OFA Tema 3
TEMA 3
DOCUMENTOS DE LA OFICINA DE FARMACIA
1. Introducción
2. Clasificación de los documentos de la oficina de
farmacia
3. Documentos del sistema de farmacovigilancia
4. Documentos y aplicaciones informáticas de
consulta en la oficina de farmacia
5. El libro de recetario
6. Documentos relacionados con la gestión de
estupefacientes en la oficina de Farmacia
7. Otros partes de movimientos
8. Documentos obligatorios y tiempo de custodia
Objetivos
Conocer las fuentes documentales de la oficina de
farmacia.
Clasificar los diferentes documentos manejados
según distintos criterios.
Identificar los documentos que se manejan en la
oficina de farmacia y sus requisitos.
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Comprender la normativa legal que afecta al
registro de sustancias estupefacientes y
psicótropas.
Aprender a cumplimentar los documentos que lo
requieran.
Manejar la normativa legal que afecta a los
documentos de la oficina de farmacia y su tiempo
de custodia.
1. Introducción
Las oficinas de farmacias, al igual que cualquier
empresa, manejan una gran cantidad de documentos.
La fuerte y meticulosa legislación a las que están
sometidas también se hace notar en los documentos
con los que trabajan, pues la ley establece, tanto los
requisitos que deben cumplir, como la documentación
que las farmacias obligatoriamente deben tener
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siempre a disposición de posibles inspecciones de
Trabajo, Hacienda y Sanidad.
A lo largo de 7este capítulo se van a estudiar los
documentos que manejan las oficinas de farmacia,
aunque algunos de ellos serán estudiados en capitulos
posteriores.Es importante que los técnicos en
farmacia los conozcan bien, pues deberán trabajar
constantemente con muchos de ellos y, además, la
mayoría de las veces serán los responsables de su
preparación para presentarlos ante las autoridades
competentes
2. Clasificación de los documentos de la oficina de
farmacia
Los documentos de las oficinas de farmacia pueden
clasificarse atendiendo a diversos conceptos, aunque
de manera general pueden diferenciarse los
siguientes grupos según la naturaleza de la actividad
a la que van destinados:
1. Documentos de la gestión de compraventa. Se
engloban en este grupo todos aquellos documentos
relacionados con las compras y las ventas que
tienen lugar en la farmacia.
Son documentos que pueden encontrarse en
cualquier otro establecimiento, ya que no tienen
carácter sanitario salvo por incluir en ellos
referencias de productos sanitarios y
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medicamentos. Son ejemplos de este tipo de
documentos:
- Albaranes.
- Facturas.
- Hojas de pedido.
- Hojas de devolución.
2. Documentos de farmacovigilancia. En el capítulo
anterior se ha visto que una de las funciones de
las oficinas de farmacia es la colaboración en el
control del uso individualizado de los
medicamentos, a fin de detectar las reacciones
adversas que puedan producirse y notificarlas a
los organismos responsables de la
farmacovigilancia. Este servicio tiene sus propios
documentos oficiales, que son:
a) Las alertas sanitarias emitidas por la Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
(AEMPS).
b) Las tarjetas de detección de posibles
reacciones adversas del medicamento no
registradas y que son emitidas por los servicios
sanitarios, entre los que se encuentran las
farmacias
3. Documentos de control del local y las
instalaciones. En este grupo se encuentran los
documentos de la oficina de farmacia relacionados
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con el funcionamiento diario de la maquinaria que
en ella hay. Entre ellos pueden destacarse:
a) Manuales de instrucciones de los equipos y
máquinas que pueda tener la farmacia.
b) Registros de temperatura. La oficina de
farmacia está obligada por ley a registrar la
temperatura del local y de la nevera donde se
guardan los productos termolábiles dos veces al
día. Esto lo hace en un documento de registro de
temperatura que debe custodiarse durante cinco
años.
4. Documentos relacionados con la dispensación.
Dentro de este grupo se encuentra una gran
cantidad de documentos que, de una manera u
otra, están relacionados con el proceso de la
dispensación. Dentro de estos pueden
diferenciarse varias categorías:
a) De consulta: en este apartado se incluyen
aquellos documentos a los que el personal
sanitario de las oficinas de farmacia puede
acudir cuando necesita encontrar determinada
información sobre los medicamentos; donde
puede apoyarse ante una duda, sobre la forma
de trabajar en esa oficina de farmacia, etc.
Documentación interna. PNT de gestión de la
oficina de farmacia, de dispensación de
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medicamentos y de elaboración de fórmulas
magistrales.
