1. Anclarse a un punto o estructura cuyo diseño no ha sido proyectado para resistir
la caída.

2. Utilizar elementos de protección contra caídas y aditamentos que no cumplen
con normas establecidas en cuanto a diseño y resistencia.

3. No llevar hojas de vida de los elementos y equipos de protección contra caídas,
de tal forma que no hay un seguimiento de cada elemento o equipo en particular
para poder determinar su mantenimiento o reemplazo.

4. Realizar trabajo en altura sin tener la capacitación, entrenamiento y autorización
requerida.

5. Realizar el trabajo en altura utilizando elementos y equipos de protección contra
caídas en mal estado.

6. No seguir los procedimientos seguros establecidos para el trabajo.
7. Realizar el trabajo en altura bajo el efecto de medicamentos que puedan afectar el

normal funcionamiento del organismo.
8. Realizar trabajo en altura cuando el trabajador tenga alteraciones de salud, esté

trasnochado, etc.
9. No utilizar los sistemas de protección colectiva requeridos.

Valoración del riesgo trabajo en altura

La valoración en el trabajo en altura deberá realizarse con base en la normatividad técnica
y legal aplicable, lo cual debe conducir a disponer de las hojas de vida de todos los equipos
y elementos a utilizar, las memorias de cálculo que garanticen la resistencia de los puntos
de anclaje, la idoneidad de los trabajadores que van a realizar la labor, la cual debe ser
demostrada mediante certificados de capacitación y entrenamiento.

Cada uno de los elementos debe ser inspeccionado por personal capacitado para esto
antes de realizar la labor.

Dado el alto riesgo que implica el trabajo en altura éste no se autorizará si alguno de
los ítems a evaluar no está en las condiciones necesarias, ya que se trata de una cadena que
no admite averías en ningún eslabón, pues esto implicaría la caída.

Como se indicó en la introducción de este capítulo, los trabajos de alto riesgo pueden
presentarse en forma separada o integrados, por lo cual se puede estar cumpliendo con
todo lo relacionado para realizar un trabajo en altura seguro, pero si éste se va a realizar
dentro de un espacio confinado que no ha cumplido con los requerimientos, el trabajo en
altura tampoco podrá realizarse.

Con el diligenciamiento de un permiso de trabajo bien diseñado es factible realizar
la valoración.

Trabajo en altura    ( 1 4 3 )

Controles del riesgo para el trabajo en altura

Los controles para realizar trabajo en altura están encaminados a las medidas preventivas
y a las medidas de protección. Las medidas preventivas son aquellas que evitan que el tra-
bajador se caiga dentro del trabajo normal como es por ejemplo una baranda; las medidas
de protección son las que detienen al trabajador una vez éste se ha caído como es el caso
de una red, un arnés y su sistema de anclaje, etc.

Medidas de prevención contra caídas

Son aquellos sistemas normalmente colectivos que impiden que el trabajador esté en con-
tacto con el riesgo; sirven también para advertir al trabajador del peligro de caída.

«Lo mejor para el trabajo de altura es no hacerlo, es decir, mediante sistemas de ingenie-
ría evitar el trabajo en alturas, por ejemplo, haciendo descender las lámparas para hacerles
mantenimiento a la altura del suelo. O proporcionar unos binóculos para tomar una lectura
de un instrumento ubicado a una altura del piso; o mejor aún, que la pantalla del instrumen-
to se encuentre a nivel del piso para que se pueda leer con los dos pies en el suelo»3.

El área de trabajo en altura debe estar delimitada para prevenir el acercamiento de
personas al lugar del riesgo, se debe controlar el acceso mediante puertas, cuerdas, cables,
vallas, bandas, cadenas, reatas, conos, balizas, banderas y otros que sean visibles de día y
de noche, de acuerdo a la necesidad. Se señalizará con símbolos y letreros a una distancia
mínima de 2 metros entre avisos en el plano horizontal, a una altura de fácil visualización
y cumpliendo la reglamentación nacional correspondiente.

Las barandas que soportan la carga del trabajador y evitan que quepa su cuerpo entre
los apoyos horizontales y verticales, deben rodear todo el borde con riesgo de caída. La al-
tura del pasamanos entre 1 y 1,2 metros, resistencia de empuje horizontal en el pasamanos
de 90,8 kg, espacios horizontales entre ejes menores a 40 centímetros y rodapié o soporte
horizontal inferior de una altura entre 15 y 20 centímetros para evitar que caigan objetos o
se resbale el pie del trabajador (tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia).

Los huecos en los pisos por donde transitan personas deben cubrirse de manera esta-
ble, con un elemento que resista dos veces el peso de la carga más pesada que circule por
ese lugar.

Finalmente, el desarrollo del programa de protección contra caídas consiste en do-
cumentar la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades que in-
volucren dicho riesgo.
Sistemas de restricción de caídas: usar eslingas o cualquier otro sistema cuya longitud no

permite que el trabajador alcance el potencial borde peligroso, donde se pudiera presentar
una caída, es decir, la cuerda limita el desplazamiento del trabajador para que no llegue al

3 Extracto del artículo publicado en Internet por Juan Mancera y cuyo texto íntegro se puede
consultar en: <http://www.manceras.com.co/artaltura.pdf>.

( 1 4 4 )     Trabajo en altura

Punto de anclaje
Cuerda

G r á fic o 6 . 1
Anclaje y zona de seguridad.

Trabajador

Zona de seguridad

borde del que podría caer (gráfico 6.1), el elemento que está en contacto con el trabajador
puede ser un cinturón de liniero. La resistencia requerida para estos puntos de anclaje es
de 1340 kg (3000 libras o 13,2 kN), los conectores seguirán siendo de 2271 kg4.

Medidas de protección contra caídas

Las medidas de protección son aquellas implantadas para detener la caída una vez ocurra,
o mitigar sus consecuencias. Es decir, actúan cuando han fallado las medidas de preven-
ción, por esta razón, siempre deben ser complementarias la prevención y la protección.

Los equipos para detención de caídas se deben seleccionar teniendo en cuenta la dis-
tribución de la fuerza de impacto, la elongación, la resistencia de los componentes a la ten-
sión, la corrosión, los requisitos de aislamiento eléctrico, la compatibilidad con los otros
elementos de protección; así como la existencia de condiciones atmosféricas adversas,
presencia de sustancias químicas, espacios confinados, temperatura, riesgo de incendio,
superficies calientes o abrasivas, entre otros.
Sistemas pasivos: las mallas o redes (gráfico 6.2) constituyen sistemas de protección colec-

tivos y pasivos que detienen el trayecto de caída del trabajador.

4 Tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia. Existe una normatividad internacional
aceptada en numerosos países, como la OSHA 1926.502 – Criterios y Práctica de la protección
contra caídas, o la ANSI Z359.1-2007, Requisitos de Seguridad para los Sistemas de Protección
Personal de Caídas, Sub-sistemas y Componentes. La normatividad puede cambiar en sus detalles
de un país a otro, pero el criterio general se mantiene.

Trabajo en altura    ( 1 4 5 )

G r á fic o 6 . 2 3,100

Instalación de la red de seguridad 3,050
para trabajo en alturas respetando Soporte

las distancias mínimas.

Red

Red de Seguridad para la detención de caídas: «Cuando se determine instalar una red de
seguridad, no debe colocarse a más de nueve (9) metros por debajo de la superficie
en donde se camina y/o trabaja y debe poder soportar su impacto sin golpear ningún
obstáculo debajo de ella»5.

Las distancias de instalación serán las que se señalan en la tabla 6.3.

ta b la 6 . 3 D i s tanc ia vertic al de s de L a Su perfic ie D i s tanc ia m í n im a H o ri zo ntal re qu erida

Red de seguridad para e n do n de s e c a mi na y/o tr aba ja ha s ta de s de el bo rde e x tern o de l a m all a ha s ta
trabajo en alturas.
l a su perfic ie h o ri zo ntal de l a red el bo rde de l a su perfic ie de tr aba jo

1.5 m 2.4 m

Más de 1.5. m hasta 3 m 3m

Más de 3 m 4m

La red de seguridad (gráfico 6.2) debe ser de poliamida o material similar para que
pueda soportar el impacto sin tocar ningún obstáculo debajo de ella.

«Estas redes deben cumplir con los siguientes requisitos:
1. Una resistencia mínima de ruptura de 2.272 Kg (5000 libras ó 22.2 kiloNewtons).
2. Un tamaño máximo de entramado de la red de cien (100) milímetros, pero si

5 Ministerio de la Protección Social, Resolución 3673 de septiembre 2008 Capítulo II Obligaciones y
requerimientos, artículo 12. Requerimientos mínimos para medidas de protección contra caídas.

( 1 4 6 )     Trabajo en altura

además la red tiene por objetivo la detención de ob- Centro de gravedad Distancia vertical
jetos, se deberá colocar una malla para escombros
por debajo, siguiendo las especificaciones técnicas 1,00 m
del fabricante. 6,00 m
3. Los puntos de anclaje de la red a la estructura deben
tener una resistencia mínima de 2.272 Kg (5000 li- G r á fic o 6 . 3
bras ó 22.2 kiloNewtons). Distancia del borde externo
4. Los anillos en D y ganchos con resorte, deben tener de la malla al borde de la
una resistencia mínima de 2.272 Kg (5000 libras ó superficie de trabajo.
22.2 kiloNewtons).
5. Las redes de seguridad y sus puntos de anclaje, de-
berán ser aprobadas por una persona calificada en
el sitio de trabajo después de su instalación inicial
y antes de ser usada como sistema de protección de
caídas y cuando requiera ser reinstalada después de
una reparación.
6. Las distancias entre puntos de anclaje deben ser
tenidas en cuenta conforme a las especificaciones dadas por fabricantes certifi-
cados, por las autoridades o entidades competentes y aprobadas por la persona
calificada.
7. Toda red de seguridad debe estar certificada por una entidad competente y debe
tener una hoja de vida en donde estén consignados los datos de: fecha de fabrica-
ción, uso anterior, registros de pruebas, registros de inspección, certificaciones
expedidos por personas calificadas.

Las redes deben estar libres de cualquier elemento, material, equipo o herramienta
en su interior, durante todo el tiempo que se realice el trabajo, lo cual debe ser verificado
durante su uso. Asimismo, deben tener un punto de acceso que permita la remoción de
elementos o personas que caigan en ella.

Las redes deben ser inspeccionadas semanalmente verificando su estado. Después de
cualquier incidente que pueda afectar la integridad de este sistema y en el caso de dete-
rioro o impacto deben ser cambiadas de manera inmediata, dejando registrado la fecha
y tipo de red por la que se cambia. Tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia»6.
Sistemas activos: la protección contra caídas no la proporcionan elementos inconexos,

básicamente el sistema debe estar compuesto por un punto de anclaje, un conector con
absorbedor de choque, un arnés y un programa de descenso y rescate.

