COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO DISTRITAL JULIO FLÓREZ
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
SIEE
ACUERDO N° 13 de septiembre 14 de 2018
Por el cual se reglamenta y modifica el Sistema Institucional de Evaluación Educativa de los
Estudiantes – SIEE – en los niveles de Educación Formal: Preescolar, Básica, y Media del Colegio
Instituto Técnico Distrital Julio Flórez.
EL CONSEJO DIRECTIVO
En ejercicio de sus facultades legales y en especial, las establecidas en la Constitución Política de
Colombia, especialmente los artículos 67,77, 87, 88, 97 y literales a), c), g), h) e i); La Ley 115 de
1994, en su artículo 144; el Decreto 1860 de 1994, artículos 11, 14, 15, 17, 19 y literales a), c), g),
h) e i) del artículo 23; el Decreto 1290 de 2009; Decreto 1075 de 2015; el Documento No. 11 del
MEN, el Proyecto Educativo Institucional.
CONSIDERANDO
Que el Sistema Institucional de Evaluación Educativa de los Estudiantes – SIEE – se distingue por
ser un documento en permanente revisión y construcción, el cual evidencia la participación de
todos los estamentos del gobierno escolar, en un proceso de amplia reflexión y construcción de
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consensos entre la comunidad educativa en lo referente a la evaluación de los estudiantes y la
manera en que ésta incide en la calidad de la educación ofrecida a los estudiantes del Colegio
Instituto Técnico Distrital Julio Flórez.
Que se han realizado periódicamente los correspondientes procesos de estudio, revisión y ajustes
internos al documento SIEE, en los años 2010, 2012, 2015, 2016, 2017 y 2018.
Que como máximo órgano de participación en la organización escolar, le corresponde dar curso
a lo pertinente en materia evaluativa y de promoción de los estudiantes.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA
Que se concibe el presente Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes –SIEE– del
Colegio Instituto Técnico Distrital Julio Flórez, como el conjunto de procedimientos y mecanismos
que permiten establecer los criterios, procesos y procedimientos con los que se evalúa el
aprendizaje y promoción de los estudiantes.
Artículo 1. De la organización escolar.
El colegio establece una organización por ciclos escolares, para el desarrollo de sus competencias y
la realización de proyectos pedagógicos diferenciados según la impronta que se le establece a cada
uno. En el Colegio ITD Julio Flórez se plantean seis ciclos de desarrollo, cada ciclo se considera una
unidad donde el paso de un ciclo a otro está dado por cambios cualitativos en las dimensiones del
desarrollo, distribuyendo los grados así:
CICLOS INICIAL UNO DOS TRES CUATRO CINCO
Me
Exploro mi Me adapto a reconozco Comprendo Descubro Emprendo
Impronta
entorno mi contexto como ser el mundo mis talentos iniciativas
social
Jardín y 1º y 2º 3º , 4º y 5º 6º y 7º 8º y 9º 10º y 11º
Grados Transición
Teniendo en cuenta la modalidad técnica de la institución se ofrecen las siguientes
especialidades:
CAMPO DE FORMACIÓN ESPECIALIZADO - CICLO 5
Técnico en
Diseño e
Técnico en
Técnico en Técnico en Integración Administración Técnico en
Programación Manejo de Turística y Administración
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de Software Ambiental Multimedia de Empresas
Hotelera
Artículo 2. De la propuesta pedagógica
El Colegio ITD Julio Flórez asume como propuesta pedagógica, una organización curricular por
ciclos que se estructura en campos de formación, integrados por dimensiones, asignaturas y
especialidades que desarrollan procesos de aprendizaje y formación de competencias de manera
continua e integral, bajo la perspectiva del constructivismo social, el trabajo en equipo y el
fomento de los valores institucionales, y que enlaza el proyecto de vida de los estudiantes en el
marco de la educación técnica, a saber:
Campo de formación Dimensiones, asignaturas y especialidad
técnica
Ciclo inicial Dimensiones cognitivas, comunicativa,
artística, personal social y corporal.
Construcción de saberes sociales Ciencias sociales, Educación ética y valores,
Religión, Ciencias Políticas y Económicas,
Filosofía.
Comunicación Lengua Castellana, inglés, Lectoescritura
Científico y Tecnológico Ciencias naturales y educación ambiental,
Química, Física, Tecnología e Informática,
Emprendimiento.
Matemático Matemáticas, Pensamiento matemático y
geométrico, Geometría, Estadística.
Corporeidad, motricidad, expresión artística Música, Danzas, Educación física recreación
y cultural y deportes, Formación deportiva.
Formación especializada Técnico en Programación de Software,
Técnico en Diseño e Integración de
Multimedia, Técnico en Manejo Ambiental,
Técnico en Administración de Empresas,
Técnico en Administración Turística y
Hotelera, Orientación vocacional.
Parágrafo único: La formación especializada en el Colegio ITD Julio Flórez, en cada una de las
especialidades se desarrolla por asignaturas, las cuales se valoran de acuerdo al presente Sistema
Institucional de Evaluación.
