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Published by aurelianobendiaa, 2017-05-08 18:54:35

Reglamento

Tabla de contenido

I. De aspectos generales ............................................................................................................ 2
II. De los horarios de entrada, comida y salida .......................................................................... 2

III. De los días de asueto y las vacaciones ................................................................................... 5
IV. Del código de etiqueta y la vestimenta .................................................................................. 6

V. Del servicio al cliente .............................................................................................................. 7
VI. Del área de trabajo ................................................................................................................. 7

VII. Del equipo de cómputo .......................................................................................................... 7

VIII. Del Integrante del Mes ........................................................................................................... 9
IX. Del Programa de Capacitación ............................................................................................. 10

X. De las actas administrativas ................................................................................................. 12
XI. De la Comisión de Disciplina ................................................................................................ 13

XII. De la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene...................................................................... 13



































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I. De aspectos generales


Artículo I. El siguiente reglamento comprende todos los lineamientos, reglas y acuerdos

correspondientes a la relación entre las entidades PKF Querétaro y Consultores Administrativos (de
aquí en adelante referidos como “la firma”) y los integrantes.

Artículo II. El conocimiento y cumplimiento del siguiente reglamento es de carácter obligatorio
para todos y cada uno de los integrantes de la firma.

Artículo III. Todos los integrantes de la firma tienen la obligación de comprobar el conocimiento
del presente reglamento a través del mecanismo de certificación designado por el departamento
de Recursos Humanos.

Artículo IV. Si se considera pertinente, el área de Recursos Humanos en conjunto con la
dirección podrá modificar, añadir o eliminar los artículos que así requiera, adquiriendo la obligación
de informar a todos los integrantes sobre los cambios realizados. Así mismo podrá realizar
excepciones de acuerdo a su criterio en todos y cada uno de los artículos mencionados.

Artículo V. Ninguno de los lineamientos que forman parte del presente reglamento podrá ser

modificado, alterado u omitido por los integrantes de la firma. Únicamente el departamento de
Recursos Humanos tiene la facultad de hacer las modificaciones que considere pertinentes,
teniendo la obligación de darlas a conocer a cada uno de los integrantes de la firma.

Artículo VI. Ninguno de los temas aquí tratados tiene carácter retroactivo, es decir solo aplica
para eventos ocurridos a partir de su publicación.

Artículo VII. El presente reglamento otorga validez a una serie de manuales de procedimientos,
formatos y códigos suplementarios agregados como anexos.




II. De los horarios de entrada, comida y salida


Artículo I. Los horarios de entrada, comida y salida son los siguientes:
1.01 De lunes a viernes el horario de entrada es a las 8:00, la hora de comida es a las 14:00 y
regresando a laborar a las 15:15. La salida es a las 18:00.

1.02 Los horarios de medio tiempo matutino son de 8:00 a 13:00. Sin derecho a hora de comida.






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1.03 Los horarios de medio tiempo vespertino son de 14:00 a 19:00. Sin derecho a hora de
comida.

1.04 El horario de los sábados es de 8:00 a 13:00. Sin derecho a hora de comida y se utilizará
exclusivamente para capacitación.



Artículo II. Los integrantes en su hora de entrada cuentan con una tolerancia de 15 minutos.

2.01 Sera considerado retardo, todo registro de entrada 16 minutos posterior a la hora de
entrada.
Artículo III. Una vez registrada la entrada, los integrantes tienen estrictamente prohibido salir
de las instalaciones de trabajo para cuestiones ajenas a las labores. En caso de salir, es necesario
registrar salida y volver a ingresar su entrada al regresar.

Artículo IV. Es obligación del departamento de Recursos Humanos (R H) proporcionar a cada
integrante una clave y contraseña para el registro de sus horarios de entradas y salidas.

Artículo V. Es obligación de los integrantes a excepción de los puestos de mando y los
previamente señalados por la direccion general, el registro de la hora de su entrada, su salida a
comer, su regreso posterior a la comida y su hora de salida.

Artículo VI. Es obligación de Recursos Humanos obtener el registro de eventos de cada uno de

los integrantes.

Artículo VII. Son considerados eventos a aclarar con goce de sueldo:
7.01 Las fallas a la hora de los registros ocasionados por problemas técnicos como fallas de
energía, errores en sistema, problemas con claves, etc.