6 Ministerio de la Protección Social, Resolución 3673 de septiembre 2008 Capítulo II Obligaciones y
requerimientos, artículo 12. Requerimientos mínimos para medidas de protección contra caídas.

Trabajo en altura    ( 1 4 7 )

1,50 metros 2,40 metros La totalidad de los elementos que intervienen en los sistemas de protección contra
3,00 metros 3,00 metros caídas, deberán contar con un certificado de cumplimiento de normas de fabricación
9,00 metros 4,00 metros y deben ser compatibles con los demás componentes del sistema.

gr á fic o 6 . 4 Los puntos de anclaje de donde se aseguran los trabajadores para detener una caída de-
ben proporcionar una resistencia a la tracción de 2.272 Kg (5000 libras ó 22.2 kiloNewtons)
Relación ancho de la malla para garantizar la detención de la caída. Todo equipo de protección personal contra caídas
y altura de caída. debe resistir como mínimo 2.272 kg; ó 5000 libras; ó 2,2 Toneladas; ó 22 kN7.

El requerimiento de claridad de caída es el espacio vertical libre ne-
cesario para que se detenga la caída y el trabajador no se golpee contra el
piso ni contra salientes, se debe tener en cuenta la longitud de la eslinga,
la estatura del trabajador, la elongación del sistema, la longitud del absor-
bedor de choque y un margen de seguridad.

Elementos de protección contra caídas: cuando han trascurrido 0,6 se-
gundos de producirse la caída, el cuerpo del trabajador que cae, ha re-
corrido una distancia de 1,8 metros, se encuentra a una velocidad de
5,9 metros por segundo (21,4 kilómetros por hora) y ha generado una
fuerza de 8000 Newton, que es la capacidad máxima del cuerpo huma-
no. Si en ese momento no se ha detenido la caída, la vida del trabajador
está seriamente comprometida.

T a b la 6 . 4 tiemp o e n di s tanc ia Veloc idad veloc idad e n ergia f u er z a re s pu e s ta
s egu n dos (m) (m/s)
Efectos en el cuerpo humano (kph) ( joule s ) (newton) humana
para caídas de altura. 0,1 0,05 1,0
0,1428 0,1 1,4 3,5 48 1.983 ninguna
0,2 0,20 2,0
0,3 0,44 2,9 5 98 2.517 ninguna
0,4 0,78 3,9
0,5 1,23 4,9 7,1 192 3.296 conciencia
0,6 1,80 5,9
0,7 2,40 6,9 10,6 433 4.554 conciencia
0,8 3,14 7,8
0,9 3,97 8,8 14,1 769 5.783 reflejo
1 4,90 9,8
2 19,61 19,6 17,7 1.202 6.860 inicio mov.

21,4 1.766 8.000 inicio mov.

24,7 2.356 8.978 leve mov.

28,2 3.077 9.991 leve mov.

31,8 3.894 10.978 movimiento

35,3 4.808 11.943 movimiento

70,6 19.232 20.794 movimiento

Se hará mención de algunas normas de referencia internacional, con la salvedad de
que se citarán solo algunas especificaciones básicas y normas, a título ilustrativo, con

7 Según la norma CE EN 361 del Comité Europeo de Normalización.

( 1 4 8 )     Trabajo en altura

la aclaración de que existen las equivalencias en diversos or- Anclaje

ganismos de normalización en diferentes países. Al momento

de realizar cualquier compra que comprometa la salud de los

trabajadores, el responsable de la seguridad e higiene en las

empresas, debe ceñirse al cumplimiento de normas específicas,

para garantizar que el elemento satisface las necesidades de pro-

tección en caso de accidente8.

Todos los elementos deben estar certificados por una en-

tidad competente acompañados de un catálogo ilustrativo en

castellano, con las especificaciones técnicas y normativa que

certifica que cumple; los elementos de protección personal se

deben marcar con un código que identifique cada uno para que

ingrese al sistema de control de inspecciones, dentro del pro- 1/2 12

grama de revisiones periódicas. A cada elemento se le debe lle- G r á fic o 6 . 5
Sistemas de anclaje. Factor
var una hoja de vida para registrar las características, condiciones de uso, mantenimiento, de caída: ½ , 1 y 2.
Trabajar máximo con
fechas de interés, el responsable, las inspecciones anuales, inspecciones después de un factor de caída 1.

accidente, entre otros datos de interés.

En el caso de que un sistema haya sufrido el impacto de una caída, deberá ser retirado

inmediatamente de servicio y no será utilizado a menos que sea inspeccionado y evaluado

por una persona competente o calificada para determinar si debe retirarse de servicio o

puede ser puesto en operación.

Casco: para el trabajo en alturas, el casco protector debe responder a las necesidades del

riesgo; debe ser un casco ligero, bien aireado y confortable. Su diseño debe proteger de

manera completa la cabeza en su parte frontal, temporal, occipital y parietal.

Debe tener barbuquejo con mínimo tres puntos de anclaje al casco, para asegurar

la estabilidad del casco en la cabeza y fijarlo de modo que en caso de una caída, éste

permanezca sin moverse y así poder cumplir su finalidad de proteger del impacto.

Entre sus características más importantes están:

1. Peso: no mayor a 320 g.

2. Deseable material dieléctrico tipo B, si existe este riesgo.

3. Barbuquejo de seguridad asegurado a 3 ó 4 puntos del casco.

4. Canales de ventilación, deseables.

5. Sistema ajuste al diámetro de la cabeza tipo ratchet9.

8 Adaptado del artículo publicado por los autores en su página web:

<http://www.manceras.com.co/artaltura.pdf>.
9 NORMA: EN 12492 – EN 397, o ANSI Z88.1-1997, Tipo II, Clase E, OSHA 29 CFR 1910.135 y 29 CFR

1926.100(b) y CSA Z94.1-M1992 o equivalentes y complementarias.

Trabajo en altura    ( 1 4 9 )

G r á fic o 6 . 6 Es recomendable que los cascos sean dieléctricos cuando exista la posibilidad de
Arnés. contacto con partes energizadas y en segunda medida que sean ventilados. Es deseable
que las partes del caso (tafilete, ratchet, araña, barbuquejo) se puedan proporcionar
como repuesto.
Arnés: equipo para la detención de caídas que distribuye la fuerza en un área corporal que
comprenda piernas, tórax y caderas y que posiciona al trabajador para su labor, con un
diseño ergonómico y confortable.

Las argollas laterales son para posicionamiento, mientras que la posterior y la ventral
son para detención de caídas. Debe ser ergonómico y ajustable a la talla del trabajador.

Debe estar certificado por una entidad competente y ha de tener una hoja de vida en
donde estén consignados los datos de: fecha de fabricación, uso anterior, registros de
pruebas, registros de inspección, certificaciones expedidas por personas calificadas.

Se deben inspeccionar las costuras de las cintas, así como los anclajes (argollas),
antes y después de usarlo.

El arnés debe quedar ajustado pero no apretado, que quepan dos dedos entre las
cintas y el cuerpo.

Debe almacenarse preferiblemente colgado de las argollas, seco y a la sombra y
protegerse de las sustancias químicas, solo lavarse con jabón suave.

«Las herramientas que deba usar el trabajador en el desarrollo de su labor, no po-
drán ser portadas en el arnés, sino que se deberá disponer de un portaherramientas
que no interfiera su mecanismo de acción, que se conectará al mismo o un cubo o
bolsa portaherramientas. Los elementos corto punzantes que tengan que ser usados
para trabajo en alturas deben ser llevados en el porta herramientas»10.

Material: poliamida, poliéster o nylon, en correas mínimo de 41 mm.
Puntos de anclaje: Metálicos forjados y mínimo 4 distribuidos así: uno (1) dorsal
uno (1) pectoral (que no debe llegar a la cara del trabajador en caso de caída) y dos (2)
laterales para posicionamiento.
Herrajes: hebillas para ajuste y sujeción al cuerpo, que impidan los deslizamientos
de las correas.
Costuras: hilos de poliamida, poliéster o nylon, de color diferente a las bandas para
facilitar la inspección.
Resistencia: 2,272 Kg11.
Cuando el trabajador permanezca más de cinco minutos suspendido, debe contar

10 Tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia. Capítulo II: Obligaciones y requerimientos

Artículo 12. Requerimientos mínimos para medidas de protección contra caídas. 2. Medidas

Activas de Protección.
11 NORMA: CE EN 361, o ANSI 359,1-2007, ANSI A10.14-1991, o CSA Z259.10-M90 u otras normas

equivalentes y complementarias.

( 1 5 0 )     Trabajo en altura

con una silla conectada al arnés y a la línea de trabajo, no hace falta que la silla se ase- Argolla
gure a la línea de vida vertical.
Mosquetón
Línea de posicionamiento: la línea de posicionamiento permite al trabajador ubicarse frente G r á fic o 6 . 7
a la zona de trabajo y mantener las manos libres, porque este elemento rodea la estructura Salva caídas o freno.
y se fija al arnés en las argollas laterales de posicionamiento, proporcionando estabilidad.
Consiste en una cuerda de una longitud aproximada de 2 metros; en uno de sus extremos
tiene un mosquetón de seguridad y en el otro un freno manual con un mosquetón de
seguridad, el freno se desplaza por la cuerda libremente en una sola dirección reduciendo
la longitud de agarre, para que el trabajador disponga de las manos libres para realizar la
labor de manera cómoda y segura.
El extremo de la cuerda debe impedir que el freno manual se salga de la línea de po-
sicionamiento. No está diseñada para detener caídas, es solo para el posicionamiento.
El trabajador debe ubicarse de tal manera que la línea de posicionamiento evite una
caída mayor a 60 cm.
Material: cuerdas de poliéster, nylon o poliamida con coraza protectora ante la
abrasión, mosquetones y freno en acero o duraluminio.
Resistencia: 2272 Kg.
Norma: EN 358 o equivalente.

Salva caídas, freno Troll o arrestador: el troll o arrestador es el elemento deslizante en un
solo sentido, con doble traba de seguridad, el cual permite asegurarse a la línea de vida
(guaya de acero de 3/8" o 9,5 mm) que recorre la ruta de ascenso y descenso y que se
conecta al arnés del trabajador mediante mosquetón de seguridad para lo cual cuenta
con un orificio para hacer el enlace con el mosquetón. Debe detener la caída del traba-
jador, mediante bloqueo automático sobre la línea de vida en menos de 60 centímetros
de caída del trabajador, con máximo 23 cm de longitud del conector.
Bajo ninguna circunstancia los conectores para tránsito vertical (frenos) se podrán
utilizar como puntos de anclaje para otro tipo de conectores.
Norma: ANSI Z359. 1-2007, OSHA 1926 o equivalente.
Material: acero al carbono o acero inoxidable.
Resistencia > a 5500 libras.
Debe incluir instrucciones de uso y el freno o troll debe contar con un sistema que
impida colocarlo al revés; debe estar señalizada con una flecha la dirección de uso.