Artículo 3. De los propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes.
La evaluación como parte del proceso educativo de los estudiantes del Colegio ITD Julio Flórez se
basa en los siguientes propósitos:
- Favorecer en cada estudiante el desarrollo de sus capacidades, competencias y
habilidades.
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- Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizaje.
- Identificar las dificultades para consolidar las competencias del proceso formativo.
- Aprender del acierto, del error y en general de la experiencia.
- Proporcionar al docente información para reorientar o consolidar sus prácticas
pedagógicas.
- Proporcionar al padre de familia o acudiente informes sobre los desempeños del
estudiante y obtener respuesta a los requerimientos de la institución educativa.
- Retroalimentar el proceso de formación del estudiante y reforzar la estrategia de
aprender a aprender.
- Respetar la libertad de pensamiento y de opinión del estudiante, siempre y cuando esté
en el marco de la sana convivencia, y apreciar su capacidad de construir criterios propios
a partir de la argumentación.
Artículo 4. De la definición y características de la evaluación
La evaluación de los estudiantes se concibe como un proceso inherente al aprendizaje donde se
potencia la resolución de problemas significativos, se construyen saberes a partir de situaciones
generadoras del aprendizaje en el contexto disciplinar y/o social en el que se desarrolla el
estudiante. En el marco de la formación integral, la evaluación se enfoca en reconocer el
desarrollo y adquisición de saberes y competencias propias de cada ciclo; las cuales se entienden
como actuaciones integrales del proceso enseñanza-aprendizaje que permitirá al individuo
identificar, interpretar, argumentar y proponer soluciones a situaciones del contexto con
idoneidad, ética y mejoramiento continuo.
Se consideran características de la evaluación en el Colegio Instituto Técnico Distrital Julio Flórez:
- Continua: Se realiza a través del acompañamiento y seguimiento permanente al
estudiante y permite observar el progreso y atender las dificultades que se evidencian en
el proceso de formación.
- Integral: Contempla las dimensiones del desarrollo humano, en particular en lo que
respecta al desarrollo cognitivo, psicomotor, comunicativo y axiológico, lo que permite
potenciar las capacidades y habilidades del estudiante.
- Sistemática: Organizada con base en los principios pedagógicos y guarda relación con el
horizonte institucional, el modelo pedagógico, los estándares curriculares, los derechos
básicos de aprendizaje y otros factores asociados al proceso de formación integral de los
estudiantes.
- Flexible: Tiene en cuenta el desarrollo del estudiante en sus diferentes dimensiones,
ritmos y estilos de aprendizaje.
- Participativa: Involucra a todos los actores educativos reconociendo el papel que cada
uno de ellos ejerce en el proceso de aprendizaje. La evaluación implica diversas miradas
de quienes en ella intervienen y por tanto se deben presentar en diversos momentos.
- Inclusiva: Permite mitigar las barreras del entorno educativo y tiene como fin dar
respuesta a las distintas necesidades de los estudiantes en desigualdad;
contempla a los estudiantes con discapacidad, talentos excepcionales, autismo y
población desplazada o de otras etnias y culturas.
- Formativa: Permite reorientar los procesos y metodologías educativas de una manera
oportuna con el fin de buscar y lograr que lo aprendido incida en el comportamiento y
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actitudes de los estudiantes para alcanzar la meta institucional de formar “Jóvenes
Líderes Transformadores”.
Artículo 5. De los criterios de evaluación.
Los criterios de evaluación establecen el alcance de los aprendizajes según el proceso de los
estudiantes, de acuerdo con las metas y competencias de ciclo, con los objetivos de grado y con los
desempeños propuestos para las asignaturas de cada campo de formación:
- Se evalúan los indicadores de desempeño atendiendo las metas de ciclo y competencias
establecidas por período, de acuerdo con las dimensiones cognitiva, comunicativa, axiológica y
corporal.
- La valoración final, en la educación básica, para cada una de las asignaturas establecidas en el
plan de estudios se obtiene de la sumatoria de las valoraciones obtenidas en cada período
académico teniendo en cuenta los valores porcentuales establecidos en el artículo 11 del
presente acuerdo.
- La valoración de las dimensiones en preescolar es de tipo cualitativo, ajustadas a la escala
nacional.
Parágrafo único: La valoración de los estudiantes que participan de la educación inclusiva del
colegio se ajustará teniendo en cuenta la política pública que para tal fin defina el MEN y la SED. El
colegio construirá un procedimiento anexo al presente SIEE, que favorezca los procesos de
aprendizaje partiendo de los principios de flexibilización, diversificación y adaptación curricular.
Artículo 6. De los criterios de promoción.
La promoción de los estudiantes se realiza por grados y asignaturas, se considera necesario cumplir
con las siguientes condiciones:
1. Aprobar la totalidad de las asignaturas del plan de estudio que cursa, con una valoración
mínima de 3.5 es decir, alcanzar el desempeño básico de la escala de valoración nacional.