7.02 Cuando se registra entrada posterior a los 15 minutos debido a haber asistido a visitar
alguna compañía o asunto laboral.

7.03 Cuando se registra tarde el regreso de la hora de comida debido a haber asistido a alguna
compañía o asunto laboral.

7.04 Cuando se registra temprano la salida de la oficina debido a que visitará a alguna compañía
o asunto laboral.

7.05 Cuando no se presentan a la oficina por ejercer sus labores desde las compañías o alguna
otra área definida.



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7.06 Cuando disfruten de su periodo vacacional.

7.07 Cuando se haya faltado a laborar debido a alguna enfermedad y se presente el justificante
medico pertinente.

7.08 Cuando se haga uso de algún premio o incentivo de días de descanso.

7.09 Cuando se tenga un permiso autorizado con goce de sueldo.



Artículo VIII. Se otorga validez oficial al anexo Manual para registro de Incidencias donde se
estipulara todo lo referente a las aclaraciones de las mismas.

Artículo IX. Serán consideradas aclaraciones validas aquellas que:
9.01 Sean enviadas según el medio previamente establecido para las mismas, en las fechas y
horas estipuladas en el Manual para registro de Incidencias.

9.02 Serán considerados eventos mal aclarados aquellas aclaraciones que no sean enviadas en
los tiempos, medios y formas establecidos.

Artículo X. Serán descontados de la nómina de cada integrante:
10.01 Todas las faltas injustificadas o mal aclaradas.
10.02 Un día por cada 3 retardos o salidas tempranas injustificados o mal aclarados.

Artículo XI. Es obligación de cada integrante enviar sus aclaraciones en las formas, tiempos y
medios establecidos.

Artículo XII. Los integrantes con más de un año laborado en la firma, tienen derecho a 5 permisos
con goce de sueldo al año, en caso de no usar ninguno de ellos se recibirá un bono especial a
principios del año siguiente

12.01 Sera considerado permiso con goce de sueldo cuando:
(a) Se solicite con mínimo tres días de anterioridad y haya sido aprobado por el área de
Recursos Humanos con el visto bueno de la Gerencia y el jefe directo según el Formato de
Solicitud de Permisos.
(b) Cuando algún familiar de línea directa (padres, hijos, hermanos y esposos) fallezca o tenga
un accidente se tendrá derecho a:
(i) 1 a 2 días si el evento es local.
(ii) 3 a 4 días si el evento es foráneo.
(iii) Ambos casos dependiendo de la situación y son independientes a los 5 permisos anuales.
12.02 Cuando un hijo o familiar de la línea directa se enferme y se presente el justificante médico
del mismo.


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12.03 No será considerado permiso pero se gozara de sueldo cuando se deba a enfermedad
siempre y cuando presente justificante médico del I.M.S.S. para los afiliados y genérico para los no
afiliados y el medico recomiende reposo obligatorio. No serán válidas las recetas médicas.



III. De los días de asueto y las vacaciones


Artículo I. Se consideran días de asueto oficiales:

(a) 1° de enero: celebración de Año nuevo
(b) 5 de febrero: Conmemoración del Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
(c) 21 de marzo: Conmemoración del natalicio de Benito Juárez.
(d) 1º de mayo: Día del Trabajo
(e) Día de Votaciones para Presidente de la República Mexicana (cada 6 años).
(f) 16 de septiembre: Aniversario del Inicio de la Independencia de México
(g) 20 de noviembre: Conmemoración del aniversario del inicio de la Revolución Mexicana
(h) 1º de diciembre: Cambio de presidente (cada 6 años).
(i) 25 de diciembre: Navidad

Artículo II. Se consideran días de asueto no oficiales y proporcionados por la empresa:

(a) Viernes Santo
(b) Sábado de Gloria
(c) 5 de mayo : Conmemoración de la Batalla de Puebla
(d) 10 de mayo : Día de las Madres (solo para madres)
(e) 2 de noviembre: Día de muertos
(f) 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe
(g) 24 de diciembre : Nochebuena
(h) 31 de diciembre: Fin de año

Artículo III. Los integrantes tienen derecho a 6 días de vacaciones cumplido su primer año de
labores.
3.01 Y se irán modificando de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.
3.02 Los días vacacionales tienen que ser autorizados por el área de Recursos Humanos con el
visto bueno de los jefes directos y la Gerencia.
3.03 Las vacaciones tienen que ser solicitadas con treinta días de anticipación, según el Formato
para solicitud de Vacaciones.
3.04 Los días de vacaciones no tomados durante el año, se pierden automáticamente. No son

acumulables ni reembolsables.