Conector doble con absorbedor de choque: la línea de conexión doble con desacelerador debe
constar de dos cintas de poliamida; en los extremos de cada cinta debe llevar ganchos
de seguridad de aproximadamente 60 milímetros (2 ¼") de apertura, para ser anclados
a las estructuras o en las partes de donde se vaya a asegurar; éstas deben proporcionar
una resistencia de 5000 libras. El tercer mosquetón de seguridad, va a ser fijado en la

Trabajo en altura    ( 1 5 1 )

G r á fic o 6 . 8 argolla en D del Arnés (pectoral o dorsal), teniendo en cuenta el sentido de la caída.
Debe contar con un sistema de desaceleración, o absorbedor de energía, puede ser
Conector doble con
absorbedor de choque. una cinta cosida envuelta en una funda, que se abre cuando la fuerza generada por el
impacto de la caída libre es muy fuerte; la cinta debe empezar a abrir en períodos de
tiempo pausados para que la caída se regule y la fuerza sea absorbida por el sistema y
no por el cuerpo del trabajador, el cual debe recibir como máximo una fuerza de 900
libras, el despliegue del absorbedor aumenta la distancia de caída entre 107 y 122 cm.

Material de las cintas: poliéster, nylon o poliamida.
Tipo de ganchos: de doble seguro de cierre automático.
Desacelerador o absorbedor de energía: 107 cm (3,5 pies) de Cinta poliamida, po-
liéster, nylon o poliamida.
Resistencia: 2272 Kg.
Norma a cumplir: EN 354 – EN 355, ó ANSI A10.14-1991, ANSI Z359.1-2007, ó CSA
Z259.1- 1976, CSA Z259.11-M92, ó equivalente. Los Mosquetones ANSI-Z359.1-1992 y
ANSI-A10.14-1991 ó equivalentes.
Los dos ganchos de 60 mm del conector doble no se deben colocar en la misma
pieza estructural, porque en la eventualidad que ésta llegara a fallar, se pierde toda la
seguridad. El uso del conector doble permite alternar el punto de anclaje mientras se
progresa, recordando siempre el que se ha llamado el “principio filosófico de Tarzán”:
No soltar una liana hasta no estar asegurado de la otra. Los mosquetones no están di-
señados para trabajar haciendo palanca o sometidos a flexión, la carga debe aplicarse
longitudinalmente a tracción simple.
La totalidad de los elementos se deben inspeccionar antes y después de cada uso, de
esta inspección no hace falta dejar registros a menos que se identifique una falla, caso
en el que el elemento se debe dar de baja, es decir, sacar de servicio. El trabajador debe
estar instruido para la inspección de su equipo.

Líneas de vida autorretráctiles: equipos cuya longitud de conexión es variable, permitien-
do movimientos verticales del trabajador y en planos horizontales que no superen los
15° con respecto al punto de anclaje fijo y detiene la caída del trabajador a una distan-
cia máxima de 60 cm. Estas líneas de vida autorretráctiles deben ser en cable de acero
o fibras sintéticas certificadas por la entidad competente. En caso de que se sufra una
caída debe certificarse nuevamente su estado operativo12.

«Líneas de vida para desplazamiento horizontal: sistema de protección contra caídas,
compuesto por un cable, cuerda de material sintético o riel que van fijos a la estructura
mediante unos anclajes y poseen una pieza corredera que se desliza a través de todo

12 Artículo actualizado escrito originalmente para la página web de los autores: <http://www.
manceras.com.co/artaltura.pdf>.

( 1 5 2 )     Trabajo en altura

12 G r á fic o 6 . 9

3 Línea de vida autorretráctil. Se
conecta al arnés del trabajador
(1), y le permite desplazarse por
el sitio de labor (2), y en caso
de un accidente (3), detiene
la caída del trabajador.

el cable, cuerda o riel, llamada deslizador que está diseñada de forma que no pueda
salirse del sistema.

Podrán ser provisionales o fijas; estas últimas deberán ser diseñadas y calculadas por
una persona calificada, e instaladas por un profesional o técnico que acredite experien-
cia en ello bajo supervisión de una persona calificada, con materiales certificados. Éstas
deben incluir sistemas absorbedores de energía cuando los cálculos o las condiciones de
la línea así lo determinen para proteger los anclajes del impacto.

La longitud del absorbedor de energía debe ser tenida en cuenta en los cálculos
del requerimiento de claridad y se deben considerar las condiciones atmosféricas que
puedan deteriorar el sistema.

Cuando se cuenta con sistemas de riel, se deberán contemplar los cálculos del fa-
bricante y de una persona calificada para determinar las distancias entre los puntos
de apoyo. Se deben presentar los cálculos de diseño y pruebas de la configuración
empleada. Certificando lo instalado.

El diseño y cálculo de las líneas de vida debe contemplar el número de personas co-
nectadas, la longitud de la línea, el diámetro del cable, el número de anclajes interme-
dios, el tipo de equipo conector a utilizar por parte de los trabajadores, requerimiento
de claridad; además de la pretensión o indicador de tensión y la necesidad de sistemas
absorbedores de energía que protejan los anclajes»13.

13 Tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia. Capítulo II: Obligaciones y requerimientos
Artículo 12. Requerimientos mínimos para medidas de protección contra caídas. 2. Medidas
Activas de Protección, ítem 2.3.1.

Trabajo en altura    ( 1 5 3 )

Anclaje Arnés «Líneas de vida verticales: sistemas de cables de acero o cuerdas que de-
bidamente ancladas en un punto superior a la zona de labor, prote-
Conexión gen al trabajador en su desplazamiento vertical (ascenso/descenso).
El sistema de línea vertical debe incluir un cable de acero, un riel,
G r á fic o 6 . 1 0 o una cuerda sintética debidamente certificada y fabricada para di-
Conexión arnés y anclaje. cho uso y como punto de anclaje, debe garantizar una resistencia de
mínimo 22.2 kiloNewtons (5000 libras – 2.272 Kg). Además, deben
tener algún mecanismo de tensión que garantice que permanezca
vertical.
El diseño de la línea de vida vertical dependerá del tipo de es-
tructura y además de la cantidad de usuarios que podrán estar ase-
gurados a ella. Esta instalación debe ser con cable de acero de alma
sólida y diámetro entre 8 milímetros y 10 milímetros y estar fija a las
escaleras del sitio según diseño certificado de cada fabricante y será
instalada por personas competentes y certificadas por el fabricante
de las líneas. Adicionalmente, se requiere que según la longitud de la

línea de vida, que ésta cuente con guías de cable que eviten el movimiento del mismo y
debiendo permitir el paso fácil de los conectores de tránsito vertical. Es necesario que
la línea de vida vertical acompañe el ascenso del trabajador hasta cuando el mismo
esté sobre la superficie de trabajo, por tal motivo, la línea de vida deberá sobresalir
mínimo 1.20 m por encima de la superficie de labor. Las escaleras donde se instalen
estos sistemas deben tener la capacidad estructural para soportar la caída simultánea
de los usuarios autorizados para usar la línea de vida.

Las líneas de vida verticales portátiles pueden ser en cable de acero con diámetros
entre 8 milímetros a 10 milímetros o cuerdas estáticas con una elongación máxima del
5%, fabricada con materiales sintéticos con diámetro de mínimo 13 milímetros, debida-
mente certificadas por una entidad competente y resistentes a la fricción y el desgaste.

Las líneas de vida verticales de tipo portátil en cable de acero, deben tener un ojo
con acoplamientos estampados a presión o sistemas prensacables (perros), el ojo siem-
pre estará protegido con un guardacabo de tamaño apropiado. Estas líneas de vida de-
berán contar con un sistema de contrapeso o amarre que se ubicará en la parte inferior
de la línea para mantenerla tensionada.

Los elementos o equipos de las líneas de vida vertical deben ser compatibles entre
sí, en tamaño, figura, materiales, forma, diámetro y deben ser certificados por las enti-
dades competentes y deben ser avalados por una persona competente»14.

14 Tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia. Capítulo II: Obligaciones y requerimientos
Artículo 12. Requerimientos mínimos para medidas de protección contra caídas. 2. Medidas
Activas de Protección. Ítem 2.3.2.

( 1 5 4 )     Trabajo en altura

Otros elementos de protección personal: «Los elementos mínimos de protección personal
para trabajo en alturas con los que deben contar quienes realicen estas tareas son:
1. Casco como se mencionó anteriormente.
2. Gafas de seguridad que protejan a los ojos de impactos, rayos UV, deslumbramien-
to.
3. Protección auditiva si es necesaria.
4. Guantes antideslizantes, flexibles de alta resistencia a la abrasión.
5. Bota antideslizante, de tacón y otros requerimientos según la actividad económi-
ca y el oficio.
6. Ropa de trabajo, de acuerdo a los factores de riesgo y condiciones climáticas.
7. Bloqueador solar para la piel expuesta»15.

Rescate y autorrescate: son técnicas que se deben aprender y practicar en el curso avan-
zado para trabajo en alturas y exigen condiciones personales y de equipos especiales.
El brigadista o trabajador que realice la instalación del sistema de rescate, debe
estar muy calmado y muy seguro de lo que va a hacer, debe pensar con serenidad cada
movimiento. A manera de ejemplo, una forma de hacer el rescate es la siguiente:
1. Debe ascender un poco más de un metro y medio de donde está el trabajador a
auxiliar (colgando de las líneas de conexión).
2. Cuando se encuentre por encima colocará en el punto de anclaje el mosquetón
de 60 milímetros de apertura y del ojal de éste el mosquetón sencillo y a su vez
la polea. Dentro de la polea colocará la cuerda y hará un nudo ocho doble en el
extremo de la cuerda para anclarlo al arnés de la víctima.
3. Desde abajo con la figura ocho anclada a la estructura para que esta sostenga el
peso del rescatado o al arnés del rescatador, si no hay otra opción, se ascenderá
lentamente al trabajador con la cuerda de rescate, cuidando de no golpearlo, para
liberar el peso de la línea de conexión de la que quedó suspendido cuando cayó,
teniendo previsto el sistema para asegurar la cuerda, puede ser un jumar o freno
para cuerda anclada a la estructura. Se fija la cuerda de rescate que ya sostiene el
peso de la víctima, se suelta al accidentado de la línea de conexión y se procede a
descender al trabajador accidentado.