2. Asistir como mínimo al 80% de las horas de clases conforme al plan de estudios; excepto
cuando se ha realizado flexibilización por situaciones médicas, de convivencia o de
condiciones de discapacidad que requieran un tratamiento diferencial según su
diagnóstico.
3. Cumplir con las normas establecidas en el Manual de Convivencia.
4. Para los grados 10° y 11° aprobar la Especialidad Técnica.
Parágrafo uno: Las asignaturas Religión, Ética – Religión en 10° y 11° y Orientación Vocacional en
9°, se evalúan y valoran de acuerdo con la escala nacional cualitativa, pero no son tenidas en cuenta
para la promoción final del grado.
Parágrafo dos: De la Promoción en preescolar:
En concordancia con el Decreto 2247 de 1997, por el cual se establecen normas relativas a la
prestación del servicio educativo del nivel preescolar; la promoción se da conforme al artículo 10,
en el cual los estudiantes no reprueban el grado ni las actividades, valorándose sus capacidades y
aptitudes personales.
Parágrafo tres: De la Educación Media Técnica
Entendiéndose que la evaluación de los estudiantes en la Educación Media Técnica en el Colegio ITD
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Julio Flórez conduce a titulación técnica por parte del colegio y por parte del SENA, según se tenga
en vigencia un convenio de articulación y/o la certificación de créditos académicos según disposición
de Institución de Educación Superior (IES), se tendrán los siguientes criterios particulares para la
promoción:
- La evaluación de los estudiantes en la Educación Media Técnica que conduce a la certificación
SENA se regirá por el reglamento que para tal fin expide el SENA.
- El estudiante de grado 10° que repruebe el componente básico o la especialidad, puede repetir
el grado, pero cambiando de especialidad.
- El estudiante de grado 11° que repruebe el componente básico o la especialidad deberá cambiar
de institución dada la naturaleza técnica del colegio.
- La certificación del programa técnico SENA en Diseño e Integración de Multimedia y
Programación de Software, estará sujeta a la aprobación de las asignaturas del campo de
formación en Comunicación, Ética, Educación Física, Recreación y Deportes.
- La certificación del programa técnico SENA en Manejo Ambiental está sujeta a la aprobación de
la asignatura de inglés.
- El estudiante cuya especialidad conduzca a la certificación de créditos académicos por una IES,
deberá cumplir con los requerimientos solicitados por dicha institución.
Parágrafo cuatro: No se recibirán estudiantes nuevos en grado undécimo a excepción de
aquellos que vengan por traslado de otra institución que posea convenio SENA o con Institución
de Educación Superior con programas iguales al Colegio ITD Julio Flórez.
Artículo 7. De los requisitos para obtener el título de Bachiller Técnico
Podrá obtener el título de Bachiller Técnico el estudiante que cumpla con los siguientes
requisitos:
- Aprobar todas las asignaturas de cada uno de los Campos de Formación al finalizar el
último año escolar.
- Realizar la totalidad de las horas exigidas en el proyecto de servicio social.
- Asistir al 80% de las clases establecidas en el manual de convivencia.
- Encontrarse a paz y salvo con el colegio por todo concepto.
- Cumplir con toda la documentación requerida por la normatividad: certificados de
estudio, registro civil y fotocopia del documento de identidad vigente.
Parágrafo único: La ceremonia de proclamación de bachilleres es un acto protocolario, solemne
y no obligatorio, mediante el cual el graduando recibe de manos del Rector o de quien éste
delegue, el diploma que lo acredita como Bachiller Técnico en alguna de las especialidades que
ofrece la institución.
Artículo 8. De la promoción anticipada para los estudiantes No Promovidos
En el Colegio ITD Julio Flórez, la promoción anticipada de los estudiantes que reprueban el año, se
establece a partir del siguiente procedimiento:
1. En la última sesión de la Comisión de Evaluación y Promoción se analiza la situación
académica y convivencial de los estudiantes que no fueron promovidos y recomienda la
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promoción anticipada de acuerdo con los siguientes criterios: a) Haber reprobado máximo
tres asignaturas; b) Haber demostrado una convivencia acorde con las normas
institucionales c) Haber asistido como mínimo al 80% de las clases.
2. El Director de Curso, siguiendo la recomendación de la Comisión de Evaluación y Promoción,
el día de la entrega de informes finales comunica al padre de familia o acudiente la
posibilidad de que su hijo(a) aplique al proceso de promoción anticipada, quien mediante
solicitud escrita dirigida al Consejo Académico solicita la promoción anticipada de su hijo(a)
y establece los compromisos de acompañamiento necesarios.
3. El Director de Curso entrega a los padres de familia el Plan de Mejoramiento de las
asignaturas cuya evaluación final reportó desempeño bajo, estas serán desarrolladas por el
estudiante durante el periodo de receso escolar de final de año y las dos primeras semanas
del siguiente año lectivo.