Artículo IV. Es facultad de las direcciones y gerencias la selección de días de asueto
extraordinarios, bajo concepto de remuneraciones o premios.



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4.01 Es necesaria la firma en el oficio de la gerencia, el departamento de R.H. y la dirección
general.



IV. Del código de etiqueta y la vestimenta


Artículo I. Los integrantes están obligados a cumplir con el siguiente código de etiqueta y

vestimenta.
1.01 La vestimenta para caballeros es formal. Consta de pantalón de vestir, camisa con cuello y
manga larga, corbata y zapatos cerrados limpios y boleados. El uso de saco es opcional.
1.02 La vestimenta para las damas es formal. Consta de pantalón de vestir, vestido o falda, blusa
de vestir con cuello y zapatos de tacón limpios y boleados. El uso de saco es opcional.
1.03 Los sábados la vestimenta para damas y caballeros es casual, el pantalón de mezclilla es
permitido siempre y cuando no esté roto. También el uso de camisas de manga corta y playeras tipo
polo están permitidos. Queda prohibido el uso de pants, mayones, sandalias playeras sin mangas,
playeras estampadas, blusas escotadas, strapless, bermudas, etc.
1.04 La imagen personal debe de ser en todo momento limpia y pulcra.
(a) Para los hombres, el cabello corto, barba y bigote recortado y aseado; uñas limpias.
(b) Para las mujeres, el cabello peinado y maquillaje discreto; uñas limpias.
(c) El uso de perfumes y lociones debe de ser discreto.

1.05 En caso de presentarse a laborar sin seguir el código de vestimenta, es obligación de los
jefes directos, encargados, gerentes y directores presentar un acta administrativa que ameritara un
castigo económico según se estipulara en el Capítulo XI.

Artículo II. El uso de celulares queda prohibido a menos que se utilice para el desempeño de
las labores previa autorización de la gerencia, Recursos Humanos y dirección general.


Artículo III. Los integrantes de la firma están obligados a comportarse con apego al Código de
etiqueta de la firma que se anexara como apéndice.
3.01 El teléfono se tiene que contestar con el siguiente enunciado:
PKF Querétaro buenos/buenas días/tardes/noches. Le atiende (Nombre de quien toma la
llamada), ¿en qué puedo ayudarle?
3.02 Es obligación de todos los que contesten el teléfono pasar el recado o la llamada según el
Manual de Procedimientos de la recepción.
3.03 Es obligación de todos y cada uno de los integrantes contestar de recibido cada uno de los

correos electrónicos que reciba.
3.04 Los integrantes de la firma deben de comportarse y dirigirse, tanto a sus compañeros como
a los clientes, con respeto y amabilidad.
3.05 Los integrantes de la firma no deberán de cometer actos inmorales.



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V. Del servicio al cliente


Artículo I. Los integrantes están obligados a apegarse al Protocolo de la firma que se anexara

como apéndice.

Artículo II. Es obligación de las recepcionistas recibir, atender y asistir a los clientes cuando
lleguen a cualquiera de las oficinas.

Artículo III. Cuando las recepcionistas no se encuentren o no puedan recibir, atender o asistir a
los clientes es obligación de los demás integrantes asistir al cliente antes de que este pida ayuda.



VI. Del área de trabajo



Artículo I. Los escritorios de los integrantes de la firma deben permanecer en todo momento
ordenado y limpio.

Artículo II. Está prohibido el consumo de cualquier alimento en las áreas de trabajo.


Artículo III. Es obligación de los integrantes, al finalizar sus actividades laborales diarias, dejar
sus escritorios ordenados y limpios, sin carpetas o documentos de los mismos.

Artículo IV. Al finalizar su día de labores, cada integrante de la firma es responsable de vaciar su
cesto de basura en el contenedor principal de depósitos.
4.01 La única basura permitida en los cestos de basura personales es la que se origina por el
desempeño de sus actividades laborales, es decir, hojas, grapas, basura de lápiz, etc.
4.02 Todos los documentos que se vayan a reciclar deben ser tachados con dos líneas diagonales
y colocadas en el área especificada para tal cuestión.
4.03 Todos los documentos que se vayan a desechar tienen que ser cortados en tiras de tal forma
que su contenido no resulte revelado.