Documentación externa. Dependiendo del
tema de consulta pueden ser:
-Sobre medicamentos: nomenclátor,
Catálogo de Medicamentos, Bot PLUS,
vademécum ...
- Sobre formulación magistral: Formulario
Nacional y Real Farmacopea Española.
b) De registro: en la oficina de farmacia han de
dejarse registradas muchas de las acciones
que se realizan, y para ello existen unos
documentos específicos que pueden
clasificarse en función de que sean propios de
la farmacia o documentos oficiales
obligatorios por ley.
• Documentación interna: registro de
elaboración de fórmulas magistrales.
• Documentación externa: libro de recetario y
libro de estupefacientes.
c) De dispensación: de todos los documentos de
la oficina de farmacia, los más conocidos son
aquellos relacionados con el proceso de
dispensación. Entre ellos se encuentran las
órdenes hospitalarias y las recetas, el
documento más ampliamente utilizado y
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universalmente conocido por todos. La receta
es el documento mediante el cual el facultativo
competente informa al personal de la farmacia
y al paciente sobre el tratamiento indicado.
d) Partes de movimientos: existen
medicamentos que, por sus características,
están sometidos a controles especiales por las
autoridades sanitarias, y, por ello, las
farmacias deben declarar con determinada
periodicidad los movimientos que de ellos ha
habido. Estos son:
Estupefacientes: de estos medicamentos
hay un riguroso control en todos los aspectos
y en todos los eslabones de la cadena del
medicamento. De tal manera que, por
ejemplo, deben hacerse vales de petición y
devolución, además de declararse
anualmente los movimientos que de ellos
haya habido en la farmacia.
Especial control médico (ECM): para estos
medicamentos existe un documento oficial en
el que se declaran, mensualmente, las
dispensaciones que se han realizado en la
oficina de farmacia.
1.3 Documentos del sistema de farrnacovigilancia
El sistema sanitario español se caracteriza por tener
desplegada una compleja red de farmacovigilancia con
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el objeto de velar por la salud de los ciudadanos en
todo el territorio. Este sistema de farmacovigilancia
persigue detectar los posibles efectos adversos no
deseados (RAM), que pueden producir todos los
medicamentos.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios es el organismo que coordina con el
Sistema Español de Farmacovigilancia de
Medicamentos de Uso Humano (SEFV-H) a través de
la división de farmacoepidemiología y
farmacovigilancia.
Todas las comunidades autónomas trabajan
coordinadamente a través del centro de
farmacovigilancia, que se encarga de estudiar y
recoger, en una base de datos común a todas ellas
llamada FEDRA, la sospecha de reacciones adversas
de los medicamentos.
En la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad hay un apartado de la AEMPS donde se indican los lugares,
dentro de cada comunidad autónoma, en los que debe hacerse la
notificación de incidencias y alertas de calidad de los medicamentos.
https://www.aemps.gob.es/informa/notasInformativas/medicamentosU
soHumano/calidad/docs/anexo-instrucciones-defectos-calidad.pdf
En el territorio español, todo el personal sanitario, y,
por tanto, el de la oficina de farmacia, está obligado
a participar en la detección de posibles RAM y
comunicarlas a la mayor brevedad al servicio de
farmacovigilancia de su comunidad autónoma, quien
llevará dicha sospecha hasta la AEMPS.
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Para acelerar todo el proceso y que tenga carácter
oficial, el SEFV-H trabaja con dos tipos de
documentos, que pueden encontrarse en la oficina de
farmacia, que pueden clasificarse en
dos grandes grupos, según sea información que se
recibe o que se emite.
1) Alertas recibidas. A las farmacias llegarán
alertas sanitarias en circulares emitidas por
la AEMPS conteniendo una serie de apartados
que deben poderse identificar:
Número de alerta sanitaria.
Marca comercial y presentación de la misma
a la que se refiere dicha alerta.
Lote del medicamento o producto afectado
por la alerta sanitaria.
Descripción del defecto que ha conllevado la
alerta.
Medidas cautelares a las que debe
someterse el producto en cuestión.
Las alertas de la AEMPS llegan a la oficina de
varios remitentes distintos: los almacenes de
distribución, los colegios de farmacéuticos o
las consejerías de Sanidad, ya que todos ellos,
como agentes de la cadena del medicamento,
tienen la obligación de formar parte activa del
sistema de farmacovigilancia.
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Se emiten alertas en función del error que se
haya detectado, así puede haber alertas de
seguridad, de calidad o de medicamentos
ilegales.