4. El estudiante iniciará el año escolar en el grado reprobado y en la tercera semana presentará
el Plan de Mejoramiento y la correspondiente sustentación. Si el estudiante aprueba las
asignaturas la valoración será de 3,5.
5. El profesor responsable de la asignatura no aprobada el año anterior y/o quien la lidere en
el nuevo año, en caso de ausencia del primero, acompañará al estudiante en el desarrollo y
evaluación final del Plan de Mejoramiento. Dicho profesor presentará informe escrito a la
Coordinación Académica en el último día de la tercera semana del nuevo año lectivo, quién
verificará el cumplimiento de todos los requisitos. Posteriormente presentará al Consejo
Académico los estudiantes que podrán ser promovidos anticipadamente.
6. El Consejo Académico registra en acta su concepto sobre la promoción anticipada de los
estudiantes y recomienda al Consejo Directivo la promoción anticipada en caso de ser
afirmativo.
7. El Consejo Directivo, mediante acta, aprueba la promoción anticipada de los educandos y la
modificación del registro final de notas del año inmediatamente anterior, teniendo en
cuenta las valoraciones obtenidas en los Planes de Mejoramiento.
Parágrafo uno: La totalidad del proceso de promoción anticipada deberá garantizar la inclusión, del
estudiante, al grado siguiente al inicio de la sexta semana del primer periodo académico. La
heteroevaluación (70%) de las asignaturas del grado al que fue promovido resultará del promedio
de los resultados que obtuvo en el grado de repitencia y las que obtenga en el grado al que fue
promovido. La evaluación final de competencias y autoevaluación se realizará de la misma manera
que los compañeros del curso.
Parágrafo dos: La promoción anticipada no aplica para la reprobación de la especialidad técnica.
Artículo 9. De la promoción anticipada para estudiantes que demuestran desempeños
excepcionales.
Durante el primer período académico del año escolar, los padres de familia y/o acudientes de los
estudiantes que demuestren desempeños excepcionales en todas las asignaturas de cada uno de
los campos de formación podrán solicitar, de manera escrita al Consejo Académico, la promoción
anticipada de sus hijos y/o acudidos, teniendo en cuenta los siguientes requisitos:
1. El estudiante debe presentar como valoración final Desempeño Superior en todas y cada
una de las asignaturas de cada uno de los Campos de Formación del grado anterior.
2. El Director de curso y la Orientación escolar presentan por escrito ante el Consejo
Académico un concepto valorativo atendiendo a los desempeños evidenciados en el
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estudiante, de acuerdo al aspecto cognitivo y a la madurez socioemocional.
3. El Consejo Académico registra en acta su concepto sobre la promoción anticipada de los
estudiantes y recomienda al Consejo Directivo la promoción anticipada.
4. El Consejo Directivo, mediante acta, aprueba la promoción anticipada de los educandos y la
modificación del registro final de notas del año promovido, teniendo en cuenta las
valoraciones del primer período académico cursado.
Parágrafo único: La promoción anticipada se aplica únicamente en los ciclos 1, 2, 3 y 4. En el
caso del ciclo inicial el proceso se adelantará durante el primer mes del año lectivo. Este
procedimiento NO aplica para el ciclo 5.
Artículo 10. De la escala de valoración institucional.
Para la valoración del aprendizaje de los estudiantes en los niveles de la educación básica primaria,
secundaria y media técnica, el colegio adoptará una escala cuantitativa comprendida entre 1.0 como
mínima valoración posible y 5.0 como la máxima. A continuación, se presentan los rangos de
valoración que se ajustan a la escala nacional de carácter cualitativo:
VALORACIÓN ESCALA VALORACIÓN ESCALA
INSTITUCIONAL (CUANTITATIVA) NACIONAL (CUALITATIVA)
1.0 A 3.4 Desempeño bajo
3.5 A 3.9 Desempeño básico
4.0 A 4.5 Desempeño alto
4.6 A 5.0 Desempeño superior
Parágrafo uno: Los estudiantes provenientes de otras instituciones educativas homologarán sus
notas según la escala nacional.
Parágrafo dos: De la escala para el ciclo Inicial:
En el ciclo inicial, la escala de evaluación es cualitativa por lo que se utilizará la siguiente escala:
➢ Superior: Cuando el niño o niña desarrolla satisfactoriamente los procesos a los que se
enfrenta mostrándose independiente del adulto para su resolución. Se representa con
cinco íconos en el informe valorativo del periodo y/o final.
➢ Alto: Cuando el niño o niña desarrolla los procesos a los que se enfrenta, evidenciando
alguna dependencia del adulto para su resolución. Se representa con cuatro íconos en
el informe valorativo del periodo y/o final.
➢ Básico: Cuando el niño o niña necesita el acompañamiento permanente de un adulto
para que logre los retos propuestos. Casi siempre se muestra inseguro y necesita más
tiempo y dedicación para alcanzar las metas. Se representa con tres íconos en el informe
valorativo del periodo y/o final.