Artículo V. La apertura y cierre de la oficina se hará de acuerdo a lo establecido en el Manual
de apertura y cierre.



VII. Del equipo de cómputo



Artículo I. Es obligación y responsabilidad de cada integrante de la firma el cuidar y mantener
en buen estado el cómputo que tenga asignado.


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1.01 Es obligación del departamento de Sistemas proporcionar una carta responsiva a cada
integrante por sus equipos de computación, y obligación de quien lo reciba de firmarla.
1.02 En caso de daños al equipo de cómputo ocasionado por malos usos, golpes, caídas, contacto
con lluvia o demás situaciones derivadas de la falta de cuidado y mal uso será responsabilidad de
los integrantes cubrir el costo total de su reposición.
(a) La firma financiara a los integrantes las composturas o reposición y se les ira descontando
de sus nóminas dependiendo lo acordado.

Artículo II. Cuando las fallas son ocasionadas por otros elementos como el tiempo, sobrecarga,
energía o demás situaciones ajenas al cuidado, el departamento de Sistemas está obligado a
repararlas si se considera pertinente.

Artículo III. El departamento de Sistemas tiene la obligación de efectuar mantenimiento
preventivo a cada equipo de cómputo por lo menos una vez al mes.


Artículo IV. Queda prohibido el uso de computadoras personales para el desempeño de labores
de la firma.

Artículo V. Los integrantes de la firma se comprometen a:
5.01 No descargar ni reproducir música, aplicaciones, juegos, software o cualquier otro archivo
a la máquina, ni en dispositivos externos.
5.02 No instalar ningún programa a la máquina.
5.03 No visitar sitios peligrosos, ilegales, o irrelevantes para el desempeño de sus actividades

laborales.
5.04 Solo utilizar la máquina para el desempeño de sus actividades laborales.
5.05 Seguir las instrucciones específicas que el departamento de Sistemas les indiquen para el
mantenimiento y cuidado de sus computadoras.

Artículo VI. El departamento de Sistemas se compromete a brindar soporte técnico para
mejorar o corregir el funcionamiento de las computadoras y equipos tecnológicos.
6.01 La solicitud de soporte para sistemas se debe de realizar a través de la plataforma diseñada
para esto, según el Manual para Requerimientos Tecnológicos
(a) Se debe proporcionar toda la información solicitada.
(b) Se debe de ser honesto conforme a la prioridad seleccionada.
(c) Se debe de ser lo más explícito posible
(d) Se adjuntará un manual de requerimiento de soporte como anexo.
6.02 El departamento de Sistemas sólo se atenderán requerimientos hechos a través de la
plataforma.
6.03 El departamento de Sistemas se compromete a dar una respuesta el mismo día del
requerimiento para agendar el servicio lo más pronto posible.




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6.04 El departamento de Sistemas se compromete a brindar el soporte solicitado en menos de 5
días hábiles posteriores a la solicitud.
6.05 Cuando el departamento de Sistemas haga el servicio, es obligación del integrante tener su
máquina completamente respaldada, dejando al departamento de Sistemas sólo la responsabilidad
de respaldar archivos Outlook.
6.06 Los integrantes firmaran un formato de servicio recibido, en el cual se desglose toda la
información referente al soporte brindado por Sistemas.

Artículo VII. Es obligación de los integrantes el respaldo de su información en el servidor de
manera periódica.
7.01 Es obligación trabajar con los documentos guardados en el servidor en todo momento.
7.02 Las computadoras son para uso exclusivo de actividades laborales, por lo que no deben de
existir archivos personales en las mismas en ningún momento.
7.03 El respaldo de la información debe de ser realizado en base a la nomenclatura, fechas y
formas establecidas en el Manual de Respaldo anexado como apéndice.

Artículo VIII. Es obligación y responsabilidad del departamento de Sistemas el respaldo de los
servidores.

Artículo IX. Es obligación y responsabilidad de los integrantes solicitar insumos (tintas, toners)
con antelación de 48 horas a que se hayan acabado.
9.01 Todos los insumos referentes al área tecnológica deben ser solicitados al departamento de
Sistemas a través de la plataforma diseñada para tal caso, apegándose a las normas establecidas en
el Manual para Requerimientos Tecnológicos.