Y se agrupan según tengan que ver con:
• Medicamentos de uso humano.
• Medicamentos de uso veterinario.
• Productos sanitarios.
•
Visita la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad,. En esta página, encontrarás las alertas farmacéuticas
detectadas hasta el momento y clasificadas por años. Pinchando
en cualquiera de ellas puedes ver que el documento recoge todos
los datos necesarios para actuar de manera correcta ante dicha
alerta.
https://www.aemps.gob.es/informa/alertas/medicamentosU
soHumano/home.htm
Cosméticos, productos de higiene y biocidas
2) Alertas emitidas. El personal sanitario de la
oficina de farmacia tendrá que estar vigilante
para la detección de posibles efectos adversos
del medicamento no recogidos en su prospecto.
En el caso de la farmacia, será durante el
proceso de
dispensación donde
el paciente indique o
nos dé información
que nos haga
sospechar de la
relación entre la
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toma del medicamento y el efecto indeseado
que presenta. El farmacéutico, tras valorarlo,
notificará al servicio de farmacovigilancia
regional toda sospecha de RAM o las
interacciones no recogidas en el prospecto.
También notificará si existen en el mercado
distintos principios activos con el mismo
nombre comercial (por ejemplo, Buprex, que en
España contiene como principio activo la
bupremorfina, y que en Ecuador contiene
ibuprofeno).
Las notificaciones de sospecha de reacción
adversa se hacen mediante un documento
oficial prefranqueado que viene con el
destinatario ya cumplimentado, para evitar
confusiones y dejadez. Son las tarjetas de
farmacovigilancia (ver figura ).
Estas tarjetas son de distinto color según sea
el producto objeto de la sospecha:
• Amarillas: para medicamentos de uso humano.
• Verdes: para medicamentos de veterinaria.
• Blancas: para productos sanitarios.
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1.4 Documentos y aplicaciones informáticas de
consulta en la oficina de farmacia
En el día a día de la oficina de farmacia, en numerosas
ocasiones han de consultarse fuentes de información
relativas a medicamentos. En la farmacia, la
información puede obtenerse de documentos que
vengan en soporte papel o en soporte informático,
como puede observarse en el cuadro adjunto . De
hecho, hoy en día, parte de los documentos en papel
se hacen digitalmente, ya que esto facilita mucho el
proceso de búsqueda de la información, lo que mejora
la atención al paciente.
A continuación, se profundizará en las distintas
fuentes que pueden consultarse en la oficina de
farmacia.
1.4.1. Catálogo de Medicamentos
En soporte de papel, el Catálogo de medicamento es
editado anualmente por el Consejo General de
Colegios Oficiales de Farmacéuticos, por lo que desde
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hace muchos años es uno de los documentos de
consulta más fiables en el sector. Ofrece información
muy amplia, y ajustada a la ficha técnica del
medicamento.
El catálogo consta de varias partes diferenciadas,
entre las que pueden encontrarse, por orden:
1. Abreviaturas y siglas.
2. Índice general.
3. Medicamentos por orden alfabético.
4. Laboratorios por orden alfabético.
S. Clasificación anatómica de medicamentos (ATC).
(*)
6. Monografías de medicamentos clasificadas por
ATC.
7. Principios activos con sus actividades
farmacológicas y medicamentos que los contienen.
8. Medicamentos de igual composición.
9. Medicamentos extranjeros.
10. Legislación.
11. Toxicología.
12. Interacciones de medicamentos.
(*) https://es.wikipedia.org/wiki/Código_ATC
Cuando se necesita hacer una búsqueda de un
medicamento en concreto, ha de irse al apartado de
medicamentos por orden alfabético. En ese punto se
encuentra la siguiente información sobre el
medicamento buscado:
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a) Nombre del medicamento, laboratorio, grupo
terapéutico ATC y página en la que viene su
monografía.
b) Código nacional de cada una de las presentaciones
de dicho medicamento.
c) Condiciones de dispensación: R (necesita receta), P
(psicotropo), E (estupefaciente),ECM (especial
control médico), TLD (tratamiento de larga duración),
• (cícero), EXO (excluido de la oferta), EC (envase
clínico), H (uso hospitalario), EFG (especialidad
farmacéutica genérica), D H ( diagnóstico
hospitalario), etc.
d) Precio.
Si la información que se busca es relativa a la
farmacología, deber irse a la página del epígrafe
de monografías de medicamentos clasificadas por
ATC.