Estas son tareas que exigen entrenamiento y un nivel avanzado. El trabajador de altu-
ras siempre debe estar acompañado y contar con sistemas de comunicación. Se debe dejar
a la víctima en posición de recibir los primeros auxilios necesarios.

15 Tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia. Capítulo II: Obligaciones y requerimientos
Artículo 13. Elementos de protección personal para trabajo en alturas.

Trabajo en altura    ( 1 5 5 )

Ficha de control arnés

Esta ficha es un certificado de identificación, inspección y garantía.
Usuario:_____________________________Identificación: ______________
Característica del arnés: __________________n°. de serie: ________
Marca: _________ País: _________Fecha de producción: _________
Fecha de compra: ____ / ___ / _____ DD MM AAAA

Cuadro de i n s pecc i ó n an ual

1° año Responsable:_________________ 2o año Responsable:_________________
Fecha:_______________________ 4o año Fecha:_______________________
Firma: 6o año Firma:

3° año Responsable:_________________ Responsable:_________________
Fecha:_______________________ Fecha:_______________________
Firma: Firma:

5° año Responsable:_________________ Responsable:_________________
Fecha:_______________________ Fecha:_______________________
Firma: Firma:

Lista de chequeo o inspección
Califique sí ó no

Cintas:

Verificaciones 1° año 2° año 3° año 4° año 5° año 6° año
¿Presenta roturas?
¿Presenta desgaste?
¿Presenta decoloración?
¿Presenta deformación?
¿Presenta quemaduras?

Costuras y herrajes: 1° año 2° año 3° año 4° año 5° año 6o año

Verificaciones
¿Está completa?
¿Está dañada?

Descripción de caídas y observaciones: ________________________________________________
_______________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________
________________________________________________________________

( 1 5 6 )     Trabajo en altura

Primeros auxilios: a pesar de las medidas de protección contra caídas, cuando un trabaja-
dor cae y queda suspendido de su arnés, ha sufrido golpes y lesiones que con un buen
manejo por parte de él mismo y sus compañeros, se pueden mitigar las consecuencias.
Según el consenso general y con numerosas revisiones que han mejorado su definición
original, se entiende por primeros auxilios el conjunto de actuaciones o técnicas que
permiten la atención inmediata de un accidentado, hasta que llegue la asistencia médi-
ca profesional, para que las lesiones sufridas no empeoren.
«Consejos generales:
1. Conservar la calma; respirar con calma y actuar de forma correcta, evitando
errores irremediables.
2. Evitar aglomeraciones; no se debe permitir que el accidente se transforme en es-
pectáculo.
3. No mover al herido; como norma básica y elemental no se debe mover a nadie que
haya sufrido una caída, hasta estar seguro de que se pueden realizar movimientos
sin riesgo de empeorar las lesiones existentes.
4. No obstante, existen situaciones en las que la movilización debe ser inmediata, ya
que el accidentado sigue estando expuesto a una situación de riesgo.
5. Examinar al herido; se debe efectuar una evaluación primaria, que consistirá en
comprobar si el accidentado está consciente, si respira y si tiene pulso.
6. Posteriormente se realizará una evaluación donde se comprobará que tipo de le-
siones sufrió el accidentado (fracturas, cortes, golpes, etc.).
7. Es importante realizar un correcto examen del herido para facilitar la mayor in-
formación posible a los servicios de emergencia.
8. Tranquilizar al herido; los accidentados suelen estar asustados, desconocen las lesio-
nes que sufren y necesitan a alguien en quien confiar en esos momentos de angustia.
9. Mantener al herido caliente; cuando el organismo humano recibe una agresión
se activan los mecanismos de autodefensa, implicando, en muchas ocasiones, la
perdida de calor corporal. Esta situación se acentúa cuando existe pérdida de
sangre. Por lo tanto es vital mantener caliente al accidentado.
10. Avisar al personal de socorro; solicitar inicialmente un servicio de rescate que
esté en capacidad de rescatar al accidentado que haya quedado suspendido y acto
seguido, una vez realizada la evaluación del accidentado se avisará a los servicios
de emergencia.
11. No medicar; no se debe dar ningún medicamento al accidentado»16.

La rápida actuación ante un accidente puede salvar la vida de una persona, o evitar
el empeoramiento de las lesiones que padezca.

16 Servicio de prevención de riesgos laborales U.R. Manual de primeros auxilios. 2002. p 4-5.

Trabajo en altura    ( 1 5 7 )

«Para atender a un accidentado hay que recordar tres actuaciones básicas:
1. Proteger
2. Avisar
3. Socorrer»17.

Sistemas de acceso al lugar de trabajo en alturas

Se considerarán sistemas de acceso para trabajo en alturas: los andamios (borriquetes,
colgantes, de secciones y crucetas, multidireccionales, de ménsula), las escaleras (de sec-
ciones, de tijera, de plataforma), los elevadores de personal (plataformas eléctricos, de
extensión, manuales, sobre ruedas), las grúas con canasta (brazo articulado, telescópico)
y todos aquellos medios cuya finalidad sea permitir el acceso y/o soporte de trabajadores
a lugares para desarrollar trabajo en alturas.

«Todo sistema de acceso para trabajo en alturas y sus componentes, deben cumplir las
siguientes condiciones o requisitos para su selección y uso:

1. Ser seleccionados de acuerdo a las necesidades específicas conforme a la actividad
económica, la tarea a desarrollar y los factores de riesgos previsibles del área de
trabajo.

2. Ser compatibles entre sí, en tamaño, figura, materiales, forma, diámetro y estas
características deben ser avaladas por una persona calificada.

3. Garantizar la resistencia a las cargas con un factor de seguridad propio para el uso
de personas de acuerdo a la máxima fuerza a soportar y resistencia a la corrosión
o desgaste por sustancias o elementos que deterioren la estructura del mismo.

4. Inspeccionarse antes de su uso por parte del usuario y mínimo, cada año por una
persona competente, conforme a las normas nacionales e internacionales vigen-
tes. Si existen no conformidades, el sistema debe retirarse y si lo amerita enviarse
a mantenimiento certificado, de lo contrario, debe eliminarse.

5. Tener una hoja de vida en donde estén consignados los datos de: fecha de fabri-
cación, tiempo de vida útil, historial de uso, registros de inspección, registros
de mantenimiento, ficha técnica, certificación del fabricante o de una entidad
autorizada y observaciones»18.

«Lineamientos para el uso seguro de sistemas de acceso para trabajo en alturas: el montaje
y/u operación de todo sistema de acceso para trabajo en alturas debe ser realizado por
personas competentes conforme a las instrucciones dadas por el fabricante y atendien-
do las normas nacionales e internacionales en el tema.

17 Ídem, p 6.
18 Tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia. Capítulo II: Obligaciones y requerimientos

Artículo 15. Requerimientos mínimos para los sistemas de acceso para trabajo en alturas.

( 1 5 8 )     Trabajo en altura

Se debe garantizar completa estabilidad y seguridad del sistema de acceso para tra-
bajo en alturas, de tal forma que éste no sufra volcadas o caída.

El montaje y/u operación de todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe
garantizar una distancia segura entre éste y las líneas eléctricas energizadas.

Todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe estar debidamente asegurado
en forma vertical y/u horizontal, conforme a las especificaciones del mismo.

En el caso en que el sistema cuente con una plataforma, ella debe cubrir la totalidad
de la superficie de trabajo y contar con sistema de barandas»19.

La selección y uso específicos de cada sistema de acceso para trabajo en alturas,
debe ser avalado por una persona competente y debe atender a las instrucciones y
especificaciones dadas por el fabricante.

Normatividad

La normativa sugerida se debe aplicar en su versión más reciente.

Regulaciones OSHA para la construcción (29 CFR PARTE 1926)

La subparte E establece algunos requisitos para el equipo de protección personal:
Cinturones, línea de vida y línea de vida con amortiguador de impacto: 1926.104.

Redes: 1926.105.
La subparte L trata los andamios: 1926.450-454.
La subparte M trata la protección contra caídas en su totalidad, y explica cuándo y

dónde se requieren los sistemas de protección contra caídas y para qué actividades
de construcción son. También define los requisitos relacionados con los
componentes de los sistemas. Ámbito, aplicación y definiciones 1926.500
Obligación de tener protección contra caídas: 1926.501.
Criterios y prácticas relacionados con los sistemas de protección contra caídas: 1926.502.
Requisitos de capacitación: 1926.503.
La subparte R trata cuestiones relacionadas con la erección de estructuras de acero.
Protección contra caídas (propuesta): 1926.750.
La subparte X trata las escaleras: 1926.1053.

Regulaciones OSHA para la industria en
general (29 CFR PARTE 1910)

La subparte D menciona algunos requisitos específicos asociados con la protección
contra caídas en relación con las superficies de trabajo y para caminar.

Escaleras fijas – Dispositivos para escaleras: 1910.27 (d) (5).

19 Tomado de la Resolución 3673 de 2008, Colombia. Capítulo II: Obligaciones y requerimientos
Artículo 16. Lineamientos para el uso seguro de sistemas de acceso para trabajo en alturas.

Trabajo en altura    ( 1 5 9 )

Requisitos para andamios – sillas volantes: 1910.28 (j) (4).
La subparte F trata la protección contra caídas en relación con las plataformas

motorizadas, canastillas elevadoras individuales y plataformas de trabajo
montadas en vehículos.
Plataformas motorizadas para mantenimiento de edificios: 1910.66.
Sistemas personales de detención de caídas: 1910.66.
Apéndice C
La subparte J trata los controles del ambiente en general, en donde se refiere a espacios
confinados.
Espacios confinados para los que se requiere permiso: 1910.146.
La subparte R trata cuestiones relacionadas con industrias especiales.
Telecomunicaciones: 1910.268.
Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica: 1910.269.

Regulaciones OSHA adicionales específicas para ciertas industrias

Terminales marítimas: 1917.
Estiba: 1918.

Estándares ANSI

Andamios: A10.8.
Red para personal y escombro para construcción y operaciones: A10.11-1989.
Operaciones de construcción y demolición: A10.32-2004.
Dispositivos para escaleras: A14.3-1992.
Espacio confinado: Z117.1.
Requisitos relacionados con caídas personales, sistemas de detención, subsistemas y

componentes: Z359.1-2007.