VIII. Del Integrante del Mes



Artículo I. El “Integrante del Mes” es un programa diseñado para incentivar la labor de los
integrantes.

Artículo II. Son candidatos a participar en el programa todos los integrantes de la firma, desde
líderes de equipo para abajo en el organigrama.


Artículo III. La calificación se hará en base a un sistema de puntos, que suman un total de cien,

con los siguientes valores:
3.01 Desempeño: 20
3.02 Proactividad: 20
3.03 Puntualidad y asistencias: 20
3.04 Cursos: 20



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3.05 Votos: 20

Artículo IV. El desempeño se medirá a través de un cuestionario enviado a los jefes directos, y
a la matriz de resultados.

Artículo V. La proactividad se medirá con las propuestas, comités y actividades del integrante.

Artículo VI. La puntualidad y las asistencias se medirán con base al registro de las entradas y

salidas.

Artículo VII. Los cursos se medirán con las calificaciones obtenidas en los cursos del mes a
evaluar.

Artículo VIII. Los votos serán recopilados a través de una encuesta.

Artículo IX. Sera ganador el integrante de cada oficina que obtenga más puntos en el mes a
evaluar.

Artículo X. El premio para cada integrante del mes consiste en un día de descanso con goce de
sueldo.
10.01 Es necesario que el integrante solicite su día de descanso con 15 días de anticipación y sea
autorizado por el área de Recursos Humanos y el jefe directo.
10.02 Es acumulable con varios premios, vacaciones o días feriados siempre y cuanto no dificulte
las actividades de la firma.

Artículo XI. El integrante de la firma que más veces haya ganado el programa de integrante del
mes a final de año será reconocido con premio especial.




IX. Del Programa de Capacitación



Artículo I. Es obligación de la firma otorgar la capacitación de todos los integrantes para la
realización de sus actividades laborales, de la forma que se considere pertinente.

Artículo II. Es obligación de los integrantes tomar la capacitación que la firma requiera para el

desempeño de sus funciones, en los tiempos y formas que la firma considere pertinentes.

Artículo III. Es obligación de todo integrante firmar una carta compromiso y un contrato por
cada programa de capacitación.




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Artículo IV. La capacitación obligatoria se dividirá de la siguiente manera:
(a) Capacitación en el área de trabajo
(b) Cursos de actualización técnica
(i) Es obligación de los líderes de equipo asistir a todos los cursos.
(ii) En caso de que el líder no pueda asistir, debe enviar a algún integrante de su equipo.
(iii) Es obligación de cada líder compartir con los integrantes de su equipo la transmisión de la
información adquirida en los cursos que asista.
(iv) Son obligatorios para los integrantes elegidos a asistir.
(c) Cursos virtuales a través de la plataforma.
(i) Habrá un curso por mes en la plataforma de carácter obligatorio para todos los
integrantes.
(d) Comité Técnico
(i) Se llevara a cabo el día jueves de cada semana de 09:00 a 12:00.
(ii) Es obligatorio para todas las direcciones, gerencias, líderes de proyecto, y auxiliares “A”
de cada equipo.
(iii) Es obligatorio para los participantes externar sus dudas y comentarios al Titular del Comité
los días martes.
(iv) Es obligación del Titular del Comité elaborar una agenda de la próxima reunión y
externarla a las áreas correspondientes a más tardar el miércoles.
(v) Es obligación del Titular del Comité elaborar un acta de lo sucedido en el mismo.
(vi) La asistencia y participación de los integrantes del Comité les hará acreedores de 2 puntos.
(e) Sesiones de Desarrollo Humano
4.02 Cada integrante está obligado a presentar un proceso de certificación en la cual demuestre

que cumple con los conocimientos y aptitudes exigidos para el óptimo desempeño de su labor.
(a) Los integrantes cuenta con dos oportunidades para obtener su certificación, así como de
recibir la capacitación correspondiente para su acreditación.
(b) Los integrantes de nuevo ingreso tiene la obligación de presentar su certificación
correspondiente en un periodo no mayor a dos meses posteriores a su primer día laboral
dentro de la firma para lograr su contratación definitiva.

Artículo V. Los certificados de asistencia y aprobación de cursos serán obligatorios y
determinantes para el desarrollo profesional del plan de carrera en la firma. Cada certificado tendrá
una puntuación específica según las horas y temarios. Al final del mes, cada auxiliar debe de tener
un total de 25 puntos, los líderes de proyecto 40, las gerencias 55 y las direcciones 70 puntos, según
el Tabulador de puntajes de Capacitación. En caso de no acreditarlos se aplicara un descuento de
tres días mensuales que corresponde a los sábados del mes. El último sábado del mes es obligatorio
para la sesión de desarrollo humano.