En este apartado la información que aparece es:
• Acción y mecanismo.
• Farmacocinética.
• Indicaciones.
• Posología.
• Normas para la correcta administración.
• Contraindicaciones.
• Precauciones.
• Advertencias especiales.
• Interacciones.
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• Utilización en población de riesgo: embarazo,
lactancia, niños o ancianos.
• Efectos sobre la conducción.
• Reacciones adversas.
Si la búsqueda va a iniciarse a partir del nombre del
principio activo, hay que ir a la parte del catálogo
titulada: "Principios activos con sus actividades
farmacológicas y medicamentos que los contienen",
para, a partir de ahí, ver los medicamentos que tienen
el principio activo que se busca y la página donde se
encuentra su monografía.
1.4.2. Base de datos del Consejo General de
Colegios Oficiales de Farmacéuticos
El Bot PLUS es la base de datos informática de
consulta del medicamento del Consejo General de
Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF), y en
ella puede encontrarse la información relativa a todos
los medicamentos comercializados en España, así
como información sobre productos sanitarios y
plantas medicinales de venta en las oficinas de
farmacia.
Esta base de datos se caracteriza por su constante
actualización (cada siete o diez días) y por la calidad
de la información que suministra. Hoy en día es vital
tener actualizada la base de
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datos, pues existen gran
cantidad de medicamentos
que modifican su condición de
comercialización; además, los
precios de los productos, así
como los precios de
referencia y el precio menor
en la financiación, cambian frecuentemente. Para
buscar un medicamento en el Bot PLUS puede de
hacerse mediante su nombre comercial, el principio
activo que contenga o a través de su código nacional,
lo supone una gran ventaja frente al documento en
papel puesto que la búsqueda se realiza de manera
más rápida. De hecho, la mayoría de los programas de
gestión con los que trabajan las farmacias tienen
incorporado el Bot PLUS como fuente documental.
https://botplusweb.portalfarma.com/
Utilizando una de las dos fuentes documentales
que se acaban de ver, busca dos medicamentos que
contengan bromazepam. Recoge sus indicaciones
terapéuticas, las condiciones de dispensación y haz
una guía de los pasos que has dado para conseguir
toda la información.
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1.4.3. Vademécum
Es un libro de consulta para el personal sanitario que
ofrece ayuda en la prescripción y dispensación de
medicamentos.
Antiguamente era el soporte más usado por el
personal médico, pero en la actualidad existe la
versión digital que confiere mayor agilidad a la
búsqueda de la información necesaria, por lo que ha
desbancado al formato de papel.
En su página web (www.vademecum.es) se encuentra
información sobre las indicaciones terapéuticas, la
composición, los efectos adversos, etc., de los
medicamentos ordenada en las siguientes pestañas:
a) Medicamentos.
b) Principios activos.
c) Monografías de principios activos.
d) Clasificación ATC.
e) Laboratorios.
f) Enfermedades.
1.4.4. Nomenclátor Digitalis
Se trata de la base datos del Ministerio de Sanidad,
Seguridad Social e Igualdad, que en su página lo
define como: "una base de datos de medicamentos
diseñada para proporcionar información básica de
prescripción a los sistemas de información
asistenciales. El nomenclátor de prescripción incluye,
para todos los medicamentos autorizados,
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suspendidos y aquellos revocados a partir de mayo de
2013, financiados y no financiados, los datos relativos
a su identificación e información técnica (a título
informativo, contiene también información de
medicamentos suspendidos y revocados)".
Desde esta página se puede encontrar información de
los medicamentos referida a:
• Vía de administración.
• Forma farmacéutica.
• Principio activo.
• Dosis diaria definida, es decir, la cantidad de ese
principio activo consumida al día
• Dosis que presenta y unidad en la que se expresa
(mg, UI, ml ... ).
• Tamaño del envase.
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/nomenclat
or.do
1.4.5. Base datos de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios
El CIMA, base de datos que proporciona la Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, es
una de las fuentes de consulta más fiables y
recomendables por su rigurosidad.
Puede accederse a ella a través de la web:
www.aemps.gob.es. En esta página se puede hacer una
búsqueda por el medicamento o por el principio activo,
y ofrece información acerca de:
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a) Número de registro.
b) Medicamento (con nombre completo, dosis, forma
farmacéutica y unidades por envase).
e) Principio activo.
d) Laboratorio titular.
e) Estado de autorización del medicamento: si se
encuentra autorizado o no y desde cuándo.
f) Condiciones de prescripción y de uso.
g) Estado de comercialización del medicamento.
h) Enlace a la ficha técnica y al prospecto, donde
pueden buscarse el nombre, la forma farmacéutica, la
composición cualitativa y cuantitativa, los datos
clínicos, etc .
https://cima.aemps.es/cima/publico/home.html
Actividad: Elige un medicamento de los que veas
publicitados en la televisión. A continuación, entra en
el CIMA y busca y anota toda la información general
que te ofrece del medicamento que hayas elegido.