Artículo 11. De las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
El Colegio ITD Julio Flórez plantea para su proceso evaluativo durante el año escolar 40 semanas
lectivas, una distribución de cuatro periodos académicos no homogéneos en su extensión ni valor
porcentual con la siguiente distribución, que se ajusta al enfoque institucional basado en la
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formación por competencias y el constructivismo social:
PRIMER SEGUNDO TERCER PERIODO CUARTO
PERIODO PERIODO PERIODO
DURACION 8 SEMANAS 12 SEMANAS 12 SEMANAS 8 SEMANAS
VALOR 20% 30% 30% 20%
PORCENTUAL
COMPETENCIAS INTERPRETATIVAS ARGUMENTATIVAS ARGUMENTATIVAS PROPÓSITIVAS
PROCESO DIAGNOSTICO – CONSTRUCCIÓN DE CONCEPTOS – CREATIVIDAD Y
PEDAGÓGICO PRECONCEPTOS TEORIZACIÓN APLICACIÓN
Parágrafo único: Durante cada periodo académico la evaluación de competencias, señalada en la
tabla anterior, corresponde a la competencia que es prioritaria al proceso del periodo, sin
desconocer la valoración de las otras.
Artículo 12. De los procesos de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación de los
estudiantes.
La evaluación en el Colegio ITD Julio Flórez es un proceso permanente y continuo, en el que
simultáneamente se suceden los siguientes ámbitos:
1. Autoevaluación: Es el ejercicio personal de reflexión crítica, que permite determinar
fortalezas y debilidades de su desempeño académico y convivencial en una determinada
asignatura. La autoevaluación se hará siguiendo la rúbrica institucional.
2. Coevaluación: Es el proceso mediante el cual se establece un diálogo entre el docente y
el estudiante para evaluar los avances y/ o dificultades presentadas en los procesos de
aprendizaje. Se realiza a partir de los indicadores de desempeño propuestos para el
período académico.
3. Heteroevaluación: Es aquella acción que realizan los docentes en forma autónoma sobre
los procesos de aprendizaje del estudiante. Se realiza a partir de los indicadores de
desempeño propuestos para el período académico.
Parágrafo único: De la distribución de la evaluación en cada periodo académico.
El proceso de evaluación se da en la interacción del docente, el estudiante y los saberes durante la
formación integral y por competencias, para lo cual se tiene la siguiente distribución y peso
porcentual al interior de cada periodo académico:
✓ Heteroevaluación: 70 %
✓ Evaluación final de competencias: 20 %
✓ Autoevaluación: 10 %
La evaluación final de competencias hace referencia al examen que el docente de la asignatura
aplica a sus estudiantes evaluando las competencias desarrolladas durante el periodo.
Artículo 13. De las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los
estudiantes durante el año escolar.
Las siguientes son las acciones que el colegio realizará para promover el mejoramiento permanente
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de los desempeños en sus estudiantes durante cada periodo académico y año lectivo:
1. Al iniciar el año lectivo, los docentes de cada una de las asignaturas realizarán la
caracterización diagnóstica de los estudiantes; teniendo en cuenta las competencias en
cada una de las dimensiones del desarrollo que le permitan identificar estilos de
aprendizaje, sus dificultades, potencialidades y sus conocimientos previos y básicos.
2. Al iniciar cada periodo académico el docente de la asignatura entregará en forma física o
virtual a los estudiantes y padres de familia las competencias, los desempeños por cada
dimensión y las estrategias de evaluación.
3. Informe de proceso: En cada uno de los periodos, los maestros elaborarán un informe de
avance del proceso de aprendizaje de los estudiantes que tengan dificultades y que
requieran del acompañamiento de la Coordinación Académica, de los padres de familia, de
inclusión educativa o de orientación escolar. En dicho informe, y de manera sucinta, se
describirán las dificultades del estudiante que servirán para establecer un plan de
acompañamiento y/o firma de compromisos con la Coordinación Académica, el profesor de
la clase y/o el Director de Curso, cuyo objetivo es el alcance de las competencias evaluadas
durante el periodo. Los informes se presentarán a la Coordinación Académica en formato
estándar y quince (15) días hábiles antes de la finalización del periodo en el caso que
corresponde al primer periodo académico y 20 días hábiles antes para el segundo y tercer
periodo.
4. Planes de mejoramiento: Corresponde a las estrategias de aprendizaje y evaluación
alternativas en cada asignatura, tienen como objeto apoyar la superación de las debilidades
de los educandos y por ende su promoción. Al finalizar cada periodo el estudiante que
presente debilidades en el aprendizaje recibirá de su docente de asignatura el Plan de
Mejoramiento respectivo, el cual será evaluado en la semana siguiente por su profesor. Si
la valoración final del periodo en una asignatura es igual o inferior a 3,4 (desempeño bajo),
esta podrá modificarse a 3,5 con la presentación y aprobación del plan de mejoramiento
que deberá tener una calificación igual o superior a 3,5. En el caso de las asignaturas: religión
en todos los grados, ético – religión de los grados 10 y 11 y orientación vocacional del grado
noveno, que resulten valoradas con desempeño bajo al final del periodo, deberán hacer
plan de mejoramiento para modificar su definitiva a la valoración que corresponda al
desempeño básico. Una valoración al plan de mejoramiento que corresponda a un
desempeño bajo no modifica en ningún caso la valoración definitiva del periodo.