Estándares CSA (Canadá)

Cinturones y línea de vida con amortiguador de impacto: Z259.1-95.
Detenedores de caídas, línea de vidas verticales y rieles: Z259.2.1-98.
Dispositivos auto-retractiles para caídas personales sistemas de detención: Z259.2.2-98.
Dispositivos de control de descenso: Z259.2.3-99.
Cinturón y cintas para instaladores líneas: Z259.3-M1978.
Arneses para cuerpo completo: Z259.10-M90.
Amortiguador de impacto para sistemas personales de detención de caídas:

Z259.11-M92.
Componentes de conexión: Z259.12-01.
Escalamiento de postes de madera: Z259.14-01.

( 1 6 0 )     Trabajo en altura

Estándares británicos

Equipo de protección personal contra caídas de ciertas alturas: BS EN 360:1993.
Detenedores de caídas auto-retráctiles equipo de protección personal contra caídas de

ciertas alturas: BS EN 360:2002.
Detenedores de caídas auto-retráctiles equipo de protección personal contra caídas de

ciertas alturas: BS EN 362:1993.
Conector a punto el equipo de protección personal contra caídas de ciertas alturas: BS

EN 363:2002.
Sistemas de detención de caídas equipo de protección personal contra caídas de ciertas

alturas: BS EN 364:1993.
Métodos de pruebas equipo de protección personal contra caídas de ciertas alturas.

Requisitos generales para las instrucciones de uso y marcas indicadoras: BS EN
365:1993.

Comunidad Europea (estándares CE)

Directiva sobre equipo de protección personal: 89/686/EEC.

Estándares de Australia y Nueva Zelanda

Sistemas y dispositivos para detención de caídas en la industria Cinturones y arneses:
AS/NZS 1891.1-1995/Amdt 4-1999.

Nota NTP (Nota Técnica de Prevención)

NTP 123 Barandillas.
NTP 124 Redes de seguridad.
NTP 197 Desplazamiento de personas sobre grúas-torres.
NTP 207 Plataformas eléctricas para trabajos en altura.
NTP 300 Dispositivos personales para operaciones de elevación y descenso.
NTP 301 Cinturones de seguridad para trabajo en alturas: guías para la elección, uso y

mantenimiento.

Trabajo en caliente
Es todo trabajo que pueda generar calor y chispas y que tiene la capacidad de convertirse en
una fuente potencial de ignición para el material combustible en el local donde se realice
la tarea o en sus alrededores, se aplica el término a tareas de soldadura, tareas con llamas
abiertas, corte con oxiacetileno, pulido con piedras abrasivas, motores de combustión in-
terna y otras actividades con generación de chispas, entre otras. En ocasiones así se llama
al trabajo eléctrico con líneas energizadas, siendo más preciso hablar de trabajo en “líneas
vivas”, el cual exige las máximas medidas de control y de conocimiento y entendimiento
del riesgo y de los métodos de control.

Trabajo en caliente    ( 1 6 1 )

Entre las causas de riesgo por trabajo en caliente se encuentran:
1. Realizar la labor en caliente cerca a otras actividades incompatibles.
2. No seguir los procedimientos establecidos para la tarea.
3. Realizar el trabajo en caliente en una atmósfera explosiva o inflamable.
4. No utilizar los elementos de protección personal adecuados.

Efectos del riesgo trabajo en caliente

El riesgo, al realizar trabajo en caliente, se relaciona con quemaduras y explosión, siendo
estas últimas, por supuesto, las más graves ya que pueden provocar la muerte.

Las quemaduras se pueden presentar por la manipulación del equipo que genera la
llama o la chispa o por la explosión ocasionada por la aplicación de la llama o la chispa
en una atmósfera explosiva. La atmósfera explosiva puede presentarse por las condi-
ciones del lugar como es el caso de un espacio confinado, pero es factible que ésta sea
producida por el equipo mismo que se utiliza para trabajo en caliente, como es el caso
de un equipo de soldadura de oxiacetileno cuando presenta fuga de acetileno.

Otro factor es la realización de actividades que son incompatibles simultáneamente,
como puede ser la apertura mediante la aplicación de llama con un equipo de oxiacetile-
no de una caneca vacía pero que contuvo un líquido inflamable, generará una explosión.
La soldadura de tanques de almacenamiento de petróleo u otros combustibles requiere de
procedimientos especiales para hacerlo con seguridad o de lo contrario, se generará una
explosión.

Como se puede ver los efectos del trabajo en caliente asociado a atmósferas explosivas
exige que dichas labores se realicen bajo estrictas medidas de seguridad.

Valoración del riesgo para trabajo en caliente

Para valorar las condiciones al momento de realizar trabajo en caliente, se requiere de una
planificación adecuada del trabajo y de las demás tareas que se vayan a realizar en el área
a fin que estos sean compatibles.

Es necesario realizar una valoración similar a la de los espacios confinados, midiendo
el nivel de oxígeno, toxicidad y explosividad, esta valoración se hará con una periodicidad
de acuerdo con el trabajo que se está realizando; por ejemplo, para el caso de soldadura en
tanques de almacenamiento de inflamables o combustibles, es necesario que el monitoreo
sea permanente.

Controles del riesgo para trabajo en caliente

«En la industria se tiene como práctica emitir un permiso de trabajo para actividades
altamente riesgosas donde existen trabajos en caliente, pero tomando extremas medidas
preventivas. El personal que emite (emisor) y el que recibe (receptor) es un personal alta-

( 1 6 2 )     Trabajo en caliente

mente calificado, supervisores con la experiencia en operaciones y certificados en materia
de seguridad, higiene y ambiente»20.

No se recomienda que sea el encargado de higiene y seguridad quien emita dichos permi-
sos de trabajo en caliente, se considera como un asesor, pero no es el responsable de la tarea.

El trabajo en caliente requiere de monitoreo continuo de oxígeno, gases tóxicos e inflama-
bles. Todo permiso de trabajo en caliente, requiere prueba inicial y de monitoreo continuo de
gases (inflamables, tóxicos y deficiencia o exceso de oxígeno) durante la ejecución del mismo.

El emisor, antes de otorgar el permiso para trabajar en caliente, inspecciona el área
preferiblemente con el supervisor encargado de la obra (receptor), así toma las acciones
operacionales necesarias para que el trabajo se ejecute en forma segura. Es muy importante
llamar la atención de las fronteras entre trabajos en caliente con los alrededores, en especial
durante paradas de procesos, donde intervienen operarios de varios contratistas, cada uno
con sus procedimientos y permisos autorizados, pero comparten el lugar de trabajo y los
riesgos. Se puede presentar vecindad de procesos incompatibles.

El emisor completa todo lo relacionado a fecha y hora de emisión, validez, administra-
dora de riesgos, procedimiento operacional relacionado con el trabajo, instalación, equipo,
sitio y una breve descripción del trabajo a ejecutar.

El emisor verifica si el trabajo a ejecutar tiene relación con algunas de las prácticas de
trabajo seguro establecidas. Igualmente identifica los riesgos que estén relacionados con la
actividad o trabajo, considerando las medidas de protección.

En conjunto, el receptor y todos los ejecutores establecen las medidas preventivas
preoperacionales para el desarrollo del trabajo de una manera segura.

El emisor efectúa el monitoreo inicial de gases o vapores inflamables y/o gases tóxicos
o deficiencia de oxígeno, dependiendo del área donde se ejecutará el trabajo.

El emisor, receptor y ejecutor proceden a firmar el permiso en señal de aceptación
de que las condiciones de seguridad para ejecutar el trabajo están establecidas y que se
ha instruido a los trabajadores de los riesgos inherentes al mismo. Es importante que los
trabajadores participen en la elaboración del permiso y lo firmen.

Entre las normas generales, se tiene:
«El trabajo en caliente debe evitarse, si existe la manera de hacerlo en frío, es decir, sin
generación de puntos calientes.
En áreas con riesgo de H2S u otras atmósferas tóxicas, podrá expedirse el permiso
de trabajo en frío o en caliente, siempre que el emisor, receptor y el personal involucrado
hayan recibido el adiestramiento y la certificación requerida para trabajar en estas áreas.
Todo trabajo (en frío o en caliente) que vaya a ser realizado en las áreas, equipos e ins-
talaciones de trabajo en organización, deberá ser validado en el espacio de firma adicional
del permiso de trabajo por el custodio o autoridad de área de la instalación.

20 <http://www.prevention-world.com/foros_de_prevencion/get.asp?M=176619&T=175875&F=11>.

Trabajo en caliente    ( 1 6 3 )

T a b la 6 . 5 Los permisos de trabajo en frío o caliente serán emitidos para trabajos específicos; no
Límites de inflamabilidad. se emitirán permisos de trabajo de alcance general.

De n s idad Se requiere, en la emisión del permiso de trabajo en frío o caliente, indicar la autori-
UEL zación para el uso de vehículos, grúas, máquinas de soldar eléctricas, camiones de vacío y
LEL motores de combustión interna (diesel o gasolina) dentro de áreas restringidas».21

C o m b u s ti b le Requisitos para el trabajo en caliente:
1. Los roles y responsabilidades del personal involucrado en la tarea deben estar
Butano 1.6 8.4 2.0
identificados en el procedimiento.
Propano 2.6 12.5 1.6 2. Las personas involucradas deben estar capacitadas y certificada su competencia.
3. Durante el proceso de planeación y programación del trabajo identificar si esta
Pentano 1.5 7.6 2.5
actividad interfiere con otros trabajos.
Metano 5.0 15.0 0.6 4. Los trabajos en caliente deben tener una evaluación de riesgos. Si no la tienen, no

Gasolina 1.37 7.1 3.4 se debe ejecutar el trabajo.
5. Para realizar la tarea se requiere de un permiso de trabajo.
Hidrogeno 4.0 76 0.1 6. Cuando este tipo de trabajo se ejecute en espacios confinados, intervención de

Acetileno 2.5 98 0.9 sistemas energizados y perturbaciones del suelo, se deberá obtener un certificado.
7. Todos los involucrados deben estar informados de la tarea y firmar el permiso de
LEL = Límite inferior
de inflamabilidad. trabajo y los certificados.
8. Esta tarea tendrá una persona responsable que deberá supervisar el trabajo en curso.
UEL = Límite superior de
Inflamabilidad. Densidad Soldadura y oxicorte: cortar y soldar son actividades muy comunes en estructuras de me-
tal e instalaciones.
relativa del aire=1. Los principales peligros de soldar y cortar son:
1. Alta temperatura
2. Emisión, directa e indirecta, de vapores tóxicos.
3. Radiación térmica.
4. Deficiencia de oxígeno en espacios confinados.
5. Enriquecimiento del oxígeno en espacios confinados.
6. Explosión.
A manera de ejemplo es conveniente hacerse las siguientes preguntas:
¿Están los soldadores calificados?
¿Se requieren pruebas de atmósfera peligrosa?
¿Se encuentran en buen estado de funcionamiento los equipos a utilizar?
¿Hay material combustible que se pueda incendiar con chispas, llamas o virutas

calientes en el área de influencia del trabajo?
¿Si la respuesta anterior es afirmativa, se instaló una barrera o mampara?