1.4. 7. Formulario Nacional
Es otro de los libros de obligatoria tenencia o acceso
en las oficinas de farmacia, y está disponible en
formato papel y también accesible a través de
Internet para usuarios autorizados
El Formulario Nacional contiene las fórmulas
magistrales tipificadas y los preparados oficiales
reconocidos como medicamentos, sus categorías,
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indicaciones y materias primas que intervienen en su
composición o preparación, así como las normas de
correcta preparación y control de aquellos (art. 44 de
la Ley 29/2006, de 26 de julio).
En una oficina de farmacia, el formulario te servirá
como guía para elaborar las fórmulas magistrales y los
preparados oficinales
1.4.8. Protocolos normalizados de trabajo (PNT)
Los protocolos o procedimientos de trabajo (PNT) son
documentos internos de consulta donde quedan
registrados de manera clara y accesible al personal
todos los procesos que tienen lugar en la oficina de
farmacia, desde la realización de pedidos directos
diarios a la recepción de faltas, la gestión de
encargos, el tratamiento de las recetas, etc.
Los protocolos son documentos vivos de la farmacia,
es decir, pueden modificarse en cualquier momento en
busca de la mejora continua.
Si todos los procesos de la farmacia estuvieran
protocolizados, todo el personal sabría cómo actuar
en cada momento y ante cualquier eventualidad, lo que
confiere a la farmacia un plus de calidad en su
servicio.
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1.5. El libro de recetario
En la oficina de farmacia existen documentos de
registro, es decir, documentos en los que deben
anotarse determinadas actuaciones que se dan
durante el ejercicio profesional.
De todos estos documentos, se pueden destacar dos
por su gran importancia, ya que son libros de tenencia
obligatoria en la oficina de farmacia, sometidos a
inspecciones y en los que deben anotarse las
dispensaciones realizadas de algunos medicamentos
por sus características particulares. Estos libros son:
el libro de recetario y el libro oficial de contabilidad
de estupefacientes, que pueden estar en la farmacia
en formato papel o en soporte informático, lo que
agiliza mucho su gestión. El libro de recetario es un
documento de registro de tenencia obligatoria en la
oficina de farmacia, ya sea en soporte de papel o
imprimible desde el programa informático.
En este libro se anotan las dispensaciones diarias de:
a) Medicamentos psicotropos.
b) Medicamentos estupefacientes.
c) Fórmulas magistrales y preparados oficinales.
d) Medicamentos de especial control médico (ECM).
e) Medicamentos de uso humano prescritos en receta
de veterinaria.
El formato de papel es expedido por el Consejo
General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, y
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consta de doscientas hojas, todas ellas numeradas y
selladas por la Delegación Provincial de Sanidad, y en
la primera lleva la firma del inspector .
La primera hoja es la única que es diferente al resto
de páginas del libro; en ella aparecen los datos de la
farmacia para quien ha sido autorizado dicho libro.
Las demás hojas constan de los siguientes apartados
y en este orden:
1. Fecha: se debe registrar el día, mes y año, todo
en número, en el que se ha realizado la
dispensación.
2. Número: se anota el orden de apunte que
corresponde al medicamento en el libro. Se van
escribiendo números correlativos, desde el inicio
hasta el fin del libro en todas sus páginas.
3. Facultativo: debe registrarse el nombre del
médico que hace la prescripción y su número de
colegiado.
4. Prescripción: se escribe el nombre y número de
envases, si es distinto a uno, del medicamento que
la farmacia ha dispensado con la prescripción que
realizó el facultativo. En este punto es
interesante concretar:
a) Fórmulas magistrales: se transcribe
literalmente la prescripción realizada por el
médico.
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b) Preparados oficinales: se anota la
denominación que aparece en el Formulario
Nacional.
c) Medicamentos, prescripción por principio
activo y sustituciones: se escribe el nombre del
medicamento dispensado con los datos
necesarios para su correcta identificación.
5. Precio: solo se consigna en el caso de las
fórmulas magistrales y los preparados oficinales.