Parágrafo único: de las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los
estudiantes se guardarán evidencias escritas (actas, planillas, entre otras) en la carpeta de dirección
de grupo y/o en el archivo de la Coordinación.
Artículo 14. De las Comisiones de Evaluación y Promoción
El Consejo Académico al inicio del año escolar conformará para cada ciclo de la institución, la
Comisión de Evaluación y Promoción. Dicha instancia estará conformada por:
✓ El rector y/o los(as) coordinadores(as) académicos(as) y de convivencia del colegio.
✓ Los(as) maestros(as) del respectivo ciclo del colegio.
✓ La Orientación escolar.
✓ Un (a) representante estudiantil del Gobierno Escolar por cada grado.
✓ Un padre y/o madre de familia o acudiente o tutor(a) de los estudiantes por cada grado.
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Son funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción:
1. Realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los(as)
estudiantes.
2. Solicitar a todos(as) los(as) maestros(as) estrategias de evaluación y de apoyo para
la superación de debilidades de los(as) estudiantes.
3. Dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y maestros(as) que permitan
la superación de las debilidades de los(as) estudiantes.
4. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar
prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los(as)
estudiantes e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.
5. Recomendar a los padres de familia la solicitud de la promoción anticipada de los
estudiantes que se ajusten a lo establecido en el presente SIEE.
6. Implementar y ejecutar el plan de mejoramiento institucional.
7. Garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo
cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de
evaluación.
8. Determinar los(as) estudiantes que serán graduados(as) al terminar su ciclo de
educación media.
9. Determinar los(as) estudiantes que se proclamarán en Ceremonia de Graduación,
una vez terminado su ciclo de educación media.
10. Dejar en actas sus análisis y determinaciones.
La Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado se reunirá una vez finalizado el periodo
académico y utilizará como insumos:
- Los consolidados de notas.
- Informe del docente Director de Grupo.
- Informe de la orientación escolar y/o del docente de inclusión, de los casos que sean
pertinentes.
- Informe de proceso del periodo.
- Otros que se consideren necesarios.
Artículo 15. De las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas
pendientes de los estudiantes.
Dada la naturaleza técnica del colegio, se plantean como estrategias de apoyo necesarias para
resolver situaciones pendientes de los estudiantes:
1. Validaciones: El estudiante presenta una prueba escrita de competencias en cada una de las
asignaturas establecidas en el plan de estudios del grado a validar. Cada prueba consta de
preguntas de selección múltiple y se estructura con base en los estándares, lineamientos
curriculares y los derechos básicos de aprendizaje establecidos para el grado. El estudiante
deberá aprobar todas las áreas con nota mínimo de 3.5 (nivel básico).
2. Estudiantes nuevos sin reporte de notas en periodos académicos: El docente de cada
asignatura asignará las actividades académicas que le permitan al estudiante demostrar el
avance en los procesos desarrollados y en los desempeños trabajados hasta el momento en
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que ingresa a la institución. El docente organizará el plan de trabajo teniendo en cuenta las
estrategias de mejoramiento del período y/o asignará guías, trabajos de consulta y
evaluaciones de desempeño que considere pertinentes. A partir de lo anterior debe
reportar las notas a coordinación académica en forma escrita y consignarlas en la
plataforma en las fechas establecidas.
3. Estudiantes con incapacidad médica y periodo de postparto: el acudiente debe presentar la
constancia médica. En este caso el estudiante tiene el derecho a que se le asignen las
actividades que le permitan avanzar en todos los procesos académicos desarrollados en la
ausencia. A partir de lo anterior, el docente valorará y reportará las notas a coordinación
académica en forma escrita y luego las consignará en la plataforma en las fechas
establecidas para ello.
4. Estudiantes antiguos que abandonan el proceso académico y solicitan su reintegro: El
acudiente presenta la justificación de la inasistencia del estudiante. Si la justificación es
aceptada por parte del Consejo Académico, al estudiante se le asignan las actividades
académicas que le permitan avanzar en los procesos de aprendizaje desarrollados durante
la ausencia. A partir de lo anterior el docente lo valora y reporta las notas a coordinación
académica en forma escrita y las consigna en la plataforma en las fechas establecidas para
ello.
