2 Se refiere a lo dispuesto en la
regla 3.3.1.37. publicada en la
Segunda Resolución de
Modificaciones a la Resolución
Miscelánea Fiscal para 2016,
publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 6 de mayo de 2016.
3 Se refiere a la prestación de
despensa, cuando esta se otorgue
mediante tarjeta electrónica, se
deberá seleccionar la Clave “05
Monedero Electrónico”; si se trata
de vales entregados en papel se
deberá seleccionar la Clave “08
Vales de despensa”
4 En el CFDI que se elabore por las
operaciones realizadas con el público en
general (regla 2.7.1.24. de la RMF) se podrá
asentar únicamente la clave “99 Otros”, en
lugar de tener que seleccionarse cada una
de las claves aplicables, empezando por la
que corresponda a la forma con la que se
liquida la mayor parte cantidad del pago.
Esta misma solución podrá aplicarse en
dicho CFDI cuando se tengan operaciones en
dónde en algunas se identifique la forma de
pago y en otras no.
¿Y cuando haya m
de pago en una tra
En caso de aplicar mas de
una transacción, deberá
de las claves aplicable
que corresponda a la form
la mayor cantidad
progresivamente hasta ll
con el que se liquidó l
pago, separándolas por u
más de una forma
ansacción?
e una forma de pago en
seleccionarse cada una
es, empezando por la
ma con la que se liquidó
del pago y así,
legar al final a la forma
la menor cantidad del
una coma.
Ejemplo
Ejemplo: El cliente pa
14,000 con tres métodos
tarjeta de crédito, $ 1,50
con cheque.
El valor del atributo mé
de esta manera: 04,01,0
En la opinión e
SAT…
experta del
Regla 2.7.1
Cfdi pagos realizados en p
1.35
parcialidades
2.7.1.35. (…) cuando las contra
una sola exhibición, se emitirá
operación en el momento en que
se expedirá un CFDI por cada
efectúen, en el que se deberá
monto total de la operación y
expresión “pago” debiendo
“Complemento para pagos”.
El monto del pago se aplica
conceptos integrados en el compr
de la operación a que se refiere
regla.
aprestaciones no se paguen en
un CFDI por el valor total de la
e ésta se realice y posteriormente
a uno de los pagos que se
á señalar “cero pesos” en el
y como “método de pago” la
o incorporar al mismo el
ará proporcionalmente a los
robante emitido por el valor total
el primer párrafo de la presente
… Los contribuyentes que
contraprestación en un
ésta no sea cubierta
expedición del CFDI, inc
operaciones a crédito y es
en fecha posterior a
correspondiente, deberá u
trate del mismo ejercic
contenido en la present
pago con el que se liq
operación.
e realicen el pago de la
na sola exhibición, pero
a al momento de la
cluso cuando se trate de
stas se paguen totalmente
la emisión del CFDI
utilizar, siempre que se
cio fiscal, el mecanismo
te regla para reflejar el
quide el importe de la
… Cuando ya se cuente c
incorpore el “Complemento pa
la contraprestación ha sido tot
CFDI emitido por el total de
objeto de cancelación, la
realizarse mediante la emi
por devoluciones, descuen
efecto en art 17 LISR pa
anual)
Por lo que respecta a la
“Complemento para pagos”,
existan errores, éste podrá c
sustituya por otro con los da
realicen a más tardar el último
emitido el CFDI.
con al menos un CFDI que
ara pagos” que acrediten que
tal o parcialmente pagada, el
la operación no podrá ser
as correcciones deberán
isión de CFDI de egresos
ntos y bonificaciones. (ver
ara PM y en declaración
a emisión del CFDI con
cuando en el comprobante
cancelarse siempre que se
atos correctos y cuando se
o día del ejercicio en que fue
Para la re
La regla señala que en el con
indique la expresión pago. A q
o forma de pago?
eflexión…
ncepto de método de pago se
que se refiere ¿método de pago
Otra opción es simple
expresión “pago” d
método de pago en
nodo opcional y pued
conveniencia del usua
Esto debido a que la
no se encuentra e
claves…
emente expresar la
debido a que el
el anexo 20 es un
de ser modificado a
ario.
a expresión “pago”
en el catálogo de
Obligatoriedad
reglas 2.7.1.32
Las modificaciones a la regla
regla 2.7.1.35., serán aplic
publique en el Portal del SAT
su uso sea obligatorio en té
2.7.1.8. Los complementos qu
serán de uso obligatorio pa
aplique, pasados treinta días
de su publicación en el cita
alguna facilidad o disposició
diferente o los libere de su uso.
d de las
2 y 2.7.1.35
2.7.1.32. y lo dispuesto en la
cables a partir de que se
el “Complemento para pagos” y
érminos de la regla 2.7.1.8.
ue el SAT publique en su portal,
ara los contribuyentes que les
s naturales, contados a partir
ado portal, salvo cuando exista
ón que establezca un periodo
.
¿Y la Jerarquía
donde queda?
Artículo 7o.- Las
reglamentos y
administrativas de
entrarán en vigor e
el día siguiente al d
el Diario Oficial de
que en ellas se es
posterior.
a de legalidad
?
leyes fiscales, sus
las disposiciones
carácter general,
en toda la República
de su publicación en
la Federación, salvo
stablezca una fecha
4 imágenes al