Para el resto de casos, este apartado se deja en
blanco.
6. Observaciones: este punto no es unánime en las
distintas comunidades autónomas, ya que en
algunas se consigna el número de la tarjeta
sanitaria o de beneficiario, y en otras hace falta
nombre completo y DNI.
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Importante : El farmacéutico titular debe firmar el
Actividad : Haz una página que simule el libro de recetario e inscribe en ella las
dispensaciones que sean necesarias de las realizadas en el día en la farmacia donde
trabajas y explica el motivo para anotarlas.
Las dispensaciones de hoy han sido: Lyrica 75 mg, 56 cáps.; Sedotime 30 mg, 20 cáps.;
Ranitidina 155 mg, 100 cáps.; Dolantina 100 mg, 1 ampolla; Leponex 100 mg, 40 comp.;
Risperdal1 mg, 20 comp. , y Antabus, 40 comp.
libro de recetario a diario, en el lugar donde finalice
el registro de los medicamentos dispensados ese día
en la farmacia.
Hoy en día es muy habitual que el libro de recetario
de la oficina de farmacia esté en soporte electrónico.
Todos los programas informáticos de gestión de
farmacia ofrecen un sistema de registro del libro de
recetario, de tal manera que la anotación se realiza en
el mismo momento de la dispensación, lo que agiliza
todo el proceso.
Cada comunidad autónoma ha regulado el uso del
soporte digital para el libro de recetario electrónico,
por lo que el procedimiento que se ha de seguir es
distinto en cada una de ellas.
Averigua cuál es la normativa referente a la
gestión del libro de recetario digital en tu
provincia y haz un esquema con los pasos que hay
que seguir.
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1.6 Documentos relacionados con la gestión de
estupefacientes en la oficina de farmacia
Los medicamentos estupefacientes y las sustancias
estupefacientes utilizadas para la realización de
fórmulas magistrales están sometidos a fuertes
regulaciones, debiendo ser anotadas sus entradas y
salidas en documentos oFiciales específicos, que se
custodian en la farmacia durante cinco años. Este
requisito es común para todos los eslabones de la
cadena del medicamento, fabricación, distribución y
dispensación, por lo que cada vez que en cualquiera de
ellos se produzca un movimiento de productos
estupefacientes, deberá registrarse mediante los
documentos oficiales que existen para tal efecto.
Las oficinas de farmacia manejan cuatro tipos
distintos de documentos para la gestión de los
estupefacientes:
1. El libro de estupefacientes. Documento de
registro, de tenencia obligatoria en la oficina de
farmacia, donde se anotan los stocks y todos los
movimientos de entrada y salida de los
estupefacientes en la farmacia. En la figura
adjunta puede observarse la portada del libro de
contabilidad de estupefacientes
2. El vale de estupefacientes. Documento
mediante el cual se pide a los proveedores los
productos estupefacientes que la farmacia
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necesite. La figura adjunta recoge el talonario de
vales presente en las oficinas de farmacia
3. La receta de estupefacientes. Documento
indispensable para la dispensación de
medicamentos o fórmulas magistrales que
contengan sustancias estupefacientes. Este
documento se estudiará con mayor profundidad en
otro capítulo tema
4. La notificación de movimientos de
estupefacientes. Documento
mediante el cual las farmacias y
servicios de farmacia declaran a
las autoridades competentes los
movimientos de medicamentos
estupefacientes que han tenido
en ese año
1.6.1. Libro de contabilidad de estupefacientes
Este libro, editado por el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad, debe adquirirse en el
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Colegio Oficial de Farmacéuticos de la provincia y
tiene que estar certificado por el inspector
provincial de farmacia.
En este libro se anotan todos los movimientos de
sustancias estupefacientes que tenga la oficina de
farmacia.
Consta de doscientos folios numerados y sellados
que se dividen en cuatro apartados:
1. Certificación. En la primera hoja se anotan los
datos de identificación del farmacéutico al que se
extiende el libro, la fecha de expedición, la firma
del inspector y el sello de los servicios de
inspección de la provincia
2. Índice de folios. Son cinco paginas que se usan
como índice, donde se recogen todos los
estupefacientes contabilizados en el libro.