5. Estudiantes provenientes de otros países: La coordinación académica hará la traducción de
las notas del estudiante en su país de origen al Sistema Institucional de Evaluación de los
Estudiantes; cuidando de respetar las disposiciones que para tal fin emita el Ministerio de
Educación Nacional y la garantía al derecho educativo del estudiante. Si es del caso, el
docente de cada asignatura asignará las actividades académicas que le permitan al
estudiante demostrar el avance en los procesos desarrollados y en los desempeños
trabajados hasta el momento en que ingresa a la institución. El docente organizará el plan
de trabajo teniendo en cuenta las estrategias de mejoramiento del período y/o asignará
guías, trabajos de consulta y evaluaciones de desempeño que considere pertinentes. A
partir de lo anterior debe reportar las notas a coordinación académica en forma escrita y
consignarlas en la plataforma en las fechas establecidas para ello.
Artículo 16. De las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del
establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el
sistema institucional de evaluación.
El colegio garantiza el cumplimiento del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes,
SIEE, programando y/o realizando las siguientes acciones:
✓ Información a la comunidad educativa de la conformación y funciones de la Comisión de
Evaluación y Promoción, garantía, conducto regular, debido proceso y SIEE.
✓ Los docentes presentarán al inicio del período a coordinación una rúbrica de evaluación
por período en cada una de las asignaturas que desarrolle, de este instrumento se
obtendrá la información que se registrará en el informe valorativo del estudiante.
✓ Coordinación hará seguimiento permanente a procesos, actividades de aprendizaje,
evaluación, registro de resultados, resolución oportuna de conflictos y/o reclamaciones.
✓ Estudiantes y padres de familia serán informados desde el inicio del año lectivo de las
competencias y desempeños básicos en cada asignatura y grado.
✓ Informar previamente a los estudiantes y padres de familia sobre las actividades y formas
de evaluar, el desarrollo de la asignatura, competencias y desempeños de los períodos y
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año lectivo.
✓ Los resultados en evaluaciones trabajos, informes, tareas, prácticas de campo y/o
laboratorios, se deben entregar máximo cinco (5) días hábiles después de efectuadas.
✓ Los estudiantes conocerán, previo a la entrega a registro académico, el resultado final del
periodo para las respectivas reclamaciones, antes de elaborar boletines informativos.
✓ Toma de decisiones transparentes que garanticen a los estudiantes alcanzar
competencias, desempeños, promoción registrada en las escalas valorativas
institucionales y nacionales y continuidad en el sistema educativo.
✓ La Coordinación y la Comisión de Evaluación y Promoción analizarán en forma
permanente los casos especiales de bajo desempeño académico y determinarán las
directrices tendientes a la superación de las dificultades.
El Consejo Directivo, el Consejo Académico y la Comisión de Evaluación y Promoción velarán por el
cumplimiento de lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes.
Artículo 17. De la periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.
Los informes de resultados evaluativos de los estudiantes serán entregados a los padres, madres de
familia y/o acudientes después de finalizar cada periodo académico según se expresa en la siguiente
tabla:
PRIMER PERIODO SEGUNDO PERIODO TERCER PERIODO CUARTO PERIODO
8 SEMANAS 12 SEMANAS 12 SEMANAS 8 SEMANAS
Dos semanas después Cuatro semanas Cuatro semanas El penúltimo día del
de la finalización del después de la después de la año lectivo
periodo finalización del finalización del
periodo periodo
Artículo 18. De la estructura de los informes.
Los informes de valoración que se entregan a cada padre de familia en la finalización de cada
periodo y al finalizar el año escolar, estarán constituidos por:
1. Identificación: nombre del colegio, jornada única, año lectivo, periodo académico, nombres
y apellidos del estudiante, ciclo y grupo asignado.
2. Identificación de los campos de formación y las signaturas que cursa el estudiante con el
nombre del respectivo docente responsable de la asignatura, intensidad horaria y ausencias
del periodo.
3. La competencia objeto de evaluación en el periodo para cada una de las asignaturas con su
valoración cuantitativa y cualitativa.
4. Un cuadro resumen del informe académico y comportamental que describe para cada
campo de formación y asignaturas, la valoración cualitativa y cuantitativa, la valoración del
plan de mejoramiento, el porcentaje de valoración por periodo y el acumulado, el promedio
académico, la escala de valoración, el puesto ocupado dentro del grupo y la(s)
observación(es) del proceso de convivencia escolar durante el periodo.
5. El informe final o quinto informe, llevará los mismos componentes descritos en el punto
anterior, pero incluirá la observación final que permita identificar su estado de promoción
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y/o no promoción del grado.
6. Los informes deberán ir firmados por el Rector y el Director de Curso
Parágrafo primero: En el ciclo inicial el boletín de calificaciones es de tipo cualitativo y estará
estructurado teniendo en cuenta las cinco dimensiones del desarrollo planteadas para el ciclo.
Tendrá la siguiente información:
1. Identificación: nombre del colegio, jornada única, año lectivo, periodo académico, nombres
y apellidos del estudiante, ciclo y grupo asignado.
2. Identificación de las dimensiones del desarrollo, intensidad horaria y ausencias del periodo.
3. Los desempeños objeto de evaluación en el periodo para cada una de las dimensiones y su
valoración cualitativa de forma gráfica y su correspondencia a la escala descrita en el
parágrafo dos del artículo 10 del SIEE.