21 Tomado de <www.prevention-world.com> <http://www.prevention-world.com/foros_de_
prevencion/get.asp?M=176619&T=175875&F=11>.

( 1 6 4 )     Trabajo en caliente

¿Existe adecuada ventilación durante la operación?
¿Se están respetando las normas sobre manejo de cilindros de gases comprimidos?
¿Tienen las mangueras de oxigeno y de gas combustible una válvula de cheque para
evitar el retorno?
¿Tiene la línea de gas combustible un arresta llamas en el regulador?
¿Han recibido entrenamiento los soldadores y los ayudantes en los riesgos presentes
en el área de trabajo?
¿Están disponibles los equipos de primeros auxilios y extintores de conatos de
incendio en el área de trabajo?
¿Se están utilizando los elementos de protección personal apropiados, tanto los
soldadores como los ayudantes?

Normatividad

OSHA Standards.
1910.106, Flammable and Combustible Liquids.
1910.252, Welding, Cutting, and Brazing - General Requirements.
1910.253, Oxygen-fuel gas welding and cutting.
1910.254, Arc welding and cutting.
1910.255, Resistance welding.
API RP54, Recommended Practice for Occupational Safety for Oil and Gas Well Drilling

and Servicing Operations.
API, Publication 2201.
NPFA 30, 51-B, Flammable and Combustible Liquids Code, National Fire Protection

Association.
Hot Work. AESC, 12 KB PDF, 2 pages (Asociation of Energy Service Companies).

Áreas clasificadas
«Como áreas peligrosas clasificadas se consideran aquellas donde el peligro de fuego o
explosión pueda existir, debido a la presencia de gases o vapores inflamables, líquidos
inflamables, polvos, fibras o pelusas volátiles inflamables»22.
El tipo de riesgos en áreas clasificadas se generan por la utilización de elementos que
puedan producir energías activantes, como calor, chispas, fricción, llamas abiertas, reaccio-
nes físicas y químicas, dentro o en proximidad de ambientes inflamables o explosivos, de ahí
que sus causas básicas son:
1. Falta de clasificación de las áreas.
2. Permitir el uso de máquinas, equipos, herramientas y procedimientos que pue-
dan generar energía activante.

22 <http://www.pemex.com/files/standards/definitivas/NRF-036-PEMEX-2003.pdf>.

Áreas clasificadas   ( 1 6 5 )

3. Presencia de materiales o sustancias que puedan ocasionar reacciones físicas o
químicas.

El principal riesgo en un área clasificada es el de explosión, existiendo también los
efectos nocivos y tóxicos por los productos o sustancias que hacen que el lugar sea deter-
minado como un área clasificada.

La valoración de los riesgos en las áreas clasificadas se hace mediante una clasifica-
ción adecuada de acuerdo con la Clase, División y Zona con la que se relacione.

Clase, División y Zona

Las áreas clasificadas se agrupan en Clase, División y Zona, según el tipo de riesgo que
comportan según se documenta en la tabla 6.6.

T a b la 6 . 6 División I Zona 0
Clasificación de áreas. División II Zona 1
Zona 2
Clase I
Área clasificada Clase II

Clase III

La explicación que sigue a continuación sobre los diferentes tipos de áreas se basa en
lo establecido en la norma NFPA 497 Clasificación de líquidos inflamables, gases, o vapo-
res inflamables y de áreas peligrosas (clasificadas) para instalaciones eléctricas en áreas de
procesamiento químico.
Áreas clase I: son áreas en las cuales están o pueden estar presentes en el aire, gases o

vapores inflamables en cantidades suficientes para producir mezclas explosivas o in-
flamables. Es decir dentro de los límites inferior LEL y superior UEL de inflamabilidad,
de acuerdo a la mezcla del elemento inflamable con el aire.
Áreas clase II: son áreas peligrosas debido a la presencia de polvos combustibles, tales
como aserrín de madera, polvos de cereales, carbón, algunas harinas y féculas.
Áreas clase III: son áreas que son peligrosas por la presencia de fibras o partículas voláti-
les fácilmente inflamables, pero en las cuales es poco probable que dichas fibras o par-
tículas estén suspendidas en cantidades suficientes para producir mezclas inflamables.

Dentro de las áreas Clase I se reconocen dos divisiones:
Área clase I División I: es el área en la cual se cumple alguno de los siguientes requisitos:

1. Pueden existir continuamente bajo condiciones normales de operación, concen-
traciones de gases o vapores explosivos o inflamables.

( 1 6 6 )     Áreas clasificadas

2. Existen frecuentemente concentraciones de gases o vapores explosivos o infla-
mables debidos a trabajos de reparación o mantenimiento, o por causa de fugas.

3. Pueden existir frecuentemente concentraciones de gases o vapores explosivos o in-
flamables debido a trabajos de reparación o mantenimiento, o por causa de fugas.

4. Una interrupción o una falla en la operación de los equipos o del proceso que
pueda provocar la formación de concentraciones peligrosas de gases o vapores
inflamables, y simultáneamente, provocar también la falla del equipo eléctrico

Área clase I División II: son lugares en donde se manejan, procesan o usan líquidos volá-
tiles, gases o vapores inflamables, que están normalmente confinados en recipientes
o sistemas cerrados, pero de los cuales puedan escapar en caso de ruptura o avería
accidental de los recipientes o sistemas, o en caso del funcionamiento anormal de los
equipos por medio de los cuales se manejan dichos líquidos, gases o vapores.
Una adecuada ventilación de presión positiva impide normalmente la concentra-
ción de gases o vapores inflamables, pero que pueden convertirse en peligrosos por
falla o funcionamiento anormal del equipo de ventilación.
Están contiguos a los de Clase I, División I, a los cuales puedan llegar ocasional-
mente concentraciones de gases o vapores inflamables, a menos que pueda evitarse tal
comunicación por medio de un adecuado sistema de ventilación de presión positiva
de una fuente de aire limpio y se provean dispositivos seguros para evitar las fallas del
sistema de ventilación.
Dentro de la clase I División I, también existen Zonas 0, 1 y 2:
1. Zona 0. Es un lugar donde:
a. Están presentes continuamente concentraciones
inflamables de gases o vapores inflamables.
b. Las concentraciones inflamables de gases o vapores inflamables
están presentes por largos periodos de tiempo.

2. Zona 1. Es un lugar en el cual:
a. Las concentraciones inflamables de gases o vapores inflamables se
encuentran probablemente bajo condiciones normales de operación.
b. Las concentraciones de gases o vapores inflamables pueden existir frecuentemente
debido a trabajos de reparación o mantenimiento, o por causa de fugas.
c. Una interrupción o falla en la operación de los equipos o del proceso que
puedan provocar la formación de concentraciones peligrosas de gases o vapores
inflamables y simultáneamente provocar también la falla del equipo eléctrico
de tal modo que cause que el equipo se convierta en una fuente de incendio.
d. Sea un área adyacente a un área Clase I, Zona 0 desde la cual
concentraciones inflamables de vapores puedan ser comunicadas, a
menos que la comunicación sea prevista de una adecuada ventilación

Áreas clasificadas   ( 1 6 7 )

de presión positiva de una fuente de aire limpio, y sea previstas de
dispositivos seguros para evitar fallas del sistema de ventilación.

3. Zona 2. Es un lugar en el cual:
a. Las concentraciones inflamables de gases o vapores inflamables no ocurren en
operación normal y si ocurren existen únicamente por cortos períodos de tiempo.
b. Los líquidos volátiles inflamables, gases o vapores inflamables son
manejados, procesados o usados, pero en los cuales, los líquidos, gases o
vapores son normalmente confinados dentro de contenedores o sistemas
cerrados, pero de los cuales puedan escapar en caso de una operación
anormal del equipo en el cual son manejados los líquidos o gases.
c. Las concentraciones inflamables de gases o vapores normalmente son
prevenidos por ventilación mecánica positiva, pero la cual puede volverse
peligrosa por falla o funcionamiento anormal del equipo de ventilación.
d. Sea adyacente a una área Clase I, Zona 1 desde la cual, concentraciones
inflamables de gases o vapores inflamables puedan ser comunicadas, a
menos que la comunicación sea prevista de una adecuada ventilación
de presión positiva de una fuente de aire limpio, y sean previstas de
dispositivos seguros para evitar las fallas del sistema de ventilación.

Áreas no peligrosas

Son áreas en que la liberación de sustancias inflamables ocurre tan raramente en algunas
operaciones, que no justifica considerarlas como áreas peligrosas.

De acuerdo a la inflamabilidad

Grupos de atmósferas peligrosas: para propósitos de prueba, aprobación y clasificación de
áreas, se han agrupado varias mezclas (no enriquecidas con oxígeno), en base a sus
características, con las siguientes designaciones.
Atmósferas grupos A, B, C y D que corresponden a lugares Clase I.
Atmósferas grupos E, F y G que corresponden a lugares Clase II.
Grupo A: atmósferas que contienen acetileno.
Grupo B: atmósferas tales como butadieno23, óxido de propileno24, o hidrógeno (o

gases o vapores equivalentes en peligrosidad al hidrógeno).

23 Los dispositivos eléctricos del grupo D, se pueden utilizar en esta atmósfera si tales dispositivos
están aislados con sellos en toda la tubería conduit de 13 mm (1/2 pulg) de diámetro o mayor.

24 Los dispositivos eléctricos del grupo C, se pueden utilizar en este grupo atmosférico si los
dispositivos eléctricos están aislados con sellos en todos los tubos conduit de 13 mm (1/2 pulg) de
diámetro o mayores.

( 1 6 8 )     Áreas clasificadas

Grupo C: atmósferas con contenidos tales como: ciclopropano, éter etílico o gases o
vapores de peligrosidad equivalente.

Grupo D: atmósferas con contenidos tales como: acetona, alcohol, amoníaco, ben-
ceno, benzol, butano, gasolina, hexano, petróleo nafta, gas natural, propano, vapores de
barniz solvente o gases o vapores de peligrosidad equivalente.

Grupos de atmósferas peligrosas en áreas Clase 1 Zonas 0, 1 y 2.
Grupo I: atmósferas que contienen una mezcla de gases predominando el metano,
usualmente se encuentran en minas.
Grupo II: de acuerdo a la naturaleza del gas el Grupo II se subdivide:
a) Grupo IIC: atmósferas que contengan acetileno, hidrógeno, o gases o vapores ex-
plosivos o inflamables, de peligrosidad equivalente.
b) Grupo IIB. Atmósferas que contengan acetaldehído, etileno, o gases o vapores ex-
plosivos o inflamables de peligrosidad equivalente.
c) Grupo IIA. Atmósferas que contengan acetona, amoníaco, alcohol etil, gasolina, me-
tano, propano o gases o vapores inflamables o combustibles de peligrosidad equivalente»25.