Hay que indicar la página o páginas donde se
recogen los movimientos de cada uno. Cada hoja
del índice de folios está dividida en dos partes
iguales, primero se rellena la izquierda y luego la
derecha, como se recoge en la figura
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3. Hojas de contabilidad. En estas páginas se
anotan las entradas, salidas y saldo del
estupefaciente que en ella se recoge. En cada
página tan solo pueden hacerse anotaciones de un
estupefaciente. A continuación se detallan los
datos que deben registrarse en cada movimiento:
a) Cuando se hace un pedido a una empresa
proveedora, debe registrarse la entrada en el
libro de estupefacientes. En las entradas deben
registrarse los siguientes datos:
La fecha en la que se produce dicha entrada
El número de envases recibidos y a qué
proveedor se ha pedido el estupefaciente.
El saldo final del mismo.
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b) En las salidas por dispensación, debe
registrarse:
La fecha en la que sale el estupefaciente.
El número del libro de recetario con el que ha
quedado registrada, en ese libro, previamente,
la dispensación del estupefaciente.
El número de receta oficial de estupefaciente.
El número de envases dispensado con dicha
receta.
El nombre completo y número de colegiado del
médico prescriptor.
El nombre, número de la tarjeta sanitaria y
domicilio del paciente.
El saldo final del estupefaciente dispensado.
c) Pueden darse salidas por otros motivos
distintos a la dispensación como, por ejemplo,
porque se produzca una devolución o un robo. En
estos casos, en el libro de estupefacientes
deben registrarse los datos que se recogen a
continuación y, además, debe adjuntarse el
albarán con el que se solicita la devolución o, en
su caso, la denuncia cursada ante la Policía:
La fecha en la que sale el estupefaciente.
El número de envases que han salido.
El motivo de la devolución.
Saldo final del estupefaciente dispensado.
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1.6.2. Vale de estupefacientes
Cuando la oficina de farmacia tiene que pedir un
estupefaciente a las empre as proveedoras, no es
suficiente con añadir el artículo al pedido, tal y como
se hace con el resto de productos. Para que los
proveedores atiendan a la petición de
estupefacientes, la farmacia debe entregarles un
documento oficial que acredite que dicha farmacia ha
hecho la petición del estupefaciente en cuestión. Este
documento es el vale de petición de estupefacientes,
que debe usar cualquier empresa del sector que
necesite hacer un pedido de estupefacientes.
En caso de tener que hacer una devolución de este
tipo de medicamentos, también se usarán estos vales
oficiales, pero indicando claramente que se trata de
una devolución.
Los vales vienen en un talonario emitido por la AEMPS
y constan de dos partes, separadas por un troquel, con
los mismos datos para rellenar en ambas, pero de
diferente tamaño
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La parte de la izquierda es más pequeña y se queda
cosida en el talonario cuando se hace la petición al
proveedor; la parte derecha es la que se corta y se
entrega al proveedor para que
pueda suministrar el estupefaciente.
Los datos que deben constar en el vale son:
a) Centro sanitario que adquiere el
estupefaciente: farmacia o servicio de farmacia
hospitalario.
b) Director técnico: nombre del farmacéutico
titular.
c) Dirección del establecimiento: dirección
completa.
d) Estupefaciente: nombre, dosis, forma
farmacéutica y número de unidades por envases
del estupefaciente pedido. En caso de productos
para formulación magistral, se indicará el nombre
completo y la cantidad que contiene el envase.
e) Cantidad: número ( desarrollado en letras) de
envases que se desea pedir.
f) Proveedor: empresa a la que se le pide el
estupefaciente.)
g) Fecha,.firma y sello de la farmacia.
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Cuando el vale está relleno, se recorta por la línea de
puntos, se introduce en un sobre especial que poseen
los proveedores para ello y se entrega al proveedor.
Actualmente, existen proveedores que ofrecen la
posibilidad de emitir el vale de estupefacientes por
vía telemática, lo que facilita el trabajo y agiliza el
proceso. Para ello tienen un protocolo normalizado y
legislado por las autoridades sanitarias competentes
en esta materia
ACTIVIDAD
Hoy has dispensado una receta oficial de
estupefacientes con la prescripción de Palexia 25
mg, 60 comp. Haz todas las anotaciones que sean
necesarias en el libro de contabilidad de
estupefacientes
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1.6.3 Notificación de movimientos de
estupefacientes
Anualmente, las oficinas de farmacia y los servicios
de farmacia deben declarar todos los movimientos de
estupefacientes que hayan registrado. Para ello
existe un documento oficial que deben presentar los
titulares de las farmacias ante la delegación
provincial de Sanidad al inicio de cada año, y que
consta de los siguientes apartados:
1. Datos del titular de la oficina de farmacia o del
servicio farmacéutico.