4. El informe final o quinto informe, llevará los mismos componentes descritos en los puntos
anteriores, pero valorando el desempeño del niño(a) durante todo el año escolar. Incluirá
la observación final que permita identificar su estado de promoción y un mensaje
motivacional.
5. Los informes deberán ir firmados por el Rector y las Directoras de Curso.
Artículo 19. De las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución
de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.
La institución contempla como instancias que atienden y cumplen con los procedimientos y
mecanismos de resolución de situaciones de evaluación y promoción de los estudiantes, las
relacionadas a continuación:
1. Maestro(as) de la respectiva asignatura.
2. Director(a) de curso.
3. Coordinación Académica.
5. Consejo Académico.
6. Comisión de Evaluación y Promoción.
7. Rectoría
8. Consejo Directivo.
Cada instancia propenderá por conciliar la situación, escuchando a las partes comprometidas y
mediando para una solución concertada. En todo caso, debe existir la solicitud previa por parte del
peticionario en todas las instancias. Se establecen los siguientes procedimientos:
Primera instancia:
1. Ser presentada en oficio escrito por el estudiante, padre o madre, acudiente, o apoderado,
este será radicado en Secretaría Académica en un término máximo de 5 días hábiles
posteriores a la entrega de la calificación.
2. Tener como mínimo los siguientes contenidos: fecha de presentación, fecha de ocurrencia
de los hechos, motivo de la solicitud y/o requerimiento, solicitudes o pretensiones, sustento
(podrá ser normativo y/o de hechos), la asignatura, pruebas (si es del caso), quién realizó la
CITD JULIO FLOREZ
calificación (si es del caso), dirección del peticionario, teléfono del peticionario (si lo posee),
correo electrónico del peticionario (si lo posee)
3. Presentarse ante el docente que ha expedido la calificación.
4. El docente tratará la petición y la responderá a través de oficio escrito en un término
máximo de 3 días hábiles. En cualquier caso, la Coordinación Académica dará tramite hacia
el docente, buscando solución de fondo a lo solicitado para cerrar el caso.
Segunda instancia:
1. El Consejo Académico será considerado como la instancia superior inmediata de quienes
profirieron la primera respuesta. El estudiante, sus padres, su acudiente o su apoderado,
una vez sean informados de la primera instancia, deberán dejar por oficio escrito su
desacuerdo, con los siguientes contenidos mínimos: fecha de presentación, fecha de
acusación de los hechos, motivo de la solicitud y/o requerimiento, solicitudes o
pretensiones, sustento (podrá ser normativo y/o de hechos), la asignatura, pruebas (si es
del caso), quien realizó la calificación (si es del caso), dirección del peticionario, teléfono del
peticionario (si lo posee), correo electrónico del peticionario (si lo posee). Presentarse en
un término máximo de 5 días hábiles posteriores a la respuesta de la primera instancia.
2. El Consejo Académico con el ánimo de realizar el agotamiento de la vía gubernativa,
responderá en un término máximo de 10 días hábiles en el sentido de ratificar o cambiar la
decisión de primera instancia. Sobre la decisión del Consejo Académico no proceden
recursos, por la vía gubernativa.
Parágrafo único: Las reclamaciones como errores de digitación y omisiones, se harán
directamente con el docente respectivo y se pasarán como novedades.
Artículo 20. De los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del
sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
Para la construcción, revisión y ajustes del SIEE, se contará con la participación activa de las
diferentes instancias institucionales como el Consejo Académico, Consejo de Padres, el Consejo
Estudiantil y el Consejo Directivo.
La comunidad en general podrá participar en la construcción, revisión y ajustes del Sistema
Institucional de Evaluación a través del Gobierno Escolar. Esta evaluación se realizará anualmente.
Se adelantará el siguiente proceso:
1. Reunión con representantes de las instancias de participación para hacer el análisis crítico
del SIEE frente a los procesos de evaluación y promoción de los educandos.
2. Los directivos docentes consolidan la propuesta de modificaciones del SIEE a partir de los
aportes de padres, estudiantes y docentes de los campos de formación.
3. El Consejo Académico analiza los consolidados, hace la discusión y redacción de las
modificaciones. Avala por acta los ajustes al documento.
4. El Consejo directivo aprueba y emite el respectivo acuerdo de adopción que será dado a
conocer y aplicado en la institución educativa.
Artículo 21. De la vigencia y ajustes al SIEE
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El presente acuerdo rige a partir del 14 de septiembre de 2018 y deroga todas las disposiciones que
le sean contrarias.
Parágrafo transitorio: Las modificaciones al SIEE aprobadas en el presente acuerdo y que no se
encontraban entre las realizadas al principio del año 2018 por el Consejo Directivo, entran en
vigencia a partir del año lectivo 2019.
Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de septiembre de 2018.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE,
EDUARDO RAMIREZ RUIZ
RECTOR
CONSEJO DIRECTIVO
2018