Controles del riesgo en áreas Clasificadas

Los equipos utilizados en áreas clasificadas deberán cumplir con requisitos de seguridad, así:
«Equipo intrínsecamente seguro: es el que en condiciones normales o anormales de ope-

ración, para las que ha sido aprobado, no libera energía eléctrica o térmica suficiente
para inflamar cualquier mezcla adyacente (circuitos de corriente y voltajes bajos para
control e instrumentación).

En el sistema de clasificación por Zonas, la designación para los tipos de protección
de equipos intrínsecamente seguros es la siguiente:
“ia”- Son aparatos y sistemas eléctricos que contienen circuitos de seguridad intrínseca
los cuales son incapaces de causar inflamación, con el apropiado factor de seguridad,
de mantener la protección en caso de una falla o con dos fallas simultáneas.

Este equipo se permite usar en áreas Clase 1, Zona 0, aprobado y marcado como
adecuado para dicha área.
“ib”: son aparatos y sistemas eléctricos que contienen circuitos de seguridad intrínseca
los cuales son incapaces de causar inflamación, con el apropiado factor de seguridad,
cuando se presentan una falla.

25 Tomado del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios
NRF-036-PEMEX-2003. American Petroleum Institute (API) en ANSI/API RP 500, Prácticas
recomendadas para la clasificación de áreas para instalaciones eléctricas en plantas petroleras
clasificadas como Clase I, División I y División II. También de ANSI/API RP 505 Práctica
recomendada para la clasificación de áreas para instalaciones eléctricas en plantas petroleras
clasificadas como Clase I, Zona 0, Zona 1 y Zona 2. La International Society for Measurementation
and Control (ISA) comité ISA SP12.

Áreas clasificadas   ( 1 6 9 )

Este equipo se permite usar en áreas Clase 1, Zona 1, aprobado y marcado como
adecuado para dicha área.
Equipo a prueba de explosión: es el equipo eléctrico capaz de soportar una explosión en su
interior, sin permitir que genere la temperatura suficiente, arco o chispa que propicie
la combustión de la atmósfera inflamable que lo rodee.

En el sistema de clasificación por zonas, la designación para los tipos de protección
de equipos a prueba de explosión es la siguiente:
“d” Este equipo se permite usar en áreas Clase I, Zona 1 ó Zona 2.
Equipo de seguridad aumentada: es un equipo que bajo condiciones normales de opera-
ción no provoca, ni genera arcos, chispas o calentamientos excesivos.

En el sistema de clasificación por zonas, la designación para los tipos de protección
de equipos de seguridad aumentada es la siguiente:
“e” Este equipo se permite usar en áreas Clase I, Zona 1 ó Zona 2.
Equipo sumergido en aceite: es el que mantiene sus partes energizadas que puedan produ-
cir arcos o chispas en operación normal o anormal, sumergidas en aceite, para evitar
que inflamen cualquier mezcla adyacente.

En el sistema de clasificación por zonas, la designación para los tipos de protección
de equipos sumergidos en aceite es la siguiente:
“o” Este equipo se permite usar en áreas Clase I, Zona 1, ó Zona 2.
Equipo con presión positiva: es el que en su interior contiene aire limpio o gas inerte a mayor
presión que la ambiental y no permite la entrada de mezclas explosivas o inflamables.

En el sistema de clasificación por zonas, la designación para los tipos de protección
de equipos con presión positiva es la siguiente:
“p” Este equipo se permite usar en áreas Clase I, Zona 1, ó Zona 2.
Equipo encapsulado: es el que mantiene sus partes energizadas, que pueden producir arcos
o chispas en operación normal o anormal, encapsulados herméticamente en un medio
dieléctrico sólido o gaseoso, para evitar que inflamen cualquier mezcla adyacente.

En el sistema de clasificación por zonas, la designación para los tipos de protección
de equipos encapsulados es la siguiente:
“m” “q” Sumergidos encapsulados en resina y en una masa aislante polverulenta, respec-
tivamente. Este equipo se permite usar en áreas Zona 1, ó Zona 2.

Normatividad
API-RP 500- 2002.
API-RP 505 – 2002.
ANSI C80.5- 2005.
ANSI/ISA – TR12.24.01 1998.
NFPA- 30-2008.
NFPA – 58 - 2008.
NFPA -70-2002.

( 1 7 0 )     Normatividad

NFPA 496- 2008.
NFPA - 497- 2004.
NRF-036-PEMEX -2003.
Directiva 1999/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 1999,

relativa a las disposiciones mínimas para la mejora de la protección de la salud y
la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas
explosivas (Decimoquinta Directiva específica con arreglo al apartado 1° del
artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE del Consejo).

Normatividad    ( 1 7 1 )



C ap í t u l o 7 Riesgo por ruido

El sonido es una alteración física producida por ondas de presión que viajan en un
medio, el cual ha de poseer masa y elasticidad como el aire, el agua y los materiales,
entre otros. Otra forma de definirlo es como una variación de presión que el oído
puede detectar y que potencialmente puede ocasionar daños a la audición.

Para determinar los efectos que el ruido puede generar en el organismo se parte
del conocimiento de los valores límites permisibles, los cuales establecen tiempos
máximos de exposición (ver tabla 7.1), a determinados niveles de ruido sin que se
presenten efectos nocivos para la salud de la mayoría de los trabajadores.

Cuando se habla de la diferencia entre ruido y sonido, suele decirse que el sonido
genera una sensación agradable a quien lo escucha, mientras que el ruido produce,
por su parte, una sensación desagradable. La definición habitual para ruido es: “un
sonido molesto para el que lo está escuchando”, pero dicha definición es subjetiva
e independiente de la capacidad de hacer daño al sistema auditivo. No obstante,
es necesario comprender que así se trate de un sonido que genera una sensación
agradable, éste será perjudicial para el trabajador si su intensidad supera los valores límite
permisibles para el tiempo de exposición. Ese será el criterio manejado en este libro.

Es necesario que el encargado del programa de higiene industrial en la
empresa conozca la frecuencia, la presión sonora y el tiempo de exposición, que
son determinantes para establecer si el ruido puede perjudicar la salud de los
trabajadores y poder así, establecer los controles para minimizar sus efectos.

  ( 173 )

Conceptos básicos del riesgo por ruido
Los sonidos o el ruido, como ondas mecánicas que son, obedecen a todas las leyes de la
mecánica ondulatoria y se caracterizan, básicamente, por la frecuencia y la intensidad,
adicionalmente por el timbre.
La frecuencia, también llamada tono, se refiere al número de ciclos por segundo o
hercios y se divide en frecuencias de octava (Do, re, mi, fa, sol, la, si, do); entre el primer
Do y el último "do" está comprendida una octava completa y la frecuencia de "do" es el
doble que la del Do inicial. Cada una de las notas tiene una frecuencia de vibración, por
ejemplo, la tecla LA de la octava central de un piano vibra a 440 ciclos por segundo, es
decir a 440 Hertz, la tecla LA de la octava siguiente (a la derecha) vibra a 880 Hz y la de la
octava anterior (a la izquierda) a 220 Hz.
Las características del ruido son: intensidad, tono y timbre. La intensidad se relaciona
con el volumen al que se está generando un sonido, el tono, como ya se mencionó, se re-
laciona con la frecuencia a la que se está emitiendo el sonido y el timbre con la fuente que
lo emite; por el timbre podemos diferenciar un sonido y decir que éste es emitido por un
piano o por un violín, aún si tienen la misma frecuencia e intensidad.
El oído humano percibe sonidos comprendidos entre 20 Hertz y 20 kiloHertz. Las
frecuencias centrales de cada una de las diez bandas de octava que una persona oye, son
las siguientes: 31.5, 63, 125, 250, 500, 1000, 2000, 4000, 8000 y 16000.
La velocidad del sonido en el medio en que se propaga no depende de la intensidad,
ni de la frecuencia sino de las características del medio: en el aire es de 340 m/s, en el agua
es de 1500 m/s, en el acero de 5000 m/s y en el vacío no se trasmite el sonido. Cuando un
vehículo se desplaza a una velocidad superior a la del sonido (>1 Mach) el sonido que
genera el vehículo queda atrás y el pasajero no percibe el sonido generado por el motor
trasero del vehículo.
Dado que el ruido es una onda que genera una presión en el medio en el que se despla-
za, puede evaluarse en unidades de una fuerza distribuida en un área, como por ejemplo
en el sistema métrico decimal: Newton/metro cuadrado, (N/m2) es decir, Pascales (Pa),
que es una unidad de presión. Los umbrales de la audición humana están comprendidos
entre 20 micro Pascales uP, a varios cientos de Pascales. Esto dificulta el manejo en este
sistema de unidades porque las mediciones del nivel de presión sonora tendrían valores
comprendidos entre ocho órdenes de magnitud. De otra parte, la sensibilidad del oído hu-
mano no es lineal, sino logarítmica. Razones suficientes para que la intensidad del sonido
se evalúe en unidades logarítmicas como los decibeles, dB.

Lp = 20 log P
Po

Lp: nivel sonoro en decibeles.
P: presión en Pascales.
Po: presión de referencia 20 micro Pascales.

( 1 7 4 )     Conceptos básicos del riesgo por ruido

Correspondiendo así 20 uPa al umbral inferior de audición, es decir, la presión míni-
ma a la que una persona inicia la audición, la cual equivale a 0 dB.

1,0024 Pascales equivale a 94 dB.
10,024 Pascales son 114 dB.
Los dos valores anteriores en decibeles son los niveles de presión acústica en los cua-
les se acostumbra verificar la calibración de los sonómetros.

Clasificación del ruido

Por su distribución temporal se encuentran varias clasificaciones sin que difieran subs-
tancialmente, las cuales se pueden resumir en los siguientes tipos:
Continuo estable o estacionario: es aquel que presenta variaciones menores o iguales a 5

dBA (decibeles A) durante el registro de las mediciones. Por ejemplo, el ruido de un
motor que funciona sin variaciones.
Continuo fluctuante: cuando tiene variaciones mayores a 5 dBA (decibeles A) durante
períodos cortos de tiempo, este ruido varía continuamente sin apreciarse estabilidad.
Intermitente: cuando hay variaciones significativas de presión sonora, en períodos no mayo-
res de 15 minutos y con variaciones superiores a 5 dBA (decibeles A), el nivel superior se
mantiene por cerca de un segundo y puede ser: intermitente fijo, o intermitente variable.
De impacto o impulso: es de corta duración. El tiempo en que el nivel de ruido alcanza su
máximo nivel es inferior a 35 milisegundos, mientras que la duración total del sonido
es de 0,5 segundos. Para que el ruido se considere de impacto, además de lo anterior,
entre un impacto y otro debe existir un lapso de tiempo mayor o igual que un segundo.
Cuando los intervalos son menores de un segundo, el ruido se considera continuo.