2. Dirección del establecimiento sanitario.
3. Movimientos de medicamentos, donde se indica:
a) Nombre completo del medicamento, con su
forma farmacéutica, dosis, número unidades por
envase.
b) Stock inicial: debe registrarse el número de
envases de ese medicamento que existían en la
farmacia al iniciar el año.
c) Entradas: se anota el número de envases que se
han pedido en la farmacia durante ese periodo.
d) Los siguientes apartados se usan para notificar
las salidas que ha habido del medicamento,
indicando el motivo de las mismas; así, por
ejemplo, se anota si ha habido una dispensación
para uso humano o si, por el contrario, ha sido para
uso animal; o si la salida ha sido por devolución,
sustracción u otros motivos.
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e) Saldo: finalmente se contabiliza el total de
unidades que quedan en stock en la farmacia.
La AEMPS ha desarrollado una aplicación informática
mediante la cual las oficinas y servicios de farmacia,
durante el mes de enero, pueden notificar los
movimientos de estupefacientes, lo que ha facilitado
mucho todo el proceso
https://labofar.aemps.es/labofar/estupefacientes/
movimientos/farmacias/login.do
Parte de declaración de estupefacientes
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1.7 Otros partes de movimientos
Además de los estupefacientes, existen en la
farmacia otros medicamentos de los que deben
notificarse sus movimientos a las autoridades
sanitarias. Estos medicamentos son los tipificados
como medicamentos de especial control médico
(ECM), de los que, unos debido a sus efectos adversos
y otros, sobre todo, a su teratogeneicidad, debe
realizarse la notificación de su dispensación
mensualmente, utilizando para ello los documentos
oficiales.
Dentro de los ECM debe presentarse, de manera
independiente, la declaración de dispensación mensual
de Leponex , por sus características particulares.
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Por tanto, mensualmente las oficinas de farmacia
tienen la obligación de hacer y presentar ante la
Un técnico en Farmacia ha de saber cuáles son los medicamentos catalogados como de ECM para poder llevar a
cabo las gestiones a las que obliga la ley: la anotación en el libro de recetario y la declaración mensual de
dispensación
autoridad sanitaria pertinente la notificación de
medicamentos de especial control médico
dispensados y el parte mensual de dispensación de
Leponex .
1.8 Documentos obligatorios y tiempo de custodia
A lo largo del capítulo se ha ido haciendo mención de
los documentos que se manejan de una manera u otra
en la oficina de farmacia. Además de identificar los
que son obligatorios por ley, ha de conocerse que la
ley también estipula unos periodos de custodia
determinados para cada uno de ellos, lo que obliga a
que exista mucho orden en su clasificación y
conservación en las oficinas de farmacia.
La caducidad de un medicamento nunca es superior a
cinco años. Es por ello que todos los documentos, como
máximo, deben custodiarse por este periodo de
tiempo, ya que el último
medicamento registrado en cualquiera de ellos,
después de esos cinco años, no estará siendo utilizado
por ningún paciente, puesto que ya habrá caducado.
RESUMEN
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En la oficina de farmacia se trabaja con una
gran cantidad de documentos, tanto en soporte
de papel como informático, y la mayoría de ellos
están sometidos a estrictas regulaciones por
parte de las administraciones sanitarias
pertinentes, por lo que su correcto manejo es
esencial para el buen funcionamiento de la
farmacia.
Los documentos de consulta, en su gran
mayoría, son utilizados en soporte
informatizado, pues ello hace la búsqueda de
información más ágil. Así están el Bot PLUS, el
vademécum y el Nomenclátor Digital is, entre
otros.
El sistema de farmacovigilancia genera,
principalmente, dos tipos de documentos: las
alertas sanitarias y las tarjetas amarillas.
Existen libros de consulta obligatorios
relacionados con la realización de fórmulas
magistrales y preparados oficinales: la Real
Farmacopea Española y el Formulario Nacional.
Los libros de registros posdispensación
obligatorios en la farmacia, que deben ser
escrupulosamente gestionados por su personal,
son: el libro de recetario y el libro de
contabilidad de estupefacientes.
Los estupefacientes, por sí mismos, generan
una documentación específica muy regulada: los
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vales de petición de estupefacientes (en
talonarios expedidos por la AEMPS), la receta
oficial de estupefacientes (condición
indispensable para su dispensación), el libro de
contabilidad de estupefacientes y la
notificación anual de movimientos de
estupefacientes.
Los medicamentos de especial control médico
(ECM) también requieren de partes de
movimientos, pero en este caso son mensuales.
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