Artículo VI. Adicionalmente, los integrantes podrán solicitar capacitación y el área de Recursos
Humanos evaluará si el curso solicitado está dentro de las capacidades de la firma y el integrante
dentro del perfil requerido.
(a) La capacitación deben de ser solicitada al área de Recursos Humanos


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(b) La capacitación puede ser proporcionada a través de becas con porcentajes desde el 100%
hasta el 10%, planes de financiamiento o la modalidad que la firma considere pertinente.
(c) El integrante se compromete a acreditar el curso tomado, tener una asistencia mínima del
80% a las sesiones y firmar un contrato de compromiso de permanencia en las labores por
el periodo que Recursos Humanos considere pertinente.
(d) En caso que el integrante incumpla alguna de las condiciones establecidas en el inciso (c) se
anulara el compromiso de la firma para la capacitación con el integrante, obligándolo a
pagar el costo definido en el contrato de capacitación.


Artículo VII. Cursos, talleres y eventos de aspectos humanos
(a) Se darán el último sábado de cada mes de 08:00 a 13:00 en la oficina.
(b) Es de carácter obligatorio para todo los integrantes
(c) Es obligación del área de Recursos Humanos la organización de este curso.
(d) Si se les solicita por el área de Recursos Humanos, es obligación de los integrantes participar
en el desarrollo de estos eventos como se les indique.

Artículo VIII. Para todos los cursos (I.F.O., Presenciales, Virtuales o) se hará una evaluación del
aprendizaje obtenido.
(a) La calificación mínima aprobatoria es de 80.
(b) En dado caso que no se apruebe el curso, el integrante tiene la obligación de volverlo a
tomar pagando esta vez un precio de $50.00 por curso reprobado.

Artículo IX. El plan de carrera consiste en la certificación de los conocimientos y aptitudes

exigidos para las promociones dentro de la firma, designadas y establecidas en el perfil del puesto
de la vacante a la que el integrante desee ser promovido.
9.01 Todas la promociones dentro de la firma serán determinadas a través del cumplimiento de
los siguientes puntos:
(a) Aplicación en tiempo y forma a la convocatoria realizada por el departamento de Recursos
Humanos.
(b) Certificación correspondiente al perfil del puesto.
(c) Aprobación por parte del departamento de Recursos Humanos y del jefe directo.
(d) Firma de carta compromiso y nuevo contrato laboral.




X. De las actas administrativas
Artículo I. Se levantara un acta a administrativa por el incumplimiento de cada uno de los
artículos anteriores, a excepción de las incidencias de registro de horario.
Artículo II. Las actas deberán ser levantadas al momento de la infracción, no son retroactivas.
Artículo III. Las actas administrativas pueden ser levantadas por cualquier superior en el
organigrama, independientemente si es tu jefe directo o no.


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Artículo IV. La omisión del levantamiento de un acta administrativa por parte de los jefes
directos, le hace merecedor de un acta para él.
Artículo V. Todas las actas se archivarán en el expediente de cada integrante y podrán ser
causales de baja.
Artículo VI. La acumulación de tres actas administrativas en un solo mes, le hace merecedor de
un día de descuento salarial.
Artículo VII. La acumulación de tres actas administrativas será motivo de recisión de contrato,

previa discusión de las direcciones y el comité disciplina.
Artículo VIII. Las actas administrativas serán revisadas con el comité de disciplina para analizar su
sanción.





XI. De la Comisión de Disciplina



Artículo I. Las actas administrativas serán revisadas con el comité de disciplina para analizar su
sanción.
Artículo II. La comisión de disciplina será formada por un representante de cada puesto, más
el empleado del mes y la dirección de Recursos Humanos.

Artículo III. La comisión de disciplina mantendrá sesiones con la organización de Recursos
Humanos el primer viernes de cada dos meses.



XII. De la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene



Artículo I. Será integrado por un representante de cada puesto, más el empleado del mes y la
dirección de Recursos Humanos.
Artículo II. Seguirá los estatutos establecidos en el Manual de procedimientos de la Comisión
de Seguridad e Higiene















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