Se pueden dar combinaciones de todos los ruidos anteriores.

Onda sonora

Alteración que ocurre cuando un material vibra y varía la presión atmosférica alrededor
de ese mismo objeto. Cuando el oído percibe esa alteración (onda sonora), se activa el
nervio auditivo, y entonces el cerebro registra el sonido.

Longitud de onda

x

Presión Amplitud de onda Tiempo G r á fic o 7. 1
y
Representación gráfica
de una onda sonora.

Conceptos básicos del riesgo por ruido    ( 1 7 5 )

Amplitud de onda: es el máximo desplazamiento o la mayor presión que alcanza un soni-
do; se mide en las unidades logarítmicas de decibeles. Son sinónimos con nivel sonoro,
presión sonora o volumen. En el gráfico 7.1 la amplitud de onda se señala en la altura
que alcanza la onda en el eje y (ítem presión).

Frecuencia: la frecuencia, también llamada tono, corresponde a la cantidad de vibraciones
que emite una fuente por segundo o al número de veces que se repite un ciclo en esa
unidad de tiempo. En el gráfico 7.1 se muestra la longitud de la onda en el eje x.

Causas del riesgo por ruido

Algunas de las causas principales de la generación de ruido en las empresas son las si-
guientes:

1. Máquinas y equipos cuyo diseño no cumple con los estándares establecidos para
el control de ruido. Es factible que un equipo cumpla con una norma y no con
otra más exigente de otra región.

2. Falta de aislamientos acústicos.
3. Falta de sistemas de amortiguación en los equipos para reducir la vibración.
4. Ubicación inapropiada de equipos ruidosos, quedando cerca a áreas de menor

ruido.
5. Ubicación de varios equipos que generan ruido en una determinada área, lo que

significa una distribución inadecuada de los equipos en la planta.
6. Ubicación de equipos cerca a paredes y a superficies que producen un aumento en

la reverberación y la resonancia.
7. Falta de mantenimiento de los equipos, representado por falta de reemplazo de par-

tes, uso de partes de corte sin estar apropiadamente afiladas o lubricación deficiente.
8. Actividades ruidosas cerca a otras no ruidosas, de modo que trabajadores ajenos

a esa actividad queden expuestos innecesariamente.
9. Regímenes de trabajo muy exigentes, como revoluciones de los equipos mayores

a las indicadas por el fabricante o sobrecargas que aumentan el nivel de ruido.
10. Hábitos ruidosos de los operarios, quienes generan ruido al colocar música o al

golpear objetos innecesariamente.

Efectos para la salud a causa del ruido

La principal forma de transmisión de las ondas sonoras es a través del sistema auditivo,
que es la vía más frecuente de ingreso y la que presenta una mayor vulnerabilidad al ruido
excesivo; en el sistema óseo se presenta básicamente la transmisión, por vibración del
apófisis mastoides del hueso temporal, la cual es una importante transmisora del ruido,
que solo se puede bloquear mediante un casco integral que cubra el cráneo en esta área,
como el de los pilotos de helicóptero, por ejemplo.

La exposición a niveles de ruido altos genera, a corto plazo, una desviación o despla-
zamiento temporal del umbral auditivo, con dificultad para escuchar órdenes, adverten-

( 1 7 6 )     Conceptos básicos del riesgo por ruido

cias y conversaciones; así como alteraciones emocionales y nerviosas. A mediano y largo
plazo se genera la desviación permanente del umbral por lesión de las células ciliadas neu-
rosensoriales, llamada “hipoacusia” y que afecta inicialmente a las frecuencias altas; esto
no es percibido por parte del trabajador afectado, ya que inicialmente no compromete
las frecuencias conversacionales. Esta situación eleva la importancia de las audiometrías
periódicas para el personal expuesto al ruido, como única forma de diagnosticar precoz-
mente la pérdida de audición en esta fase. Si continúa la exposición, se comprometen las
bandas conversacionales, cuya alteración sí es percibida por el afectado al interferir en su
comunicación social, pero desafortunadamente en esta fase la lesión ya es irreversible.

La exposición continua a altos niveles de ruido puede ocasionar efectos de tipo fisio-
lógico y psicológico, como secreción de hormonas en la glándula tiroides, incremento en
la presión arterial, producción de adrenalina y corticotrofina, aceleración de la frecuencia
cardíaca, dilatación de las pupilas y alteraciones en los sistemas nervioso, circulatorio y di-
gestivo. Además, el ruido puede causar estrés, molestias, dificultades en el aprendizaje y en
la comprensión de ideas, alteraciones del sueño, ansiedad, fatiga, agresividad y depresión.

Entre los problemas que el ruido genera en los trabajadores están:
1. Restricción auditiva para escuchar advertencias o indicaciones.
2. Alteraciones del equilibrio (vértigo).
3. Cefalea o dolor de cabeza.
4. Efectos psicológicos: cambios en el comportamiento, irritabilidad, estrés, ansie-

dad, baja concentración.
5. Lentitud e imprecisión en tareas intelectuales.
6. Hipoacusia o sordera.

Valoración del riesgo por ruido
Para que el ruido afecte la audición de las personas se requiere que su intensidad, perio-
dicidad y tiempo de exposición superen los límites permisibles. No obstante, hay algunas
personas que son más susceptibles, de modo que con niveles de ruido aún dentro de los
valores permisibles, pueden sufrir lesiones auditivas permanentes.
Cuando un trabajador está expuesto a diferentes niveles de ruido durante la jornada
laboral, estos deben sumarse como unidades logarítmicas para establecer la exposición
total diaria, procediendo de la siguiente manera:

Leqj = 10 log ((1/T)(∑ ti * 10 NPAi / 10))

Donde:
Leqj: nivel equivalente de la jornada.
T: duración total de la jornada.
ti: tiempo parcial i de la exposición al ruido i durante la actividad i.
NPAi: nivel de presión acústica de la actividad i.

Valoración del riesgo por ruido    ( 1 7 7 )

La duración de la jornada es el tiempo de exposición real al ruido, que no es necesa-
riamente de ocho horas diarias sino el tiempo al que efectivamente se esté expuesto.

El día laboral está calculado para exposiciones de ocho horas, es decir, que cuando
se habla de nivel equivalente diario, se hace la equivalencia a ocho horas diarias de expo-
sición.

La exposición de una jornada laboral diferente a ocho horas diarias, se puede llevar a
una exposición equivalente diaria de ocho horas, con la siguiente expresión:

Leqd = Leqj + 10 log Duración de la jornada
8 horas

Donde:
Leqd: nivel equivalente diario de ocho horas.
Duración de la jornada: es el tiempo de exposición al ruido en horas.

Valores límite permisibles (TLV)

Son valores establecidos mediante pruebas de laboratorio y registros estadísticos sobre
disminución auditiva en trabajadores expuestos al ruido; sirven para indicar valores de
intensidad permitidos durante determinados tiempos de exposición, dentro de los cuales,
la mayoría de las personas no presentan alteraciones auditivas.

Los valores límites permisibles estarán dados según dos factores: la intensidad del
ruido y el tiempo de exposición al mismo.

En este libro se toman los establecidos por la Conferencia Americana de Higienistas
Industriales Gubernamentales de los Estados Unidos, ACGIH. Los tiempos de exposición a
que se refiere la tabla 7.1 se señalan para trabajadores sin ningún tipo de protección auditiva.

T a b la 7. 1 Horas Tiemp o de Nivel de pre s i ó n
Minutos exposición so n o r a dBA
Valores límites permisibles
según la Conferencia Americana 24 80
16 82
de Higienistas Industriales 8 85
Gubernamentales. 4 88
2 91
1 94
30 97
15 100
7.5 103
3.75 106
1.88 109
0.94 112

Para calcular el valor máximo permitido de ruido a una intensidad de un nivel de
presión acústico (NPA) se utiliza la siguiente expresión:

( 1 7 8 )     Valoración del riesgo por ruido

Tiempo máximo permitido =  16   = [horas]
2 (NPA - 82) / 3

Donde:
NPA = nivel de presión acústica.
En el caso del ruido de impacto se expresa según la tabla 7.2, que recoge el número de

impactos permitidos al día de acuerdo a un nivel máximo.

Nivel m á x imo N úmero de impac tos T a b la 7. 2
de ru ido permitid o s / d í a
Número máximo de impactos
120 10.000 permitidos al día.

130 1.000

140 100

Para niveles de ruido diferentes a los de la tabla 7.2 el número de impactos permisibles
se obtienen de la fórmula siguiente:

Impactos máximos permitidos = 10 (160 – L) / 10

Donde:
L: nivel de ruido de los impactos, no podrán ser superiores a 140dB (C).
No obstante se tengan valores límite permisibles, existen individuos con una mayor
sensibilidad que pueden verse afectados así se encuentren expuestos a ruidos dentro de
los valores límite permisibles; de igual manera, cuando a la situación habitual se agregan
algunas variables que se presentan de forma cotidiana en el trabajo como la prolongación
ocasional de la jornada laboral, incrementos en la producción que pueden generar aumen-
tos de niveles de ruido, desgaste de máquinas y equipos se producirá más ruido; por lo
tanto, se debe procurar que haya un amplio margen de seguridad evitando que el nivel de
exposición esté muy cerca a los valores límite permisibles recomendados.
El especialista puede utilizar el dosímetro para obtener como resultado de medición
el porcentaje de dosis de ruido, siendo el 100% el valor límite permisible: 85 dBA para 8
horas de exposición; pero se debe tener muy en cuenta que este valor límite fue estableci-
do cuando no existían los dosímetros, en ese entonces la medición de la dosis no era tan
exacta, solo se consideraba el ruido en el puesto de trabajo para los lugares y momentos
más críticos. En consecuencia, hay que ser muy prudentes al aplicar el concepto de dosis,
para compararlo con un valor límite permisible para el que la mayoría de las personas no
presenta hipoacusia y que fue calculado cuando no existían los dosímetros.
Cada individuo presenta una sensibilidad diferente al ruido y para garantizar su pro-
tección efectiva, es necesario tener en cuenta aspectos como la duración de la jornada
laboral y el desgaste de la maquinaria.

Valoración del riesgo por ruido    ( 1 7 9 )


Click to View FlipBook Version